LA CRISIS DE LA REPRESENTATIVIDAD POLITICA (I)
ALEJANDRO URIBE BEDOYA
El autor es un escritor e historiador
que fue expulsado de varias instituciones de Colombia por sus
conocimientos sobre el fascismo. Él fue expulsado de la FLACSO sede
México por profesores franquistas españoles y argentinos que le impidieron
graduarse como maestro en Ciencias Sociales. Fue vetado en la Universidad
Tecnológica de Pereira y expulsado de varios colegios entre ellos el Colegio
“Manuel Elkin Patarroyo” de donde lo licenciaron por crear un cine-club
antifascista, del Colegio Aquilino Bedoya por defender las comunidades
indígenas y del Colegio Agustín Nieto Caballero por crear un sindicato de
educadores por contrato. Él ha sido adoptado como refugiado político por
el Estado de Ginebra en Suiza y allí continúa sus estudios sobre la sociedad colombiana.
“Hay dos formas de concebir la política, una como el arte de hacer
negocios otra como el arte de respetar los derechos humanos; ello determina dos
tipos de representantes políticos, el primero el político empresario con el que
los más débiles están perdidos y serán infelices, el otro el verdadero líder,
que aportará en grado sumo a la felicidad del pueblo. Los políticos utilitarios abundan como gusanos
en la mata de col, los líderes sociales son como el oso panda, pocos y en vía
de extinción” (intervención en el I Congreso internacional de violencia social
y familiar, Manizales mayo 28 de 1999).
INTRODUCCION
El siglo XXI ha mostrado lo intenso de los cambios
políticos en América Latina: la caída
del PRI en México, el ascenso de Hugo Chávez en Venezuela y su desaparición, la crisis de
Fujimori en el Perú y el triunfo de la izquierda, las insurrecciones en el Ecuador y la reelección de Rafael Correa, la complejización del
conflicto armado en Colombia y el inicio del proceso de paz, la crisis Argentina y el ascenso de la izquierda entre otros. Estos procesos han sido sorpresivos para
muchos, un militar de izquierda que triunfa y se transforma en un simbolo, era algo impensable para los
analistas futurólogos en un continente en donde la guerra fría se expresó
dramáticamente en la formación de los mandos militares en la doctrina de la
seguridad nacional, en Colombia Harold Bedoya no pudo pelechar en la opinión
pública colombiana; ultraderechista en esencia,
su doctrina antisubversiva no conquistó las simpatías políticas,
mientras lo contrario, la propuesta antiimperialista si prosperó en Venezuela,
país en donde la doctrina de la seguridad nacional fue igualmente propagada en
la mentalidad de los oficiales. El caso
Argentino es más sorpresivo; país hasta hace poco catalogado como una de las
potencias económicas de Latinoamérica,
se encuentró a principios de siglo en una crisis sin precedentes que lo colocó en una
situación social idéntica a la de países como Haití; hambre, miseria y
protestas, superada por una impactante izquierda a la que se adherieron importantes deportistas como Diego Maradona.
El común denominador de estas crisis a principos de siglo fue la crisis de representatividad o mejor, la
crisis de los representantes políticos que lenta y paulatinamente se deslegitimaron y se sumieron en crisis de credibilidad que los hecieron merecedores
de repudios públicos, alzamientos donde los fustigaron y derrotaron electoralmente y críticas que
envíaron a varios al exilio y a otros les provocó su muerte política. Los siguientes renglones son un análisis de
la forma, características y consecuencia de esta crisis de representatividad que se vivió y se vive en la Colombia de ayer y de hoy. La meta fundamental al auscultar el problema
es crear un material de reflexión que le sirva a los lectores no solo para
conocer el problema, sino también para
que asuman una posición ética frente a él.
Es lógico que el sujeto político gobernante es el elemento más
importante de toda democracia, en el fondo las crisis políticas surgen de las
crisis de los representantes y la direccionalidad de las acciones de éstos
moldean la forma de gobierno del sistema
político y las respuestas de aprobación o desaprobación que la sociedad de
frente a el. Lo que hace el gobernante
en el poder, el cómo lo hace, él para qué y para quien actúan son preguntas que
al responderlas nos dan pautas para entender las posibilidades de que se
desaten crisis políticas en un país o conjunto de estos.
I. LA
DEFINICION DE REPRESENTANTE POLITICO
El representante político es en el sentido ideal el
sujeto encargado de llevar la vocería de un grupo de personas que ha depositado
su confianza política en él, que le han dado la función de ser ellos en el
gobierno. Por ende la base electoral es
la que le da legitimidad a un sujeto para que lleve la palabra de un grupo,
defienda sus intereses. Es el gobernante; la principal tarea que se le
encomienda es la de gobernar y en un sentido ético de hacerlo bien en función
de los beneficios sociales. Ningún representante político es elegido para hacer
las cosas mal, el elector parte del supuesto de que quien va a ser elegido es
el mejor.
Otro término que lo identifica es el de líder político, sin embargo, las
diferencias son claras, hay muchos de ellos, pero no todos son representantes,
se supone que estos últimos son los mejores, ese es el criterio social ideal
con el cual se asemeja el representante político. Es de entender que las definiciones sobre
liderazgo político también lo cobijan, pero la acepción “especial” lo cataloga mejor. Se supone que él representante es un líder
especial, no solo por que le han
delegado la función de representar, sino porque posee cualidades personales que
lo diferencian de otros líderes políticos no representantes, ellos poseen las
mejores cualidades, el mayor carisma o el mayor poder de convencimiento, el
mayor arraigo en los sentimientos de los miembros de su partido o de personas
que simpatizan con él. Es un modelo de
perfección, de confiabilidad, de eficiencia y de seguridad de que con él, el
partido progresará y crecerá, obtendrá
prestigio y más poder e impondrá su
proyecto político.
Pero el representante político expresa además el
imaginario ideológico de su partido: “él
más claro”, el más formado, el que conoce mejor la ideología de su partido y
más allá, el que es capaz de conquistar
la mentalidad de personas y convencerlas de identificarse con el contenido
ideológico de las propuestas partidistas.
No se concibe uno que no conozca
el imaginario político colectivo de las ideas de su partido, defenderlas a capa y espada es su función
primordial, quienes las traicionan pueden hundirse en crisis de legitimidad
primero con sus propios copartidarios y posiblemente con sus electores.
Además de ser un líder y un ideólogo, es un ser
carismático: detrás de el hay un
conjunto de personas que lo admiran, lo siguen y están dispuestas algunas a
dar la vida por él. Es lo que se llama
un caudillo, un hombre defendido y querido, parecido a un artista, que penetra
en los sentimientos de la gente y es aplaudido por su propósito de hacer bien,
de mejorar el bienestar de otros. Pero
el también es un ser racional, es inteligente, conoce de criterios acerca de
cómo gobernar y demuestra que lo hace bien, muchos son admirados por su
profesionalismo, por su capacidad técnica y si no la poseen hay profesionales
de su partido que en su nombre ponen a disposición del gobierno sus
conocimientos para darle prestigio al representante y su partido.
Pero más allá de ello, es también una persona que
expresa valores y sentimientos, un hombre no solo de carne y hueso sino también
un ser con un sistema emocional que se forma en su interacción con la
sociedad. Sin embargo, muchos de estos
valores y sentimientos están determinados por las estructuras de la sociedad,
casi son ellas las que moldean en buena parte los comportamientos del
representante, a excepción de aquellos que deciden oponerse a ellas y seguir la
lógica natural de la representatividad, que a mi parecer son muy pocos.
Todos estos elementos vuelvo y recalco son los que lo
definen en un sentido ideal, sin embargo, en la práctica se deforman, muchos de ellos dependen en su
funcionalidad del juego de intereses y esa deformación es la que produce lo que
he llamado la crisis de representatividad, que es el objeto de nuestro análisis
y que se forja desde los problemas de la representatividad política.
II. LOS PROBLEMAS DE LA REPRESENTATIVIDAD POLITICA
Ellos surgen con las características de las
estructuras sociales, la estructura
económica representa el primer problema que deforma la definición natural del
representante político. La relación
entre el y la estructura económica lo hacen
un dirigente que muy posiblemente tenga que traicionar los intereses de
su gente para acomodarse a las exigencias del entorno económico. Desde 1990 se inició en América Latina la puesta
en marcha de la Estrategia para las Américas que impuso el Neoliberalismo. La gran pregunta es porqué la mayoría de los
representantes que aprobaron ese modelo,
lo hicieron aún a sabiendas de lo perjudicial que significaba para sus propios
electores, muchos de ellos se
empobrecieron debido a su actitud de apoyo al
neoliberalismo ¿ por qué muchos de esos representantes en vez de perder
políticamente, ganaron?
La pregunta no es difícil de responder: la coacción
del poder económico hizo que el representante se definiera por traicionar al
elector, pero más allá de ello, también las prebendas económicas ofrecidas al
líder por la sociedad empresarial, las posibilidades en los medios de
comunicación. Ellos aumentaron su
poderío económico, ganaron aliados poderosos que aumentaron su poder personal,
pero ¿porqué no entró en crisis su representatividad?, ¿Por que su discurso y
los medios de comunicación convencieron al elector de que esa era la mejor
estructura económica para él, así fuese en realidad la fuente de su
ruina?. Es una clara demostración de
cómo el representante es coaccionado por las estructuras económicas y como
ellas también moldean sus comportamientos.
Allí tenemos que concluir algo, el representante está untado de utilitarismo, son ampliamente
interesados y no desechan la defensa de intereses económicos, no renuncia a los
beneficios económicos personales que sus actuaciones le puedan dar, sin
embargo, por lógica esto es algo oculto,
algo que el no dice, lo guarda como un gran secreto conocido solo por quienes hacen negocios con el y que sale a la
luz pública cuando en la lucha política se abre el espectro de contradicciones
que culminan en la denuncia, en “aventarlo”
y en desprestigiarlo como un ser corrupto ante la sociedad, situación que
lo pone en aprietos o le produce en algunos casos su muerte política, en otros
hábil y maquiavélicamente el la hace pasar desapercibida, sin embargo, siempre
tendrá los medios de comunicación que cuando están a su favor ocultan el hecho,
pero si son contrincantes le recordaran sus actos de corrupción cada vez que el
se lance a la arena política.
En América Latina estamos repletos de casos de
corrupción, de traición del electorado, el solo ejemplo del Neoliberalismo
basta para demostrarlo, no hubo país del continente en donde no se aplicara el
modelo neoliberal a excepción de Cuba y no hubo clase política que no triunfara
en este propósito, las cifras sobre pobreza de la CEPAL señalan que no hubo
país en donde el neoliberalismo no
provocara pobreza y en donde el
representante no se beneficiara
económicamente del neoliberalismo, todos sus apóstrofes ganaron económicamente
algo.
El otro ejemplo es el problema de la deuda externa,
clara muestra de la influencia latente de las estructuras económicas en los comportamientos
políticos de los representantes. No hay
país en el cual el pago de intereses de la deuda no afecte las economías
locales, gran parte del empobrecimiento de América Latina, de las crisis
fiscales se debe al pago de intereses de ella.
El Fondo Monetario Internacional obliga a los gobiernos a adoptar
políticas de ajuste que lesionan el gasto social, que encarecen el costo de la
vida. Lo paradójico es que los
representantes antes que pensar en el electorado y la defensa de sus intereses
toman partido por las políticas de ajuste obedeciendo las orientaciones de los
banqueros internacionales.
No son solo, las estructuras económicas, son también
las estructuras sociales las que los coaccionan. Una estructura social como la nuestra basada
en el principio del Apartheid social deforma claramente sus funciones. ¿Que intereses opta por defender, los de las
plutocracias, los de la clase media o los de los sectores populares?, La
existencia de estos tres mundos sociales, totalmente diferentes, antagónicos,
también pone en entre dicho su papel. En
toda sociedad es menor cuantitativamente hablando el número de gentes de la
oligarquía y de la clase media alta y mayor el número de individuos de los
sectores populares y de la clase media baja.
Clase media-baja y pueblo tienden a identificarse como clases sociales,
clase media alta-oligarquía igual, sin embargo en número de individuos los
primeros son mayoritarios, es decir, que
el representante tiene mayores posibilidades de elección si influye sobre el
primero de los bloques; Cada bloque
suelta a sus representantes en cada elección y cada uno de ellos se compromete
a defender sus intereses, los problemas surgen para los de las plutocracias, Alvaro Uribe sé autoproclamó como un riquito en los
noticieros de televisión y ganó las gentes del pueblo prometiendo
que la guerra en Colombia la financiarán los impuestos de los ricos, todos los
candidatos presidenciales tienden a agitar ideas que se acoplan a la defensa de
los intereses de los más oprimidos, incluyendo los candidatos de las
burguesías.
La gran deformación empieza cuando son elegidos; en
realidad la influencia de los ricos es enorme, el representante debe defender
sus intereses, de otra manera es catalogado como un tirano, en el fondo se le
obliga a practicar su segunda traición,
para ello las oligarquías, dentro de ellas la empresa privada, los
terratenientes y la mafia entregan poder y privilegios, dinero e influencias. El caso de Hugo Chavez, nos muestra que puede
suceder cuando un representante se niega a traicionar el principio de defender
las plutocracias, que son también transnacionales; su discurso y decisiones antioligárquicas, su
principio “Que tiemble la oligarquía” han llevado a Venezuela al borde de una
clásica guerra civil, el país se ha divido en simpatizantes de los estratos
altos, con los empresarios al mando de un movimiento antichavista que agitaba la
idea de que el presidente, elegido por votación popular, es un tirano que había que hacer ir del poder,
en otros países como Chile los dictadores fueron aliados de los más pudientes y
fueron tildados por ellos como héroes de la Democracia; uno de los más
importantes demócratas del mundo para los Estados Unidos, es el dictador de pervez Musharraf de Pakistán quien dirigió durante 8 años una cruel dictadura militar apoyada por los
gringos, solo por el hecho de prestar su territorio para atacar los Talibanes. Curiosamente los
representantes honestos que se rebelan contra las traiciones a que los obligan
las estructuras sociales aparecen como los tiranos.
En las sociedades de Apartheid social, el mundo de la
concentración del capital busca manipular y manejar al representante político, los obligan a
doblegarse a su mundo, utilizan el simbolismo religioso para presentarlos como
hijos de dios, si siguen los designios
de la plutocracia, los obligan a seguir las pautas de comportamiento de su
mundo tradicional, a ser distinguidos, elegantes, elitistas, discriminadores y
así el representante termina como otro oligarca, un hombre que vive en este
mundo, él ya no acepta vivir en el mundo de quien los eligió. Potentados como Habig Mereg, se vestían como
gentes del pueblo en sus correrías políticas, pero no negaba su raigambre
oligárquica y sostenía sus propuestas combinando la defensa del mundo
oligárquico, con la defensa de los intereses de la clase media colombiana. La familia Gaviria Trujillo, potentados de la
construcción en Pereira, llegaron a poner como máximo mandatario a Cesar
Gaviria hoy presidente de la OEA, con consignas de defensa de las clases
populares y terminaron imponiendo políticas de privatización, perjudiciales
para el pueblo. En Risaralda son claros
los ejemplos de hombres que son de raigambre popular y terminaron como
oligarcas y grandes propietarios por las
prebendas del mundo empresarial; el modelo típico es el de Roberto Galvez, un
ejemplo diferente es María Isabel Mejía, gran terrateniente y potentada
regional que hizo política
prometiendo defender los intereses de los desposeídos, para acoplarse en el
Senado con la defensa del mundo empresarial.
Una sociedad no educada para estudiar al representante
termina engañada, el analfabetismo político hace que la gente pague con alto
costo su apoyo al líder elegido, que en el fondo no representará sus intereses, regalará su
representatividad a los grandes propietarios.
En Dosquebradas, el movimiento de educadores siglo XXI, un movimiento de
maestros por contrató, apoyó en las elecciones para Alcalde a Elder Villegas,
votaron por él, el primer año de su mandato les quitó el empleo a todos,
disminuyó sus salarios y resultó ser peor para los intereses de sus votantes
que los antagonistas electorales por los que no votó el colectivo de
catedráticos, el alcalde en
mención es un mal representante y
expresa la crisis de ellos.
Pero hay un tercer problema provocado por la
estructura política, las alianzas políticas, la forma de la dinámica de la vida
política. Los intereses personales del
representante lo obligan a fortalecerse políticamente, a buscar alianzas con
grupos políticos poderosos para aumentar su poder y surge la tercera traición,
para crecer en su poder personal se entrega o vende su representatividad a
plutócratas o empresarios de la política que pueden ascenderlo políticamente,
pero que le exigen un compromiso contundente con la defensa de ciertos intereses
personales. El mayor opositor del
pastranismo en Colombia fue Alvaro Uribe, por lo menos hasta antes del 20 de
febrero del 2002, fecha en la cual se rompieron los acuerdos del Caguán, muchos de los
representantes pastranistas incluyendo oficialmente al Partido conservador se
adhirieron a su candidatura, difícilmente el representante opta por ser honesto, escoge la
traición.
Políticamente todo líder electo promete defender la
democracia y la participación, sin embargo, el autoritarismo político es más
benéfico, el busca “hacer lo que le dé la gana”, montar su propia autocracia,
le fastidian las asambleas decisorias, consultar al elector; El verticalismo lo convierte en un dictador y
al elector en un parroquiano dispuesto a ver al dirigente como cierto comandante
que dirige una guerra o un santo de su devoción, la prometida democracia
desaparece, el representante no está dispuesto a consultar con su base si está
de acuerdo con tal o cual alianza, si no le gusta simplemente que se vaya de su
directorio. Autoritarismo y aún
totalitarismo son los términos con los cuales el representante termina
traicionando su base electoral, el odio al sindicalismo, a las organizaciones
de derechos humanos, a las veedurías de control que le fastidian porque pueden
denunciarlo y que claramente defienden intereses de base son típicos del
representante de centro y de derecha, allí se cuaja este problema de la representatividad que es sin
duda uno de los más álgidos de las crisis políticas.
Pero también las estructuras culturales inciden en el
problema de la representatividad; el
simbolismo cultural de quien representa puede oponerse a los intereses de la
base que lo eligió. Una comunidad de
base religiosa, busca que defienda los
principios religiosos, lo mismo sucede con una comunidad de base liberal o
socialista. La cultura política del
representante también da vaivenes, según se lo exija el medio y según sean
congruentes con sus intereses personales;
para el surgen muchas
contradicciones en este sentido, un líder racista elegido no tomará partido por
defender los intereses de las negritudes o de las comunidades indígenas, aparecerá ante ellas como un reaccionario y
se hará antipopular, pero a su vez, el
tiende a manipular el ideario cultural, puede intentar ganar votos y
popularidad levantando consignas que beneficien los sectores negros o indígenas
y terminar traicionándolos.
En el ámbito cultural,
también esta coaccionado por la cultura burguesa mediatizada por los
principios mercantiles y utilitarios que le exigen comprometerse con la defensa de lo mercantil,
de la relación costo-beneficio, mientras la sociedad necesitada le exige comprometerse con lo no utilitario, con los
proyectos sociales, con el beneficio común y no con el individualismo. Al optar por la cultura del mundo
empresarial, el representante termina practicando una cuarta traición, generada
por un problema surgido desde la estructura cultural.
Es de entender que no-solo las estructuras inciden en
sus comportamientos, ellos también se moldean desde las conductas individuales que
tienen que ver con los principios y valores de quien representa, desde la
cotidianidad que le impone formas de comportamiento específicas; por ejemplo,
el riesgo de perder su popularidad obliga a muchos a tener que rebelarse frente al mundo de la
cultura burguesa e identificarse con el mundo de la cultura popular.
El ámbito psicológico incide ampliamente en su imagen,
quienes se acoplan al principio de ser “zorra astuta que aparenta bondad”
culminan tarde o temprano desprestigiados por la opinión pública; la crisis de
prestigio es el reflejo de la del representante mismo, lenta y paulatinamente
se van hundiendo en ella cuando no atiende las necesidades comunitarias, ello
hace que aumente la desconfianza de su elector; el desprestigio se acelera
cuando materialmente aumenta la desigualdad social y disminuye el
bienestar, la ineficacia del “zorro
astuto” se hace relucir cuando el ciudadano ya no confía en sus palabras y se
decide a denunciarlo o a manifestar públicamente su inconformidad; el aliado
clave es el medio de comunicación y los
clérigos que buscan con canciones y oraciones aplacar el desespero de las
gentes. El caso argentino es un ejemplo
típico de ello, después de que se desata la crisis económica en el 2000, el medio de
comunicación desvía la atención de la causa de la crisis hacia el empresario
como responsable fundamental, más no también hacia el representante como
fiscalizador del devenir económico, el dirigente político sale bien librado a
excepción del presidente que es obligado a renunciar, luego saltan a la
palestra los cantantes, que componen cánticos que invitan a bailar y no a
protestar, a sumirse en la alegría en medio de la pobreza y a auyentar el
hambre con canciones sin condenar la clase política,; la crisis argentina debió haber culminado en
un relevo de los representantes políticos que no tomaron las medidas
indispensables para evitarla legislando
con anticipación una política económica adecuada; vinieron las imagines más impresionantes:
argentinos desesperados por el hambre, asaltando supermercados, sacrificando
reses de los ganaderos y vendiendo su propio pelo, la pregunta clave es ¿Quién
pasa la cuenta de cobro al representante político por esto?, muy probablemente
en las próximas elecciones se compraran muchos votos, se cambiarán por puestos
y continuarán los mismos en el Congreso.
Algo parecido a lo que sucedió en Colombia durante las elecciones
legislativas del 2002, fueron elegidos
mayoritariamente los mismos congresistas del anterior periodo, en un país donde
el desempleo pasó del 12 al 21%, el subempleo al 37% y la cifra de pobres pasó
del 50 al 75% según datos de la CEPAL, aumentó la violencia y lo más delicado
hoy se roban más plata del tesoro nacional que hace cuatro años, en el 2001 la
cifra de pérdidas por corrupción ascendió a 1 billón de pesos, según las
denuncias recientes del Banco Mundial y
hubo una profundización del modelo neoliberal que implicó mayores despidos
masivos. ¿Porqué el elector se decidió por los mismos representantes?, el clientelismo, la compra y venta de votos,
los auxilios parlamentarios para consolidar candidaturas y la utilización de
recursos estatales para financiar campañas son algunas de las causas, pero más
allá de ello, la cultura política del colombiano continúa siendo muy
subordinada, muy temerosa de castigar al dirigente y de premiar alternativas
más honestas, se nota también que es una
cultura de la indiferencia por los altos niveles de abstención electoral, que
le da legitimidad a unos líderes elegidos sumidos en el desprestigio y que
consiguen sus votos en un gran número, no por buenos cualitativamente hablando,
sino por tener mucho dinero.
III. MEDIOS DE
COMUNICACIÓN Y REPRESENTATIVIDAD POLITICA
El representante tiene que crear una imagen y son los
medios de comunicación las que se la forjan.
La batalla por aparecer en los medios de comunicación es cotidiana, sin
medios de comunicación es un
desconocido, de allí la importancia tan fuerte de ellos en el proceso de su
elección; la imagen forjada desde el medio de comunicación es la que le da
aceptabilidad y popularidad.
En ellos tiene que aparecer como un distinguido,
respetable, honesto, honrado e inteligente.
Artistas, cantantes y deportistas explotan políticamente su imagen
forjada desde los medios lanzándose como candidatos, ello es prueba palpable de
la importancia de la vídeo política en la época de la postmodernidad.
Es importante resaltar que son los medios de
comunicación los encargados del control político, ellos no están exentos de la
dinámica que impone la sociedad de apartheid social, la ley de la existencia
segregada; si al representante se le
exige defender a toda costa la sociedad empresarial y un compromiso latente con
las plutocracias, son los medios de comunicación los encargados de vigilar ese
compromiso, de allí surgen las contradicciones o las avenencias en la relación
entre él y los medios de
comunicación. El representante
pro-burgués, generalmente es reconocido y felicitado, se le da imagen, se le
entrevista, mientras el rebelde, tratado como un subversivo es fustigado y no
se le entrevista. Las elecciones
presidenciales en Colombia para el 2002 es clara prueba de ello, una amplia
propaganda a Alvaro Uribe, declarado representante de las oligarquías y una
discriminación de los demás candidatos quienes salen en prensa, pero no con
todos los privilegios del líder plutocrático, de tal manera que a toda costa
los representantes buscan ganarse los medios de comunicación, defender su
orientación y sus principios ideológicos, ello hace que surja otra traición, ya
que el tiene que acoplarse a la dinámica
del medio y abandonar su sentido original:
condenar como subversiva una marcha que hacen sus electores o una huelga
o la creación de un movimiento de protesta y curiosamente son los medios de
comunicación los que anuncian esa traición.
Durante su campaña electoral Pastrana prometió mejorar las condiciones
de los educadores, su propuesta más importante fue el acto legislativo 012 que
culminó en la ley 715, nefasta para los profesores, las protestas de muchos de
sus votantes que vieron en el un agente de cambio fueron señaladas como
subversivas por el presidente, quien tuvo en los medios de comunicación el
principal agente aliado para buscar el desprestigio social de los maestros y
golpear el movimiento. Hugo Chavez ha
tenido como uno de los grandes opositores las cadenas televisivas que se han
convertido en los principales aliados de la clase que controla el gran capital,
se han enfrentado a sus partidarios y han buscado deslegitimar el poder del
presidente, es un ejemplo claro en el cual el representante es antagónico con
el medio.
El líder elegido entiende que sin el apoyo del medio
es muy difícil que salga airoso, por ello su principal tarea es conquistarlo,
cederle privilegios; muchos periodistas
se lanzan a la arena política, en Colombia todos los presidentes han tenido
alguna relación con los medios o han dirigido alguna cadena televisiva. Han deformado los medios el sentido de la
política, las elecciones por ende no son claras y transparentes ya que sobre
ellas y la elección de los representantes está la mano de las cadenas
televisivas, radiales y la prensa de manera indirecta o directa, son las fuerzas
ocultas que solamente podemos ver mediante el análisis, es el poder invisible
que hace que el representante claudique ante él y traicione su propósito
original. ¿ Cómo me presente en el medio?: ¿Cómo un buen ciudadano?; ¿Cómo un
mal dirigente? El compromiso con el poder dejando a un lado la crítica al
sistema es la vía más fácil. Muchos encargados de representar aún sabiendo
que la guerra perjudica ampliamente la sociedad, se comprometieron con ella
auspiciando el fin de los diálogos de paz, por la moda que impusieron los
medios de criticar los proyectos de pacificación. Quien hablara a favor de la guerra obtenía más
simpatías y por ende más votos, a excepción de unas minorías que no entraron en
la moda que impusieron los noticieros.
Pero también los medios dependen de los
representantes, así que tienen que relacionarse con cautela especialmente con
las bancadas mayoritarias. Críticas
fuertes a ellos los obligarían a
replantear la relación Estado-medios de comunicación a través de las leyes o
señalan a un medio como parcializado;
sin embargo, es lógico que todo
medio tiene un tinte político y ellos también tienen sus propios elegidos. El primer compromiso del medio es el
político. Liberal, conservador, de
izquierda o socialista o también independiente, el político o él numero de representantes
determina el poder del medio que no tendrá problema si tiene amplia
representación política y que los tendrá si no la tienen, cada cadena radial y
televisiva y periódico tiene su propio color político.
IV. LO QUE SE
DICE Y LO QUE SE HACE
Otro problema clave para entender la crisis de la
representatividad política estriba en diferenciar el decir, del hacer; adiestrado perfectamente en el decir, con una
alta elocuencia, quien representa halla buena parte de su credibilidad en lo
que se dice. Con los discursos que
defienden la propiedad privada, las buenas costumbres, la defensa del libre
mercado y de la competencia se ganan el mundo oligárquico, en este no es
suficiente el decir, debe además ser de ese mundo, tener abolengo y suficiente
capital, pero también experiencia en la defensa de los intereses plutocráticos. La clase media se la ganan defendiendo las
libertades y la promesa de que no se atentará contra el bienestar, se sostendrá
el empleo y el crecimiento económico y a las mayorías con el discurso social,
la promesa de que él es el Mesías que los sacará de su situación de
pobreza. El hacer es otra cosa; en
Colombia anualmente se pierden un billón de pesos por efecto de la corrupción,
ha sido clasificado como uno de los
países más corruptos del mundo y no hay representante que en su discurso
electoral no reivindique la lucha contra la corrupción,
El sitio donde vive refleja a su vez la dicotomía
entre el decir y el hacer: tradicionalmente habitante de los barrios altos,
lleno de comodidades y lujos no les toca vivir la experiencia de los que no
tienen nada; los pocos que surgen de los que no tienen nada terminan asimilando
ese mundo, viviendo en él y alcoholizados.
El caso de un lustrabotas que llegó al concejo de Bogotá y terminó
utilizando sus recursos en los mismos vicios de las clases altas, es un
testimonio de que ni los pobres se escapan a estas reflexiones. Con esto hay algo claro, los representantes
alejados del mundo de las necesidades se desarticulan de su base electoral y
terminan denunciando la pobreza, pero viviendo en la riqueza, condenando la
corrupción pero practicándola.
La raíz del problema estriba en la empresarización de
la política, la conversión de lo electoral en un mercado con oferentes y
demandantes en donde el propósito final es el lucro o la obtención de
ganancia. El elegido, más que un
gobernante es un negociante que invierte un capital en lo electoral y a toda
costa tiene que sacar ventajas económicas de tal inversión, el producto tiene
que servir como mecanismo de enriquecimiento mientras su discurso expresa un
compromiso altruista.
El elector por lógica lo evalúa por lo que se dice, más no por lo que se
hace, lo que le permite al líder relegitimarse y acreditarse ante un elector
sin capacidad de evaluación desde lo practico.
En los momentos en los cuales lo que se hace es ampliamente perjudicial,
viene la sanción de la opinión en contra, sin embargo, ello depende de los
medios de comunicación y sus principios.
Para los medios fueron importantes las medidas neoliberales, por ello
ningún representante fue fustigado, aliados importantes de ellos pasan
desapercibidos en sus acciones siempre y cuando se acoplen a los intereses
plutocráticos.
Diversos ejemplos son patéticos: Fujimori hipnotizó por años con su proyecto
de Cambio 90 a la opinión pública peruana, apareció como el santo redentor
capaz de eliminar sus males. Su
prestigio fue de tal envergadura que no hubo medio de comunicación que no lo
apoyara, hasta los líderes de la oposición terminaron en el desprestigio ante el avance avasallador del presidente: su
verticalismo, la revocatoria del congreso, la derrota de Sendero luminoso, la
liberación de rehenes de la embajada japonesa le subió ampliamente su
popularidad, pero lo más importante fue su discurso, la capacidad de
convencimiento de miles de peruanos de que su gobierno era el mejor de América
Latina, su oposición al narcotráfico y a la corrupción. Sin embargo, luego de su caída nos
encontramos con verdades que impresionan: aliado del narcotráfico, ampliamente
corrupto y autoritario y altamente ineficiente en lo social. De casos como este estamos inundados,
presidentes que aparentan ser democráticos pero que en la práctica son
altamente autoritarios.
V. LOS VALORES
Y LA REPRESENTATIVIDAD POLITICA:
UTILITARIMO Y HONESTIDAD
Lo que más vigilan los medios de los representantes,
son sus valores y comportamientos, los
acosan con ellos. Desde comportamientos
personales, embarazar una joven, tener varias mujeres, ser o no drogadictos,
hasta comportamientos sociales: como se
viste, con quien anda o cuales son sus aficiones. Pero el gran problema no estriba en estos
particularismos, sino fundamentalmente en su actitud frente a la política.
Si la sociedad exige valores de honestidad, la
practica le exige acoplarse al mundo empresarial y asimilar los valores de la
empresa, los principios de la utilidad.
Dispuesto a desertar del grupo sino hay beneficios, a abandonar
proyectos, a dejar amigos a traicionar su palabra; todos estos rasgos son
comunes en el representante. Altruismo o
egocentrismo, cooperación o individualismo, sentido social o empresarial: al
líder elegido indefectiblemente le toca escoger y el mundo capitalista lo hace
decidirse por el individualismo, lo
empresarial y el egocentrismo. Ello se
debe en buena parte a que el representante piensa dentro de su imaginario que
el hecho de haber triunfado se debe a su iniciativa individual y no al trabajo
y la decisión de un conjunto, es por ello que en múltiples ocasiones termina
perdiendo al conglomerado y su credibilidad, cuando lo necesita vuelve y lo
busca, pero ya es tarde tiene construir otro grupo.
Esta clasificación de los valores, identifica su tipo,
el dirigente empresarial que se contrapone al dirigente social. Ambos con metas
y prácticas totalmente disímiles, mientras al primero le preocupa el beneficio
de la política, al otro la credibilidad y el bienestar de su grupo; el primero
es el clásico líder de las sociedades burguesas, el otro es una especie de
intruso al que hay que aislar según los negociantes; el primero ofrece
prebendas y poder, se alía con los más poderosos, el otro ofrece bienestar y es
un caudillo protegido por sus electores cuando estos son de los sectores
populares.
VI. VIOLENCIA Y
REPRESENTATIVIDAD POLITICA
Otro problema del representante político es su
relación con la violencia, en las sociedades menos conflictivas estos no se
relacionan con ella ya que no la tienen en sus instrumentos de lucha política,
pero es normal que en las sociedades más conflictivas y desiguales los
individuos busquen a través de la violencia imponer voluntades, conseguir o
sostenerse en el poder; el representante
puede ser sujeto u objeto de violencia.
Es sujeto de violencia cuando la utiliza para
conseguir metas que favorecen sus proyectos, apoyo a grupos paramilitares, guerrilleros o al aumento del
gasto militar, pasando además con la dirección clandestina de grupos violentos,
ejemplos típicos de ellos son Pablo Escobar, Pablo Emilio Guarín o el grueso
número de senadores y representantes a la cámara ayudados por los paramilitares
en Colombia o el financiamiento de paramilitares en México por el PRI, o la
organización de las rondas campesinas en el Perú por representantes
políticos. La política en sociedades
desiguales requieren de amplia coacción, ya sea para reproducir la desigualdad
o para acabar con ella.
La relación del representante con las fuerzas armadas
es clave en este sentido, algunos se lanzan a la palestra política en nombre de
ellas y buscan fortalecerlas, caso Alvaro Uribe Vélez o Harold Bedoya, otros construyen su
movimiento bajo principios de oposición al militarismo y al armamentismo, las
preferencias de los militares con los primeros, lógicamente son enormes y las
simpatías con los segundos son muy bajas a tal punto que sectores de las
fuerzas armadas organizan clandestinamente grupos encargados de eliminar a
los indeseados, u otros representantes
contribuyen a ello; la eliminación en Colombia de un grueso numero de
representantes de la Unión Patriótica fue responsabilidad de sectores de las
fuerzas armadas y de otros representantes que fustigaban a la UP; la UP surgió
en si misma de una propuesta de la FARC, lo que disgustó a otros representantes
que los asimilaron como enemigos armados, ello justificó la intervención
física. (VER ANEXO)
Pero también el representante es objeto de violencia,
el se encuentra cotidianamente amenazado por las intensiones de aplicar sobre
él la represión física, ya sea porque contribuye a reforzar políticas
económicas o sociales indeseadas o porque es un opositor gubernamental; en los
países de mayor violencia contra representantes como España o Colombia, se
convierte en algo común los atentados sobre estos; hay otros en donde son
esporádicos, en momentos de crisis o de
recesión la gente masivamente amenaza con linchar los representantes que para
ellos son los causantes de los malos momentos, en algunos casos el
representante opta por unirse a las protestas de las muchedumbres para evitar
recibir los embates de la violencia social, esto se pudo ver en las protestas
ecuatorianas de principios de siglo. En
Colombia los enemigos más violentos de los políticos elegidos son los grupos
paramilitares y la guerrilla: secuestros, atentados y amenazas los han
convertido en un blanco apetecido, para el caso de los paramilitares, un
representante es cuestionable y puede ser intervenido físicamente cuando
muestra algunos síntomas de ser un comunista, critica las fuerzas armadas,
simpatiza con algunas propuestas políticas de la guerrilla, apoya el
sindicalismo o es un opositor del paramilitarismo, según sea su papel, sufre
los rigores del castigo de la extrema derecha que van desde el secuestro hasta
el asesinato; algunos representantes son retenidos para enviar mensajes a los
medios de comunicación. Con la guerrilla
sucede lo opuesto: fustigan duramente al representante de extrema derecha
neoliberal, al que impulsa políticas antipopulares que lesiona los intereses de
los más débiles, al que simpatiza con el paramilitarismo o está comprometido
con él, apoya las fuerzas armadas o es enemigo del sindicalismo, en otros casos
se le retiene para presionar un canje
por guerrilleros presos u obtener recursos.
La violencia también se presenta entre los mismos
representantes, ejecuciones para ganar espacio político o defender
territorialidad son estimuladas por los más violentos: Opositores o
contrincantes son eliminados clandestinamente y el partido agresor se queda con
las curules de la víctima, de ejemplos estamos llenos: Puerto Boyacá era en la
década del setenta un municipio completamente comunista, el concejo en pleno lo
conformaban comunistas que siempre ganaban las elecciones; la incursión de la
violencia con Pablo Emilio Guarín que eliminó los comunistas le entregaron el
municipio al liberalismo; en Risaralda, contrincantes serios para los liberales
como Jaime Salazar Robledo y Gildardo Castaño, fueron eliminados por sicarios
que beneficiaron los liberales, partido que se quedó con sus curules, la
mayoría de las curules de los miembros de la Unión Patriótica asesinados fueron
reemplazadas por liberales. En los
momentos en que se detecta el vínculo criminal es lógico que el representante sufre los rigores de la ley,
dependiendo de su importancia es encarcelado o se oculta su culpabilidad. Carlos Lemonds Simons, al declarar como
comandante guerrillero a Bernardo Jaramillo incitó a los paramilitares a
asesinarlo, dos días después de sus declaraciones fue ejecutado y sobre Simonds
no hubo ninguna investigación. Por otro
lado, son cotidianos los enfrentamientos
en los espacios legislativos que culminan en agresiones verbales y en
trompadas, patadas o palazos, este tipo de escándalos son una expresión de
violencia que puede culminar en rencillas fuertes y amenazas, es una expresión
de la descomposición del sentido de la política.
¿Es el representante político un hombre violento?
Claro que sí, en la mayoría de ellos se encuentra la necesidad de la coacción
implícita. Para el caso colombiano, una de las conclusiones más importantes en
este aspecto es que el no ha dejado de
ser un hombre coactivo nunca; se nota que en Colombia no se ha podido construir
la paz debido precisamente al poco compromiso de los líderes políticos elegidos
en las políticas de diálogo, en la búsqueda de la paz a ellos les toca hacer
las reformas; el fracaso de la política de paz de Belisario Betancur, se debió
en esencia a la visón antireformista y proviolencia de los representantes a la
cámara y senadores que no se comprometieron a votar por las reformas sociales
que requería el proceso y optaron por apoyar las políticas de guerra que van
desde la creación de nuevos batallones, aumento del presupuesto militar y el
fortalecimiento de las legislaciones represivas; Para ellos los diálogos con
los guerrilleros se deben hacer sin contraprestación alguna y sin sacrificios
de los privilegios de las plutocracias, por ello se acoplaron muy bien a la
política de mano tendida y pulso firme del presidente Virgilio Barco, quien
otorgó privilegios personales a un grueso grupo de guerrilleros que terminaron
desmovilizados, sin sacrificar los privilegios de las clases pudientes y de los
representantes; con Cesar Gaviria fue igual, su revolución pacífica aceleró el
conflicto armado, su política neoliberal engrandeció el problema de la
violencia: el representante
mayoritariamente se acopló al gobierno y lo acepto, ayudando en su Estrategia
contra la violencia desde la represión y la confrontación armada con enormes
sacrificios para la sociedad que vio disminuido el gasto social, el continuismo
fue parte de la política del Salto Social de Ernesto Samper, quien no tuvo
reparos de los representantes; la política de paz de Andrés Pastrana fue todo
lo contrario, ella si provocó reacciones de inconformidad en los
representantes; La sola entrevista con tirofijo en las selvas de los llanos
orientales, la instalación personal del proceso por el presidente provocó
escándalo en un grueso número de representantes y senadores y la posibilidad de
diálogo amplio así como la creación de la zona de distensión fue un estímulo
para el repudio de los representantes de extrema derecha de amplia presencia en
el congreso, ni siquiera las comisiones de paz del senado tuvieron
credibilidad, su presidente terminó secuestrado por la guerrilla en una clara
prueba de la poca simpatía de los alzados en armas para con los representantes,
varios de los cuales culminaron retenidos por los insurgentes; De nuevo se
vislumbró el poco compromiso de los senadores y los representantes con la
solución del conflicto, situación que se notó después del 20 de febrero del
2002 cuando se rompieron los diálogos de paz: la mayoría de ellos felicitaron
al presidente. Concordó esta posición
con el informe del Banco Mundial que anunció que los mayores focos de
corrupción en Colombia se encontraban en el Congreso, es decir los más grandes
corruptos de Colombia son los representantes.
VII. EL
PROBLEMA DE LA CORRUPCION
Colombia ha sido catalogado como uno de los países más
corruptos del mundo, eso significa que posee los dirigentes más corruptos del
orbe. El representante nuestro es un
ladrón a excepción de unos pocos que controlan y vigilan las acciones de los que roban, algunos de ellos
culminan en el cementerio o en el exilio.
Las causas de la corrupción son claras: la enorme cantidad de recursos
que maneja el Estado y las pocas posibilidades de control, la facilidad de
enriquecerse rápidamente, pero también la poca preparación de nuestro
representante, cualquiera puede serlo y en efecto se convierten en ellos
deportistas, cantantes, emboladores, narradores deportivos y actores de
televisión y muchos impreparados para manejar el Estado, gente sin experiencia
ni compromiso, hombres utilitarios y egoístas contagiados de un mundo
capitalista que le rinde culto al dinero y su obtención fácil.
Chanchullos, serruchos, desvió de recursos,
enriquecimiento ilícito son entre otras las formas; en Colombia se roban cada año dos billones de
pesos, hecho que lamentan los medios de comunicación y lo hacen precisamente
quienes ellos apadrinan, quienes se benefician de la mayor propaganda de
estos. Es claro que el elegido se
convierte con ello en un acelerador del subdesarrollo, necesita de el para reproducir su poder, curiosamente
el político necesita de pobres para
construir su discurso contra la pobreza y ganar simpatías hay quienes lo hacen
robándose los recursos estatales que deberían invertir en salud y educación;
Quien los denuncia es tildado como un
“sapo”, que puede ser eliminado. El
proceso ocho mil fue un intento de derrumbar el poder corrupto de muchos
representantes, varios se fueron a las casa-cárcel, una muestra más de la
desigualdad, siguieron su pachanga y vida cómoda disfrutando en ellas los
recursos que asaltaron al Estado, situación problemática que llena de
inconformidad a las gentes más honradas que esperan un castigo más severo.
La gente espera un representante honesto, una persona
capaz, pero ante tanto poder el líder
termina claudicando, en países como Colombia la vigilancia tiene que hacerse
desde afuera; el Banco Mundial ha denunciado la delincuencia política, el
ciudadano espera que sea la procuraduría, la defensoría del pueblo, la
contraloría o el mismo presidente.
Violaciones a derechos humanos y corrupción son lo que más se esconde,
no es muy rentable denunciarlas y ello se debe a la forma del régimen del
político, en sistemas de partidos hegemónicos es difícil el control interno por
las claras relaciones políticas que existen entre los gobernantes y los
organismos de control, ellos son del mismo partido y no se denuncian entre
ellos, ya que ello significa traicionar al propio partido o movimiento. Pero la denuncia desde afuera se hace cuando
los robos perjudican las arcas internacionales, el Banco Mundial requiere del
pago oportuno de los intereses de la deuda y es indispensable que alguien
proteja los recursos estatales de la banca transnacional, es por ello que en ocasiones
los mismos representantes denuncian los atropellos de estos organismos
financieros, algunos lo hacen por principios, pero otros denotan rencillas que
surge de las contradicciones especificadas.
La crisis de honradez culmina también en contradicciones
entre los mismos dirigentes de los partidos, enfrentamientos, ya que en la
medida en que unos se benefician otros se perjudican, especialmente los
candidatos presidenciales, a las gobernaciones o alcaldías; en los momentos de
debate electoral pierden ampliamente la credibilidad por las denuncias de sus
opositores políticos, la misma opinión pública los llama a cuentas. Sin embargo, el poder económico trasciende
más allá de la misma imagen del candidato, es posible encontrar un acusado con
poder detrás de la campaña de un representante influyendo con toda fortaleza y
poniendo y quitando funcionarios, manipulando oficinas, ejerciendo el poder
invisible buscando nuevamente liderazgo y credibilidad.
VIII. EL
REPRESENTANTE POLITICO Y LA SOCIEDAD CIVIL
En sociedades con crisis de representatividad
política, la comunidad tiende a desconfiar del representante político y ven un
gran número como un mal necesario; mal,
porque muchos comprenden su impotencia, ineficacia, ineptitud y falta de
honradez; los constantes escándalos hacen que la sociedad civil cree
estereotipos generalizados en los que el representante aparece como un bandido,
ladrón o corrupto, quienes no votan esgrimen en su mayoría este criterio, en
Colombia son más de la mitad mas uno.
Necesario, porque la comunidad necesita del líder elegido, lo explota,
juega con él, busca que le haga favores y lo ve también como una esperanza para
sacarlo de su situación de desempleo y miseria.
Desde la sociedad civil el desprestigio del
representante político se construye desde diversos factores, pero el más
lacerante es la pobreza, de ella el desempleo.
En momentos de crisis económica es mayor el número de actitudes
negativas y más amplias las posibilidades de odio sobre los representantes,
pero también reformas tributarias, alzas de tarifas, pueden hacer que la
comunidad se lance a insultarlos. La
búsqueda de relevos hace que líderes de la sociedad civil eclosionen y se
conviertan en alternativas frente a los desprestigiados; se forja con ello la
confianza en un líder nuevo, con nuevas promesas, que inicia un nuevo ciclo de
prestigio y desprestigio.
A pesar de las actitudes negativas, buena parte de los
representantes subsisten políticamente y cada día pueden volverse más fuertes,
ello lo hacen manteniendo el control desde los puestos burocráticos
aprovechando la alta abstención que mantiene su hegemonía en el poder, baja
votación general hace que sus votos personales sean mayoría, una amplia ventaja
para él. Cada funcionario es el líder y
él tiene que poner el número suficiente de votos para que no se queme en la
elección. Los auxilios parlamentarios o
los recursos de las oficinas estatales refuerzan ese poder electoral, por ello
la sorpresa en las elecciones. ¿Porqué
líderes desprestigiados, tildados como caciques logran mantenerse en el poder
indefinidamente?: ¿Porqué otros de mayor prestigio social no logran una curul?,
El sentido empresarial, clientelista y
utilitario de la política hace que sean más fuertes y con mayores posibilidades
los empresarios políticos, quienes ven la política como un negocio ya que
tienen la ventaja de otorgar prebendas a una sociedad civil que ha enraizado
los valores burgueses de utilidad y ganancia, costo-beneficio y lucro personal.
Es por ello que la crisis de la representatividad
política también tiene que ver con los valores de la sociedad civil y en las
sociedades capitalistas, en la vida política de estas, ellas son el oferente de
un artículo que se intercambia utilitariamente: el voto. Al acostumbrarse a ello, lo bien que se hace
el oficio del gobierno no tiene sentido, lo bien que actúa un líder
tampoco. Es lógico que ello refleja una
sociedad civil analfabeta políticamente, con una cultura política de la
indiferencia, sin una capacidad de votar inteligentemente, para quienes el
ejercicio de la democracia puede parecerse a una transacción comercial, de ello
se beneficia ampliamente el representante quien tiene el pasaporte para ejercer
todos los actos de corrupción y pillaje sin una sociedad civil controladora y
castigadora.
No hay mecanismos de educación de la sociedad civil,
ya que la formación política de esta está limitada a colegios, escuelas y
universidades en donde no se educa todo mundo y en donde la educación política
es supremamente débil, El educador no se
le mide a politizarse y a sembrar valores de honestidad en la cultura política,
no solo porque puede ser perseguido, sino también porque puede confundirse con
un político, lo que le trae enormes problemas.
Además hay un desgano en el joven a formarse políticamente, no lo
encuentra agradable y lo interpreta como una asignatura retazo de menos
importancia que las matemáticas o las ciencias naturales; obtenemos al final
del proceso un producto educativo indiferente políticamente con muy bajas
posibilidades de liderazgo; el mismo sistema educativo se encarga de estirpar
la semilla y los líderes tradicionales no encuentran oponentes formados, lo que
asegura el triunfo de los relevos generacionales de las plutocracias formados
en universidades privadas.
La crisis del representante expresa entonces la crisis
de la sociedad civil indiferente y despolitizada, sin cultura política
participativa y subordinados a los designios de la clase política sobrearmada y
amenazante, violenta y elitista que culmina atemorizándolo, situación
lamentable en un momento en el cual la clase gobernante debiese ser forjadora
de democracia y participación. A largo
plazo ello es perjudicial para la sociedad, puesto que el anquilosamiento de la
comunidad genera culturas congeladas, no
cambiantes, democracia centrífuga y no
centrípeta que estallan en enormes conflictos propios de sociedades verticales
en donde sectores de la sociedad civil optan por insurrecciones y
levantamientos a través de la violencia, desatando desangres innecesarios.
IX.
EL REPRESENTANTE POLITICO Y LOS DERECHOS
HUMANOS
Suponemos que una de las funciones fundamentales del
representante es la de garantizar la vigencia de los derechos humanos; a la
sociedad civil le toca cumplir con sus deberes y ella espera que el representante
cumpla con la tarea de otorgarle sus derechos.
Son precisamente quienes representan los que redactan las constituciones
y las aprueban y en consenso le dan legalidad al conjunto de derechos humanos
necesarios. Las crisis de representación
política tienen como causas y traen aparejadas crisis de derechos humanos en
las cuales el representante político es un agente desconocedor o violador de
los derechos establecidos en las constituciones.
Es una clara traición sobre sus electores; quien vota
por un representante supone que el defenderá sus derechos y hará todo lo
posible por garantizarlos, trabajará con la meta del bienestar de la sociedad;
es claro que para el representante ello significa un riesgo, puesto que luchar
por los derechos de unos puede significar sacrificar los privilegios de
otros. En los momentos de mayor
desconocimiento de los derechos humanos el representante tiende a hacerse “el
de la vista gorda” y aún más, a enfrentarse a quienes desde la sociedad los
reivindican, precisamente por las situaciones problemáticas que ya hemos
anunciado con anterioridad, esto es su relación con las estructuras sociales
que deforman su acción natural o lo que debería ser.
Las políticas de privatización, de venta de empresas
estatales, son una clara prueba de ello: atentan contra el derecho al trabajo y
al representante no le interesa eso; el derecho a la paz es un derecho
fundamental en Colombia y sin embargo, la mayoría de los representantes
políticos han sido agentes de la
guerra; la falta de políticas estatales
han hecho que la construcción y comercialización de viviendas esté en manos
privadas, lo que resulta ampliamente costoso para más de la mitad de la
población necesitada; la alianza con las oligarquías evita que el representante
se comprometa con políticas favorables de vivienda para no crear situación que
disminuyan la cuota de ganancia privada.
Mujeres que mueren en las puertas de los hospitales, hospitales públicos
sin presupuesto, disminución del gasto social, son una clara prueba del poco
compromiso del representante con los derechos humanos. En Cali, en momentos electorales, se
prometieron carnets del Sisbén a quienes votaran por ciertos candidatos; desde
el día siguiente a las elecciones se presenció una romería impresionante de gentes
en búsqueda del carnet, lo que generó un enorme problema de orden público, en
un claro ejemplo de la forma como los representantes trafican con el derecho a
la salud.
La pregunta fundamental es si nuestro representante
político cumple con el propósito fundamental de ser un defensor y un luchador
por los derechos humanos y la respuesta es contundente: muy raramente. Si algo detesta el representante político
nuestro, es luchar por los derechos humanos o hacer que lo reconozcan como tal
en un país en donde quien lucha por ellos es reconocido como un subversivo,
aliado de las guerrillas que puede ser eliminado o desaparecido; han sido
precisamente los representantes, los responsables en un pasado de estereotipar
a las organizaciones defensoras de los derechos humanos de esta manera,
aprobando estatutos antiterroristas, legislaciones contra la violencia y la
subversión y medidas de orden público que culminaron en la detención, tortura,
desaparición, destierro y muerte civil de líderes de los derechos humanos a los
cuales se les Macartiza a el y sus familias, no se les da empleo y se les
persigue. Un gran esfuerzo en este
sentido fue el hecho por el presidente Pastrana en una de sus directivas
presidenciales, la 07 de 1999 en la cual
ordenó no perseguir luchadores por los derechos humanos ni organizaciones
defensoras de estos ; el enorme problema continúa siendo si los representantes
y funcionarios están dispuestos a cumplir con tal directiva. En Dosquebradas fueron expulsados del
magisterio alrededor de treinta y cinco miembros de la organización Educadores
Siglo XXI, hecho motivado en el secretario de educación Albeiro Cárdenas con
orientación del Alcalde Elder Villegas por el simple hecho de participar en
reuniones del Sindicato de Educadores
del Risaralda; esta administración tenía un grupo de educadores por contrato
sin título pedagógico algunos encargados de informar a las autoridades
municipales quienes asistían a reuniones sindicales, la lista
negra de sindicalistas dio como resultado la negación del contrato a más de
cincuenta de ellos.
Un caso más patético es el del Colegio Manuel Elkin
Patarroyo de Doquebradas en el cual todos los educadores laboraban por
contrato, hubo de parte de la administración municipal un trabajo estricto para
detectar sindicalistas, con infiltrados internos que culminó en el despido de
la amplia mayoría, solo se le renovó contrató a los más antisindicalistas que
en esencia representaban el cinco porciento; quienes llegaron a demandar a la
administración por abusos, enviaron cartas de reclamo, asistieron a asambleas
del sindicato o hablaron en público no se les renovó contrato; lo increíble fue
que el Alcalde Elder Villegas se ganó la alcaldía prometiendo respeto a los
derechos humanos y participación, muchos de los que votaron por el porque
simpatizaban con este discurso fueron expulsados del magisterio, simplemente no
se les renovó el contrato.
La guerra más acérrima de los representantes contra el
sindicalismo y las organizaciones defensoras de los derechos humanos que se ha
presenciado en Colombia desde tiempos inmemoriales es una de las pruebas más
patéticas de que la crisis de representatividad actual se debe en esencia a que
nuestro representante no cumple con el requisito de ser un defensor de los
derechos humanos. La pobreza en aumento,
el desempleo, la corrupción hace que nos preguntemos ¿Qué hace el representante
nuestro contra ello? Y la respuesta indiscutible es, muy poco, es agente en muchos casos de estos
problemas; dijimos que al representante le interesa que exista esa realidad
porque de ella construye su discurso, pero su carácter plutocrático le impide
comprometerse con cualquier solución.
Ellos presencian la tragedia enorme de muchos seres humanos cuando
pasean por las ciudades y ven la mendicidad y los tugurios, son testigos
cotidianos cuando se dirigen a sus elegantes casas a comer sus viandas hechas
con toda la delicadeza o cuando asisten a las boutiques y los cocteles, los
clubes sociales y los elegantes restaurantes, son personas que ven el hambre, el
abandono y el desempleo esto es la violación masiva de los derechos humanos,
pero su carácter de negociante lo convierten en otro inconsciente más, un
hombre que refleja la crueldad del gobernante de la postmodernidad.
Me parece que en la redacción de la declaración
universal de los derechos humanos se olvidó que uno de los grandes derechos del
hombre es a no ser engañado, la lucha por el derecho a ser representado con
transparencia y honradez es una de las grandes reivindicaciones de los hombres
de hoy, puesto que es evidente que en la deformación de los principios y el
actuar de la representatividad se encuentra una de las raíces fundamentales de
las grandes crisis políticas de nuestro tiempo:
tenemos derecho a ser representados con dignidad, transparencia y sin
traiciones, ello haría de nuestro régimen político algo menos injusto.
Tan importante como esto es el afán del representante
de controlar las organizaciones de derechos humanos, las Organizaciones no
gubernamentales (ONGS) e inclusive las veedurías ciudadanas, es así como las
posibilidades de dominio autoritario y corrupción son mayores; la creación de
sus propias ONGS a las cuales les entrega los proyectos y contratos del Estado
y de los cuales se lucra, es muy común en la actualidad, obtienen amplios
recursos producto de ayudas externas que sirven para sostener aparatos con los
cuales aumentan su influencia y sus votos.
Estas entidades, se hicieron populares desde la década
del noventa, por lo menos en Colombia, se fundaron numerosas ONGS y también
veedurías ciudadanas que buscaban defender desde el medio ambiente, la paz, los
derechos humanos, de los niños, de la mujer, de los ancianos, etc.; muchos de
ellos aparatos políticos camuflados. Los
ejemplos son bastantes, pero debemos referirnos a algunos de Risaralda; Carlos
Alberto Cromsweith, actual diputado, obtuvo un buen número de sus votos desde
la manipulación de veedurías ciudadanas y desde las reuniones de la Fundación
Espiral, para discutir con los líderes barriales el problema de los servicios
públicos, aprovechando la influencia de la ONG y las veedurías este candidato
se presentaba como un gran defensor de los intereses populares, asistía
inclusive a las manifestaciones contra el alto costo de los servicios públicos;
curiosamente después de ser elegido candidato, ni la ONG ni las veedurías
continuaron haciendo talleres sobre luz y agua; otro caso interesante es el de
la organización “Pereiranos por la paz”, del directorio de Unidad Liberal, que
manipula el discurso sobre la Paz y hace política con el, su máximo dirigente
ha sido secuestrado por los guerrilleros y su discurso conservador de los
orígenes de la violencia y el modo de tratarla lo han asimilado representantes
de la extrema derecha; la Asociación de Profesionales de la Educación del
Risaralda (APER), es otra ONG ampliamente politizada, su presidente Fernando
Pascuas, ha buscado crear un movimiento político nacional de educadores y la
influencia en ellos del Partido Liberal es innegable; la Fundación Espiral
dirigida por Oscar Arango, hermano del líder político Jairo Arango, dirigente
liberal y exalcalde de Pereira, se beneficia con los proyectos estatales que
les otorgan sus amigos liberales, ya vimos como esta fundación hizo la campaña
del diputado Carlos Alberto Cromweith. No
hay líder comunal ni de las juntas administradoras locales, que no sea un
subordinado a un representante político, la manipulación sobre ellas es enorme,
lo que aburre al ciudadano y lo hace desconfiar de ellas.
X.
NARCOTRAFICO Y REPRESENTATIVIDAD POLITICA: ¿HAY MAFIAS POLITICAS?
Una de las expresiones más patéticas de la crisis
política, es la relación de los representantes políticos con las mafias del
narcotráfico. Política-narcotráfico, es
una realidad presente en países como Colombia, México, Perú y muchos
otros. En ella se establece un vínculo
en el cual el mafioso coloca todo el poder económico de su actividad al
servicio del político, el entrega al
narcotraficante toda su influencia política; es una efectiva relación mutua en
la que la mafia en el fondo pone los votos con su poder y los políticos el
poder político ganado.
El político recibe dinéro y favores, influencia y
escenarios donde hacer política; Pablo Escobar, Gonzalo Rodríguez Gacha, Los
Hermanos Rodríguez Orejuela desarrollaron con mucha efectividad sus acciones
narcotráficantes debido a la influencia política que ejercieron sobre muchos
representantes; Pablo Escobar fue un representante político del Partido Liberal
en Antioquia, Carlos leder, hoy purgando amplia condena en Estados Unidos, tuvo
su propio movimiento político, el movimiento latino, que llegó a dominar la vida política del
Quindío, hasta allá se llega cuando se tiene fuerte poder económico; cuando fue
ocupada por el ejército una de las fincas de “El Mexicano” se encontró que en
las listas de sus invitados a las elegantes fiestas había una buena cantidad de
representantes políticos de alta jerarquía; en el escándalo del Irangates en la
década del ochenta se supo que también hubo representantes políticos
norteamericanos involucrados en financiar con el tráfico de drogas las
actividades de los contras nicaraguenses, hasta Bill Clinton ha estado
involucrado en escándalos de narcotráfico, también Fujimori.
El mafioso aprovecha al político y viceversa;
legislaciones que prohiban la extradición, estatutos que protejan la actividad
del narcotraficante, medidas que reduzcan las penas o que le brinde
posibilidades al traficante de drogas de vivir cómodamente en las casa-cárcel,
normas que impidan que los militares vigilen y controlen su actividad,
proyectos que mejoren la red vial en sus zonas de influencia, que lleven
electricidad a sus laboratios, fichas claves del narco que los políticos
emplean como funcionarios en aeropuertos o entidades del poder judicial, que
construyan puentes en sus fortínes; ciertamente la infraestructura vial y
eléctrica más importante en Colombia se
construyó en las zonas de operaciones más importantes de los narcotraficantes,
no hay área de los grandes carteles que no posea amplia infraestructura construída
por el Estado, a excepción de las zonas selváticas seguras para el
procesamiento de la droga; el político es necesario para el mafioso, el le
garantiza que no habrán leyes de expropiación de bienes.
En los momentos de mayor enfrentamiento militar entre
el narcotraficante y el Estado, se presentan serias rupturas con el
representante político, las mortandades y los atentados de los cuales no se
salvan los representantes, hacen que el líder político endurezca su posición
ante la presión social y militar, en épocas de guerra fuerte el líder tiene que
fustigar con firmeza al narco a riesgo de desprestigiarse.
El líder político se beneficia ampliamente de los
recursos del mafioso y de su posibilidad de otorgarle votos, el traficante de
drogas también tiene una clientela, vehículos influencia en los medios de
comunicación, en los artistas y en los deportistas, que por una orden pone al
servicio del político; los enormes recursos le sirven al representante para no
aparecer como un líder pobre, cosa que lo perjudica ante una opinión que le
impacta el poder, sobretodo el económico, ello le da más prestigio y
posibilidades políticas; pero más allá de ello, el mafioso le brinda protección
militar, la posibilidad de protegerse del oponente político que lo quiera eliminar,
pero también de eliminar a sus competidores, el mafioso lo hace y con ello
queda libre el camino para el control político de la región o del país;
lógicamente esto se hace clandestinamente.
Saber quienes son los representantes vinculados con el
narcotráfico es muy difícil, le toca al Estado hacer seguimiento, pero entiendo
que en un país como Colombia en donde las mafias han controlado el país a su
antojo es lógico que la clase política tiene que ver con ello, sus normas
legislativas y medidas los beneficiaron ampliamente hasta mediados de la década
del ochenta cuando fue asesinado el ministro de justicia Rodrigo Lara Bonilla y
se inició un enfrentamiento frontal entre narcos y Estado que culminó con la
muerte de los reyes de la mafia más importantes y en otros casos su
encarcelamiento o extradición. Los
neocarteles del siglo XXI, aún desconocidos pero operando no han obviado la
necesidad de la influencia en el poder político y día a día la alimentan, aún
los políticos necesitan de su poder económico para salir triunfante en sus
campañas, es por ello que la relación política-narcotráfico en Colombia
continuará dificilmente se desvertebrará.
Las consecuencias de la relación
narcotráfico-representantes políticos son nefastas para un país, ya que los líderes
tienden en sus políticas a legislar para las mafias, a crear un país para ellos
lo que perjudica a los ciudadanos y campesinos más desprotejidos, los
discrimina; se alimentan los regímenes
oligárquicos que profundizan la desigualdad. No es cierto que el narcotráfico sea una
fuente enorme de empleo, con ello han querido justificar sus beneficios; el
empleo que se produce es bajo, insuficiente para países subdesarrollados que
requieren políticas de empleo masivo que necesitan a su vez legislaciones que
redistribuyan el ingreso o mermen las ganancias de los ricos, ellas van en
contravía de los intereses de los narcos y contra ello legislan los
representantes, contra las reformas políticas, económicas y sociales propias de
sociedades democráticas
XI.
LA CRISIS DE
REPRESENTATIVIDAD Y LA RESPONSABILIDAD DE LOS PARTIDOS
Los Partidos Políticos son los encargados de aportar
los candidatos que se ponen a consideración de la comunidad electoral para ser
elegidos como representantes; cuando hablo de responsabilidad de los partidos
en la crisis de representatividad, nos referimos a la ineficacia de estos para
poner a disposición de los electores buenos líderes, a la falta de un control
más estricto de los avales y al excesivo
libertinaje al respaldar a los candidatos; buena parte de la crisis de
representatividad puede subsanarse, si los partidos que otorgan avales
vetan aquellos dirigentes con pasado de
corrupción o que por lo menos expresan posibilidades de convertirse en
traidores, corruptos o aliados de las mafias, eso lo puede hacer un partido.
Muchos factores inciden en que se reproduzca la
ineficacia partidista a la que nos hemos referido, entre ellas el pasado de
corrupción en el partido, la poca valentía de los cuadros dirigentes para denunciar las deformaciones del
representante y su no transparencia, el
tráfico de influencias y de cargos públicos; queda claro que en el interior de
los cuadros del partido se reflejan todos los problemas de la política, lo clave
a entender es que si desde el interior de la organización partidista no se
logra el control del representante político, es imposible acabar con la crisis
de representatividad; el mismo colectivo partidista debe ser un ente disciplinario que controle al representante
y brinde la posibilidad de cambiarlo si le incumple a la sociedad o hace mal
las cosas.
La desorganización interna de los partidos alimenta el
espíritu corrupto de sus líderes, pero también el tipo de estos; los partidos
de notables tienden a crear caudillismos en donde el jefe político es un
verdadero comandante político que hace lo que le viene en gana sin ningún
control de la base; los negocios secretos son constantes, el tráfico de
influencias y la corrupción que aumenta su poder personal y su prestigio; en
los partidos de masas, organizados democráticamente, el jefe no es un individuo
sino un colectivo y las bases tienen la posibilidad de controlar sus cuadros,
de ascenderlos o descenderlos según su calidad y comportamientos.
La forma del régimen político y de este del sistema de
partidos, también inciden en la crisis de representatividad; en los Sistemas de
Partido hegemónico, el representante lo es por ser de un Partido dominante y se
encuentra en los órganos de representación con muchos de sus copartidarios que
son la mayoría y por lo tanto se crea la posibilidad de una tolerancia
colectiva de la corrupción; ello sucedió en México durante varias décadas, el
PRI, partido hegemónico que siempre colocaba el 95% de los representantes se
convirtió en un Partido muy corrupto y elitista, oligárquico, sin ningunas
posibilidades de control interno, cuando las contradicciones afloraron entre
los líderes lo hizo también la violencia y los escándalos, muerte de candidato
presidencial, asesinatos entre hermanos, líderes del partido y grandes
dirigentes huyendo de las denuncias, Salinas de Gortari presidente por el PRI,
terminó en el exilio juzgado por corrupción; se nota con ello una enorme
descomposición del Partido, una hegemonía sin límites de los caudillos y una
imposibilidad de las bases para controlar la delincuencia de sus
representantes.
Con el Partido Liberal en Colombia y el conservador
las cosas no son diferentes; el trabajo de representantes mafiosos fue
imposible de controlar; el proceso ocho mil que llevó a la cárcel numerosos
líderes importantes de los partidos, se hizo desde las autoridades de control
estatal, no desde comisiones disciplinarias de los mismos partidos; los enormes
robos en las instituciones estatales por funcionarios partidistas no han tenido
eco en los dirigentes de los partidos, quienes no expulsan, sancionan ni
demandan a ningún cuadro vinculado con desfalcos y robos al erario público, en
ocasiones el mismo partido se lucra de las finanzas que otorga la corrupción e
inclusive los propios cuadros dirigentes se enriquecen y guardan silencio.
Cambio 90 de Alberto Fujimori, es otro ejemplo de
tolerancia al pillaje y la violencia; las denuncias de corrupción dieron al traste con este movimiento,
inclusive sus aliados en los medios de comunicación vieron incendiadas sus
oficinas por turbas descontentas que se lanzaron a protestar masivamente contra
un numeroso grupo de delincuentes políticos que llevaron al Perú a la crisis,
entre ellos representantes del movimiento que nunca fueron sancionados por su
Partido, ello creo en el Perú una verdadera autocracia; las masas de Cambio
90 aparecieron para defender la
corrupción y aún hoy están públicamente con Fujimori. Masas enardecidas protestan contra el
encarcelamiento de Carlos Menem en Argentina por sus vínculos con el tráfico de
armas en vez de fustigarlo, sería más transparente para la democracia y
prestigioso para la política si las
bases de los partidos aislaran y vetaran a los corruptos, optaran por
reemplazarlos por líderes más prestigiosos; ese es uno de los factores más
influyentes de la crisis de representatividad, la tolerancia frente a lo
ineficiente y lo deformado.
En Risaralda los ejemplos son patéticos; Germán
Aguirre, encarcelado por corrupción, dejado en libertad posteriormente, el solo
escándalo da para una sanción por su partido, nunca hubo una reclamación de los
líderes y hoy es elegido de nuevo como representante, sus bases electorales ni
siquiera lo fustigan; Octavio Carmona a quien le quitaron su curul en el
congreso por escándalos de corrupción, continúa influyendo políticamente
en varios directorios; Elder Villegas ni
siquiera se aparece a visitar al pueblo en los momentos de tragedia y le quita
el empleo a sus propios electores, su partido ni siquiera le llama la atención;
la gobernadora del Risaralda manda a golpear campesinos y profesores por
protestar y su partido ni siquiera asume una posición ética frente a ello. Curiosamente cada que el representante comete
un error y es llamado por la justicia a rendir cuentas, viene un homenaje y
como mínimo un acto de solidaridad, nunca se fustiga ni se bloquea; su misma
base electoral impulsa la indisciplina política fuente de todas las formas de
corrupción.
En los Sistemas bipartidistas la crisis de
representatividad es un poco menor, ya que existen representantes de dos
partidos que se pueden controlar mutuamente, la corrupción de hoy en Colombia
en momentos de hegemonismos políticos es ampliamente mayor que en la época del
frente nacional; sin embargo, en las sociedades bipartidistas la corrupción no
se obvia, ya que se forman hegemonías regionales que la practican abiertamente
o se forman alianzas de corruptos de ambos partidos que secretamente negocian
las prebendas económicas de la administración estatal.
Lo más favorable para el control de la crisis de
representatividad son los Sistemas de Partido multipartidistas, en donde el
estímulo a la presencia de muchos partidos en los órganos de representación
estimulan el control absoluto de unos sobre otros y lo más importante, las
denuncias que hacen que los representantes corruptos salgan de las
legislaturas; el papel de la Unión Patriótica en el congreso, en sus años de
esplendor, fue vital para evitar un mayor desfalco del erario público, ellos
denunciaban los actos de corrupción y violencia de los dos partidos
tradicionales, lo hacía Gildardo Castaño, Rubén Castaño o Bolney Largo en el
eje cafetero, terminaron asesinados pero dando un enorme ejemplo de
transparencia; los representantes del M-19 en el congreso de la república han
sido un grupo político muy importante para el control de la corrupción, las
denuncias de Petro y Navarro han sido de mucha trascendencia para evitar un
mayor pillaje por parte de los partidos dominantes; la presencia del Frente
social y Político y de nuevas fuerzas en el congreso elegido en el 2002, será
de mucha trascendencia para hacer de la vida política colombiana algo menos
corrupto, las regiones necesitan de esa
presencia de grupos diferentes a los tradicionales.
Es claro que la construcción de un sistema de partidos
multipartidista contribuiría en mayor
grado a subsanar la crisis de representatividad; los sistemas hegemónicos y
bipartidistas, la aceleran; pero es importante resaltar que un cambio en este
sentido proviene de la puesta en marcha de un nuevo sistema electoral basado en
listas abiertas y no bloqueadas en donde el elector tenga posibilidad de votar
por candidatos de múltiples partidos, eligiendo los más honestos y honrados, lo
que significa en una reforma política anular las listas cerradas y bloqueadas,
causantes del sectarismo político y de la creación de hegemonismos mafiosos;
ello trae como consecuencia por ejemplo,
que los cargos públicos no se otorguen por el criterio de compadrazgo o el
apadrinaje sino por méritos; el representante político no sería así un
traficante de influencias y puestos sino que la circunstancia lo obligaría a
dejar su papel de negociante y a cualificarse como dirigente político, a buscar
los votos mas por méritos y presencia comunitaria y menos por manipulación de
poder.
Finalmente es importante que el Estado tome cartas en
el asunto, brindando la posibilidad de sancionar a los partidos que toleren el
aval a representantes de la delincuencia
política; si el partido no crea mecanismos de control interno que mejoren la
honradez de sus líderes, ello se debe hacer desde afuera, le toca a las
entidades fiscalizadoras asumir actitudes más duras y quien debe pagar los
costos de los malos comportamientos de los representantes deben ser las
colectividades partidarias, esa debe ser una norma de primer orden en toda
democracia real.
XII.
EL
REPRESENTANTE POLITICO Y LA DEMOCRACIA
Para culminar la presente exposición de los problemas
de la representatividad política, considero indispensable establecer la
relación representatividad política y democracia. La elección de un representante es un acto
democrático y en la teoría política se le asemeja a la democracia delegativa,
diferente a la democracia participativa en la cual la sociedad civil es la
protagonista de las decisiones políticas; tiende a confundirse la palabra
democracia con el modelo de democracia delegativa y hay que tener en cuenta que
este concepto político posee un significado y una práctica de mayor
complejidad, en síntesis no basta que en un país haya elecciones para identificarlo
como un país democrático.
La crisis de la representatividad es en el fondo una
crisis de democracia; cuando los representantes se eligen pero estos no cumplen
con sus tares naturales y deforman su papel y funciones es lógico que ello
afecta el sistema democrático; el representante tiene que asumir una actitud
frente a la democracia misma, elegir entre autoritarismo, totalitarismo y
democracia. Se forjan con ello tres grandes personalidades que identifican a
los representantes y tres formas de practicar la política.
Los representantes totalitarios son muy comunes, los
neonazis, los racistas, los que se deciden por regímenes dictatoriales, los que
sobrevaloran la represión como único mecanismo de control social y están con
las sociedades en extremo desiguales, con las elites dominantes. Se pueden identificar claramente: Alvaro
Uribe Vélez o el candidato Harold Bedoya, para ellos la democracia como
participación es un estorbo para sus propósitos dictatoriales y la personalidad
democrática como un agente de subversión peligroso que hay que boicotear y para
los más violentos eliminar; en realidad su principal enemigo es la democracia
aunque puede utilizar el lenguaje democrático para captar votos y simpatías; la
conexión de los totalitarios con grupos
paramilitares y de extrema derecha y su apoyo a ellos es muy común, en el Salvador los encontramos como
hegemónicos en el partido ARENA, también en México en las alas derechistas del
PRI, en Venezuela en la corriente de Carlos Andrés Pérez, en el Perú en el movimiento
de Fujimori y en Estados unidos en el Partido Republicano. La fortaleza de estos representantes se
encuentra fundamentalmente en el amplio apoyo económico y político que le
brindan las oligarquías; los grupos de presión más fuertes se identifican con
ellos, son sus candidatos y representantes.
Los representantes autoritarios se encuentran en un
nivel medio entre la democracia y el totalitarismo; anuncian su respaldo a la
democracia delegativa y la combinan con la represión, al aceptar todos los vicios
y las deformaciones de la representatividad asumen la democratización como algo
parcial; son oponentes de las actitudes democráticas en el pleno sentido de la
palabra, como el manejo del poder por las bases, la toma de decisiones
colectivas o la descentralización política, menos el federalismo; son
fuertemente centralistas, su democracia es centrífuga, es decir, núcleos de
elites que se hacen a la representatividad negociando poder, prebendas, cargos
y que controlan las bases bajo criterios caudillistas y clientelares. Los encontramos en el Partido Liberal
Colombiano, en sectores del conservatismo, facciones del PRI y en la mayoría de
los Partido de América Latina. Están con
las elecciones, pero aplican la represión; convencimiento y fuerza son sus banderas
y sus capacidades reformistas son limitadas.
Los representantes democráticos son muy escasos, los
encontramos en sectores de las izquierdas que no le creen al poder de las
elites oligárquicas, que detestan el elitismo y centralismo, el verticalismo y
la represión y toman como banderas la horizontalidad y la participación,
consultan a las bases y se subordinan a sus decisiones, unos están con las
elecciones pero anuncian el control y la vigilancia del representante, otros
las ven como una farsa, critican la representatividad y buscan la toma de
decisiones colectivas desde la base; este tipo de personalidades son
características en los Sindicatos, las cooperativas o las comunidades de base;
las pugnas más fuertes de los totalitarios y autoritarios son con ellos en
muchos casos a muerte; autócratas y demócratas delegativos se enfrentan a
demócratas participativos quienes buscan
en esencia reformar el poder político desde referenduns, plebiscitos y
asambleas constituyentes para liquidar la hegemonía de sus oponentes.
Queda claro que la relación entre el representante y
la democracia, es una relación conflictiva y depende de la visión que tenga de
la democracia; un demócrata participativo defenderá la democracia integral,
mientras el demócrata delegativo la confundirá siempre con las elecciones y el
autócrata luchará contra ella. Una de
las fuentes de la crisis de representatividad estriba en el hecho de que el
representante por lo común elige el autoritarismo o el totalitarismo ya que la
democracia no se acopla al cúmulo de vicios y de prácticas a que nos hemos
referido con anterioridad, es decir, la democracia se ajusta más a la justicia
y a la igualdad, valores que no se encuentran implícitos en las prácticas de
los representantes traidores; ello alimenta la crisis de representatividad,
puesto que es mucho más benéfico para el elector empobrecido y reprimido una
personalidad democrática que lo deje participar, estimule cambios económicos a
su favor y la igualdad con los grupos
más poderosos, el problema es que ella es escasa y la relación con el
representante culmina con ello en el conflicto y la desconfianza.
XIII.
TRANSPARENCIA Y SACRIFICIOS: ALGUNOS
EJEMPLOS
Es posible a través de los ejemplos concretos
establecer cuando tiene éxito y cuando no lo tiene un representante, cuando está haciendo bien su trabajo y cuando
él es un fracaso, para nuestros casos concretos ellos culminaron asesinados y
los presento como triunfos por la confianza que generaron en sus electores, la
admiración por su compromiso, sus muertes no son un fracaso, sino un
estereotipo de representante ideal.
La experiencia de Jorge Eliecer Gaitán en Colombia, es
un ejemplo claro de un representante honesto rebelado contra la injusticia, con
un propósito muy parecido al de Alfonso López Pumarejo, pero mucho más
transparente y comprometido con los de abajo, marchando con ellos,
reivindicando sus necesidades y denunciando las masacres militares y los
atropellos del gobierno conservador, es un hombre que no le sirve a las
plutocracias ni a los intereses externos y menos a otros representantes
corruptos, por ello termina eliminado.
Gaitán inicia el desfile de un conjunto de representantes que
reivindican la honestidad y que terminan en el cementerio. Curiosamente el
gaitanismo en su esencia original desapareció en Colombia, sus reivindicaciones
hoy son características de las izquierdas, era el líder capaz de movilizar
enormes masas de la sociedad con metas altruistas, no necesitaba comprar votos,
ni ofrecer prevendas, su capacidad de convencimiento radicaba en una
combinación extraordinaria entre el decir y el hacer; la penetración profunda
en los sentimientos de la gente hizo que esta respondiera con el levantamiento
general, el incendio de la capital y el inicio de una guerra muy prolongada.
Salvador Allende y su Unidad Popular en Chile, es el
ejemplo típico de un representante ideal en el que confían las masas, ideal
porque se gana su credibilidad desde la civilidad, otros como Juan Domingo
Perón fueron muy populares pero ello se debió más a los regalos que otorgó y
menos a su capacidad honesta de convencimiento, puesto que al final así como el
APRA de Haya de la Torre su compromiso con las elites era innegable. De este tipo de líderes estamos inundados,
son traidores invisibles que conquistan con el discurso social pero en la
práctica son fuertes aliados de la plutocracia, Salvador Allende no, por ello
su gobierno termina aniquilado por Pinochet, un hombre que recuperó la
tradición oligárquica del gobierno chileno y lo hizo en nombre del catolicismo
en un país en el que el clero goza de enormes privilegios, inclusive
económicos. Sin duda alguna el
desarrollo natural del gobierno de Allende hubiera logrado una sociedad menos
desigual y más justa y unos representantes más cohesionados con su pueblo, más
comprometidos con sus necesidades; el proceso fue abortado y los representantes
culminaron en el exilio, hoy ellos intentan reivindicar su pasado en
condiciones de mayor libertad.
Más impresionante es el caso del desaparecido presidente
Venezolano Hugo Chavez, que logra un admirable triunfo sobre los partidos
tradicionales en Venezuela, su movimiento Bolivariano que se inicia en la
década del noventa con una insurrección militar y se reafirma con las
elecciones surge esencialmente como un movimiento revolucionario
antioligárquico y antineoliberal que
pega con mucha fuerza en los sectores de clase media baja y populares y se
enfrenta a los sectores tradicionalmente corruptos de Carlos Andrés Pérez
apoyados por las plutocracias venezolanas.
La simpatía y el apoyo entre los militares en sus momentos de esplendor
es enorme, recuerda el caso de Juan Velasco Alvarado en el Perú en la década
del setenta, su Plan Bolívar crea fuertes relaciones de amistad entre ejército
y sociedad civil, diferentes a las relaciones de guerra propias de los
gobiernos de derecha y además relaciones de solidaridad muy fuertes entre el
representante y los sectores pobres, materializadas no en simples discursos de
solidaridad y denuncia propios de los representantes traidores, sino en ayudas
concretas: vivienda, empleo, servicios públicos, auxilios, etc. La situación
lleva a Venezuela donde tenía que ir, a una división fuerte entre
quienes están con las burguesías y quienes no lo están, la disputa a golpes,
patadas y piedra entre miles de personas, fue
un momento álgido que con toda seguridad llevó a enfrentamientos más
complejos, con una plutocracia que iba perdiendo ya que las Fuerzas Armadas no
estaban, por lo menos hasta el 11 de abril
al lado del que tradicionalmente han estado en América Latina: El de las
derechas.
En cuestión de horas la influencia de Chavez en la
fuerzas armadas se debilita, luego de una concurrida manifestación en la que
supuestos miembros de sus núcleos bolivarianos dispararon sobre los
protestantes, curiosamente una buena cantidad de heridos y aún muertos son del
movimiento de Chavez, es por ello que pensar en un sabotaje preplaneado es la
opción más fidedigna para entender la crisis del movimiento bolivariano en
Venezuela que dura solo horas, pues despúes es restituido el presidente. En el repaso del derrocamiento del presidente
por la triple alianza: militares, empresarios y medios de comunicación con el
apoyo de la Iglesia católica se nota una similitud muy fuerte de la congruencia
de estos poderes al viejo estilo de la década del sesenta; lo notable es el
fuerte apoyo de los medios de comunicación latinoamericanos de la causa de los
golpistas, no hubo ninguno que no se solidarizara con ellos y apostara al
triunfo de los usurpadores como su propio triunfo, incluyendo la casa blanca
cuyo vocero en rueda de prensa el 12 de
abril asumió como justicieros a quienes se robaron el poder. El odio a los representantes del pueblo por las
plutocracias tal y como lo hemos
especificado en líneas anteriores es fácil de demostrar cuando se estudian los
sucesos venezolanos; Chavez había creado un sistema de asistencia alimentaria,
subsidios y becas a la gente más pobre, firmó un acuerdo con Cuba a través del
cual este país prestaba auxilio en salud a personas desprotegidas, creó líneas
directas de comunicación con gentes necesitadas a través de las cuales se les
prestaba ayuda, intentó desmontar una mafia corrupta en la empresa petrolera
venezolana que no la dejaba progresar, su inversión en educación que la convirtió
en gratuita fue enorme y la ayuda a los desempleados fue notoria. Su reclusión en la sede de un batallón como
preso luego de su detención ilegal fue reemplazada por una información maniquea
de todos los medios de comunicación latinoamericanos desde Argentina hasta
México, incluyendo Estados Unidos que señalaron que el presidente había
renunciado voluntariamente, la propaganda entorno al acto de posesión del
representante del movimiento usurpador, Pedro Carmona, máximo líder empresarial
y un fiel hombre oligárquico, lo presentaron como un salvador y al líder
derrocado como un tirano.
El representante no burgués y que no gobierna para
estos se puede meter en múltiples líos, en Venezuela le faltaba a la
plutocracia el respaldo de la fuerzas armadas, ya tenía el control de los
medios de comunicación y como por arte de magia, los militares se voltearon; es
lógico que abrán muchos libros escritos al respecto hacia un futuro y estoy
seguro que en alguno de ellos se denunciará el tráfico de dinero, los millones de
dólares de instituciones como la CIA, el FBI y los mismos empresarios
acostumbrados a sabotear gobiernos que no son de sus simpatías y a invertir
muchos dólares en la compra de conciencias; Hugo Chavez era un estorbo para las
políticas imperiales y sin lugar a dudas el poder invisible del gobierno
norteamericano también está detrás de su derrocamiento. Prueba fehaciente de
ello es el grocero respaldo de la mayoría de presidentes de la OEA a los
usurpadores, en una clara muestra de la amplia influencia de la Casa Blanca en
la mentalidad presidencial.
Esta experiencia de Hugo de Chavez es vital
profundizarla para reforzar los planteamientos del presente estudio, por que
ella refleja el cuadro de contradicciones a que se ve abocado un representante
cuando marcha en contravía a lo que las elites dominantes quieren de el;
específicamente demuestra que los problemas que afronta el representante
existen en lo concreto, en la realidad específica. El problema de la relación con las
estructuras económicas por ejemplo; las plutocracias venezolanas, las compañías
transnacionales y la casa blanca
tradicionales apóstrofes del neoliberalismo se encontraron con un presidente y
un movimiento bolivariano antineoliberal, contraneoliberal, esa fue la primera
gran contradicción que llevó a los grupos usureros financieros y a los
comerciantes especuladores a fortalecer un bloque de oposición contra el
presidente venezolano derrocado. A
ningún comerciante le simpatizó la puesta en marcha por el gobierno de Chavez
de 702 mercados populares, de los cuales se beneficiaron 2 millones de
venezolanos que podían comprar productos más baratos y menos la enorme guerra
contra la especulación en las calles de Caracas, en un solo mes fueron cerrados
83 establecimientos comerciales , bajo la consigna de ¡guerra a la
especulación¡, el capitalismo salvaje de Adam Smith fue fuertemente golpeado en
Venezuela, mientras en otros países la privatización de la educación, la salud
y la reducción del gasto social fue la moda, en Venezuela se buscó una visón
más humana de las acciones del Estado, en un año por ejemplo se vacunaron
gratuitamente 2 millones de niños de los sectores populares contra el polio,
hubo 4376 intervenciones quirúrgicas de alto costo gratuitas, financiadas por
el Estado, también de gente de escasos recursaos; se recuperaron 3.964
instituciones (escuelas, hospitales y albergues) se crearon centros de acopio
de productos que beneficiaron zonas marginales del oriente de venezuela, las
fuerzas armadas crearon rutas nacionales-sociales, para quienes no tenían
acceso al transporte aereo comercial; todo esto molestó a los empresarios
acostumbrados a obtener tasas de ganancia en este tipo de empresas,
acostumbrados a comercializar con los derechos humanos. El aumento de la atención en educación fue
notable, Chavez prohibió el cobro de matriculas en los colegios, creó un
programa de seguridad alimentaria al que dedicó 288 millardos de bolívares;
regalar la canasta familiar es algo que pone bravos a los comerciantes quienes
aspiran a que se aplique el principio: “quien no me compre no come”, lo que fue
desvirtuado por Chavez; se crearon
comedores comunitarios que aseguraron la alimentación de mucha gente pobre, se
reforzó el PROA, programa alimentario estratégico que antes del derrocamiento
de Chavez, atendía a 8 millones de venzolanos; el programa de atención integral
fue igual de positivo para las gentes más humildes: se financiaron miles de
orquestas infantiles y juveniles y se distribuyeron uniformes escolares
gratuitos, los comerciantes esperan que las gentes los comprasen en sus
fábricas; pretendía el presidente invertir 1.38 billones de bolívares en la
construcción de 137.600 vivienda, situación que hizo enojar a los constructores
quienes aspiran a obtener una amplia plusvalía de la monopolización de la
construcción de la vivienda. Lo de
resaltar, fue la creación de un conjunto de oficinas, entre ellas la dirección
de bienestar social, la división de asistencia social y la división de becas y
pensiones en donde un venezolano de escasos recursos, fácilmente podía obtener
ayuda a través de una simple carta o llamada telefónica (me refiero al programa
“Aló presidente”). Lo que llenó la tasa
en las plutocracias fue su ley de tierras que buscaba la expropiación de los
latifundios y la entrega gratuita de terrenos a los campesinos pobres sin
tierra.
Por ello se hizo impopular Chavez ante los
empresarios, quienes aspiran a vivir de las transacciones comerciales,
continuar con el monopolio de la propiedad,
el Estado en este caso era una
institución bloqueadora de sus intereses, es por ello que el
representante es ampliamente fustigado; las contradicciones políticas son del
mismo tamaño, el presidente tuvo la posibilidad de confrontarse de tu a tu con
las manifestaciones de los empresarios
golpistas, su movimiento tenía una amplia presencia en la asamblea nacional y
en el poder regional, lo que significó para las burguesías impulsar con fuerza
el golpe militar, ofrecer mucho dinero y
privilegios a sus aliados. No era
el presidente derrocado un hombre de las plutocracias por ello sus choques con
las clases altas fueron constantes, una vez más estas lograron conquistar el
acompañamiento de las clases medias desafiantes que no simpatizaban del
proyecto bolivariano, fueron las gentes de las barriadas populares las que
respondieron la afrenta de las clases altas y se lanzaron a las calles a
protestar y a presionar por el retorno del presidente, pero también los mandos
medios y la base del ejército venezolano que asumió con sorpresa la
comunicación de Chavez de que no había renunciado; estos mandos medios se
alistaron para la guerra, motivados por las declaraciones del agregado militar
en Cuba que les ordenó derramar hasta la última gota de sangre para defender al
presidente; en la base de Maracay, se alistaron las tropas para invadir la
capital y mandos medios y base militar se tomaron el palacio de miraflores
liquidando el intento golpista, ello fue vital para la restitución de Hugo
Chavez en el poder..
Es importante que se inicie un fuerte movimiento
latinoamericano de solidaridad con Hugo Chavez y el tiene que partir de los
sectores progresistas que no pueden aceptar una involución de la historia hacia
momentos en los cuales el irrespeto hacia el poder presidencial era algo
cotidiano. Lo más importante es defender la autonomía del representante elegido
para desarrollar con garantías su proyecto político, si lo hacen los
representantes burgueses que impusieron el neoliberalismo, ¿porque no los que
no representan a las oligarquías? Si se impone el criterio de sabotaje al
antineoliberalismo con el instrumento del golpe de Estado legitimado por las
organizaciones que agrupan los gobernantes es claro que se abren espacios de
legitimidad para que con los mismos métodos sean derrocados los neoliberales.
En Colombia el representante honesto ha sido
ampliamente violentado, eliminado en el caso más extremo, por eso la tradición
de corrupción tan grande. Un caso
patético es el de Jaime Pardo Leal, presidente de la Unión Patriótica y
candidato presidencial, eliminado por sus denuncias contra la corrupción y los
lasos del narcotráfico con los representantes.
Se enfrentó con mucha valentía a la extrema derecha y su proyecto iba
encaminado a transformar el conjunto de la sociedad colombiana; su
extraordinaria oratoria y su enorme preparación intelectual, así como la
búsqueda del apoyo electoral en el pueblo, lo hicieron un digno representante
de la honestidad, ello se notó durante el desfile de su entierro,
mayoritariamente compuesto por gentes de los sectores populares que enardecidas
destruyeron todo el centro de Bogotá, lo mismo sucedió con Bernardo Jaramillo
Ossa otro candidato presidencial de la Unión Patriótica que llegó ser
representante a la Cámara, en el desfile por toda la ciudad de Manizales no se
notó la presencia de clase media alta o gentes de la oligarquía. Estos personajes de la política colombiana,
muy importantes por ser candidatos presidenciales y que culminaron su carrera
política asesinados eran verdaderos representantes de la honestidad, se enfrentaron
realmente a las plutocracias, los paramilitares y la extrema derecha y
propusieron un nuevo régimen político basado en la democracia.
Para el caso regional es importante resaltar el papel
de Gildardo Castaño, líder del Partido Comunista asesinado el 6 de enero de
1989 en Pereira. Reivindicaba como estos
la lucha contra la oligarquía y denunciaba la conexión fuerte de las élites
económicas con dirigentes políticos de la Asamblea y concejo, nunca hacía
presencia en los barrios oligárquicos en donde se llegó a conocer pasquines
contra él, los barrios más pobres eran su escenario de lucha, el mismo era una
persona hecha y estudiada en los sectores populares, logró ser concejal y allí
denunció con firmeza la corrupción, fue un fuerte oponente político del
directorio de Unidad Liberal y de María Isabel Mejía Marulanda los
representantes más fuertes de las oligarquías pereiranas; su lucha se orientaba
hacia la congelación del costo de las tarifas de los servicios públicos, el financiamiento por el Estado de los
restaurantes escolares, la ayuda a la gente más necesitada. Además un gran orador y un político que
materialmente ayudaba a los sectores populares, Gildardo Castaño fue un gran
intelectual marxista, un estudioso de la Economía y un profesor universitario,
que surgió del pueblo, lo que más aterra
de el en un país como Colombia con fuertes relaciones de apartheid social en
donde no se concibe que un hombre pobre llegue a ser profesor universitario. Es por ello que su multitudinario entierro
además de estar compuesto por numerosa gente del pueblo, lo acompañó también
sectores aristócratas que llegaron a admirar a Gildardo Castaño.
XIV. LAS
EXIGENCIAS DE LA SOCIEDAD: EL
REPRESENTANTE POLITICO IDEAL
La crisis de la representatividad política que genera
sociedades corruptas, muy desiguales y por ende altamente conflictivas culmina
cuando haya un relevo generacional de la clase política, es muy difícil que un
representante con un pasado de corrupción o de traición logre ser un
representante ideal. Hay algo muy
positivo de las elecciones y es que ellas dan la posibilidad de renovar a los representantes, de evacuar a los
traidores y llevar líderes moralmente intachables, comprometidos con la defensa
de intereses colectivos, altruistas y buenos gobernantes.
Las siguientes propuestas las hacemos desde la
dicotomía ineficiencia -eficiencia, resumiendo lo que hemos analizado, que para
mí es lo que es, la realidad concreta y subsecuentemente proponiendo lo que
debería ser, los elementos de cambio para salir de la crisis de
representatividad:
El representante político está desprestigiado, no goza
de credibilidad; los altos índices de abstención electoral así lo demuestran,
el aumento de los votos en blanco y de los nulos, sin contar la inmensa
cantidad de tarjetones en donde se insulta al candidato. Cuando llegamos a un
momento de estos, estamos a las puertas de un colapso de la democracia
delegativa y en este el Estado también puede declinar. Los factores de la
crisis de representatividad por la que atravesamos sin duda ya los hemos
tratado, solo nos falta hacer un breve resumen ampliando la discusión:
1. El representante político tiende a
convertirse en un traidor de sus propios electores, termina imponiendo
políticas económicas no convenientes para quien lo eligió, esa es una fuente de
desprestigio, pero además defendiendo
los intereses de clase de las plutocracias, minorías sociales y por ende
alimentando el apartheid social y fortaleciendo la ley de la existencia
segregada. Un representante ideal, debería
preocuparse más por la situación de clase de sus electores y alimentaría una
correspondencia positiva y por ende un beneficio social más amplio, pensar
primero en apoyar políticas económicas no nefastas para las mayorías.
2. A su vez, de democrático, el
representante político se convierte en un autoritario y en otros casos en un
totalitario; mientras su base le exige
democracia y participación a el le conviene crear un régimen autocrático que lo
beneficia ampliamente. En este sentido es mejor la democracia, el estímulo a la
participación, sin pensar que por ello otros lo puedan desplazar.
3. Una estructura social como la
nuestra basada en el principio del Apartheid social deforma claramente las
funciones del representante, en realidad
la influencia de las oligarquías es enorme, el
debe defender sus intereses, de otra manera es catalogado como un
tirano, las oligarquías buscan manipular y manejar al representante, los
obligan a doblegarlos a su mundo. Una
independencia de la burguesía, haría del representante un hombre identificado
con las clases a las que pertenecen sus electores, demostrar sencillez e
identidad con la cultura popular.
4. Una sociedad no educada para
estudiar al representante termina engañada, el analfabetismo político hace que
la gente pague con alto costo su apoyo al representante, que en el fondo
no representará sus intereses, regalará
su representatividad a los más poderosos económicamente. Una amplia educación política de la sociedad
es indispensable para liquidar la crisis de representatividad y ella debe ser
una responsabilidad del aparato educativo.
5. Los intereses personales del
representante lo obligan a fortalecerse políticamente, a buscar alianzas con
grupos políticos poderosos para aumentar su poder y surge la tercera traición,
para crecer en su poder personal se entrega o vende su representatividad a
plutócratas o empresarios de la política que pueden ascenderlo políticamente,
pero que le exigen un compromiso contundente con la defensa de ciertos
intereses personales. La representatividad
debe ser de su base electoral y él tiene que conocerla plenamente, uno de los
grandes obstáculos para ello es el carácter secreto del voto, contra lo que hay
que luchar, ya que este surgió en un ambiente de guerra en donde la gente
buscaba protegerse del enemigo ocultando su preferencia política. Hoy el voto no secreto y abierto en el que el
representante sepa quien votó realmente por él, es una de las grandes
reivindicaciones a agitar, con ello lograremos un dirigente con la obligación
de rendirle cuentas al elector y una base electoral dispuesta a exigirle; la
desconfianza tan enorme del representante nace del hecho de que el no sabe si
realmente un elector votó por él o es un oportunista que busca un favor
material.
6. El simbolismo cultural del
representante puede oponerse a los intereses de la base que lo eligió. El representante también esta coaccionado,
por la cultura burguesa mediatizada por los principios mercantiles y
utilitarios que le exigen al representante comprometerse con la defensa de lo
mercantil, de la relación costo-beneficio, mientras la sociedad necesitada le
exige a este comprometerse con lo no utilitario, con los proyectos sociales,
con el beneficio común y no con el individualismo. Valores claves que le den sentido social a su
acción política son claves para liquidar la crisis de representatividad, los
interesados solo generan desconfianza y posiblemente caigan en las redes de la
corrupción.
7. El representante tiene que acoplarse a la
dinámica del medio y abandonar su sentido original: condenar como subversiva una marcha que hacen
sus electores o una huelga o la creación de un movimiento de protesta y
curiosamente son los medios de comunicación los que anuncian esa traición. De allí que una adecuada relación con los
medios sea importante, el representante puede crear sus propios medios de
comunicación con la base electoral que contribuya a la transparencia y la
honradez, no necesariamente tiene que forjar su imagen desde los medios
corruptos y elitistas.
8. El elector por lógica evalúa al representante
por lo que se dice, más no por lo que se hace. Es hora de que el se comprometa más con el hacer, que sus
proyectos se reflejen en la práctica, la política de los proyectos es más
efectiva que la de los discursos. Qué
proyectos concretos realizará con la comunidad y la evaluación práctica de su
ejecución con ella es algo que sume al líder en el prestigio.
9. Altruismo o egocentrismo,
cooperación o individualismo, sentido social o empresarial: al representante
indefectiblemente le toca escoger. El
representante egoísta, individualista y empresarial ha fracasado, es
precisamente el generador de la crisis.
10. Otro problema del representante político es su
relación con la violencia, en las sociedades menos conflictivas los representantes
no se relacionan con ella ya que no la tienen en sus instrumentos de lucha
política, pero es normal que en las sociedades más conflictivas y desiguales
los individuos busquen a través de la violencia imponer voluntades, conseguir o
sostenerse en el poder; el puede ser sujeto u objeto de violencia. Tomar partido por la no-guerra es
definitivamente la opción más inteligente en un medio azotado por la cultura de
la muerte, el no puede alimentarla.
11. El representante nuestro es un
ladrón a excepción de unos pocos que controlan y vigilan las acciones de los que roban, algunos de ellos
culminan en el cementerio o en el exilio.
Una lucha enconada y abierta contra la corrupción, con denuncias
constantes y una vigilancia cotidiana harían del representante un líder
apreciado por la comunidad.
12. En sociedades con crisis de
representatividad política, la comunidad tiende a desconfiar del representante
político y ven un gran número como un mal necesario. El
debe ser el bien necesario, no lo contrario; el mismo con sus
actuaciones transparentes, honesta y honradas forjará una visión positiva en la
sociedad civil.
13. El representante nuestro no es un
defensor de los derechos humanos; la raíz fundamental de nuestra crisis radica
en esto, es por ello que antes que nada el elegido debe hacer un curso intenso
en derechos humanos para acoplarse a las exigencias de la sociedad y coordinar
su decir con el hacer en una correlación con la lucha por los derechos humanos.
14.
Una reforma
política que profundice en el control del representante y construya un sistema
de partidos multipartidista, así como una nueva normatividad que organice los
partidos y obligue a un control interno de los representantes ayudaría en mucho
a subsanar la crisis de representatividad.
ANEXO
Nubia Yolanda Nova García
ANEXO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Acta número 148
Bogotá, D.C, quince (15)
de mayo de dos mil trece (2013).
Finalizada la audiencia
pública, la Sala de Casación Penal dicta sentencia en el juicio contra el ex
congresista, doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA.
HECHOS
En el año de 1988 se
celebró por primera vez la elección popular de alcaldes. Una nueva fuerza que
bajo el nombre de “Unión Patriótica”
irrumpió en el quehacer político nacional, logró con Rita Ivonne Tobón Areiza y
siete de trece concejales, constituirse en la fuerza electoral mayoritaria del
municipio de Segovia, localidad del nordeste antioqueño, en donde por años
habían dominado los partidos tradicionales como consecuencia de un sistema de
designación de la primera autoridad local sin participación popular.
A organizaciones de
ultraderecha no les agradó ese nuevo escenario y muy pronto se notificó a los
segovianos de la aparición de un movimiento autodenominado “Muerte a revolucionarios del nordeste”, que restauraría el orden
en el municipio. En medio de esa confrontación, irrumpió en la noche del 11 de
noviembre de 1988 un ejército privado que bajo el mando de Alonso de Jesús
Baquero, alias “Vladimir”, segó la
vida a varias personas[1]
y afectó la integridad personal de otras[2],
en un acto demencial de retaliación política contra los habitantes de ese
municipio.
Alias “Vladimir” le contó a la justicia tiempo después, luego de haberse
comprobado su participación en ese operativo contra la indefensa población
civil, que en una finca del Magdalena Medio, Henry Pérez le ordenó ejecutar ese
acto que se ha dado en llamar para la historia la “Masacre de Segovia”, luego de explicarle que CÉSAR PÉREZ GARCÍA,
un reconocido político, era el gestor de semejante acto.
IDENTIDAD DEL PROCESADO
CÉSAR AUGUSTO PÉREZ
GARCÍA, natural de Remedios, Antioquia, hijo de Máximo y Leonisa, nacido el 5
de agosto de 1935, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.856.396 de
Bogotá, de profesión abogado, ex diputado, ex representante a la Cámara, y ex senador de la República.
ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE
1.- La investigación la inició la
Fiscalía General de la Nación.
2.- El 6 de julio de 1994, la
Fiscalía Regional de Bogotá dispuso que se escuchara en diligencia de indagatoria a CÉSAR PÉREZ GARCÍA, la cual se llevó a cabo el 11 de
septiembre de 1995 ante la Fiscalía Regional de Medellín, autoridad que el día
21 del mismo mes y año se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento.
3.- El 19 de diciembre de 2007 el sindicado solicitó el cierre de la instrucción
y el 15 de abril del año siguiente requirió la preclusión de la investigación.
4.- El 6 de noviembre de 2009 con
fundamento en la decisión proferida por la Sala el 1 de septiembre del mismo
año, la Fiscalía Tercera de la Unidad de Derechos Humanos, remitió el asunto
por competencia.
5.- El 13 de mayo de 2010 la Sala
avocó conocimiento y dispuso continuar con la investigación por tratarse de una
conducta imprescriptible. [3]
Luego de la práctica de varias pruebas, la Sala escuchó en ampliación
de indagatoria al procesado y le resolvió su situación jurídica mediante auto
del 22 de julio de 2010[4], con medida de aseguramiento de detención
preventiva como determinador de los delitos de Genocidio y concierto para
delinquir
con ese fin.
7- Luego de presentadas las
alegaciones correspondientes, el 14 de marzo de 2011[7] calificó el mérito del sumario,
acusando a CÉSAR PÉREZ GARCÍA.
En la providencia la Corte se refirió a los hechos ocurridos el 11 de
noviembre de 1988 en Segovia, los cuales tipificó como un concurso de delitos
de homicidio agravado y lesiones personales, comportamientos que estimó
constituían por su gravedad y sistematicidad, delitos de lesa humanidad, bajo
el epígrafe de “Masacre de Segovia”.
Igualmente le fue imputado el delito de
concierto para delinquir agravado.
8.- El 18 de julio de 2011 se inició
la audiencia preparatoria,[8] en la cual se desestimaron las
nulidades propuestas por la defensa y algunas pruebas solicitadas.
En síntesis, la Corte aclaró que el epígrafe que se utilizó relacionado
con la “Masacre de Segovia” era ilustrativo de una situación
de contexto, en la medida que la “ratio decidendi” de la acusación permite afirmar
lo siguiente:
“En
consecuencia, claro es que al doctor César
Pérez García se le acusa en calidad de determinador por los delitos de
homicidio múltiple agravado (atentado contra la vida de 44 personas), lesiones
personales agravadas (atentado contra la integridad física de 32 personas) y
concierto para delinquir, los cuales se enmarcan dentro del contexto de un crimen
contra la humanidad que se ha categorizado como Genocidio, como una especie del
género de los crímenes de Lesa Humanidad, razón por la cual, la acción penal es
imprescriptible aunque la eventual pena que se pueda imponer corresponderá
estrictamente al marco legal vigente interno para la fecha de ocurrencia de los
hechos, esto es, a los tipos penales correspondientes a los delitos que se
acaban de enunciar.” [9]
Esta decisión fue impugnada a través del recurso de reposición, el cual
fue resuelto el 19 de julio de 2011,
desestimándose los argumentos del recurrente. [10]
9.- La audiencia pública de
juzgamiento se llevó a cabo en varias sesiones a partir del 30 de enero de 2012
y culminó el 11 de mayo del año en referencia.
INTERVENCIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES EN LA
AUDIENCIA PÚBLICA
El Ministerio Público
La Procuraduría señala que cualquier consideración
acerca de la tipicidad de la conducta quedó superada, y que lo que resta es
determinar si CÉSAR PÉREZ GARCÍA es responsable como determinador de los hechos
ocurridos el 11 de noviembre de 1988, conocidos como la “Masacre de Segovia”, para lo cual realiza una reseña histórica del
paramilitarismo en Colombia, cuáles fueron los actores del conflicto armado y
cómo con sus acciones se cometieron delitos de lesa humanidad.
Señala que el país presenció la persecución y
aniquilación de la “Unión Patriótica”,
partido que fue reconocido en 1986 por el Consejo Nacional Electoral y el cual
se constituyó en su momento en la tercera fuerza política más importante del
país. Ese exterminio, señala, fue consecuencia de un ataque generalizado y
sistemático contra dirigentes y simpatizantes de esa agrupación, bajo la
consideración de que representaba el brazo político de las Farc.
Agrega que en Remedios y Segovia, municipios del
nordeste antioqueño, la Unión Patriótica consiguió en las elecciones populares
para elegir alcaldes por primera vez, destronar la hegemonía Liberal liderada
por CÉSAR PÉREZ GARCÍA, proceso que se desarrolló en medio de una contienda
hostil, rodeada de amenazas y de muertes selectivas por la acción de grupos
paramilitares.
Considera que existe evidencia de nexos entre el
acusado con los grupos paramilitares que le demostraron su apoyo y que fueron
artífices de esas intimidaciones, prueba de lo cual sería la carta enviada por
la organización ilegal a los ciudadanos de Segovia, donde abiertamente
manifiestan su respaldo al mencionado en precedencia.
Estima, además, que están probadas igualmente una
serie de circunstancias que indican que el partido liberal perdió el liderazgo
político en el municipio de Segovia y que PÉREZ GARCÍA, máximo líder de ese
grupo, cedía de esa manera su poder y hegemonía, de ahí que tal situación
explica la razón por la cual encontró una causa común con la estructura ilegal
paramilitar que ejecutó la operación criminal en la citada población.
En ese sentido, la declaración de Alonso de Jesús
Baquero, alias “Vladimir”, miembro y
líder del aparato paramilitar que consumó la acción delictiva, señaló en
detalle cómo se planeó y ejecutó el operativo, a los determinadores y autores
materiales de la denominada “Masacre de
Segovia”, entre los que mencionó al procesado.
Pero no solamente “Vladimir” fue quien le atribuyó un rol preponderante como
determinador de los hechos a aquél, pues esa afirmación tiene un gran soporte
en otras pruebas testimoniales, documentales, y en publicaciones de libros y
del diario El Tiempo, que denotan que las acusaciones en su contra provienen de
diferentes fuentes que convergen a demostrar la responsabilidad del procesado,
el ejército y los paramilitares en lo
acaecido el 11 de noviembre de 1988.
Por lo tanto, el Señor Procurador considera que el
análisis de las pruebas en su conjunto permite afirmar que existe certeza de la
participación del procesado como determinador de los graves hechos que se le
imputan, sucedidos en medio de un contexto político conflictivo que desembocó
en la conocida “Masacre”.
Asimismo asegura que está probada la pérdida de
liderazgo político de CÉSAR PÉREZ GARCÍA, su vinculación con el grupo
paramilitar que se enfrascó en el exterminio de la Unión Patriótica, y la
manera como este grupo ilegal con el respaldo del Ejército Nacional gestó la
matanza.
Todo ello conjugado con la diciente versión de
alias “Vladimir” y otros líderes
paramilitares que dan razón de los nexos del procesado con grupos ilegales,
condujeron al Señor Procurador a deprecar que se profiera sentencia de condena
en contra del procesado.
La Parte Civil
La representante de la parte civil solicita que se
condene al procesado como determinador de los delitos por los que se le juzgó e
imponga la pena máxima que corresponda a la gravedad de los mismos.
Considera que el delito de lesiones personales ha debido tipificarse como un concurso
de tentativas de homicidio. Aún así, esa conducta, los homicidios y el
concierto para delinquir, delitos por los cuales fue acusado el sindicado,
deben ser apreciados como crímenes de lesa humanidad a la luz del derecho penal
internacional de los derechos humanos, en la medida que son parte de un
conjunto de hechos sistemáticos o generalizados contra militantes de la Unión
Patriótica.
En ese sentido, afirma que
si bien para el momento de comisión de la conducta formalmente no existía
ningún tipo penal que denominara crimen de lesa humanidad a ataques masivos y
generalizados; el Estado Colombiano, por lo menos desde 1950, suscribió los hoy
conocidos como principios del derecho internacional de los derechos humanos,
compilados en la resolución 95 de la Organización de Naciones Unidas de ese
año, instrumentos que permiten por su especial gravedad, considerar delitos de
la legislación común como crímenes de lesa humanidad por su sistematicidad y
generalidad.
Con esa finalidad hace un
recuento de innumerables delitos cometidos contra militantes de la “Unión Patriótica”, de la persecución a
sus integrantes y de su exterminio por razones ideológicas, para concluir que
la prueba de su gravedad fue que ese dato histórico llevó a incluir
expresamente en la legislación penal Colombiana la incorporación del “Genocidio
Político” como delito indicativo de graves infracciones contra los derechos
humanos.
A su juicio, documentos y
testimonios señalan a CÉSAR PÉREZ GARCÍA como determinador de la “Masacre”. Así, la carta abierta a los
ciudadanos de Segovia por parte del Movimiento Muerte a Revolucionarios del
Nordeste donde se le menciona como persona afín con ese grupo; la declaración
de alias “Vladimir”, el ejecutor
material de aquella, quien lo sindica de haber sido el determinador de la
misma. Y no faltan testimonios de paramilitares como Iván Roberto Duque y Fredy
Rendón, quienes se refieren a las relaciones que tenía PÉREZ GARCÍA con grupos
ilegales y en especial con Henry Pérez, uno de los artífices del operativo en
Segovia.
Como hecho indiciario se
encuentran las declaraciones de los habitantes de Segovia que conocían los
antecedentes de la “Masacre”, la
intolerancia política e ideológica entre los diversos actores del conflicto,
que permite apreciar los hechos ocurridos en Segovia la noche del 11 de
noviembre de 1988 como una expresión de violencia sistemática y generalizada e
inferir la participación del acusado como determinador.
La Defensa y el vocero del procesado.
Los alegatos del vocero y
el defensor tienen un mismo hilo conductor, por lo cual se consignará lo
expuesto por ellos en un resumen común.
Discuten la calificación jurídica de la conducta,
pues en su criterio no existe claridad acerca de cuál es el comportamiento que
desde el punto de vista jurídico se le imputa a su defendido.
En su criterio, la calificación jurídica en la diligencia
de indagatoria dista de la que se le imputó al resolver la situación jurídica,
pues en esta se le atribuyeron los delitos de genocidio y asociación para
cometer genocidio; y de la muy distinta consignada en la resolución de
acusación, en la cual se le acusó como presunto determinador de la “Masacre de Segovia”, en la que
perdieron la vida medio centenar de personas e innumerables resultaron heridas,
así como daños materiales, hechos considerados como un crimen de lesa
humanidad.
En ese orden, cuestionan la falta de precisión de
los hechos jurídicamente relevantes por los cuales se llamó a juicio a su
defendido y critican que no se haya señalado frente a cuáles homicidios,
lesiones o daños que se produjeron en esos hechos actuó el doctor PÉREZ GARCÍA
como determinador.
Con todo, asumen que la cuestión fáctica está
definida y a partir de ese punto de vista censuran la prueba de cargo y
fundamentalmente el testimonio de Alonso de Jesús Baquero Agudelo, alias “Vladimir”, declaración acerca de la cual
formulan una serie de consideraciones para indicar que se trata de un testigo de oídas, que lo que
conoce acerca de la participación del doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA es al parecer lo que supuestamente
otros le dijeron.
Según eso, un testigo de oídas o de referencia es
inadmisible como prueba de responsabilidad e inclusive la ley 906 de 2004,
aplicable por virtud del principio de favorabilidad, prohíbe que una sentencia
pueda fundamentarse en ese tipo de pruebas. Sin embargo, más allá de esas
consideraciones, es un hecho inobjetable que la declaración de alias “Vladimir” es de una fragilidad probatoria inocultable por la manera como
tuvo conocimiento de la improbable participación del acusado en semejantes
comportamientos.
En efecto:
Con las absurdas aseveraciones del testigo se
pretende afirmar que el incriminado tuvo nexos con los paramilitares y que
buscó apoyo de grupos ilegales para llevar a cabo la “Masacre” de Segovia, en retaliación contra los habitantes de un
municipio que de tiempo atrás había sido su fortín político; cuestión que a
juicio de la Corte se reafirmaría con el manifiesto atribuido al movimiento “Muerte a revolucionarios del Nordeste”,
creado a raíz del descalabro político del grupo que el procesado lideraba en
Segovia y en el cual se mencionaba a éste como uno de sus líderes.
A juicio de la defensa esas afirmaciones no tienen
asidero ni en la realidad ni en el proceso, y sin embargo se ha querido dar
apariencia de certeza a una cuestión fáctica que según se
demostró no tiene razón de ser. No existió descalabro político, ni el grupo de
CÉSAR PÉREZ GARCÍA fue derrotado estruendosamente, ni mucho menos fue enemigo
de la Unión Patriótica, pues propició alianzas al interior del concejo con el
fin de elegir a un personero de esa colectividad de izquierda. De manera que el
acusado no podía gestar la creación de ningún grupo ilegal por un
acontecimiento que no ha existido sociológicamente como hecho político, ni
asumir venganzas contra quienes fueron sus aliados en concretos procesos
gubernamentales.
En ese sentido concluyen que si a la pérdida de
las elecciones del candidato liberal para la alcaldía de Segovia se le quiere
dar la connotación de indicio de móvil para delinquir, cuál sería la regla de
la experiencia que se tomaría en cuenta para inferir la autoría del
incriminado, sobre todo si está probado que el sindicado no fue enemigo de la
izquierda sino aliado de la misma.
Por todo ello, la defensa sostiene que la
acusación tiene como único fundamento la declaración de Alonso de Jesús Baquero,
alias “Vladimir”, porque ningún otro
medio de prueba avala ese artificioso testimonio. Este proceso empieza y
termina con la declaración de oídas del mencionado individuo.
Aparte de la declaración del últimamente aludido,
el expediente carece de cualquier posibilidad de demostrar con la seriedad que
se requiere, la participación y responsabilidad del imputado. Ni siquiera,
resalta la defensa, la acción se ejecutó contra militantes de la Unión
Patriótica, para sostener que el móvil fue una respuesta contra sus militantes,
pues si algo está claro es que los muertos no eran activistas de ese grupo
político y que sólo uno pertenecía a la agrupación. Es más, si bien es cierto
que ese partido fue objeto de persecución a nivel nacional, su exterminio no
ocurrió en Segovia. Y tampoco fue el procesado quien con la finalidad de
arrasar con la Unión Patriótica entró en contacto con los paramilitares para
ejecutar los hechos investigados.
De otra parte, quienes rindieron testimonio
expresaron que el enjuiciado no se llenaba de odios en las derrotas y no
era engreído en los triunfos. Asumía las
primeras y perseveraba para recuperar el poder incluso con alianzas; siempre
manejó la contradicción civilizadamente y no se puede dudar, como se hace en la
resolución de acusación, que propició alianzas entre los liberales y la Unión
Patriótica.
Aún así, se ha querido atribuirle odio hacia sus
adversarios y estigmatizarlo con posiciones políticas que no corresponden a su
ideario, todo con fundamento en un editorial del diario El Tiempo, relacionado
con su oposición al proyecto de indulto para el M-19. Ese tema por lo demás no guarda ninguna
relación con la imputación que se le formuló
y no se entiende por qué se
aludió al mismo en la acusación,
siendo que el procesado nunca estuvo en lo sustancial en desacuerdo con ese
proyecto del cual fue ponente en la Cámara.
Como la declaración de alias “Vladimir” siempre ha estado en entredicho y las referencias de
contexto y los indicios del móvil para delinquir son insuficientes para
condenar al doctor PÉREZ GARCÍA, tardíamente se trajo al proceso la declaración
de Iván Roberto Duque, alias “Ernesto
Báez” y de Fredy Rendón Herrera, alias “El
Alemán”, dos confesos paramilitares que fueron especialmente controvertidos
por la defensa y cuya credibilidad quedó en entredicho.
En últimas, lo único que queda es la declaración
de alias “Vladimir”, que sólo se
explica por su interés de obtener beneficios y rebajas de pena por los
incontables crímenes con los que bañó de sangre a todo el país. Por eso hizo de
su dudoso arrepentimiento un negocio para seguir acabando, no ya con la vida,
sino con la dignidad, el buen nombre, la honra y la libertad de gente inocente
como el incriminado.
Ahora, el material probatorio que tuvo en cuenta
la Corte para la formulación de acusación, si bien le sirvió a la Sala para
elaborar el pliego de cargos bajo el parámetro de la exigencia de un
conocimiento probable acerca de la responsabilidad del acusado, actualmente se
ofrece insuficiente para llevar a la certeza que permita dictar una condena en
contra de CÉSAR PÉREZ GARCÍA.
Pero si la Corte persiste en otorgarle
credibilidad al único testigo de oídas y de referencia, tampoco en ese
improbable supuesto podría proferir una
sentencia condenatoria, porque no se conseguiría la certeza legal que como
resquicio de la tarifa legal de pruebas negativa mantiene el artículo 381 de la
Ley 906 de 2004, aplicable por favorabilidad a este caso, al establecer el
mandato de que “la sentencia condenatoria
no podrá fundamentarse exclusivamente en pruebas de referencia”, en la
medida que las imputaciones del único testigo de cargo, se basan en lo que supuestamente le habría
comunicado Henry Pérez, siendo esta alusión la exclusiva prueba en contra del
procesado.
Por lo anterior, el defensor y el vocero,
solicitan que al no existir prueba idónea y suficiente para llegar a afirmar
con un conocimiento más allá de toda duda, que el doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA es
responsable de las conductas punibles por la cuales fue llamado a juicio, se
profiera sentencia absolutoria por los cargos que le fueron imputados.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
Primero. Competencia.
El tema se encuentra suficientemente dilucidado en este asunto, pero se
reitera que con fundamento en los artículos 180 y 235 de la Constitución
Política y 75, numeral 7 de la Ley 600 de 2000, la Sala de Casación Penal
conoce de los procesos penales que se adelanten contra congresistas, tanto en
la fase de la investigación como en la del juicio, siempre que la conducta
punible que se les atribuya tenga relación con su función.
Según lo certificó el 20 de abril de 1994 el Sub
secretario General de la Cámara de Representantes, CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA
tomó posesión del cargo de representante a la cámara para los periodos
constitucionales 1974-1978, 1982-1986, 1986-1990. 1990-1994 y 1991-1994, lo
cual le otorga la competencia a la Sala de Casación Penal, en el entendido que
existe una relación de imputación concreta entre los hechos investigados con el fin de
consolidar a como fuera su hegemonía política, cuestión sin duda en la que
influyó o de la que se valió el procesado, la función oficial desempeñada en
ese momento.
Por lo mismo, la Sala reafirmó su competencia en
la Audiencia Preparatoria llevada a cabo el 18 de julio de 2011, en la cual
reiteró que:
“la relación del delito con la función pública tiene lugar cuando se
realiza por causa del servicio, con ocasión del mismo o en ejercicio de
funciones inherentes al cargo; esto es, que la conducta tenga origen en la
actividad congresional, o sea su necesaria consecuencia, o que el ejercicio de
las funciones propias del congresista se constituya en medio y oportunidad
propicia para la ejecución del punible, o que represente un desviado o abusivo
ejercicio de sus funciones.” [11]
En consecuencia, la Sala, conforme lo ha expresado
en el curso del proceso y ahora lo reitera, es competente para dictar el fallo
de mérito en este proceso.
Segundo. De acuerdo con el artículo 232 de la ley
600 de 2000, “no se podrá dictar
sentencia condenatoria sin que obre en el proceso prueba que conduzca a la
certeza de la conducta punible y de la responsabilidad del procesado.”
Pues bien:
Conceptualmente la
expresión “conducta punible” que se
emplea en el artículo citado, se refiere no a la comprobación del hecho como
manifestación fenomenológica o un dato óntico que desde el punto de vista
causal transforma el mundo exterior, sino a un
juicio de adecuación típica de una conducta que lesiona o pone en riesgo
un bien jurídico tutelado por la ley.
La Sala, a partir de esa
noción, responderá las apreciaciones de la defensa en torno al desvalor del
comportamiento, a los juicios provisionales que se han realizado en el curso
del proceso y a las implicaciones por su configuración como delito de lesa
humanidad.
En efecto:
La defensa pone en tela de
juicio la calificación jurídica de la conducta por la modificación que ha
sufrido desde cuando el procesado fue vinculado al proceso, y estima que ni aún
en la resolución de acusación se precisó con la singularidad que demanda un
adecuado ejercicio del derecho de defensa, el comportamiento y las
implicaciones jurídicas de la conducta por la cual PÉREZ GARCÍA fue convocado a
juicio.
La Corte, por supuesto, no
ignora que la calificación jurídica, mas no la imputación fáctica, ha sido
objeto de modificaciones durante el trámite, todas explicables desde el punto
de vista de la teoría del proceso que concibe la adecuación típica como juicio
provisional[12],
sujeta a variación de acuerdo con la dinámica de la investigación e incluso a
interpretaciones de la norma penal desde una visión que, en este caso, se hace
con fundamento en principios que la Constitución de 1991 incorporó al orden
interno y que al momento de definir la situación jurídica, la fiscalía no tuvo
en consideración.[13]
Lo expuesto acerca de la provisionalidad jurídica
de la conducta, no es extraño en
atención a que como método, entre estructuras formales y conceptuales, el
proceso penal es un conjunto de actos sucesivos que a su vez dan inicio a
otros, en el marco de una secuencia lógica y dialéctica destinada a la
definición progresiva y vinculante de su objeto.
Empero, con fundamento en
la supuesta inmutabilidad de la calificación jurídica provisional, el defensor
denuncia una especie de infracción al derecho de defensa originada en su
parecer en la incongruencia entre la resolución de acusación y otras decisiones
que no se consideran leyes del proceso, tales como la definición de la
situación jurídica o la que dispuso asumir la competencia. Sin embargo, esta apreciación
es inadmisible, por la provisionalidad de la calificación jurídica de la
conducta,[14]
y porque lo indispensable es que entre el acto condición – acusación – y la
sentencia como acto final, exista congruencia fáctica y jurídica y se determine
claramente el núcleo fáctico de la acusación, cuestión que por supuesto está
por fuera de toda discusión.
En ese orden de ideas, la
Sala quiere reafirmar la dimensión fáctica y jurídica del comportamiento que se
imputa al doctor PÉREZ GARCÍA, desde la perspectiva de una interpretación que
congloba los principios del derecho penal internacional y los de orden interno,
teniendo como marco la necesaria tensión entre las garantías procesales debidas
a los sujetos procesales y las definiciones de justicia que la sociedad en la
hora actual de los derechos humanos reclama, según quedó plasmado entre otras
decisiones en la audiencia preparatoria en la que se negó la petición de
nulidad solicitada por la defensa y en la cual se determinó de manera clara y
precisa la cuestión fáctica y los alcances jurídicos de la imputación.
Véase:
A partir de la
incorporación de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos a la
Constitución Política, sus principios se convierten en parámetros vinculantes
de interpretación de los derechos y deberes constitucionales. Por lo tanto,
bajo esa consideración se deben apreciar los postulados básicos del derecho
penal interno sobre los cuales se ha construido la legitimidad del derecho de
penar – entre ellos el de legalidad e irretroactividad de la ley –, y las
normas de derecho internacional que se refieren a los compromisos materiales de
justicia, verdad y reparación ante graves infracciones contra derechos humanos
fundamentales. [15]
En ese contexto se piensa
que puede ser contradictorio que en aras de la justicia se cuestionen en su
nombre principios del derecho penal demoliberal; sin embargo, esa antinomia
sólo puede ser admisible a partir de una elaboración que tiene en cuenta la
lectura de los textos legales desde una visión positivista que mira más al
trazo linguístico de la ley que a la realización material de principios y
valores superiores.[16]
En cambio, “por la imperatividad de las normas humanitarias y su
integración en el bloque de constitucionalidad… el Estado colombiano debe
adaptar las normas de inferior jerarquía del orden jurídico interno a los
contenidos del Derecho Internacional Humanitario con el fin de potenciar la
realización material de dichos valores”, lo cual implica que principios del derecho penal
tradicional se afecten con mayor intensidad en aras de la realización de otros
de mayor relevancia, como el de protección de la dignidad humana, fundamento de
los Estados civilizados.[17]
En consecuencia, la
incorporación de cláusulas internacionales de derechos humanos que giran en
torno a la dignidad del ser humano como universo social y concepto ético,
permiten una lectura distinta de los principios del derecho penal tradicional y
un mayor nivel de protección penal ante graves atentados contra derechos
humanos fundamentales, para no dejar de cumplir por defecto el principio de
proporcionalidad. En ese sentido, es posible mantener la tipificación de la
conducta y la pena vigente al momento de ejecución de la conducta y el desvalor
de la misma pero apreciado en el momento de su persecución penal, con lo cual
se articula el principio de legalidad penal tradicional y los cometidos de
verdad, justicia y reparación, tan en la base del lenguaje del derecho penal
internacional.
Desde este punto de vista
es posible conferirle a delitos que en
el ámbito del derecho penal común se denominan “homicidios” o “lesiones personales”, la categoría de delitos de
lesa humanidad, tanto más si para la época de su comisión Colombia ya había
suscrito tratados que acentúan la sistematicidad y generalidad del ataque como
criterios diferenciadores entre un delito común y conductas que en el nivel de
la macro criminalidad afectan de manera superlativa los derechos humanos.[18]
Claro, porque según lo ha
definido la Sala, un delito de homicidio se cataloga crimen de lesa humanidad,
no por la gravedad intrínseca que una conducta de tal naturaleza conlleva o por
la importancia individual de la víctima, sino por la sistematicidad de su
ejecución que en muchos casos devela una compleja operación criminal, que en
este caso tuvo como objetivo el grupo político de la Unión Patriótica.[19]
En eso no hay duda: la “Masacre de
Segovia” no es un acontecimiento que se pueda separar de lo ocurrido en esa
época en el contexto nacional, dado que se constituye en un episodio más de un
conjunto de acciones que llevaron incluso al asilo a muchos dirigentes con el
fin de salvar sus vidas, entre ellas la
misma Rita Ivonne Areiza, ex alcaldesa del municipio escenario de los hechos.
La sistematicidad como
componente esencial de la acción en el lenguaje de la infracción a los derechos
humanos la ilustra con propiedad Hernán Mota Mota – miembro de ese partido y ex representante a
la Cámara, exiliado por la persecución de que fue objeto –, como el epílogo de
una serie de atentados contra ese grupo político, o Aída Abella, también
asilada por su pertenencia a la exterminada Unión Patriótica, pese a que la
totalidad de los muertos no pertenecían a esa colectividad.
En ese sentido, Aída
Abella señaló:
“… pero en el Meta era impresionante, nos asesinan
al compañero Pedro Nel de la mano de su hija de nueve años. El la llevaba todos
los días al Colegio, todavía no la había soltado de la mano, cuando lo asesinan
ahí a la entrada del Colegio. Por supuesto que eran completamente coordinados,
ensañados…
… Haber en Antioquia no me acuerdo si fue el
compañero Valencia, si fue en esa elección o fue en la otra, tal vez de todas
maneras en esas elecciones empezaron a matarnos los concejales que salieron
elegidos y el departamento de Antioquia fue, golpeadísimo, es imposible
acordarse de cuales eran los concejales que nos mataban. Pero yo si quiero
hacer un capítulo con lo de Antioquia, con los planes “Retorno”, que fue otro
de los planes, bueno pero un plan muy especial que fue el plan “Cóndor”[20]
Y
Mota Mota recordó:
“… [la] masacre de Segovia fue un castigo en mi
opinión a la población como resultado
del ascenso electoral y político de la Unión Patriótica…. A mí me parece que es
una relación muy elemental, seguramente si no hubiéramos ganado la alcaldía, si
no hubiéramos alcanzado los siete escaños de los trece que conforman el concejo
municipal de esa localidad, seguramente no hubiéramos sido objeto de la matanza
de que fuimos víctimas y no se hubiera perpetrado la masacre en Segovia.
Justamente fue por la presencia, por el ascenso electoral, social y político de
la UP, como ocurrió en las demás regiones, como ocurrió en los Llanos
orientales, como ocurrió en el Magdalena medio, como ocurrió en Santander, en
el Tolima, en todas las partes donde tuvimos una destacada presencia como nueva
fuerza política que irrumpe en el panorama nacional y local, manera que yo
señalaba esto como un antecedente, como un registro histórico de las
circunstancias más generales que rodean la masacre. Es un hecho objetivo que la
Unión Patriótica ganó la alcaldía en esa municipalidad donde se produjo esa
matanza, la masacre…” [21]
Es más, la Corte
Interamericana en decisión del 26 de mayo de 2010 se refirió a la
sistematicidad del ataque como elemento central de acciones de las que fueron
víctimas miembros de la Unión Patriótica, lo cual no deja dudas de la
estructura y generalidad del ataque, elemento esencial en la configuración del
delito de lesa humanidad.[22]
En efecto, según lo ha
explicado la Corte, a la hora de establecer principios en el caso de graves
infracciones a los derechos humanos, los crímenes de lesa humanidad están
asociados más que con la existencia de un conflicto armado o con la gravedad
inherente de una determinada conducta, con la sistematicidad a manera de elemento
material del ataque, y con el conocimiento como componente subjetivo de la
acción[23],
características a las que con conocimiento de causa se refiere el ex
representante Motta Motta en su declaración y la Corte Interamericana en la
decisión indicada.
Por lo tanto, bien se
expresó en la audiencia preparatoria al fijar de manera definitiva los límites
de la imputación jurídica, el juicio de adecuación típica y la punibilidad
tiene referente en disposiciones del decreto 100 de 1980, pero su valoración trasciende
el bien jurídico de la vida e integridad en su consideración individual al
incorporar la conducta como hecho social a un sistema de valores vinculado al
respeto a los derechos humanos, lo cual también explicó la Sala.
En este sentido, el derecho comparado ha empleado
estas alternativas con el objeto de superar decisiones formalmente correctas
pero materialmente injustas, acudiendo a fórmulas sustanciales que encuentran
en la filosofía de los derechos humanos un principio de valoración material de la
antijuridicidad penal. Así, por ejemplo, en el caso contra el ex presidente
Alberto Fujimori, la justicia peruana subsumió la conducta en los tipos penales
de la legislación ordinaria, pero consideró, al igual como acá se sostiene, que
los delitos imputados en atención a sus características trascienden su
consideración estrictamente individual y por lo tanto se “adecuan plenamente a lo que internacionalmente y en el momento de su
persecución, se califica de crímenes de lesa humanidad.” [24]
De manera que estas reflexiones no contemplan la
conducta y sus implicaciones desde un perfil individual, sino de acuerdo con
elaboraciones contemporáneas, las cuales incorporan la filosofía de los
derechos humanos como elemento esencial de interpretación de la norma penal y
de la antijuridicidad del comportamiento con el fin de superar soluciones
formales que pueden conducir a intolerables lagunas de impunidad.
La Sala apreciará, en ese
contexto, el comportamiento que se atribuye al doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA y
determinará las conclusiones de acuerdo con ese marco jurídico.
Tercero. La defensa, según se ha señalado, cuestiona
el testimonio de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, principal acusador del ex congresista aludido, desde
varios puntos de vista, uno de lo cuales consiste en tildarlo de ser un testigo
de referencia que solamente después de varias intervenciones ante autoridades
de distinto orden vinculó al procesado, en un hecho que el defensor
asegura no planeó, ni sugirió que se
cometiera.
Pues bien:
El proceso penal busca la
aproximación racional a la verdad y la correcta aplicación del derecho
sustancial dentro del respeto de las garantías constitucionales. Eso significa
que esas finalidades tienen un límite material en la salvaguarda de los
derechos de los sujetos procesales, y otro formal en la sana crítica, razón por
la cual salvo por la ilegalidad o ilicitud del medio de prueba, de manera que
mientras se respeten esos axiomas, no existe tarifa legal alguna que excluya de
antemano ningún medio de convicción, según lo dispone el principio de libertad
probatoria.[25]
Con todo, la defensa
insiste en que el testimonio de Alonso
de Jesús Baquero, es de oídas o de referencia, y por lo tanto por virtud de la
aplicación favorable del artículo 381 de la ley 906 de 2004, insuficiente para
dictar sentencia condenatoria contra su defendido, teniendo en cuenta que esta
norma dispone que “la sentencia
condenatoria no podrá fundarse exclusivamente en pruebas de referencia.”
De una vez se debe
advertir que el testimonio del mencionado no se puede apreciar desde la
perspectiva que la defensa propone, para adscribirlo a una categoría con el
propósito de demandar la absolución del sindicado, pero aún si se aceptase que
fuese testigo de referencia, no se podría aplicar la regla negativa cuya
aplicación favorable se reclama, pues no
se trata de un testigo único y de otra parte no existe afinidad dogmática de
instituciones cuya aplicación por favorabilidad se demanda.
En ese sentido, la Sala ha
señalado que por virtud del principio de favorabilidad, normas de la ley 906 de
2004 pueden aplicarse a asuntos que se tramitan con base en el sistema de la
ley 600 de 2000, a
condición de que las instituciones sean afines a los dos sistemas.[26]
Pero eso no significa que bajo esa reflexión, las reglas de apreciación
probatoria se puedan considerar una institución común a los dos sistemas,
teniendo en cuenta que el método de investigación, de producción de la prueba y
el principio de inmediación, son sustancialmente distintos en los sistemas
procesales indicados.
En efecto:
En el proceso penal de la
ley 600 de 2000, la prueba se produce desde la fase de indagación preliminar, y
por supuesto a partir del instante en que se declara formalmente abierta la
investigación penal, sin necesidad de que se repita en el juicio, pues impera
el principio de permanencia de la prueba, a condición de que los sujetos
procesales hayan tenido la posibilidad jurídica de controvertirla (artículo 401
de la ley 600 de 2000).[27]
En cambio, en el sistema procesal de la ley 906 de 2004 se realizan “actos de
investigación”, de manera que por regla general únicamente se considera prueba
la que se practica en el juicio (artículo 374), y por ello es imperativa la
cláusula según la cual la “sentencia
condenatoria no podrá fundarse exclusivamente en pruebas de referencia.”
Esa afirmación tiene razón
de ser en el principio de contradicción como condición axiológica de la
controversia procesal, debido a que en la ley 600 de 2000 la confrontación es
continua, mientras que en la ley 906 de 2004 se concentra en el juicio penal,
por principio único escenario en que se materializa la prueba como medio de
aproximación racional a la verdad. Por lo mismo, según el artículo 437 de la
ley indicada, es prueba de referencia toda declaración realizada por fuera del
juicio oral, no tanto por el momento en que se produce, sino por la
imposibilidad de controvertirla en la vista verbal, por regla general, fase
normal de producción de la prueba, con excepción de lo regulado en torno de la
prueba anticipada.
En conclusión, aparte de
que no se trata de un testigo único, la epistemología en que se sustenta la
aproximación racional a la verdad y el distinto fundamento de los principios de
contradicción y de inmediación, impide la aplicación de las normas de la ley
906 de 2004 que la defensa demanda.
Cuarto. Nadie discute, porque es un hecho que no
requiere mayores reflexiones, el homicidio de varias personas y las lesiones de
otras por parte de escuadrones de la muerte la noche del 11 de noviembre de
1988 en el municipio de Segovia, acontecimiento que por sus efectos simbólicos
en el quehacer social y político de esa región y de la nación toda, se
constituyó en un episodio de dimensiones superlativas, cuya apreciación desde
el punto de vista penal implica superar los umbrales de reflexión que
ordinariamente se emplean para analizar conductas de la llamada delincuencia
convencional, debido al alto contenido de intolerancia y a la incidencia en la
política de preservación de los derechos humanos como imperativo ético de un
Estado democrático.
En ese orden, el análisis
de la conducta requiere aprehender las circunstancias históricas, políticas y
sociales que rodean el comportamiento y apreciar la prueba de acuerdo a como
actúan los llamados “escuadrones de la
muerte” o “grupos armados por fuera
de la ley”, con el fin de superar arquetipos convencionales que sin
consideración al contexto, pretenden restarle crédito al principal testigo
encasillándolo en clasificaciones formales con el fin de cuestionar su
credibilidad, muy a pesar de que quien declaró en contra del procesado fue el
ejecutor de la “masacre” y no un
sujeto extraño que hubiese conocido de ella por lo que le dijeron o le
contaron, sino por lo que vivió.
Pues bien:
El Municipio de Segovia,
recuérdese, hace parte del nordeste antioqueño, una zona convulsionada social y
políticamente por la presencia de múltiples grupos armados ilegales de las más
diversas tendencias; al punto que, precisamente en 1988, y aún antes, como
consecuencia de tantos procesos políticos fallidos, las agudas contradicciones
dejaron en evidencia la intemperancia de grupos de ultraderecha frente a
partidos que al decir de unos, tenían respaldo de organizaciones subversivas y
que en nombre de la Unión Patriótica irrumpieron en el escenario político para
entonces dominado, según había sido la tradición, por dos partidos
proverbiales.
En efecto, Segovia conjuga
la historia de caciquismos y de liderazgos locales, compatibles con un orden
constitucional excluyente y centenario que limitaba la participación política.
Por eso no es extraño que Julio César Restrepo Cadavid con razón ilustre la
situación social y el entorno del poder local en los siguientes términos:
“…y se fueron volviendo
como caciques, entonces allá quedó el señor César Pérez García; allá pues como líder de esa región de allá y a
nivel local pues el más cacique era un señor Sigifredo Zapata, que era como
decir la mano derecha de ese señor que todo lo que pasaba allá ahí mismo
llamaba hablar con él… Si porque el señor Pérez
era como decir el cacique político de la región y el señor Sigifredo era como
el cacique local, entonces los alcaldes los nombraba la secretaría de gobierno
departamental, entonces el tipo se disfrazaba. El era latonero y mecánico, pues
el Sigifredo, entonces él se ponía su ropa de trabajo y se paraba en la esquina
a ver y si el alcalde no funcionaba como él decía él llamaba a César Pérez y el alcalde ahí mismo lo cambiaban… Eso era un conocimiento general
allá en el pueblo…” [28]
O, en palabras de Javier
Ávila:
“Lo que pasa es que él era el jefe político de
toda la zona y entonces él ponía los alcaldes, cierto. El gobernador de turno
le apoyaba esos alcaldes y eso se veía en casi todos los municipios donde el
partido liberal, el partido conservador estaba ahí y se presentaban esos
cambios, cierto. Como eran nombrados a dedo, digamos, entonces se presentaban y
él era un político o ha sido un político muy importante y entonces él en todo
el nordeste tenía casi todos los alcaldes eran de él….”[29]
En ese escenario político
y pese a la estigmatización del grupo
como un partido vinculado con organizaciones ilegales de izquierda, la Unión
Patriótica logró en la primera elección popular de alcaldes en 1988, elegir a
Rita Ivonne Tobón Areiza y a siete de trece concejales, y romper la hegemonía
del partido liberal que CÉSAR PÉREZ GARCÍA
dirigió por años con inocultables réditos políticos, hecho impensable en el
concierto de una práctica que por buen tiempo le había negado a fuerzas
distintas a las convencionales la posibilidad de acceder al gobierno local.
Este hecho, trascendental
en la vida política de Segovia y en su imaginario colectivo, se convirtió en
detonante de la intolerancia y pronto grupos de ultraderecha que desdeñan del
pluralismo y de la política como factor de inclusión social, notificaron a
nombre del denominado movimiento “Muerte
a Revolucionarios del Nordeste”, que no habría paz política mientras los “idearios democráticos” estuviesen en
peligro por la incursión de nuevas fuerzas políticas que en su criterio tenían
afinidad con grupos ilegales de izquierda.
En ese contexto, el
panfleto en el cual se hacía alusión a la corriente atrás indicada –Muerte a los Revolucionarios del Nordeste-
explícitamente
mencionaba al doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA,
hecho al cual la defensa le resta importancia porque ese documento también
se refería al Presidente de Estados Unidos Ronald Reagan y a otros personajes
de igual jerarquía, que en su criterio no le aporta nada sustancial a la
investigación.
Si se considera únicamente
las referencias a personajes como el Presidente de los Estados Unidos de
América, el escrito posiblemente no aportaría mayores elementos de juicio, pero
si se mira como expresión de una política antidemocrática, adquiere una
consideración especial; tanto que al tiempo con la aparición de ese documento
arreciaron los hostigamientos contra la población civil, líderes de la Unión
Patriótica[30]
y del partido liberal que apoyaron a esa facción política, lo cual demuestra
desde el comienzo que la acción posterior fue eminentemente selectiva.[31]
A esta situación también
se refiere la ex alcaldesa Rita Ivonne Tobón Areiza, elegida en nombre de la
Unión Patriótica, quien más allá de su vehemente imputación en la audiencia
pública contra el procesado, contó las amenazas de todo orden contra la Unión
Patriótica, y cómo Sigifredo Zapata, político cercano a la cuerda del
procesado, tomó un panfleto en el que se informaba del accionar del grupo “Muerte a Revolucionarios del Nordeste”,
y lo exhibió proclamando que era el principio de la recuperación de Segovia por
parte de su “jefe político”. [32]
De manera que la
importancia del volante del movimiento en cuestión y otros de similar
contenido, apreciados en el contexto social y político de los años 80 en
Segovia, consiste en demostrar los altos niveles de confrontación y la
intolerancia que se generó por el triunfo de la Unión Patriótica, a lo cual,
por lo visto, no eran ajenos los líderes de los movimientos derrotados, pues no
en vano Rita Ivonne Tobón Areiza, la recién elegida alcaldesa de ese lugar,
pudo percibir directamente las amenazas contra la población civil.[33]
En efecto:
El manifiesto de ese
movimiento de ultraderecha y los actos de hostigamiento anteriores, se
constituyen en mojones de una política de acoso contra la población civil,
auspiciada incluso por agentes estatales que impidieron cualquier posibilidad
de legitimación por la desviación de funcionarios que, en lugar de preservar la
vida y los espacios democráticos, propiciaron conductas ilícitas bajo
equivocadas concepciones de Estado y de Justicia, apoyando a los autores de la
masacre, según la judicatura tuvo ocasión de pronunciarse.
En ese sentido, no se
puede perder de vista que algunos oficiales del Ejército Nacional facilitaron
la ejecución de los nefastos hechos de la noche del 11 de noviembre de 1988,
con lo cual la intimidación a quienes optaron por políticas distintas, según lo
decía el impreso del Movimiento “Muerte a
revolucionarios del Nordeste”, no fue una amenaza carente de realidad o una
actitud simbólica sin contenido alguno, como la defensa pretende demostrarlo
resaltando la alusión que en él se hace a personajes de talla internacional.
Por consiguiente, el
manifiesto permite entender – y esa es una faceta de su gran utilidad – el
contexto social, histórico y político en que se produce la matanza del 11 de
noviembre de 1988 en Segovia y comprender las siempre inexplicables
connotaciones de un hecho que surge de personajes que desde la ultraderecha con
el apoyo de agentes estatales, no estaban dispuestos a ceder espacios a una
organización que, desde su particular punto de vista, tenía afinidades
políticas con organizaciones o grupos al margen de la ley.
De manera que la llamada “Masacre de Segovia” – como se ha dado en
denominar para la historia semejante vejamen contra la población civil –,
sucede en un marco conflictivo, es decir, en medio de un conjunto de
circunstancias propiciadas por grupos de paramilitares o escuadrones de la
muerte e incluso actores institucionales del más diverso orden. En ese sentido,
se ha indicado, la justicia probó la vinculación de orgánicos del Ejército
Nacional en la acción de Segovia[34]
y estancias de mercenarios en el Batallón Bomboná, hechos que se constituyen en
antecedentes inmediatos de un acuerdo siniestro que Alonso de Jesús Baquero,
alias “Vladimir”, ejecutó y que pese
al pacto de silencio propio de estas organizaciones, años después dio a conocer
a la justicia.
En este margen, por la
confluencia de actores de todo orden en la ideación, planificación y ejecución
del operativo ilegal, se puede concluir que la acción fue realizada por un
colectivo criminal que desde la perspectiva dogmática se cataloga como un grupo
armado al margen de la ley. Por lo tanto, ninguna duda cabe de que quienes concurrieron
a la ejecución de la “masacre” se concertaron previamente y de esa manera
incurrieron en la comisión del delito de concierto para delinquir, conducta
reprimida con la mayor severidad mediante disposiciones dictadas en ese momento
al amparo del “Estado de Sitio”, en relación con estructuras de sicarios y
organizaciones terroristas, precisamente con el fin de enfrentar graves
atentados contra la población civil. [35]
Es decir, el acusado
asumió los propósitos que motivaron al grupo ilegal, sobre todo, la persecución
que realizaban contra los grupos subversivos, la población que eventualmente
los apoyaba y, de manera más concreta, los militantes y partidarios (población
civil) de la Unión Patriótica, disidentes de la tradición política impuesta en
las regiones por los partidos políticos tradicionales, como es el caso del
partido liberal que lideraba César Pérez García en la región de Segovia, de
modo que el concierto para delinquir es incuestionable.
En este sentido, como se
alcanza a comprender, una de las mayores preocupaciones de ese momento, era
enfrentar la acción de grupos armados al margen de la ley, para lo cual precisamente
se diseñó una legislación de emergencia por los nefastos efectos de la acción
de estas organizaciones contra la seguridad pública, bien jurídico
institucional que se concibe en el modelo de Estado democrático como un
escenario esencial para garantizar los ámbitos de libertad y el ejercicio de
los derechos fundamentales.[36]
En consecuencia, la
confluencia de actores de todo orden en la planificación, preparación y
ejecución del operativo ilegal, indica que la acción fue realizada por un
colectivo ilegal armado con una tradición histórica que por el solo hecho de su
conformación puso en riesgo la seguridad pública, y cuyo trasegar en la
geografía nacional con la finalidad de atacar grupos sociales y políticos
contrarios al ideario de las autodefensas, aumentó el riesgo contra las
condiciones mínimas de seguridad indispensables para el ejercicio de derechos
fundamentales.
Es más, la consideración
que ha hecho la Sala de los acontecimientos ocurridos en el municipio de
Segovia como delitos de lesa humanidad, en atención a que este suceso fue
consecuencia de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil,
supone necesariamente un acuerdo de voluntades que permanece en el tiempo y que
afecta la seguridad pública, bien jurídico cuyo riesgo se incrementó por la
persistencia de las acciones de este grupo ilegal.
De la persistencia del
acuerdo y de los nexos entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y éste tipo de grupos ilegales,
hablan con propiedad Iván Roberto Duque y Daniel Rendón Herrera, de manera que
no se puede decir que PÉREZ GARCÍA participó de un segmento de una acción
ejecutada por un colectivo ilegal, sino que fue parte de un acuerdo que perduró
en el tiempo y que incrementó, por ese solo hecho, el riesgo contra la
seguridad pública como bien jurídico funcional.[37]
De otra parte, el contexto
en que se produjo la conducta y la
manera como se cumplió el plan, demuestran que se trató de una típica operación
de grupos armados al margen de la ley que actúan bajo una unidad de mando jerarquizada
en la que no existe, la mayoría de las veces, ni siquiera el más leve contacto
entre el ejecutor material y quien imparte la orden, aspecto sustancial para
apreciar el testimonio de alias “Vladimir”,
del cual la defensa se vale para catalogarlo como testigo de oídas y de
referencia en orden a cuestionar su credibilidad.
De modo que si la llamada “Masacre de Segovia” fue ejecutada por un grupo armado por fuera de la ley, es posible
afirmar que no necesariamente tiene que existir una relación directa entre el
que ordena, sugiere, manda o imparte la orden, y el que ejecuta la
conducta, tema que desde la postguerra ha permitido atribuir responsabilidad a
aquel que detenta el poder de impulsar o pausar la acción a su antojo o
conveniencia, pese a que no exista contacto directo con el ejecutor material.
En esa medida, la
apreciación de la declaración de Alonso de Jesús Baquero con cánones tradicionales
que encuentran en la relación directa entre quien imparte la orden y quien la
ejecuta, el único fundamento admisible de aproximación racional a la verdad, es
insuficiente para juzgar complejas modalidades de criminalidad que no
corresponden a estereotipos de la llamada delincuencia convencional, máxime si
en este caso, la declaración de alias “Vladimir”
encuentra respaldo en la versión de Iván Roberto Duque y Fredy Rendón Herrera,
quienes se refieren a los vínculos entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA, Fidel Castaño y
Henry de Jesús Pérez, gestores también de la masacre, lo cual refuerza la
credibilidad de la declaración de aquél.
Es
más, si se acepta que quien tiene el dominio sobre la organización, o que él u
otro en su nombre puede impartir órdenes vinculantes que desembocan en la
ejecución de un delito por parte del autor inmediato que hace parte de una
estructura ilegal jerarquizada, es posible comprender que las órdenes del “Estado mayor” se cumplen sin que sea necesaria la comunicación directa entre
quien imparte la orden y el ejecutor, o que no necesariamente entre quien
determina al jefe de una organización y el autor material debe existir una
relación directa e inmediata, lo cual explica que alias “Vladimir” haya recibido órdenes de sus superiores sin tener
contacto con el determinador de la conducta.
Además, es bueno destacar
otros aspectos referidos al testimonio que rindiera Alonso de Jesús Baquero,
con miras a establecer que su dicho coincide con varios de los episodios
narrados por otros declarantes, lo cual permite predicar del mismo que, según
se viene afirmando, no es insular según lo sugiere la defensa, y de otro lado,
que existen hechos y circunstancias que fueron escuchadas en el proceso mucho
antes que “Vladimir” rindiera su
versión y en las que se mencionan aspectos que vinculan al político liberal, lo
cual permite darle soporte y una mayor envergadura a las atestaciones que
ofreciera Baquero. Por ello resulta claro que la Sala, como ya se anunciara, le
otorgue pleno crédito a sus afirmaciones porque no surgen de la fantasía del
deponente sino que encuentran apoyo en episodios narrados por otros actores del
proceso.
En efecto:
Uno de los más recurrentes
argumentos de la defensa para desestimar las afirmaciones de Alonso de Jesús
Baquero es que su testimonio es producto de la ficción y que toda la
investigación se soporta o nace en contra de CÉSAR PÉREZ GARCÍA, una vez se
rinde el testimonio amañado de este testigo; en ese entendido se afirmó “que todo empieza y termina con el testimonio
de Vladimir”, lo cual no es fundado.
Veamos: concurren
testimonios de diferentes personas que confluyen a demostrar la responsabilidad
del procesado en los hechos que dejan sin sustento las tesis defensivas
esgrimidas, ya que en la construcción de las mismas se obviaron,
convenientemente, algunas de estas versiones que permiten dar un giro a la
investigación para afianzar el compromiso del procesado en los hechos.
Por ello, la vinculación
del político con el episodio delictivo no surge exclusivamente de la declaración
de “Vladimir”; no todo comienza y
termina con él, porque mucho antes ya se escuchaba el nombre de CÉSAR PÉREZ
GARCÍA en calidad de gestor de los hechos.
Resulta de vital
importancia esta situación en el entendido que lo construido en el expediente
no surge a partir del “veleidoso
declarante”, según lo refiere la defensa en conjunto, sino que sus
manifestaciones son una parte del recaudo probatorio que se encuentra en el
proceso y que permite, al construir un análisis armónico, determinar no sólo los
artífices de la comisión sino a quienes actuaron en la sombra para acordar la
realización de estos hechos, amparándose como el acá investigado, en su
prestancia, que para la época ostentaba en el concierto local, departamental y
aún nacional.
De otra parte, la crítica
testimonial señala que en principio es más veraz la declaración de quien
percibe directamente los hechos que el testimonio de aquel que obtiene el
conocimiento indirectamente. Pero eso no significa, aún de aceptar que el
testimonio de Alonso de Jesús Baquero fuese único y de referencia, cuestión que
por supuesto es de muy dudosa recepción, que se deba desestimar, pues no existe
ninguna tarifa legal o regla científica o de experiencia que así lo imponga y
de allí que su apreciación quede al cabal juicio de la sana crítica (artículo
282 de la ley 600 de 2000).
La defensa reitera a lo
largo de su exposición que el testimonio de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, es tardío, interesado, único
y de referencia, características que en su criterio desdicen de su
credibilidad. Tardío porque fue después de muchos años que decidió vincular a
CÉSAR PÉREZ GARCÍA con la “Masacre de
Segovia”; interesado pues lo hizo con el afán de obtener beneficios
judiciales; único toda vez que aparte de él nadie con conocimiento de causa
sabe de la participación del acusado en semejantes hechos, de manera que “todo comienza y termina en sus decires”;
y de oídas, en cuanto que el testigo lo que narra lo hace porque otros al
parecer le dijeron que el acusado propició el operativo.
Es cierto que Alonso de
Jesús Baquero no mencionó en sus primeras intervenciones al citado ni a otros e
inclusive no aceptó que hubiese dirigido la acción delincuencial, pese a que
habitantes de Segovia lo señalaron como el jefe de la cuadrilla de
paramilitares que sembró el pánico y la muerte el 11 de noviembre de 1988.
Solamente ante la identificación de varias personas que lo distinguían con el
alias de “Alfredo”, según se le
conocía en las filas de la guerrilla, facción a la cual perteneció antes de
involucrarse con otros grupos sin la menor afinidad ideológica, confesó siete
años después su participación.
De manera que por no haber
aceptado su participación desde la primera vez cuando concurrió ante la
Procuraduría General de la Nación o no delatar a los principales artífices de
la “masacre”, su confesión no merece
credibilidad. Al contrario, la regla de la experiencia indica que no siempre
quien ha cometido un delito lo acepta ante la justicia. Es más, generalmente se
admite que ante la carga que tiene el Estado de demostrar la responsabilidad,
quien está comprometido en un hecho delictual usualmente niega su vinculación
con los actos que se le imputan. En ese sentido, la admisión tardía de
responsabilidad de “Vladimir” es
explicable y ello en sí mismo no afecta su credibilidad ni su contenido.
Tampoco es esencial para
descartar la veracidad del testigo su interés por obtener beneficios legales,
pues aún cuando alias “Vladimir” hubiese
admitido su responsabilidad y la intervención de otros con fines utilitaristas,
ese propósito no permite desestimar de antemano su aptitud probatoria, aun
cuando esa “singularidad”, que es
como el artículo 277 de la ley 600 se refiere a esas circunstancias, obliga a
emplear mayor agudeza y reflexión en procura de establecer el mérito y la
credibilidad del declarante.
Al respecto la Sala ha
sostenido:
“…Por tanto, sin dificultad se colige que no todo aquél que concurre a
suministrar información sobre la comisión de delitos es necesariamente veraz o
ineludiblemente embustero, pues en cada caso concreto corresponderá establecer,
con independencia de que la recompensa se entregue o no, si lo expuesto
encuentra soporte en el mundo exterior. (…). No se aviene con el estado actual
de la situación del país y con las peculiaridades de delitos como los que
motivaron este diligenciamiento, restar mérito suasorio a quienes informan a
las autoridades datos exactos y verificados, por el solo hecho de que se les
haya prometido la entrega de recompensas económicas o beneficios punitivos, o
dicho de otra manera, no es la ausencia del provecho lo que dota de
credibilidad a los testimonios, sino la constatación de que lo expuesto
encuentra soporte en otros medios de prueba.”[38].
“…Ahora bien: la tesis de ilegalidad del medio de convicción la intentó
el defensor desde la tesis insostenible de que provenía de un
"reinsertado" que buscaba conseguir beneficios. Una circunstancia así
no torna inválida la prueba como tampoco la retractación. Son aspectos a tener
en cuenta al apreciar el funcionario judicial la evidencia, cuya
descalificación categórica hecha por el censor, opuesta a la conclusión
expresada en el fallo, no demuestra la configuración de ningún error
trascendente del juzgador. …(1) Así lo sostuvo la Corte en el auto de casación
del 14 de febrero de 2006 (radicación 23.639) y se recordó en el del 14 de
septiembre de 2009 (radicación 32.126)…”[39]
“…4. En primer lugar, la premisa planteada por el
censor carece de las notas características de generalidad y universalidad, consustanciales
a las reglas de la experiencia, pues no puede afirmarse, como lo hace el
demandante, que siempre que alguien declara condicionado a la obtención de
beneficios por colaboración, mentirá en su testimonio…”[40]:
Ahora:
Está probado en el
expediente que en torno a lo expresado por Alonso de Jesús Baquero ha girado
buena parte de lo que se ha dado en llamar la “línea lógica de investigación”, debido a que es él quien, no solo
en este proceso, sino en otros, ha dado a conocer los elementos necesarios para
hacer un juicio político y jurídico de la llamada “Masacre de Segovia”,
comprender sus implicaciones históricas, el compromiso de agentes del Estado,
sus nexos perversos con organizaciones armadas al margen de la ley y el grado
de participación de los principales artífices del operativo demencial,
confirmando lo que los habitantes de Segovia sabían y los líderes locales
conocían. Por consiguiente y según se dijo en la acusación, no puede
desestimarse en este caso si fue trascendente para determinar la
responsabilidad de otros en procesos diferentes.
Con todo, en orden a
demeritar la credibilidad del testigo, la defensa considera inexplicable que
muchos años después de la “masacre”,
Alonso de Jesús Baquero, o “Vladimir”
se refiriera a CÉSAR PÉREZ GARCÍA, no porque supiera de su real participación,
sino porque en su decir, fue informado por Henry Pérez, del interés que tenía
en restaurar su poder político en Segovia, algo que para el defensor no es
admisible.
Como se ha explicado, la
declaración de Alonso de Jesús Baquero no se puede apreciar con reglas
convencionales ni menos catalogarla prueba de referencia. Si se admite que es
testigo de oídas quien conoce de los hechos que se investigan porque alguien le
comentó lo que ocurrió, la declaración de Alonso de Jesús Baquero no se puede
adscribir a esa categoría, entre otras razones porque él no fue cualquier
actor, sino el ejecutor del operativo criminal, quien precisamente por esa
condición debía conocer todos los pormenores de la acción y quienes eran los
gestores de la misma, según se lo hizo saber Henry de Jesús Pérez exhibiéndole
una grabación entre los principales actores, incluido por supuesto CÉSAR PÉREZ
GARCÍA.
En este punto debe
resaltarse que la esposa de Henry Pérez, Luz Marina Ruiz Gómez, en la audiencia
pública dio fe de la costumbre que tenía el jefe paramilitar de grabar a sus
contertulios, agregándose que no es extraño que este le hubiera dado a conocer
al testigo esa grabación dada la confianza que rodeaba el trato entre los dos.
En eso, Alonso de Jesús
Baquero ha sido consecuente desde el momento en que decidió contarle a la
justicia las razones de la masacre, la manera como se planificó el operativo,
el apoyo de algunos miembros del ejército y la policía, la identidad de los
gestores de la matanza y los móviles de la misma. Así se lo dijo a Ricardo
Téllez Gómez[41],
investigador de la Fiscalía, cuando le recibió una entrevista con el fin de
valorar su colaboración en el descubrimiento de múltiples delitos de
dimensiones superlativas.
Asimismo, ante las
autoridades judiciales, Baquero señaló a Henry Pérez y Fidel Castaño, líderes
de los ejércitos del paramilitarismo, de haber discutido con CÉSAR PÉREZ GARCÍA
el operativo que finalmente se ejecutó,
lo cual expuso en la ampliación
de indagatoria del 29 de noviembre de 1995, lo reafirmó en la declaración del
10 de enero de 1996, y lo confirmó en la diligencia de indagatoria del 29 de
febrero de 1996.
En esta última diligencia
expresó:
“Hay un Senador o Representante a la Cámara, no
recuerdo que era para ese entonces, en esa época perdió las elecciones en
Segovia y su nombre es César Pérez
García, a raíz de eso él fue y buscó a Fidel Castaño para que lo ayudara a
sacar la UP de Segovia. Fidel Castaño lo contrató, corrijo, lo contactó con
Henry Pérez, que en ese tiempo era uno de los jefes paramilitares en Puerto
Boyacá. Henry Pérez se reunió con los dos en Medellín, con Fidel Castaño, César Pérez y Henry Pérez. Después de
eso Henry me citó a la reunión en Puerto Boyacá. Henry me comentó todo, lo
comentado, lo ocurrido en la reunión y me preguntó si conocía a un señor César Pérez, yo le dije que no, pero
que sabía que era un jefe político del partido liberal en Segovia. Entonces
César me colocó un caset en donde yo escuché la voz de César Pérez donde les pedía ayuda para sacar la UP y a la guerrilla
de Segovia. Entonces Fidel Castaño le decía que tranquilo, que eso ya estaba en
manos del jefe, refiriéndose a Henry Pérez, y el señor Pérez le decía que le colaboraba con lo que fuera necesario pero que
él no podía perder esa región, en Segovia.”
También delató a los
miembros del Ejército Nacional que facilitaron el operativo y fue fundamental
para su condena. Pero ese que sería un valor agregado, la defensa lo acepta con
la advertencia de que allí fue testigo directo y no indirecto, como lo es en el
caso contra su defendido. En ese sentido, la defensa bajo una óptica lineal que
aísla la declaración del contexto, sostiene que la declaración no es suficiente
para llevar al juez a la certeza del convencimiento. Pero si se analiza el
testimonio en sistemática la conclusión es distinta, como se puede observar al
apreciar los nexos de todo orden entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y el paramilitarismo.
Al respecto, Henry Pérez y
Fidel Castaño fueron, como se ha demostrado en el proceso, jefes de jefes de
los ejércitos paramilitares. Por lo mismo, de acuerdo con la regla de la
experiencia, solamente podían tener acceso a ellos personas de indiscutida
confianza. Desde luego, porque los líderes de grupos armados al margen de la
ley se desenvuelven en círculos cerrados para garantizar su seguridad. Eso
explica, que Iván Roberto Duque se haya entrevistado con Henry Pérez, pues éste
al igual que aquel compartía los mismos escenarios y propósitos. Y si así es,
por la misma razón se tiene que concluir que CÉSAR PÉREZ GARCÍA también lo hizo
en esos escenarios de ilegalidad, como lo asegura Iván Roberto Duque, si es que
de recurrir a testigos directos se trata.
Precisamente acerca de
estos encuentros, entre la ilegalidad y clandestinidad, Duque señaló en su
declaración:
“…alguna vez, fui a Puerto Berrio… estando allá
me invitaron a un almuerzo en una finca, yo no sé si existe actualmente, de
pronto sí, se llama Sebastopol, me llamó mucho la atención porque me dijeron
que en ese almuerzo va a estar don Henry Pérez, no sabía yo, señora magistrada,
que está en Puerto Berrio, que la finca queda relativamente cerca de Berrio,
quiero recalcar que en muchos encuentros que yo tenía con Henry desconocía a
mucha gente que lo visitaban, sin embargo pues para ser concreto para los
efectos que persigue esta investigación señora Magistrada, yo fui a la finca
Sebastopol, allá me encontré con Henry, sus escoltas…”
Y precisó:
, [no audible] … un Mayor, no recuerdo Señora
Magistrada cómo se llama, se identificaba como Mayor de la decimocuarta
brigada, dicho sea de paso que Henry tenía muy buenos contactos con las
autoridades, las autodefensas todas, y allá había un político, me lo
presentaron, nunca lo había visto en mi vida, me dijo se llama César Pérez García. Me lo presentó
directamente Henry Pérez. Almorzamos en
esa finca, fue un encuentro primero inesperado; además absolutamente informal.
Se conversó de política, yo incluso estuve hablando porque yo todavía era secretario
de ACDEGAM, la filiación mía ha sido al partido liberal, entonces me pareció
muy interesante haber conocido este señor allá. Yo no lo conocía, en lo
personal quiero referirme a eso, pero allá se mencionaba en esa época, distinto
ahora, se mencionaba mucho acerca de dirigencia en Antioquia, era un
Congresista, recuerdo que hablamos mucho de una cosa que en esa época estaba
muy en boga que era la consulta popular…”
Esta referencia es
esencial para apreciar el testimonio de Alonso de Jesús Baquero, pues Iván
Roberto Duque, alias “Ernesto Báez”
confirma los nexos entre Henry Pérez y CÉSAR PÉREZ GARCÍA, que no habrían
tenido porqué suceder en circunstancias normales por los vínculos ilegales del
primero y la institucionalidad que representaba el otro. Por lo tanto, no se
puede sostener que la declaración de Alonso de Jesús Baquero sea insular en
orden a probar los nexos entre el político y el jefe paramilitar. Al contrario,
por esas razones es admisible que, como lo ha señalado alias “Vladimir”, la “Masacre de Segovia” fue sugerida por CÉSAR PÉREZ GARCÍA, quien
mantenía vínculos con paramilitares y concretamente con quien le impartió a
aquel la orden de ejecutar ese repudiado acontecimiento.
En tal virtud, se aprecia
que la declaración de Alonso de Jesús Baquero no contiene verdades aisladas,
pues lo que una visión en conjunto de la prueba indica es que su versión la
confirman otros medios de prueba que realzan su credibilidad en orden a
demostrar la responsabilidad de los principales actores de la matanza. En ese
sentido, así como Alonso de Jesús Baquero delató la participación de varios
oficiales del ejército en la ejecución del crimen colectivo, cuestión que por
lo demás la defensa acepta, también la unidad y universalidad del testimonio de
Baquero permite asegurar que CÉSAR PÉREZ GARCÍA fue el gestor de esa causa
criminal, por el respaldo que encuentra en declaraciones que demuestran los
vínculos entre el político y las organizaciones al margen de la ley.
Por todo ello, el
testimonio de este individuo no es una prueba autárquica de la que se pueda
decir que deambula sola por el expediente. Por el contrario, su declaración se
constituye en el núcleo de una imputación que se reafirma, según se ha visto,
desde diferentes perspectivas. En ese aspecto, no solo Iván Roberto Duque
confirma las relaciones que mantenía el acusado con Henry Pérez. Fredy Rendón
Herrera, alias el “Alemán”,
reconocido paramilitar también manifestó que recibió órdenes de sus mandos en
el sentido de pausar las acciones en aquellos sitios, lugares y negocios en los
que CÉSAR PÉREZ GARCÍA tenía interés
y asociaciones ilícitas. De manera que las andanzas con grupos de ultraderecha
no son una mención que se concentre en la versión de alias “Vladimir” sino que son lugar común en el proceso.[42]
De manera que el
testimonio de alias “Vladimir”, en el
sentido de atribuirle a CÉSAR PÉREZ GARCÍA
responsabilidades concretas en la ejecución de la “masacre” no es exótico, ni es la manifestación de un interés
solapado producto de la invención de quien busca beneficios judiciales, debido
a que lo que expresó Alonso de Jesús Baquero en torno a la relación entre CÉSAR
PÉREZ GARCÍA y Henry de Jesús Pérez, aún así él no haya percibido ese hecho, es
un tema suficientemente corroborado en el expediente, con lo cual la afirmación
de que se trata de un testimonio interesado, único y de oídas queda francamente
en entredicho.
En síntesis, la probada
relación entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y jefes del paramilitarismo de la talla de
Henry de Jesús Pérez, líder de las Autodefensas del Magdalena Medio, le
confiere credibilidad a la declaración de Alonso de Jesús de Baquero y permite
inferir que si entre el político y ese grupo armado existía ese tipo de
vínculos, entonces no es apresurado sostener, justamente por esas relaciones
confirmadas, que CÉSAR PÉREZ GARCÍA hubiese determinado a Henry de Jesús Pérez
a impartir la orden de ejecutar una acción con nefastos efectos en los procesos
de construcción democrática.
Pero desde luego que no es
solamente la manifestación de alias “Vladimir”
la que propicia esas conclusiones, sino un entramado de hechos que a manera de
indicios demuestran la participación de CÉSAR PÉREZ GARCÍA en la comisión de la conducta por la cual se le juzga.
Aparte de su indiscutible
relación con grupos ilegales de autodefensas, es un aspecto probado que CÉSAR
PÉREZ GARCÍA fue el más afectado con el ascenso de la Unión Patriótica, como
quiera que siempre mantuvo el poder local en modelos estatales en donde las
autoridades locales no se elegían sino que se designaban. Este suceso,
reconocido por voces de las tendencias más disímiles explica por qué Alonso de
Jesús Baquero sí fue enterado por Henry de Jesús Pérez del interés de aquel
para que se llevara a cabo la acción militar, mostrándole como evidencia una
grabación en la que no quedaba duda para el ejecutor principal, de la
participación del político en el proceso de ideación y ejecución de la misma.
Si según se indicó, por la
manera como operan los “aparatos
organizados de poder” la experiencia indica que entre el operador material
y quien imparte la orden no existe relación alguna, eso explica la razón por la
cual entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y Alonso de Jesús Baquero no existió ningún tipo
de contacto; pero para la cadena de mando sí era indispensable que Baquero
Agudelo, el lugarteniente más avezado de la estructura criminal de Henry de
Jesús Pérez, contase con toda la información que le permitiera garantizar el
éxito de la acción, y de allí la necesidad de que se le hubiese explicado los
motivos y quienes eran los interesados en el operativo.
Ahora, en esta serie de
acontecimientos siempre se encuentra en la mención del procesado un hilo
conductor. En efecto, desde cuando el Movimiento Muerte a revolucionarios del
Norte hizo su aparición en “sociedad”,
se mencionaba al político y se destacaba su liderazgo en la región. Años
después, los integrantes del Movimiento Paramilitar Ernesto Báez y Fredy Rendón
Herrera reconocían ante la justicia los nexos entre PÉREZ GARCÍA, Henry de
Jesús Pérez y Fidel Castaño, mandos de ejércitos de autodefensas.
Por último, aún cuando
dice no haber aceptado la sugerencia, Fidel Castaño mencionó el interés de
PÉREZ GARCÍA en llevar la confrontación militar a Antioquia con el fin de
enfrentar organizaciones insurgentes, lo cual no deja duda de la relación del
político con los grupos de ultraderecha y concretamente con el jefe de los
aparatos paramilitares, como lo escribió Alejandro Reyes Posada en reportajes
conocidos tras la desaparición del líder paramilitar.[43]
Estas referencias confirman que la alusión que hace
Alonso de Jesús Baquero en todos los momentos no es el producto de una
acusación infundada, pues así como en las primeras ocasiones en las que se
mencionó a PÉREZ GARCÍA, en la vista pública Baquero Agudelo se refirió a esos
nexos en los siguientes términos:
“Después de la masacre nosotros tuvimos una
reunión con Fidel Castaño, con el Coronel Navas, en Sebastopol, y Henry de
Jesús Pérez; y Fidel Castaño lleva allí un mensaje de agradecimiento de César Pérez… nos decía, bueno de parte
de César Pérez muy agradecido, muy
contento, todos estamos muy felices, así es que se trabaja Vladimir, mire que
si se puede hacer las cosas…”
Esta exposición indica
categóricamente que Alonso de Jesús Baquero supo de la participación de CÉSAR
PÉREZ no únicamente por las explicaciones
de Henry de Jesús Pérez, sino también por la concreta felicitación que recibió
a través de Fidel Castaño, situación tanto más admisible si se considera que
Fredy Rendón Herrera se refirió precisamente a las relaciones de vieja data
entre el Clan de los Castaño y el procesado, hecho que por lo demás también se
infiere de la entrevista que Fidel Castaño le entregó a Alejandro Reyes Posada,
en la cual se alude al interés que tenía el enjuiciado de llevar la guerra a Antioquia.
Por supuesto, esa manifestación
del acusado, divulgada por un interlocutor válido como Fidel Castaño, porque a
él había acudido justamente para convenir la ejecución de los hechos, de suerte
que a ningún otro iba a buscar para hacerlo destinatario de su beneplácito, en
conjunto con lo atrás expuesto se erige en elemento incriminatorio en contra
del enjuiciado. No es sensato pensar que alguien exprese complacencia por algo,
o manifieste un agradecimiento, si no tenía interés. Por consiguiente, esas
aseveraciones ulteriores a los hechos, no sacan avante la inocencia de PÉREZ
GARCÍA, por el contrario, coadyuvan a consolidar lo que se viene diciendo
acerca de su responsabilidad.
En este punto igualmente debe
destacarse lo aseverado por Iván Roberto Duque Escobar, alias “Ernesto Báez” en relación con lo dicho
por Henry Pérez al acusado en una reunión, lo cual es del siguiente tenor:
“…lo que sí tengo perfectamente claro en la memoria, es que estando allá
se iniciaron las noticias, se inició el noticiero, en ese noticiero mencionaron
la masacre de Segovia, como que la investigación no sé, y con claridad absoluta
mencionaron el nombre del doctor CÉSAR PÉREZ, cómo lo mencionaron no recuerdo,
si fue una versión del periodista, o si estaban hablando, porque el televisor
estaba en la salita, cuando el noticiero inicia HENRY vuela, yo me quedé con
Gustavo, mencionan eso, y HENRY después de que mencionan ese nombre, se dirige
a las personas que yo no había reconocido ahí en la sala, y le dice doctor
CÉSAR está muy caliente, ahí es cuando me doy cuenta que ahí en ese grupo de
personas estaba el doctor CÉSAR, cuantas personas eran dos o tres personas,
quienes no supe quienes, debo pensar que eran acompañantes del doctor
CÉSAR. está muy caliente, fue la expresión
que yo escuché de HENRY PÉREZ, que escuché yo, y los que estábamos ahí, que se
paró, es decir, esa noticia la dieron algo así como en el marco de la noticia,
después Henry se sentó, y así en tono como
dijo está bien preocupado…” [44]
Lo dicho por Henry Pérez al
acusado en el sentido que estaba caliente, no admite interpretación diferente a
su compromiso con los hechos de Segovia, más aún si según lo expresara el
deponente aludido, ello acaeció inmediatamente después de emitirse una noticia
relacionada con el insuceso. Por consiguiente, si nada hubiera tenido que ver
aquél no es lógico lo dicho por Henry Pérez, de manera que la exclamación
referida proveniente de quien estaba relacionado con el comportamiento punible,
se erige en un elemento indirecto de apreciable fuerza incriminatoria en contra
del acusado.
Quinto. De otra parte, la “Masacre de Segovia” se ha descrito como un acto de retaliación
política contra la Unión Patriótica, conclusión que se pretende minimizar con
el argumento de que algunos de los muertos pertenecían al partido liberal y que
por tanto el acusado, desde ese punto de vista, no podía estar interesado en
ejecutar ese crimen.
Al respecto, la
consideración política e histórica del hecho permite aseverar que los
beneficiados estaban vinculados con la política local, debido a que los réditos
del crimen favorecían a un sector tradicional con fuerte influencia en esa
región, y de otra, que la acción se dirigía contra la Unión Patriótica,
movimiento al cual habían adherido antiguos militantes del partido liberal por
el incumplimiento proverbial de las fuerzas tradicionales a sus aspiraciones.
Por eso la circunstancia
de que algunos de los muertos fueran liberales o que apoyaron en otras épocas a
PÉREZ GARCÍA, no incide en las conclusiones que prohíja la Sala, puesto que
ante el fracaso de los partidos con fuerte acento en acciones políticas
clientelistas, los segovianos optaron por una alternativa diferente en la
primera elección popular de alcaldes. Así, Hernán Darío Londoño Hernández,
sostuvo:
“Nosotros acá como
liberales de tradición siempre hemos apoyado las listas que encabeza César
Pérez García, entonces como aquí había mayoría liberal y nosotros liberales
queríamos que el municipio le diera una casa a Arminda, entonces las casas las
repartieron y a la señora no le dieron casa, entonces por esa razón todos
nosotros nos resentimos y no quisimos acompañar al Directorio Liberal y
seguramente con esa negativa del voto liberal firmamos la sentencia de muerte…”[45]
De igual modo, Julio César
Restrepo Cadavid, ya citado en esta providencia, hizo alusión a César Pérez
García y a Sigifredo Zapata, al primero tildándolo de “cacique político” de la
región y al segundo de carácter local y “mano derecha” del acusado; hizo
énfasis para formular los asertos, en que prácticamente todos los nombramientos
se hacían con el visto bueno de aquel.
De modo que de las
declaraciones de Hernán Darío Londoño Hernández y Julio César Restrepo Cadavid,
se puede inferir, primero, que la acción de Segovia fue contra la población en
general y contra la Unión Patriótica en particular, y segundo, que, CÉSAR PÉREZ
GARCÍA, era el “Cacique de Segovia” y
en esa condición dispuso a su antojo del poder que un modelo de democracia
absolutamente imperfecta le permitía, por lo cual si alguien resultaba
perjudicado con los resultados electorales que abrían espacio a un nuevo mapa
político, era el acusado.
En cuanto a lo primero, es
evidente que se trató de una acción selectiva, planificada y desarrollada
contra una población y por motivos específicos. En este sentido, el Brigadier
General Carlos Arturo Casadiego Torrado, Director Operativo de la Policía
Nacional, señaló con su reconocida autoridad y experiencia:
“La acción de los delincuentes fue planeada
detenidamente y en detalle. Indiscriminadamente actuaron en contra de personas
que se encontraban en lugares públicos pero predeterminados por estos, como son
los bares Johnny Kay, el Amañadero y el Kiosco del Parque Central. Selectiva
contra algunas personas que se encontraban en su residencia. Los victimarios
son personas que conocían perfectamente la ciudad, a las víctimas y
establecimientos públicos que seleccionaron. En los lugares públicos dispararon
indiscriminadamente fusiles R 15 y granadas de fragmentación. Penetraron en
alguna casa en donde indagaron por personas habiéndose dado muerte en el acto.”[46]
Estas conclusiones
corresponden a una verificación empírica, pues el Brigadier corroboró “in situ” que al Bar Johnny Kay,
escenario singular de la acción, concurrían afectos a la Unión Patriótica. Las
calles Reyna y la Madre eran igualmente un sitio de residencia de militantes de
ese partido, y además un lugar señalado por organismos Estatales como centro de
operación de la guerrilla.
También las casas de
personas previamente seleccionadas, como la de la familia Restrepo Cadavid, con
lo cual se demuestra definitivamente que fue una acción contra un grupo de
personas unidas por afinidades políticas distintas a la que era en ese entonces
la “oficial”.
En cuanto a lo segundo, la
reivindicación del político en el panfleto del “Movimiento Muerte a Revolucionarios del Norte”, explica la
importancia de CÉSAR PÉREZ GARCÍA para
este movimiento de ultraderecha, interesado en la defensa de la manera como se
construían las relaciones de poder entre la autoridad y el ciudadano en esa
región del país. Por eso no es exótico que ese grupo hubiera reivindicado al
caudillo, anunciado la restauración del orden en el municipio y su interés de
recuperar para la “institucionalidad”
el poder local, situación en la cual también estaban interesados los jefes municipales
de los partidos tradicionales.
Bien diciente resulta esta comunicación y no se
puede aceptar, dado lo ya expresado, el argumento defensivo cuando pretende que
el contenido de la misma resulta ajeno al ex parlamentario, como quiera que lo
allí afirmado hace expresa alusión a los quereres del político cuando se reunió
con Henry Pérez y Fidel Castaño para solicitar se ejecutara la incursión
armada.
Este comunicado se erige en la referencia
anticipada de lo que en Segovia iría a ocurrir “…Saldremos con un gran golpe mortal…” y a fe que ello se concretó.
No fue entonces una simple insinuación o velada amenaza, sino que se
materializó con la orden impartida a alias “Vladimir”,
para que llevara a término la acción delictiva en la cual sin duda tenía
especial interés CÉSAR PÉREZ.
Aparece bien coincidente que aquella petición de
PÉREZ GARCÍA, para sacar a la Unión Patriótica de Segovia, concuerde con los
términos del escrito antes aludido; ello necesariamente refleja que efectivamente
el acercamiento entre el dirigente liberal y los paramilitares no sólo era
verdadero sino que esa relación de amistad permitió que sus peticiones fueran
escuchadas y aún plasmadas en escritos intimidatorios que llegaron a la
población.
En tal virtud, lo expresado en el comunicado
acerca del apoyo al procesado no puede entenderse producto de la casualidad,
sino otorgado deliberadamente a una persona que compartía propósitos y
sentimientos, por todo cuanto había acaecido en el panorama político regional.
Desde luego, debe afirmarse que la alusión en el
comunicado referido a Sigifredo Zapata, estrechamente vinculado políticamente
con el acusado, refuerza lo aducido en cuanto a que nada de lo que allí se
menciona fue casual, y por el contrario, se vislumbra la relación de éste con
ese movimiento, de modo que la opinión en contrario de la defensa no persuade.
En este orden, la
declaración de Alonso de Jesús Baquero permitió traer al proceso lo que en
Segovia era una verdad sabida. Edison Gildardo Silva Sierra y Omar Hernando
Pérez, dos políticos regionales, señalaron que si algo estremeció a la
población fue la pérdida de tantas vidas indefensas mediante una acción que
atribuyeron al imputado. Tenían razones: el más significativo perdedor por su
ancestro político fue CÉSAR PÉREZ GARCÍA,
y el paramilitarismo como defensor de una institucionalidad excluyente. Por
eso es perfectamente admisible que la versión de los ciudadanos sea compatible
con la de Alonso de Jesús Baquero. Dicho de otro modo, éste confirmó para la
justicia y para la historia algo que para la gente de Segovia era un axioma:
que el aludido era responsable de la “Masacre
de su pueblo”.
Por supuesto que la Corte
entiende que no es el comentario generalizado o el rumor el que permite asumir
que fue el enjuiciado el autor de la
orden de exterminio contra la población civil, sino que esa voz popular fue
confirmada con la declaración de alias “Vladimir”
y con la de importantes jefes paramilitares que declararon acerca de los
vínculos del político acusado con esos grupos de autodefensa. En otras
palabras, es la prueba legalmente producida la que demuestra lo que la
población de Segovia conocía, de tal modo que existe coincidencia entre el
juicio jurídico y el de la opinión.
Ahora, que en principio la
ciudadanía no hubiese hecho referencia a los autores ni hubiera realizado
juicios de responsabilidad es explicable. Recién acaecida la masacre, el
ex-defensor del Pueblo, Jaime Córdoba Triviño, pudo percibir un estado de temor
generalizado y una situación en donde, según sus propias palabras, “se presuponía que los miembros del ejército,
de la policía, estaban involucrados de alguna manera.”
Apreciación en la cual
coincide la ex alcaldesa Rita Ivonne Areiza, quien aseveró que inicialmente
concurrieron a declarar con miedo porque era evidente que la orden de recuperar
el municipio se había cumplido y por lo tanto no tenían garantías para declarar
ante los jueces.
Tiempo después, superada
esa circunstancia, en el discurso que pronunció el 27 de octubre de 1989 el
diputado Gabriel Jaime Santamaría Montoya - mucho antes de que Alonso de Jesús
Baquero declarara ante la justicia -, le atribuyó a CÉSAR PÉREZ GARCÍA haber
sido partícipe de la masacre, según lo declaró Guillermo Gaviria Zapata,
fórmula política del procesado [47], con lo cual el juicio
político, el de opinión y el jurídico confluyen en una misma conclusión.
En fin, no es la
manifestación de Alonso de Jesús Baquero únicamente la que incrimina a CÉSAR
PÉREZ GARCÍA, sino un conjunto de pruebas que conducen a cerrar el círculo de
una imputación en su contra, las cuales por su gravedad, coherencia y
univocidad, permiten concluir que propició la ejecución de un conjunto de
homicidios y lesiones personales que por su interferencia con los derechos
humanos se congloba en lo que para la historia se denomina la “Masacre de Segovia.”
Sexto. Como
conclusión, la Sala encuentra que se configuran los presupuestos sustanciales
del artículo 232 de la ley 600 de 2000 para condenar al procesado por la
comisión del concurso de conductas punibles de concierto para delinquir, homicidio
agravado y lesiones personales agravadas en concurso material y heterogéneo,
que se consumaron el 11 de noviembre de 1988 en el municipio de Segovia.
En relación con esta determinación es necesario
señalar lo siguiente:
Para la Sala no hay duda que los homicidios y
lesiones personales fueron ejecutados materialmente por un colectivo criminal
que en el lenguaje actual se identifica como “grupo armado al margen de la
ley”. También es evidente con fundamento en la prueba analizada, que este grupo
armado ilegal tuvo una existencia prolongada en el tiempo e hizo parte de una
conspiración mayor que propició acciones de exterminio contra ciudadanos y
miembros de la Unión Patriótica que no compartían sus prácticas y políticas
excluyentes.
Asimismo, la Sala concluye que la acción del grupo
armado ilegal, apreciada en un contexto histórico y social signado por la
desaparición y muerte de ciudadanos pertenecientes a determinadas corrientes
ideológicas, se constituye en un acto más de un conjunto de acciones idénticas
que denotan la sistematicidad y generalidad del ataque, características de las graves
violaciones a los derechos humanos.
Desde esta perspectiva, entonces, es posible
apreciar el comportamiento como un estado de cosas disvalioso que afecta el
bien jurídico desde una óptica que involucra un conjunto de acciones de las
cuales fueron víctimas, en todo el territorio nacional, personas vinculadas con
la Unión Patriótica; circunstancia, sin duda, que propició el empleo de un
aparato armado mediante la inducción a su principal cabecilla para la
realización de ese específico acto.
En ese orden de ideas, haber persuadido al máximo
jefe del grupo paramilitar para desplegar una acción con múltiples víctimas en
ese contexto histórico, denota conocimiento del ataque, de su sistematicidad y
del momento histórico en el cual la conducta se inscribe, y voluntad de obrar
de acuerdo con esa comprensión, cuestiones que sin duda CESAR PEREZ GARCIA
debía saber por su participación en el quehacer político y por las altas
responsabilidades estatales que desempeñaba.
Por esa razón la condena por la comisión de los
delitos de concierto para delinquir, homicidio agravado y lesiones personales agravadas
es inexorable.
Séptimo. De
acuerdo con lo expresado en apartes anteriores, la Sala fijará la pena con base
en las normas del decreto 100 de 1980 y tendrá en cuenta para ello las
consecuencias que emergen de los institutos de la participación y del concurso
de delitos, de acuerdo a los términos de la acusación.
El decreto 100 de 1980 y
la Ley 599 de 2000 definen diferentes
formas de participación con fundamento en el principio de accesoriedad. Así, el
artículo 23 del Decreto 100 de 1980 señala que son autores quienes realizan la
conducta o quienes determinan a otro
a realizarla. La ley 599 de 2000, por su parte, con mayor precisión delimitó la
autoría y participación, y distinguió la determinación, la complicidad y la
intervención.
En ambas legislaciones, la
determinación y la autoría tienen la misma respuesta punitiva, aun cuando
ontológicamente son diferentes, pero en el nivel de la participación hay que
convenir en que determinar, según el diccionario de la lengua española, es “hacer tomar una resolución”, justamente
lo que desde el ámbito probatorio realizó el ex representante a la Cámara CÉSAR
PÉREZ GARCÍA.
Si algo queda claro del
análisis probatorio es que CÉSAR PÉREZ GARCÍA, además de incurrir en la
comisión del delito de concierto para delinquir, también persuadió a la máxima
jerarquía del grupo armado dirigido por Henry de Jesús Pérez a ejecutar la
acción del 11 de noviembre de 1988, conducta que se tradujo en múltiples
homicidios agravados y en lesiones personales agravadas en relación con tantas
personas plenamente individualizadas, asumiendo por su cuenta y riesgo las
consecuencias y resultados de semejante acto.
En conclusión, en el caso
bajo examen la prueba analizada conduce a tener plena certeza de la
determinación de la conducta que surge de reuniones y de consensos entre CÉSAR
AUGUSTO PÉREZ GARCÍA, Henry Pérez y Fidel Castaño, para demandar de ellos la
realización de la masacre en el municipio de Segovia, como retaliación contra
la comunidad segoviana por haber apoyado en las elecciones del año 1988 el
proyecto político de la Unión Patriótica, que según se ha expuesto dio lugar al
homicidio y lesiones personales de diversas personas.
Por lo tanto, de acuerdo con
la teoría del conocimiento y los grados de aproximación racional a la verdad
que cada momento procesal exige, es evidente que existe el mérito suficiente
para emitir una sentencia de condena, con fundamento en la prueba allegada al
expediente que permite obtener la certeza para arribar a la determinación que
se adopta.
Es palpable que la conducta típica del ex
parlamentario es antijurídica y
culpable, pues con su conducta desencadenó un proceso que interfirió y lesionó
los bienes jurídicos de la seguridad pública y los personalísimos de la vida e
integridad personal de las personas identificadas en esta decisión, actos que
por su gravedad y por ser consecuencia de una operación sistemática y
generalizada constituyen una grave vulneración a los derechos humanos.
En este sentido la antijuridicidad del comportamiento,
según lo expresó la Sala en otros apartes, no se puede apreciar a partir
exclusivamente de la lesividad individual del injusto, pues la sistematicidad y
generalidad inherente a la conducta conlleva un desvalor que incorpora las
implicaciones sociales de la conducta, que es precisamente lo que permite incluir
la filosofía de los derechos humanos a la hora de apreciar la magnitud de la
antijuridicidad del comportamiento por el cual se condenará al acusado.
Precisamente la lesividad del comportamiento
conllevó a que la Sala adscribiera el comportamiento a la gama de graves
atentados contra los derechos humanos por la sistematicidad y generalidad del ataque,
cuestión que desde la perspectiva del derecho penal interno corresponde en su
desvalor a un concurso de conductas punibles entre las que se incluyen
comportamientos agravados contra la vida y la integridad personal, tal como lo
precisó la Sala al resolver las nulidades propuestas por la defensa en la
audiencia preparatoria.
En fin, queda desvirtuada la presunción de
inocencia de CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA y por eso, demostrada con certeza su
responsabilidad penal, no hay lugar a la absolución que reclama su defensa.
Conforme con la acusación, como se ha indicado, la Corte lo encuentra
responsable de la comisión de conductas punibles de concierto para delinquir,
Homicidio agravado y Lesiones personales agravadas, como igualmente lo
solicitaron el Ministerio Público y el representante de las víctimas.
De otra parte, es importante determinar que a lo
largo del proceso únicamente se logró acreditar las lesiones de algunas de las
numerosas personas que resultaron perjudicadas con estos hechos, pues debido al
tiempo transcurrido no se pudo acopiar la información que permitiera establecer
el daño causado y la incapacidad fijada para con fundamento en ello efectuar la
adecuación típica correspondiente.
Al no contar con los dictámenes médicos alusivos a
las consecuencias definitivas no puede presumir la Sala que todos los que
resultaron afectados en esos hechos soportaron la misma determinación médico
legal.
Bajo ese entendido se puede observar que
únicamente obran en el proceso dictámenes provisionales y definitivos respecto
de algunos de los afectados, los cuales pasan a relacionarse así:
Mario de Jesús Villa, incapacidad de 4 días, no
hay secuelas[48]; Johny Jaramillo Restrepo, 6 días de incapacidad[49]; Norbey
Jiménez, 15 días, requiere segundo reconocimiento;[50] Macleris de Jesús Brand Soto, 18 días de
incapacidad, para segundo reconocimiento[51]; Guillermo Alzate Fonnegra, incapacidad de 20
días y requiere segundo reconocimiento;[52] Miguel Ángel Carillo,[53] incapacidad 30 días para segundo reconocimiento;
José Antonio Palacios Bohórquez[54], incapacidad de 20 días, requiere nuevo
reconocimiento; Olga Palacios San Martín[55] incapacidad 20 días, requiere segundo
reconocimiento.
No sobra precisar que si bien las lesiones
personales imputadas al procesado requieren querella como requisito de
procedibilidad para incoar la acción, resultaría ilógico en este caso exigir el
cumplimiento del mismo, toda vez que al considerarse estas conductas como de
lesa humanidad la existencia de aquél presupuesto no se compadece con la
magnitud de la lesión jurídica que un hecho de esta naturaleza comporta.
Bajo esa
consideración, para cuantificar la pena, recuérdese que al doctor Pérez García se le declarará
responsable de un concurso homogéneo y heterogéneo de conductas punibles de
concierto para delinquir, homicidio agravado y lesiones personales agravadas,
de las cuales la más grave es el atentado contra la vida descrito en ese
entonces en el artículo 324 del Decreto
100 de 1980 y sancionado para la época con una pena de dieciséis (16) a treinta
(30) años de prisión.[56]
Por
la gravedad de la conducta y su dimensión antijurídica, a la cual ya se ha
hecho referencia; la forma de ejecución del comportamiento, la intensidad del
dolo y el daño causado, la pena para el
delito de homicidio, que es la conducta más grave, se fijará en 276 meses, que
corresponde al máximo del primer cuarto medio; es decir, en 23 años.
En
ello debe tenerse en cuenta
la agravante consistente en la posición distinguida que el delincuente ocupe en
la sociedad,[57] dado
que para la época en que se perpetró la masacre de Segovia, CÉSAR PÉREZ GARCÍA
era Presidente de la Cámara de Representantes y destacado miembro del Partido
Liberal, cuestión esta última que sin duda influyó en la comisión de la
conducta, como quedó expuesto en esta decisión y que a la vez en el plano de la
institucionalidad le imponía deberes ante la sociedad que no se le exigen al
común de los ciudadanos.
Ahora, como se trata de bienes jurídicos
personalísimos, se aumentará la pena por cada uno de los homicidios hasta en
otro tanto, como lo dispone el artículo 31 de la legislación citada, lo cual
implica que la misma por el concurso de conductas de homicidio será de treinta
años de prisión, sanción que incluye el desvalor de las conductas de concierto
para delinquir y lesiones personales agravadas, en consideración a que el monto
de la pena no puede sobrepasar, por virtud de lo dispuesto en el artículo 28
del decreto 100 de 1980, de 30 años de prisión.
La pena de multa será de un mil (1.000.oo) pesos a
favor del Tesoro nacional, en atención a lo dispuesto en el artículo 332 del
Decreto 100 de 1980.
La sanción accesoria de inhabilitación de derechos
y funciones públicas, será de diez (10) años, toda vez que ese era el máximo
que se establecía en la normatividad vigente para la época (Art. 50).
Aparte de otras consideraciones que son innecesarias,
por el monto de la pena principal impuesta al sentenciado, no tiene derecho a
la suspensión condicional de la ejecución de la pena ni a la prisión domiciliaria.
Séptimo. Indemnización de perjuicios
Varias de las víctimas llegaron al proceso
mediante la demanda de constitución de parte civil; son ellas:
Demanda de Consuelo de Jesús Orozco de Agudelo, representada por el abogado Víctor Rodolfo
Barrera Benavides; reclama perjuicios materiales y morales los que determina
así:
Materiales: El
sustento para la señora Consuelo Orozco y sus hijos menores que al momento de
los hechos provenía del trabajo de Oscar Agudelo. Los gastos de traslado del
pueblo para salvaguardar su vida y la de sus hijos. Los gastos de educación. Estima los
perjuicios en cien millones de pesos ($ 100.000.000.00).
Morales.
Originados en los trastornos psíquicos sufridos por la accionante, los cuales
estima en cuatro mil (4.000) gramos de oro.
Demanda de María Constanza Restrepo Cadavid, Arminda
de Jesús Restrepo Cadavid, María
Emilse Restrepo Cadavid, Luz Marina
Restrepo Cadavid, María Graciela
Restrepo Cadavid, Esperanza Noris
Restrepo Cadavid, Luz Marina Escobar
Restrepo y María Patricia Restrepo,
representados por Luz Estela Aponte Jaramillo.
Morales. Reclama
perjuicios para Esperanza Noris Restrepo Cadavid, representados en el dolor por
la pérdida de su padre y sus dos hermanos, las lesiones de su hermana María
Emilse Restrepo, las afectaciones de su progenitora Ana Rosa Cadavid, los
cuales estima en la suma de cuatrocientos ocho millones de pesos ($
408.000.000).
Para Luz Marina Escobar Cardona reclama una suma
idéntica como consecuencia del dolor por haber sido estigmatizada por su
pertenencia a la UP; el dolor moral que le causó la tentativa de Homicidio, el
desprendimiento de su hijo y su esposo.
Adiciona la demanda de parte civil reclamando
perjuicios para la señora María Patricia Restrepo, esgrimiendo que su entorno
familiar se deterioró y las aflicciones a que se vio avocada por haber dado
muerte a sus congéneres a causa de su militancia en la UP, viéndose privada de
su familia.
Además, en su escrito recalcula el valor antes
solicitado, estimándolo en la suma de quinientos treinta y cinco millones seis
cientos mil pesos ($535.600.000.00), por concepto de perjuicios morales y como
daño a la vida de relación la misma suma, los cuales solicita para Esperanza Noris Restrepo Cadavid, Luz Marina Escobar Cardona y María Patricia Restrepo.
Acerca de las restantes poderdantes refiere que ya
fueron indemnizadas en proceso de reparación directa que se inició contra el
Estado.
Demanda de María Farney Castaño de Idárraga, Wilmer
Idárraga Castaño, Jhoanny Idárraga
Castaño, representados por Efraín Caicedo Fraide.
Morales. Reclama
como daño moral para María Farney Castaño la suma de cuatrocientos (400)
salarios mínimos legales mensuales vigentes y para sus dos hijos a cada uno la
suma de trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Materiales. Como
lucro cesante para la citada mujer por valor de $ 90.458.462. Para Wilmer Idárraga Castaño $17.397.987.50 y
para Jhoanny Idárraga Castaño la suma de $6.882.975.
Teniendo como fundamento lo anterior se debe
señalar que los perjuicios materiales que estimaron las diferentes partes
civiles reconocidas en el proceso, no fueron probados por quienes tenían la
carga específica de acreditarlos.
En efecto, nada hicieron con ese propósito los
representantes de las víctimas, como era su deber, para dotar a la Sala de los
elementos de juicio suficientes con miras a soportar su solicitud
indemnizatoria. Se les olvidó que no basta, según lo ha señalado la
Jurisprudencia de esta Sala y la Corte Constitucional, con la simple estimación
de los perjuicios, sino que ellos se deben acreditar por los medios idóneos con
el fin de establecerse la relación que pueda existir entre el daño causado y su
valor. Por ejemplo, no se acreditaron las labores ejercidas por los causantes,
la dependencia económica que se tenía de las víctimas y los gastos en que se
incurrió con ocasión del deceso.
La ley establece que incumbe a las partes probar
el supuesto de hecho de las normas que consagran los efectos jurídicos que
ellas persiguen (artículo 177 del C de P.C). En consecuencia, quien pretende
judicialmente la reparación de un daño debe probarlo, toda vez que este
elemento, como quedó explicado, es presupuesto indispensable de la obligación
de indemnizar.
“…la liquidación de los perjuicios ocasionados por
el delito se debe hacer de acuerdo con lo acreditado en el proceso penal, como
quiera que la acción civil dentro del proceso penal depende de que la parte
civil muestre la existencia de los daños cuya reparación reclama y el monto al
que ascienden…Así, las víctimas y perjudicados con el delito, como
manifestación del derecho a acceder a la administración de justicia, tienen
también un derecho constitucional a participar en el proceso penal que el
Estado está en la obligación de adelantar, derecho que no debe limitarse a la
declaratoria de responsabilidad penal, sino que, además, ha de extenderse a
la obtención de la reparación del daño cuando este se encuentre probado…..Al
margen del derecho que le asiste a la víctima del delito para constituirse en
parte civil dentro del proceso penal y con el propósito de garantizar la
reparación de los daños causados con el delito, la ley le impone al juez la
obligación de liquidar los perjuicios en todos los casos en que se profiera
sentencia condenatoria y se encuentre demostrada la existencia de los mismos…[58]
No se puede olvidar que le corresponde la carga de
la prueba en materia civil a quien formula la pretensión. En este caso los
accionantes se conformaron con presentar la demanda, pero sin realizar
actividades procesales para probar sus pretensiones; por ello, mal podría la
Sala ahora, en forma oficiosa, entrar a determinar unos perjuicios materiales
sin que exista el supuesto probatorio legal para ello.
“….Al margen del derecho que le asiste a la víctima del delito para
constituirse en parte civil dentro del proceso penal y con el propósito de
garantizar la reparación de los daños causados con el delito, la ley le impone
al juez la obligación de liquidar los perjuicios en todos los casos en que se
profiera sentencia condenatoria y se encuentre demostrada la existencia de los
mismos….y perjudicados con el delito, como manifestación del derecho a acceder
a la administración de justicia, tienen también un derecho constitucional a
participar en el proceso penal que el Estado está en la obligación de
adelantar, derecho que no debe limitarse a la declaratoria de responsabilidad
penal, sino que, además, ha de extenderse a la obtención de la reparación del
daño cuando este se encuentre probado…”[59]
Con fundamento
en los anteriores enunciados y
como quiera que no se demostró en forma fehaciente y concreta la causación de
algunos de los perjuicios solicitados, se procederá a fijar la indemnización
desde el punto de vista del daño moral, quedando comprendido dentro del mismo
el daño a la vida en relación.
“….La armonización de los textos legales citados permite inferir que
las exigencias para la demostración y liquidación del daño se predican del
perjuicio material, dejando al Juez la facultad de fijar los no valorables
pecuniariamente que son los morales de carácter subjetivado en razón a que
afectan el fuero interno de las víctimas o perjudicados, ya que se traducen en
la tristeza, el dolor, la congoja o la aflicción que sienten las personas como
consecuencia directa e inmediata del delito, cuyo único límite está determinado
por la ley a partir de factores relacionados con la naturaleza de la conducta y
la magnitud del daño causado…”[60]
Debe
precisarse, como lo ha expresado la Sala de antaño, que por haber ocurrido los
hechos en vigencia del decreto 100 de 1980, se debe acudir a dicha legislación,
aún tratándose de liquidación de perjuicios:
“….La Sala ha tenido oportunidad de ocuparse sobre el particular
(Casaciones 23687/06, 24985/07 29186/08, entre otras), bajo el supuesto de
entender que por razones de favorabilidad no es dable aplicarle al procesado
preceptos que van en detrimento de su situación personal, en forma tal que si
la nueva normativa contempla la posibilidad de que las consecuencias -aún
civiles-, del hecho punible lo avoquen a una mayor drasticidad, deben
desecharse y preferirse aquellas más benévolas a su situación…., En todo caso,
la doctrina de la Sala, acudiendo al criterio fijado en diversos proveídos,
según el cual "se opta por razón de la favorabilidad por la penalidad del
anterior ordenamiento sustantivo" y para el efecto se establece que
"se hace necesario también verificar cómo estaban previstas las
consecuencias civiles del delito y principalmente los montos máximos
permitidos" (Cas. 29985/07)…”[61]
Por lo anterior, con el criterio que viene exponiéndose en cuanto
a la aplicación del decreto 100 de 1980 tratándose de liquidación de perjuicios
y asumiendo los pronunciamientos del Consejo de Estado,[62] en punto de liquidación de perjuicios morales que
se deben reconocer, liquidar y pagar en salarios mínimos para dar cumplimiento
a los principios de equidad y reparación integral del daño, abandonando el
criterio de la condena en gramos de oro, se procederá a tomar como base para su
liquidación el valor del salario mínimo legal mensual fijado para el año de
1988, el cual era de $ 25. 637.40 pesos.
Resulta de las exposiciones ofrecidas en el
proceso, en particular respecto de María Patricia Restrepo, Esperanza Noris
Restrepo Cadavid y Luz Marina Escobar Cardona, que se encuentran acreditados
tanto los perjuicios morales como los referidos al daño en la vida de relación,
toda vez que sus vidas, luego de los cruentos hechos, se vieron seriamente
afectadas, no volvieron a ser las mismas, fueron separados de sus familias y
mantuvieron, algunas de ellas, sentimientos de culpa, considerándose causantes
de las muertes de sus congéneres debido a la militancia que tuvieron en la UP.
Ello modificó su comportamiento, vivieron con temor y zozobra, le dieron un
nuevo norte a su vida, produjo un alejamiento social que resultó perjudicial
para su desarrollo emocional.
Fueron estigmatizadas por haber pertenecido,
militado o apoyado a la Unión Patriótica, se les tildó de guerrilleras, lo cual
obviamente generó un temor que obligó a algunas de ellas a su desplazamiento o
al hacinamiento ante la pérdida de oportunidades laborales debido a los
señalamientos que se les hacía. Sobre
este particular la Corte, Sala Civil, expresó el criterio que pasa a
relacionarse el cual fue recogido por la Sala Penal en su decisión del pasado
25 de agosto de 2010[63]:
“…Como se observa, a diferencia del daño moral, que corresponde a la
órbita subjetiva, íntima o interna del individuo, el daño a la vida de relación
constituye una afectación a la esfera exterior de la persona, que puede verse
alterada, en mayor o menor grado, a causa de una lesión infligida a los bienes
de la personalidad o a otro tipo de intereses jurídicos, en desmedro de lo que
la Corte en su momento denominó “actividad social no patrimonial…..Dicho con
otras palabras, esta especie de perjuicio puede evidenciarse en la disminución
o deterioro de la calidad de vida de la víctima, en la pérdida o dificultad de
establecer contacto o relacionarse con las personas y cosas, en orden a
disfrutar de una existencia corriente, como también en la privación que padece
el afectado para desplegar las más elementales conductas que en forma cotidiana
o habitual marcan su realidad. Podría decirse que quien sufre un daño a la vida
de relación se ve forzado a llevar una existencia en condiciones más
complicadas o exigentes que los demás, como quiera que debe enfrentar
circunstancias y barreras anormales, a causa de las cuales hasta lo más simple
se puede tornar difícil. Por lo mismo, recalca la Corte, la calidad de vida se
ve reducida, al paso que las posibilidades, opciones, proyectos y aspiraciones
desaparecen definitivamente o su nivel de dificultad aumenta
considerablemente. Es así como de un
momento a otro la víctima encontrará injustificadamente en su camino
obstáculos, preocupaciones y vicisitudes que antes no tenía, lo que cierra o
entorpece su acceso a la cultura, al placer, a la comunicación, al
entretenimiento, a la ciencia, al desarrollo y, en fin, a todo lo que supone
una existencia normal, con las correlativas insatisfacciones, frustraciones y
profundo malestar..En este orden de ideas, la Corte, a manera de compendio,
puntualiza que el daño a la vida de
relación se distingue por las siguientes características o particularidades: a) tiene naturaleza extrapatrimonial o
inmaterial, en tanto que incide o se proyecta sobre intereses, derechos o
bienes cuya apreciación es económicamente inasible, por lo que no es dable
efectuar una mensura que alcance a reparar en términos absolutos la intensidad
del daño causado; b) adquiere
trascendencia o se refleja sobre la esfera externa del individuo, situación que
también lo diferencia del perjuicio moral propiamente dicho; c) en las situaciones de la vida
práctica o en el desenvolvimiento que el afectado tiene en el entorno personal,
familiar o social se manifiesta en impedimentos, exigencias, dificultades,
privaciones, vicisitudes, limitaciones o alteraciones, temporales o
definitivas, de mayor o menor grado, que él debe soportar o padecer, las
cuales, en todo caso, no poseen un significado o contenido monetario,
productivo o económico; d) no sólo
puede tener origen en lesiones o trastornos de tipo físico, corporal o
psíquico, sino también en la afectación de otros bienes intangibles de la
personalidad o derechos fundamentales, e incluso en la de otro tipo de
intereses legítimos; e) según las
circunstancias de cada caso, puede ser sufrido por la víctima directa de la
lesión o por terceros que igualmente resulten afectados, como, verbigracia, el
cónyuge, el compañero o la compañera permanente, los parientes cercanos o los
amigos, o por aquélla y éstos; f) su
reconocimiento persigue una finalidad marcadamente satisfactoria, enderezada a
atemperar, lenificar o aminorar, en cuanto sea factible, los efectos negativos
que de él se derivan; y g) es una noción que debe ser entendida
dentro de los precisos límites y perfiles enunciados, como un daño autónomo que
se refleja en la afectación de la actividad social no patrimonial de la
persona, vista en sentido amplio, sin que pueda pensarse que se trata de una
categoría que absorbe, excluye o descarta el reconocimiento de otras clases de
daño - patrimonial o extrapatrimonial - que posean alcance y contenido disímil,
ni confundirlo con éstos, como si se tratara de una inaceptable amalgama de
conceptos, puesto que una indebida interpretación conduciría a que no pudiera
cumplirse con la reparación integral ordenada por la ley y la equidad, como
infortunadamente ha ocurrido en algunos casos, en franco desmedro de los
derechos que en todo momento han de asistir a las víctimas….”[64]
Por concepto, entonces, de perjuicios morales,
quedando comprendidos dentro de ellos el daño a la vida de relación, se
establecerán los siguientes montos expresados en salarios mínimos legales
mensuales vigentes para la fecha de los hechos:
Para Esperanza
Noris Restrepo 800 salarios mínimos legales mensuales; para Luz Marina Escobar Cardona 500 y para María Patricia Restrepo 700, los cuales
deberán ser indexados al momento de la liquidación.
Por
concepto de daño moral, también representado en salarios mínimos legales
mensuales vigentes para la
fecha de los hechos: para María Farney Castaño de Idárraga 500;
para Wilmer Idárraga Castaño 400 y Jhoanny Idárraga Castaño 400, y para
Consuelo de Jesús Orozco de Agudelo 500.
Octavo. Determinaciones finales
Con base en las manifestaciones expresadas en la
vista pública por la señora María Emilse Restrepo Cadavid,[65] en el sentido de haber recibido amenazas, se
compulsarán copias a la Fiscalía General de la Nación, para que se proceda de
conformidad.
Compulsar copia al Consejo Superior de la
Judicatura y a la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue la
posible conducta punitiva en que pudo incurrir la abogada Gloria Rave, conforme
a citas que le figuran en el informe 606784 de fecha 24 mayo de 2011, folio 22
cuaderno Reservado.
Igualmente conforme a escrito que obra en el
expediente[66] en el cual se pone en conocimiento unos hechos
presuntamente delictivos referidos al candidato a la alcaldía de La Estrella
(Antioquia), compúlsese copias para la Fiscalía General de la Nación a fin que
se investigue la posible conducta en que pudo haber incurrido.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de
Justicia, Sala de Casación Penal,
administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
RESUELVE
Primero: CONDENAR a CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA, de notas personales y
civiles conocidas en el proceso, a la pena principal de treinta (30) años de
prisión y a la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por
diez (10) años, por la comisión de los delitos de concierto para delinquir y
homicidio agravado, agotado en las personas de:
Adalberto Lozano Ruiz, Carlos Enrique Restrepo
Cadavid, Carlos Enrique Restrepo Pérez, Diana María Vélez, Erika Milena
Marulanda, Fabio Jaramillo, Fabio Sierra Gómez, Francisco William Gómez Monsalve,
Gildardo Antonio Restrepo Cadavid, Guillermo Osorio Escudero, Guillermo de
Jesús Areiza, Henry Alberto Castrillón, Jairo Rodríguez Pardo, Jesús Aníbal
Gómez, Jesús Antonio Benítez, Jesús Antonio García, Jesús Emilio Calle Guerra,
Jesús Orlando Vásquez Zapata, Jorge Luis Puerta Londoño, José Abelardo Madrid,
José Alberto Osorno Betancur, José Danilo Amariles Ceballos, Juan de Dios
Palacio Múnera, Julio Martín Flórez Ortiz, Libardo Antonio Cataño Atehortúa,
Luis Adalberto Lozano Ruiz, Luis Ángel de Jesús Moreno San Martín, Luis Eduardo
Hincapié, Luis Eduardo Sierra, María del Carmen Idárraga, María Dolly
Bustamante, María Soledad Niño, Olga Agudelo Barrientos, Oscar de Jesús
Agudelo, Pablo Emilio Gómez Chaverra, Pablo Emilio Idárraga Osorio, Regina del Socorro
Muñoz Mestre, Roberto Antonio Marín Osorio, Robinson de Jesús María Arena, Rosa
Angélica Mazo Arango, Shirley Castaño Patiño, Vidalia Orozco Saldarriaga y tres
personas más no identificadas.
Y por el concurso de lesiones personales agravadas,
en perjuicio de la integridad personal de:
Mario de Jesús Villa, Johny Jaramillo Restrepo,
Norbey Jiménez, Macleris de Jesús Brando Soto, Guillermo Alzate Fonnegra,
Miguel Ángel Carrillo, José Antonio Palacios Bohorquez, Olga Palacios San
Martín.
Segundo. Declarar, por lo expuesto en la parte motiva de
esta decisión, que CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA no tiene derecho a la
suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni a la prisión
domiciliaria.
Tercero: Condénese al señor CÉSAR AUGUSTO
PÉREZ GARCÍA a pagar las siguientes sumas de dinero:
Por concepto de perjuicios morales, quedando
comprendidos dentro de ellos el daño a la vida en relación, los siguientes
montos expresados en salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha
de los hechos:
Para Esperanza
Noris Restrepo 800 salarios mínimos legales mensuales; para Luz Marina Escobar Cardona 500 salarios
mínimos legales mensuales y para María Patricia Restrepo 700 salarios mínimos
legales mensuales, los cuales se deberán indexar al momento de la liquidación.
Por
concepto de daño moral, también representados en salarios mínimos legales
mensuales vigentes para la
fecha de los hechos:
Para María
Farney Castaño de Idárraga 500 salarios mínimos legales mensuales; Wilmer Idárraga Castaño 400 salarios
mínimos legales mensuales, Jhoanny
Idárraga Castaño 400 salarios mínimos legales mensuales, y para Consuelo
de Jesús Orozco de Agudelo 500 salarios mínimos legales mensuales.
Cuarto: Compúlsese las copias a que se hace alusión en el capítulo
otras determinaciones.
Quinto: En firme esta providencia, remítase la actuación
al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que corresponda, para
lo de su cargo.
Sexto: La
Secretaría de la Sala enviará las copias del fallo a las que alude el artículo 472
del C. de P. Penal.
Contra esta sentencia no procede recurso alguno.
Cópiese, notifíquese y cúmplase
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
JOSÉ
LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO
A. CASTRO CABALLERO
MARÍA
DEL ROSARIO GONZÁLEZ M. GUSTAVO MALO FERNANDEZ
LUIS
GUILLERMO SALAZAR OTERO JAVIER
ZAPATA ORTIZ
Nubia Yolanda Nova García
Secretaria
[1] Fallecieron:
Adalberto Lozano Ruiz, Carlos Enrique Restrepo Cadavid, Carlos Enrique Restrepo
Pérez, Diana María Vélez, Erika Milena Marulanda, Fabio Jaramillo, Fabio Sierra
Gómez, Francisco William Gómez Monsalve, Gildardo Antonio Restrepo Cadavid,
Guillermo Osorio Escudero, Guillermo de Jesús Areiza, Henry Alberto Castrillón,
Jairo Rodríguez Pardo, Jesús Aníbal Gómez, Jesús Antonio Benítez, Jesús Antonio
García, Jesús Emilio Calle Guerra, Jesús Orlando Vásquez Zapata, Jorge Luis
Puerta Londoño, José Abelardo Madrid, José Alberto Osorno Betancur, José Danilo
Amariles Ceballos, Juan de Dios Palacio Múnera, Julio Martín Flórez Ortiz,
Libardo Antonio Cataño Atehortúa, Luis Adalberto Lozano Ruiz, Luis Ángel de
Jesús Moreno San Martín, Luis Eduardo Hincapié, Luis Eduardo Sierra, María del
Carmen Idárraga, María Dolly Bustamante, María Soledad Niño, Olga Agudelo
Barrientos, Oscar de Jesús Agudelo, Pablo Emilio Gómez Chaverra, Pablo Emilio
Idárraga Osorio, Regina del Socorro Muñoz Mestre, Roberto Antonio Marín Osorio,
Robinson de Jesús María Arena, Rosa Angélica Mazo Arango, Shirley Castaño
Patiño, Vidalia Orozco Saldarriaga y
tres personas más no identificadas.
[2]
Sufrieron lesiones: Mario de Jesús
Villa, Johny Jaramillo Restrepo, Norbey Jiménez,
Macleris de Jesús Brando Soto, Guillermo Alzate Fonnegra, Miguel Ángel
Carrillo, José Antonio Palacios Bohorquez, Olga Palacios San Martín.
[7] c. o. 9 folio 1
[12] El
artículo 338 de la ley 600 de 2000, dispone: “Formalidades de la indagatoria…A
continuación se le interrogará sobre los
hechos que originaron la vinculación y se le pondrá de presente la imputación
jurídica provisional.”
El artículo
342 de la misma ley dispone…”Ampliación de indagatoria… También se ampliará la
indagatoria cuando aparezcan fundamentos para modificar la imputación jurídica
provisional”
[13]
La fiscalía al resolver la situación jurídica mediante medida de
aseguramiento calificó la conducta como
un concurso de conductas de homicidio y lesiones personales.
[14] El
artículo 398 de la ley 600 de 2000, dispone en su numeral 3º, que la
calificación jurídica es provisional; y el artículo 404 idem, confirma ese
postulado, al dispone que: “Concluida la práctica de pruebas, si la calificación provisional dada a la
conducta punible varió por error en la calificación o prueba
sobreviniente respecto de un elemento básico estructural del tipo, forma de
coparticipación o imputación subjetiva… (se resalta)
[15] “…
la toma en consideración de los principios y derechos incorporados en el bloque
es necesaria, pues en el sistema de fuentes colombiano la constitución es norma
de normas y debe aplicarse de manera preferente, por lo que el operador
jurídico no solo debe inaplicar las normas contrarias a la Carta sino que, además, debe interpretar las leyes desde los
principios y valores constitucionales. Y cuando se habla de la Constitución
pues debe entenderse no solo el texto constitucional sino además los derechos y
principios que se encuentran incorporados al Bloque de Constitucionalidad.” Cfr.
Bloque de Constitucionalidad. Derechos Humanos y proceso penal. Uprimmy Yepez,
Rodrigo, pag. 65.
[16] La Corte ha señalado al respecto lo siguiente: “Desde 1991, por fuerza de la normativización de la Constitución que
antes se consideraba como un tema esencialmente político, la interpretación del derecho dejó de ser un problema de mera
hermenéutica o de lógica de buena voluntad, razón por la cual hoy en día la ley
solo puede tener sentido en la medida en que sus fórmulas realicen los valores
y principios del texto Superior y los tratados internacionales sobre derechos
humanos que conforman el bloque de constitucionalidad.
“Desde ese punto de
vista, los principios, las categorías dogmáticas y los sistemas procesales no
pueden considerarse a partir de interpretaciones que aíslen las normas que los
definen para rescatar su sentido literal, sino desde sus fines constitucionales,
de los cuales se destaca el de la construcción de un orden justo (Preámbulo
Constitucional).” Cfr, Sentencia de Casación del 20 de octubre de 2005,
radicado 24.026.
[17] “Los principios no son normas que
establezcan exactamente lo que debe hacerse, sino normas que exigen que ‘algo
sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las posibilidades jurídicas
y reales existentes. El ámbito de lo jurídicamente posible está determinado
por principios y reglas que juegan en sentido contrario.” Cr., Carlos Bernal
Pulido. El neo constitucionalismo y la normatividad del derecho. Ed. Externado
de Colombia.
[18] “…Colombia
hace parte de ese acuerdo ecuménico para la lucha contra la impunidad frente a
las más graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario.
Su compromiso se refleja en el hecho de ser parte de los principales
instrumentos internacionales que recogen el consenso internacional en esta
materia y que han servido de base para la creación de la Corte Penal
Internacional. Entre otros: i)
Convención para la Prevención y Represión del Genocidio de 1948, aprobada por
la Ley 28 de 1959; ii) Convención Internacional sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación racial, aprobada por la Ley 22 de 1981; iii)
Convención contra la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes,
aprobada como legislación interna por la Ley 76 de 1986; iv) Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Protocolo Facultativo aprobada
por la Ley 74 de 1968; v) Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada
por la Ley 16 de 1972; vi) Los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de
1949, incorporados a nuestro ordenamiento interno mediante la Ley 5 de 1960:
Convenio I, para aliviar la suerte que corren los heridos y enfermos de las
fuerzas armadas en campaña; Convenio II, para aliviar la suerte que corren los
heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar;
Convenio III, relativo al trato debido a los prisioneros de guerra; Convenio
IV, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra;
vii) Protocolo I Adicional a los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949, aprobado
como legislación interna por la Ley 11 de 1992; viii) Protocolo II Adicional a
los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949, aprobado como legislación interna por
la Ley 171 de 1994; ix) Convención sobre la represión y castigo del Apartheid
aprobada por la Ley 26 de 1987; x) Convención Americana contra la Desaparición
Forzada, incorporada a nuestro ordenamiento interno mediante la Ley 707 de
1994.
[19] “El carácter generalizado del ataque implica
que debe ser masivo, frecuente o lo que es igual, dirigido contra una
multiplicidad de víctimas, lo cual implica que la víctima es colectiva: el
grupo objeto del ataque, de ahí que se emplea la palabra ‘población’,
es decir, “el conjunto de personas que habitan la tierra o cualquier división
geográfica de ella, o el conjunto de individuos de la misma especie que ocupan
una misma área geográfica”, de manera que quienes cometen crímenes contra la humanidad tienen por
objetivo a individuos sobre una base colectiva o no individualizada.” Cfr,
Sentencia del 14 de agosto de 2012, radicado 36.981
[22]
En la sentencia mencionada, la Corte Interamericana en el caso Manuel Cepeda
vs. Colombia, señaló:
“En las fuentes
disponibles no se encuentran cifras inequívocas sobre el número de personas
víctimas de la violencia contra la UP. En 1995 los relatores especiales de
Naciones Unidas sobre tortura y ejecuciones extrajudiciales, sumarias o
arbitrarias, habían señalado que desde 1985 la UP había perdido ‘a más de 2000
miembros, con inclusión de un senador, tres diputados de la Cámara baja y
varios alcaldes y consejeros municipales, todos los cuales han sido asesinados
por motivos políticos’… De un documento elaborado en 2008 para el programa
Presidencial de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la república surge
que, en el periodo 1984 1993, 540 homicidios corresponden a miembros de la UP
con respecto al total de víctimas fatales y no fatales de violencia política
entre 1984 y 1994, pues en promedio, las víctimas de la UP representan el 40%
del total; aunque para los años 1986 y 1987 llegaron a representar casi el 60%
del total de las víctimas….”
[23]
“…el
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, reitera la independencia del
crimen de lesa humanidad con el conflicto armado, cualquiera que este sea, y
determina su existencia a partir de las conductas enumeradas en el artículo 7°,
siempre que se comentan con ocasión de un ataque generalizado o sistemático
contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque,[23]
lo cual quiere decir que los delitos de lesa humanidad contienen un elemento
material (ataque masivo o sistemático contra una población civil) y otro de
orden subjetivo (el autor debe tener conocimiento de la existencia del ataque).
Cfr, Ramelli Arteaga en el libro citado, páginas 272 a 278
[25] Al respecto, la Sala ha sostenido
que: “ el principio de libertad probatoria, de acuerdo con el cual, los
elementos constitutivos de la conducta punible y la responsabilidad del
procesado, entre otros aspectos, pueden ser demostrados con cualquier medio
probatorio, a menos que la ley exija una prueba especial para ello, situación
que no es dable predicar para el presente caso.” Cfr. auto del 4 de mayo de
2010, radicado 34003.
[26] Radicado 24959 del 16 de
marzo de 2006, entre otras.
[28]
Declaración Julio César Restrepo Cadavid, Cuaderno
Original 2, folio 232
[30]
Prueba del hostigamiento lo constituye el telegrama enviado por Juan de la Cruz
Mazo Hernández, Presidente del Concejo Municipal de Segovia, el 1 de noviembre
de 1988, diez días antes de la Masacre, al Procurador General de la Nación, en
el cual señalaba:
“Por segunda
vez antes de que el Municipio de Segovia y regiones vecinas se conviertan en
zonas como el Urabá y Magdalena Medio, denunciamos atropellos, instigamientos
(sic) a alcaldesa, concejales Unión Patriótica, militantes de la UP, Partido
Comunista y población civil, por parte de Fuerzas Armadas de Colombia
(Ejército) y grupos paramilitares, Muerte a revolucionarios del Nordeste M.R.N,
y similares, mediante boletines amenazantes y otros concejales Unión
Patriótica, por intermedio Presidencia del Concejo, solicitamos desplazar una
Comisión Procuraduría. No permita señor
Procurador que por falta de atención a denuncias claras, Segovia sea otra Mejor
Esquina del país. Atienda nuestro llamado, aún no es tarde.”
[31]
Ana Rosa Cadavid Vda. De Restrepo, esposa del dirigente liberal Carlos Enrique
Restrepo Cadavid, en su declaración del 15 de noviembre de 1988, para indicar
la selectividad con que actuaron los ejecutores de los homicidios, “… entonces
ahí mismo tocaron la puerta de Emilio Cano, le dieron dos golpes con las
escopetas, entonces un muchachito de esa casa que no se como se llama, oyó que
uno de ellos dijo, ahí no es, es en esta y señalaron la casa mía. Entonces ahí
mismo nos gritaron de la calle abra la hijueputa puerta…”
[32]“…
y para referirme al nordeste de Antioquia, nosotros obtuvimos una muy buena
votación, siendo los primeros comicios en los que participábamos. El riesgo
para el partido liberal se empezó a
sentir y ellos nos hicieron sentir su miedo con la creación del MRN y el MRN
empezó a amenazar a la población civil en el Parque de Segovia. Aparecieron
panfletos que decían hemos creado el MRN para recuperar esta región,
guerrilleros y comunistas HP se tendrán que ir o van a morir….” Declaración de Rita Ivonne Tobón Areiza,
agosto 16 de 2010 folio 242 C .O.
2.
[33]
“… luego después de la primera elección
de alcaldes, aparecen otros donde dicen que ellos defienden y están por
Humberto, no recuerdo el apellido, que había salido alcalde por Remedios y por
el doctor César Pérez García, y para
ello contamos con el apoyo de Sigifredo Zapata, baluarte de César Pérez en el nordeste antioqueño.
En ese tiempo Sigifredo Zapata cogió un panfleto y decía, “ya ve lo que vamos a
hacer” En el Parque de Segovia dijo esto no es más que el principio. Para todo
el mundo era claro algo que todo el mundo repitió siempre y que era una
certeza: que toda esta orientación venía de César Pérez.” Declaración de Rita Ivonne Tobón Areiza, agosto
16 de 2010 folio 242 C .O.
2.
[34] Alonso de Jesús Baquero, acerca de la vinculación de orgánicos del
Ejército Nacional con las autodefensas y la llamada Masacre de Segovia, señaló:
“Henry Pérez me dio la orden de hacer la vuelta en Segovia, mejor no me dio la orden sino que dijo que
qué pasaba en Segovia que yo no le había metido el diente a esa área, entonces
yo le expliqué los motivos que eso estaba muy organizado por la guerrilla y que
tocaba con despacio. Entonces me dijo Henry que nada, que la misión mía era
hacer en esos días la masacre en Segovia y ahí fue cuando yo me reuní con Navas Rubio.
[35]
Entre las razones que se ofrecieron en el decreto 1038 de 1984 para declarar
turbado el Orden Público y el Estado de Sitio en todo el territorio nacional de
conformidad con el artículo 121 de la Constitución de 1986, se señaló la
necesidad de enfrentar actos contra el Orden Constitucional y la Población
civil por la operación de grupos armados al margen de la ley. En esa línea, el
artículo 7 del decreto 180 de 1988, señaló que el que forme parte de un grupo
de sicarios o de una organización terrorista, incurriría por ese solo hecho en
una pena de 10 a
15 años de prisión.
[36] “El
problema que toda cultura, sociedad o Estado debe resolver es trazar los
límites, dentro de los cuáles el ser humano puede ejercer esa libertad. Esta delimitación de los márgenes, dentro de
los cuales se permite el libre desarrollo de la personalidad y el ejercicio de
la libertad por parte de los individuos, se llama ‘seguridad’. Esta no es más
que la expectativa que podemos razonablemente tener de que no vamos a ser
expuestos a peligros o ataques en nuestros bienes jurídicos por parte de otras
personas.’
[37] La
Corte Suprema de Justicia, en sentencia del 23 de septiembre de 2003, Radicado
19712 señaló: “… la conducta punible de
concierto para delinquir es un acuerdo de voluntades para cometer delitos
indeterminados, el cual para su existencia basta con la comprobación del pacto
de asociación delictiva de manera permanente, sin que sea necesario
particularizar los medios que se van a emplear. Distinto acontece con la
comisión de delitos en concreto, en la que se planifica cómo va a efectuarse
cada uno de estos.” A su vez, el
mismo Alto Tribunal en decisión del 22 de julio de 2009, radicado 27852
puntualizó: “Condición esencial para la
configuración de esta especie delictiva es, por tanto, la creación de una
asociación u organización para violar la ley penal, estructura que presupone, a
su vez, la confluencia de varios elementos, (i) un número plural de personas,
(ii) un acuerdo de voluntades que convoque a los asociados alrededor de un
mismo fin, y (iii) la proyección de la organización en el tiempo con carácter
de permanencia.” Por su parte, La
Corte Constitucional en relación con los elementos constitutivos del delito de
concierto para delinquir señaló en la Sentencia C 241 de 1997 lo siguiente: “Cuando
se señala como elemento constitutivo esencial del concierto para delinquir, que
la societas sceleris pretenda la comisión de "delitos
indeterminados", ello no puede interpretarse en el sentido de que el tipo
penal se desvirtúa si la organización criminal se especializa en la comisión de
un determinado tipo de delitos; la
indeterminación que señala la doctrina como esencial para que se configure el
delito del concierto, se refiere a la disposición de los sujetos activos del
delito, de trascender la mera comisión en un espacio y tiempo determinados, de
uno o varios y específicos hechos punibles, caso en el cual se configura la
coparticipación, pues el rasgo distintivo del tipo penal que se analiza es el
carácter permanente de la organización que se dedica sistemáticamente a las
actividades delictivas, la cual opera como una empresa organizada, que como tal
se "especializa" en determinadas conductas.
[38] Corte Suprema de Justicia, Sala de
Casación Penal, Casación 19-02-2009, Rad. 31077
[39] Corte Suprema de Justicia, Sala
Penal, Casación 17-06-2010, Rad. 33734
[40] Corte Suprema de Justicia, Sala
Casación Penal, Casación 24-02-2010, Rad. 31946.
[41]En
lo sustancial, Ricardo Téllez Gómez manifestó: “lo que señalaba Baquero ya en
el aspecto eminentemente práctico… que esa orden se la impartían desde Medellín
y que era financiada por Rodríguez Gacha y que había políticos de Antioquia y
de Santander, y mencionaba a Pérez
García a César Përez, que decía que era quien había cuadrado el asunto…
“Pero de César
Pérez me decía que era él que había hablado con gente de Medellín y con el
mexicano que era el que financiaba toda la operación, que había hablado con él
y con los Pérez, creo que con Henry Pérez, mencionaba, para hacer lo de
Segovia, para limpiar a Segovia y otros municipios de la UP.” Declaración
noviembre 4 de 2010, folio 221
C .O. 4.
[43]
Alejandro Reyes Posada, quien entrevistó a Fidel Castaño, condensó que
éste manifestó lo siguiente:
“Cuando la mafia quiso atacar la
guerrilla lo hizo sin una política ni una alternativa económica para la gente.
Dijeron que tenía que limpiar a Antioquia para poder vivir bueno. César Pérez
García me pidió que llevara mi guerra contra las guerrillas a Antioquia, cosa a
la cual me negué.”
[45] Declaración folio 22, anexo 8.
[46] Informe 5063 noviembre 17 de 1988, folio 218, anexo 13.
[47]
El doctor Gaviria Zapata manifestó: “Preguntado por
la defensa: Le pregunto en su primera y segunda reunión que usted asistió
personas o grupos políticos hicieron relación a la participación de César Pérez a la gravedad que se estaba
viviendo. Contesto: Jamás en ninguna
de esas veces se Mencionó nada; eso se vino a mencionar mucho tiempo después no
sabría precisar en el tiempo cuándo fue
pero lo hizo un diputado de la época el doctor Gabriel Jaime Santamaría en un
discurso público que él era diputado de la UP años después diciendo que la
masacre de Segovia, el que tenía que ver era César Pérez García y él, que era el amigo de César Pérez García, nos
encontramos con él en Medellín y le dijo a César ahí te metí en un baile vas
haber como te vas a salir de el porque en el discurso dije que el
partido liberal en cabeza tuya era el
que tenia que ver con la masacre de Segovia y se puso a reír y eso quedó allí
no se le dio importancia y mas sin embargo eso con el tiempo fue creciendo esta
bola de nieve hasta ver las circunstancias en que se está ahora….”declaración
de septiembre 16 de 2010, folio 99
C .O. 2.
[52]
Anexo 1 folio 8
[53]
Anexo 1 folio 9
[54]
Anexo 1 folio 9
[56] Para el delito más grave, que es el homicidio agravado, la pena oscila
entre dieciséis (16) a treinta (30) años de prisión. De acuerdo con el artículo
61 de la ley 599 de 2000, el cuarto mínimo va de 192 a 234 meses; los cuartos
medios, entre 234 un día a 276 meses y 276 y un día a 318 meses; y el último
cuarto, entre 318 meses y un día a 360 meses.
[58] Corte Constitucional, referencia: expediente
D-4020 Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 97 de la Ley 599 de 2000, “(p)or la
cual se expide el Código Penal”. Actor:
Camilo Andrés Baracaldo Cárdenas Magistrado Ponente: Manuel José Cepeda
Espinosa. Bogotá, D.C., C- 916 DEL veintinueve (29) de octubre de dos mil dos
(2002).
[59]
Corte Constitucional, Referencia: expediente D-4020 Demanda de
inconstitucionalidad contra el artículo
97 de la Ley 599 de 2000, “Por la cual se expide el Código Penal”. Actor: Camilo Andrés Baracaldo
Cárdenas Magistrado Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa, Bogotá, D.C., C- 916
DEL veintinueve (29) de octubre de dos mil dos (2002).
[62]
Consejo de Estado, Sección Tercera, proceso No. 13.232 - 15646 de 6 de
septiembre del 2001 en el mismo sentido sentencias números 13767, 12013, 13131
[63] Ver Casación Rad 33833.
[64]
Corte Suprema de Justicia, Sala Casación Civil, M.P. César Julio Valencia Copete, Mayo 13 de 2008, Rad.
11001310300619970932701.
[66] c.o. 13 folios 177 a 182
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