jeudi 2 mai 2013



LA CRISIS DE LA REPRESENTATIVIDAD POLITICA (I)



ALEJANDRO URIBE BEDOYA

El autor es un escritor e historiador que fue expulsado  de varias instituciones de Colombia por sus conocimientos sobre el fascismo.  Él fue expulsado de la FLACSO sede México por profesores franquistas españoles y argentinos que le impidieron graduarse como maestro en Ciencias Sociales.  Fue vetado en la Universidad Tecnológica de Pereira y expulsado de varios colegios entre ellos el Colegio “Manuel Elkin Patarroyo” de donde lo licenciaron  por crear un cine-club antifascista, del Colegio Aquilino Bedoya por defender las comunidades indígenas y del Colegio Agustín Nieto Caballero por crear un sindicato de educadores por contrato.  Él ha sido adoptado como refugiado político por el Estado de Ginebra en Suiza y allí continúa sus estudios sobre la sociedad colombiana.




“Hay dos formas de concebir la política, una como el arte de hacer negocios otra como el arte de respetar los derechos humanos; ello determina dos tipos de representantes políticos, el primero el político empresario con el que los más débiles están perdidos y serán infelices, el otro el verdadero líder, que aportará en grado sumo a la felicidad del pueblo.  Los políticos utilitarios abundan como gusanos en la mata de col, los líderes sociales son como el oso panda, pocos y en vía de extinción” (intervención en el I Congreso internacional de violencia social y familiar, Manizales mayo 28 de 1999).

INTRODUCCION




El siglo XXI ha mostrado lo intenso de los cambios políticos en América Latina:  la caída del PRI en México, el ascenso de Hugo Chávez en Venezuela y su desaparición, la crisis de Fujimori en el Perú y el triunfo de la izquierda, las insurrecciones en el Ecuador y la reelección de Rafael Correa, la complejización del conflicto armado en Colombia y el inicio del proceso de paz, la crisis Argentina y  el ascenso de la izquierda entre otros.  Estos procesos han sido sorpresivos para muchos, un militar de izquierda que triunfa y se transforma en un simbolo, era algo impensable para los analistas futurólogos en un continente en donde la guerra fría se expresó dramáticamente en la formación de los mandos militares en la doctrina de la seguridad nacional, en Colombia Harold Bedoya no  pudo pelechar en la opinión pública colombiana; ultraderechista en esencia,  su doctrina antisubversiva no conquistó las simpatías políticas, mientras lo contrario, la propuesta antiimperialista si prosperó en Venezuela, país en donde la doctrina de la seguridad nacional fue igualmente propagada en la mentalidad de los oficiales.  El caso Argentino es más sorpresivo; país hasta hace poco catalogado como una de las potencias económicas de Latinoamérica,  se encuentró a principios de siglo en una crisis sin precedentes que lo colocó en una situación social idéntica a la de países como Haití; hambre, miseria y protestas, superada por una impactante izquierda a la que se adherieron importantes deportistas como Diego Maradona.

El común denominador de estas crisis a principos de siglo fue  la crisis de representatividad o mejor, la crisis de los representantes políticos que lenta y paulatinamente se deslegitimaron y se sumieron  en crisis de credibilidad que los hecieron merecedores de repudios públicos, alzamientos donde los fustigaron y derrotaron electoralmente y críticas que envíaron a varios al exilio y a otros les provocó su muerte política.  Los siguientes renglones son un análisis de la forma, características y consecuencia de esta crisis de representatividad que se vivió y se vive en la Colombia de ayer y de hoy.  La meta fundamental al auscultar el problema es crear un material de reflexión que le sirva a los lectores no solo para conocer  el problema, sino también para que asuman una posición ética frente a él.  Es lógico que el sujeto político gobernante es el elemento más importante de toda democracia, en el fondo las crisis políticas surgen de las crisis de los representantes y la direccionalidad de las acciones de éstos moldean la forma de gobierno del  sistema político y las respuestas de aprobación o desaprobación que la sociedad de frente a el.  Lo que hace el gobernante en el poder, el cómo lo hace, él para qué y para quien actúan son preguntas que al responderlas nos dan pautas para entender las posibilidades de que se desaten crisis políticas en un país o conjunto de estos.

I.  LA DEFINICION DE REPRESENTANTE POLITICO

El representante político es en el sentido ideal el sujeto encargado de llevar la vocería de un grupo de personas que ha depositado su confianza política en él, que le han dado la función de ser ellos en el gobierno.  Por ende la base electoral es la que le da legitimidad a un sujeto para que lleve la palabra de un grupo, defienda sus intereses.  Es  el gobernante; la principal tarea que se le encomienda es la de gobernar y en un sentido ético de hacerlo bien en función de los beneficios sociales. Ningún representante político es elegido para hacer las cosas mal, el elector parte del supuesto de que quien va a ser elegido es el mejor.

Otro término que lo identifica  es el de líder político, sin embargo, las diferencias son claras, hay muchos de ellos, pero no todos son representantes, se supone que estos últimos son los mejores, ese es el criterio social ideal con el cual se asemeja el representante político.  Es de entender que las definiciones sobre liderazgo político también lo cobijan, pero la acepción “especial”  lo cataloga mejor.  Se supone que él representante es un líder especial, no solo por  que le han delegado la función de representar, sino porque posee cualidades personales que lo diferencian de otros líderes políticos no representantes, ellos poseen las mejores cualidades, el mayor carisma o el mayor poder de convencimiento, el mayor arraigo en los sentimientos de los miembros de su partido o de personas que simpatizan con él.  Es un modelo de perfección, de confiabilidad, de eficiencia y de seguridad de que con él, el partido progresará y crecerá,  obtendrá prestigio y más poder  e impondrá su proyecto político.

Pero el representante político expresa además el imaginario ideológico de su partido:  “él más claro”, el más formado, el que conoce mejor la ideología de su partido y más allá,  el que es capaz de conquistar la mentalidad de personas y convencerlas de identificarse con el contenido ideológico de las propuestas partidistas.  No se concibe uno  que no conozca el imaginario político colectivo de las ideas de su partido,  defenderlas a capa y espada es su función primordial, quienes las traicionan pueden hundirse en crisis de legitimidad primero con sus propios copartidarios y posiblemente con sus electores.

Además de ser un líder y un ideólogo, es un ser carismático:  detrás de el hay un conjunto de personas que lo admiran, lo siguen y están dispuestas algunas a dar la vida por él.  Es lo que se llama un caudillo, un hombre defendido y querido, parecido a un artista, que penetra en los sentimientos de la gente y es aplaudido por su propósito de hacer bien, de mejorar el bienestar de otros.  Pero el también es un ser racional, es inteligente, conoce de criterios acerca de cómo gobernar y demuestra que lo hace bien, muchos son admirados por su profesionalismo, por su capacidad técnica y si no la poseen hay profesionales de su partido que en su nombre ponen a disposición del gobierno sus conocimientos para darle prestigio al representante y su partido.

Pero más allá de ello, es también una persona que expresa valores y sentimientos, un hombre no solo de carne y hueso sino también un ser con un sistema emocional que se forma en su interacción con la sociedad.  Sin embargo, muchos de estos valores y sentimientos están determinados por las estructuras de la sociedad, casi son ellas las que moldean en buena parte los comportamientos del representante, a excepción de aquellos que deciden oponerse a ellas y seguir la lógica natural de la representatividad, que a mi parecer son muy pocos.

Todos estos elementos vuelvo y recalco son los que lo definen en un sentido ideal, sin embargo, en la práctica  se deforman, muchos de ellos dependen en su funcionalidad del juego de intereses y esa deformación es la que produce lo que he llamado la crisis de representatividad, que es el objeto de nuestro análisis y que se forja desde los problemas de la representatividad política.


II.  LOS  PROBLEMAS DE LA REPRESENTATIVIDAD POLITICA

Ellos surgen con las características de las estructuras sociales,  la estructura económica representa el primer problema que deforma la definición natural del representante político.  La relación entre el y la estructura económica lo hacen  un dirigente que muy posiblemente tenga que traicionar los intereses de su gente para acomodarse a las exigencias del entorno económico.  Desde 1990 se inició en América Latina la puesta en marcha de la Estrategia para las Américas que impuso el Neoliberalismo.  La gran pregunta es porqué la mayoría de los representantes que aprobaron  ese modelo, lo hicieron aún a sabiendas de lo perjudicial que significaba para sus propios electores, muchos de ellos  se empobrecieron debido a su actitud de apoyo al  neoliberalismo ¿ por qué muchos de esos representantes en vez de perder políticamente, ganaron?

La pregunta no es difícil de responder: la coacción del poder económico hizo que el representante se definiera por traicionar al elector, pero más allá de ello, también las prebendas económicas ofrecidas al líder por la sociedad empresarial, las posibilidades en los medios de comunicación.  Ellos aumentaron su poderío económico, ganaron aliados poderosos que aumentaron su poder personal, pero ¿porqué no entró en crisis su representatividad?, ¿Por que su discurso y los medios de comunicación convencieron al elector de que esa era la mejor estructura económica para él, así fuese en realidad la fuente de su ruina?.  Es una clara demostración de cómo el representante es coaccionado por las estructuras económicas y como ellas también moldean sus comportamientos.  Allí tenemos que concluir algo, el representante  está untado de utilitarismo, son ampliamente interesados y no desechan la defensa de intereses económicos, no renuncia a los beneficios económicos personales que sus actuaciones le puedan dar, sin embargo,  por lógica esto es algo oculto, algo que el no dice, lo guarda como un gran secreto conocido solo por  quienes hacen negocios con el y que sale a la luz pública cuando en la lucha política se abre el espectro de contradicciones que culminan en la denuncia, en “aventarlo”  y en desprestigiarlo como un ser corrupto ante la sociedad, situación que lo pone en aprietos o le produce en algunos casos su muerte política, en otros hábil y maquiavélicamente el la hace pasar desapercibida, sin embargo, siempre tendrá los medios de comunicación que cuando están a su favor ocultan el hecho, pero si son contrincantes le recordaran sus actos de corrupción cada vez que el se lance a la arena política.

En América Latina estamos repletos de casos de corrupción, de traición del electorado, el solo ejemplo del Neoliberalismo basta para demostrarlo, no hubo país del continente en donde no se aplicara el modelo neoliberal a excepción de Cuba y no hubo clase política que no triunfara en este propósito, las cifras sobre pobreza de la CEPAL señalan que no hubo país  en donde el neoliberalismo no provocara pobreza y  en donde el representante  no se beneficiara económicamente del neoliberalismo, todos sus apóstrofes ganaron económicamente algo.

El otro ejemplo es el problema de la deuda externa, clara muestra de la influencia latente de las estructuras económicas en los comportamientos políticos de los representantes.  No hay país en el cual el pago de intereses de la deuda no afecte las economías locales, gran parte del empobrecimiento de América Latina, de las crisis fiscales se debe al pago de intereses de ella.  El Fondo Monetario Internacional obliga a los gobiernos a adoptar políticas de ajuste que lesionan el gasto social, que encarecen el costo de la vida.  Lo paradójico es que los representantes antes que pensar en el electorado y la defensa de sus intereses toman partido por las políticas de ajuste obedeciendo las orientaciones de los banqueros internacionales.

No son solo, las estructuras económicas, son también las estructuras sociales las que los coaccionan.  Una estructura social como la nuestra basada en el principio del Apartheid social deforma claramente sus funciones.  ¿Que intereses opta por defender, los de las plutocracias, los de la clase media o los de los sectores populares?, La existencia de estos tres mundos sociales, totalmente diferentes, antagónicos, también pone en entre dicho su papel.  En toda sociedad es menor cuantitativamente hablando el número de gentes de la oligarquía y de la clase media alta y mayor el número de individuos de los sectores populares y de la clase media baja.  Clase media-baja y pueblo tienden a identificarse como clases sociales, clase media alta-oligarquía igual, sin embargo en número de individuos los primeros son mayoritarios, es decir,  que el representante tiene mayores posibilidades de elección si influye sobre el primero de los bloques;  Cada bloque suelta a sus representantes en cada elección y cada uno de ellos se compromete a defender sus intereses, los problemas surgen para los  de las plutocracias, Alvaro Uribe  sé autoproclamó como un riquito en los noticieros de televisión y ganó las gentes del pueblo prometiendo que la guerra en Colombia la financiarán los impuestos de los ricos, todos los candidatos presidenciales tienden a agitar ideas que se acoplan a la defensa de los intereses de los más oprimidos, incluyendo los candidatos de las burguesías.

La gran deformación empieza cuando son elegidos; en realidad la influencia de los ricos es enorme, el representante debe defender sus intereses, de otra manera es catalogado como un tirano, en el fondo se le obliga  a practicar su segunda traición, para ello las oligarquías, dentro de ellas la empresa privada, los terratenientes y la mafia entregan poder y privilegios, dinero e influencias.  El caso de Hugo Chavez, nos muestra que puede suceder cuando un representante se niega a traicionar el principio de defender las plutocracias, que son también transnacionales;  su discurso y decisiones antioligárquicas, su principio “Que tiemble la oligarquía” han llevado a Venezuela al borde de una clásica guerra civil, el país se ha divido en simpatizantes de los estratos altos, con los empresarios al mando de un movimiento antichavista que agitaba la idea de que el presidente, elegido por votación popular,  es un tirano que había que hacer ir del poder, en otros países como Chile los dictadores fueron aliados de los más pudientes y fueron tildados por ellos como héroes de la Democracia; uno de los más importantes demócratas del mundo para los Estados Unidos, es el dictador de pervez Musharraf  de Pakistán quien dirigió durante 8 años una cruel dictadura militar apoyada por los gringos, solo por el hecho de prestar su territorio para atacar los Talibanes.  Curiosamente los representantes honestos que se rebelan contra las traiciones a que los obligan las estructuras sociales aparecen como los tiranos.

En las sociedades de Apartheid social, el mundo de la concentración del capital busca manipular y manejar al representante político, los obligan a doblegarse a su mundo, utilizan el simbolismo religioso para presentarlos como hijos de dios, si  siguen los designios de la plutocracia, los obligan a seguir las pautas de comportamiento de su mundo tradicional, a ser distinguidos, elegantes, elitistas, discriminadores y así el representante termina como otro oligarca, un hombre que vive en este mundo, él  ya no acepta vivir en el mundo de quien los eligió.  Potentados como Habig Mereg, se vestían como gentes del pueblo en sus correrías políticas, pero no negaba su raigambre oligárquica y sostenía sus propuestas combinando la defensa del mundo oligárquico, con la defensa de los intereses de la clase media colombiana.  La familia Gaviria Trujillo, potentados de la construcción en Pereira, llegaron a poner como máximo mandatario a Cesar Gaviria hoy presidente de la OEA, con consignas de defensa de las clases populares y terminaron imponiendo políticas de privatización, perjudiciales para el pueblo.  En Risaralda son claros los ejemplos de hombres que son de raigambre popular y terminaron como oligarcas y grandes propietarios  por las prebendas del mundo empresarial; el modelo típico es el de Roberto Galvez, un ejemplo diferente es María Isabel Mejía, gran terrateniente y potentada regional  que hizo política prometiendo defender los intereses de los desposeídos, para acoplarse en el Senado con la defensa del mundo empresarial.

Una sociedad no educada para estudiar al representante termina engañada, el analfabetismo político hace que la gente pague con alto costo su apoyo al líder elegido, que en el fondo no  representará sus intereses, regalará su representatividad a los grandes propietarios.  En Dosquebradas, el movimiento de educadores siglo XXI, un movimiento de maestros por contrató, apoyó en las elecciones para Alcalde a Elder Villegas, votaron por él, el primer año de su mandato les quitó el empleo a todos, disminuyó sus salarios y resultó ser peor para los intereses de sus votantes que los antagonistas electorales por los que no votó el colectivo de catedráticos,   el alcalde en mención  es un mal representante y expresa la crisis de ellos.

Pero hay un tercer problema provocado por la estructura política, las alianzas políticas, la forma de la dinámica de la vida política.  Los intereses personales del representante lo obligan a fortalecerse políticamente, a buscar alianzas con grupos políticos poderosos para aumentar su poder y surge la tercera traición, para crecer en su poder personal se entrega o vende su representatividad a plutócratas o empresarios de la política que pueden ascenderlo políticamente, pero que le exigen un compromiso contundente con la defensa de ciertos intereses personales.  El mayor opositor del pastranismo en Colombia fue Alvaro Uribe, por lo menos hasta antes del 20 de febrero del 2002, fecha en la cual se rompieron los acuerdos del Caguán, muchos de los representantes pastranistas incluyendo oficialmente al Partido conservador se adhirieron a su candidatura, difícilmente el representante  opta por ser honesto, escoge la traición. 

Políticamente todo líder electo promete defender la democracia y la participación, sin embargo, el autoritarismo político es más benéfico, el busca “hacer lo que le dé la gana”, montar su propia autocracia, le fastidian las asambleas decisorias, consultar al elector;  El verticalismo lo convierte en un dictador y al elector en un parroquiano dispuesto a ver al dirigente como cierto comandante que dirige una guerra o un santo de su devoción, la prometida democracia desaparece, el representante no está dispuesto a consultar con su base si está de acuerdo con tal o cual alianza, si no le gusta simplemente que se vaya de su directorio.  Autoritarismo y aún totalitarismo son los términos con los cuales el representante termina traicionando su base electoral, el odio al sindicalismo, a las organizaciones de derechos humanos, a las veedurías de control que le fastidian porque pueden denunciarlo y que claramente defienden intereses de base son típicos del representante de centro y de derecha, allí se cuaja este problema de la representatividad que es sin duda uno de los más álgidos de las crisis políticas.

Pero también las estructuras culturales inciden en el problema  de la representatividad; el simbolismo cultural de quien representa puede oponerse a los intereses de la base que lo eligió.  Una comunidad de base religiosa, busca que  defienda los principios religiosos, lo mismo sucede con una comunidad de base liberal o socialista.  La cultura política del representante también da vaivenes, según se lo exija el medio y según sean congruentes con sus intereses personales;  para el  surgen muchas contradicciones en este sentido, un líder racista elegido  no tomará partido por defender los intereses de las negritudes o de las comunidades indígenas,  aparecerá ante ellas como un reaccionario y se hará antipopular, pero a su vez, el  tiende a manipular el ideario cultural, puede intentar ganar votos y popularidad levantando consignas que beneficien los sectores negros o indígenas y terminar traicionándolos.

En el ámbito cultural,  también esta coaccionado por la cultura burguesa mediatizada por los principios mercantiles y utilitarios que le exigen  comprometerse con la defensa de lo mercantil, de la relación costo-beneficio, mientras la sociedad necesitada le exige  comprometerse con lo no utilitario, con los proyectos sociales, con el beneficio común y no con el individualismo.  Al optar por la cultura del mundo empresarial, el representante termina practicando una cuarta traición, generada por un problema surgido desde la estructura cultural.

Es de entender que no-solo las estructuras inciden en sus comportamientos, ellos también se moldean desde las conductas individuales que tienen que ver con los principios y valores de quien representa, desde la cotidianidad que le impone formas de comportamiento específicas; por ejemplo, el riesgo de perder su popularidad obliga a muchos  a tener que rebelarse frente al mundo de la cultura burguesa e identificarse con el mundo de la cultura popular.

El ámbito psicológico incide ampliamente en su imagen, quienes se acoplan al principio de ser “zorra astuta que aparenta bondad” culminan tarde o temprano desprestigiados por la opinión pública; la crisis de prestigio es el reflejo de la del representante mismo, lenta y paulatinamente se van hundiendo en ella cuando no atiende las necesidades comunitarias, ello hace que aumente la desconfianza de su elector; el desprestigio se acelera cuando materialmente aumenta la desigualdad social y disminuye el bienestar,  la ineficacia del “zorro astuto” se hace relucir cuando el ciudadano ya no confía en sus palabras y se decide a denunciarlo o a manifestar públicamente su inconformidad; el aliado clave  es el medio de comunicación y los clérigos que buscan con canciones y oraciones aplacar el desespero de las gentes.  El caso argentino es un ejemplo típico de ello, después de que se desata la crisis económica en el 2000,  el medio de comunicación desvía la atención de la causa de la crisis hacia el empresario como responsable fundamental, más no también hacia el representante como fiscalizador del devenir económico, el dirigente político sale bien librado a excepción del presidente que es obligado a renunciar, luego saltan a la palestra los cantantes, que componen cánticos que invitan a bailar y no a protestar, a sumirse en la alegría en medio de la pobreza y a auyentar el hambre con canciones sin condenar la clase política,;  la crisis argentina debió haber culminado en un relevo de los representantes políticos que no tomaron las medidas indispensables para evitarla  legislando con anticipación una política económica adecuada;  vinieron las imagines más impresionantes: argentinos desesperados por el hambre, asaltando supermercados, sacrificando reses de los ganaderos y vendiendo su propio pelo, la pregunta clave es ¿Quién pasa la cuenta de cobro al representante político por esto?, muy probablemente en las próximas elecciones se compraran muchos votos, se cambiarán por puestos y continuarán los mismos en el Congreso.  Algo parecido a lo que sucedió en Colombia durante las elecciones legislativas del 2002,  fueron elegidos mayoritariamente los mismos congresistas del anterior periodo, en un país donde el desempleo pasó del 12 al 21%, el subempleo al 37% y la cifra de pobres pasó del 50 al 75% según datos de la CEPAL, aumentó la violencia y lo más delicado hoy se roban más plata del tesoro nacional que hace cuatro años, en el 2001 la cifra de pérdidas por corrupción ascendió a 1 billón de pesos, según las denuncias recientes  del Banco Mundial y hubo una profundización del modelo neoliberal que implicó mayores despidos masivos.  ¿Porqué el elector se decidió por los mismos representantes?, el clientelismo, la compra y venta de votos, los auxilios parlamentarios para consolidar candidaturas y la utilización de recursos estatales para financiar campañas son algunas de las causas, pero más allá de ello, la cultura política del colombiano continúa siendo muy subordinada, muy temerosa de castigar al dirigente y de premiar alternativas más honestas,  se nota también que es una cultura de la indiferencia por los altos niveles de abstención electoral, que le da legitimidad a unos líderes elegidos sumidos en el desprestigio y que consiguen sus votos en un gran número, no por buenos cualitativamente hablando, sino por tener mucho dinero.





III.  MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTATIVIDAD POLITICA

El representante tiene que crear una imagen y son los medios de comunicación las que se la forjan.  La batalla por aparecer en los medios de comunicación es cotidiana, sin medios de comunicación  es un desconocido, de allí la importancia tan fuerte de ellos en el proceso de su elección; la imagen forjada desde el medio de comunicación es la que le da aceptabilidad y popularidad.

En ellos tiene que aparecer como un distinguido, respetable, honesto, honrado e inteligente.   Artistas, cantantes y deportistas explotan políticamente su imagen forjada desde los medios lanzándose como candidatos, ello es prueba palpable de la importancia de la vídeo política en la época de la postmodernidad.

Es importante resaltar que son los medios de comunicación los encargados del control político, ellos no están exentos de la dinámica que impone la sociedad de apartheid social, la ley de la existencia segregada;  si al representante se le exige defender a toda costa la sociedad empresarial y un compromiso latente con las plutocracias, son los medios de comunicación los encargados de vigilar ese compromiso, de allí surgen las contradicciones o las avenencias en la relación entre él  y los medios de comunicación.  El representante pro-burgués, generalmente es reconocido y felicitado, se le da imagen, se le entrevista, mientras el rebelde, tratado como un subversivo es fustigado y no se le entrevista.  Las elecciones presidenciales en Colombia para el 2002 es clara prueba de ello, una amplia propaganda a Alvaro Uribe, declarado representante de las oligarquías y una discriminación de los demás candidatos quienes salen en prensa, pero no con todos los privilegios del líder plutocrático, de tal manera que a toda costa los representantes buscan ganarse los medios de comunicación, defender su orientación y sus principios ideológicos, ello hace que surja otra traición, ya que el  tiene que acoplarse a la dinámica del medio y abandonar su sentido original:  condenar como subversiva una marcha que hacen sus electores o una huelga o la creación de un movimiento de protesta y curiosamente son los medios de comunicación los que anuncian esa traición.  Durante su campaña electoral Pastrana prometió mejorar las condiciones de los educadores, su propuesta más importante fue el acto legislativo 012 que culminó en la ley 715, nefasta para los profesores, las protestas de muchos de sus votantes que vieron en el un agente de cambio fueron señaladas como subversivas por el presidente, quien tuvo en los medios de comunicación el principal agente aliado para buscar el desprestigio social de los maestros y golpear el movimiento.  Hugo Chavez ha tenido como uno de los grandes opositores las cadenas televisivas que se han convertido en los principales aliados de la clase que controla el gran capital, se han enfrentado a sus partidarios y han buscado deslegitimar el poder del presidente, es un ejemplo claro en el cual el representante es antagónico con el medio.

El líder elegido entiende que sin el apoyo del medio es muy difícil que salga airoso, por ello su principal tarea es conquistarlo, cederle privilegios;  muchos periodistas se lanzan a la arena política, en Colombia todos los presidentes han tenido alguna relación con los medios o han dirigido alguna cadena televisiva.  Han deformado los medios el sentido de la política, las elecciones por ende no son claras y transparentes ya que sobre ellas y la elección de los representantes está la mano de las cadenas televisivas, radiales y la prensa de manera indirecta o directa, son las fuerzas ocultas que solamente podemos ver mediante el análisis, es el poder invisible que hace que el representante claudique ante él y traicione su propósito original. ¿ Cómo me presente en el medio?: ¿Cómo un buen ciudadano?; ¿Cómo un mal dirigente? El compromiso con el poder dejando a un lado la crítica al sistema  es la vía más fácil.  Muchos encargados de representar aún sabiendo que la guerra perjudica ampliamente la sociedad, se comprometieron con ella auspiciando el fin de los diálogos de paz, por la moda que impusieron los medios de criticar los proyectos de pacificación.  Quien hablara a favor de la guerra obtenía más simpatías y por ende más votos, a excepción de unas minorías que no entraron en la moda que impusieron los noticieros.

Pero también los medios dependen de los representantes, así que tienen que relacionarse con cautela especialmente con las bancadas mayoritarias.  Críticas fuertes a ellos los obligarían  a replantear la relación Estado-medios de comunicación a través de las leyes o señalan a un medio como parcializado;  sin embargo,  es lógico que todo medio tiene un tinte político y ellos también tienen sus propios elegidos.  El primer compromiso del medio es el político.  Liberal, conservador, de izquierda o socialista o también independiente, el político o él numero de representantes determina el poder del medio que no tendrá problema si tiene amplia representación política y que los tendrá si no la tienen, cada cadena radial y televisiva y periódico tiene su propio color político.


IV.  LO QUE SE DICE Y LO QUE SE HACE

Otro problema clave para entender la crisis de la representatividad política estriba en diferenciar el decir, del hacer;  adiestrado perfectamente en el decir, con una alta elocuencia, quien representa halla buena parte de su credibilidad en lo que se dice.  Con los discursos que defienden la propiedad privada, las buenas costumbres, la defensa del libre mercado y de la competencia se ganan el mundo oligárquico, en este no es suficiente el decir, debe además ser de ese mundo, tener abolengo y suficiente capital, pero también experiencia en la defensa de los intereses plutocráticos.  La clase media se la ganan defendiendo las libertades y la promesa de que no se atentará contra el bienestar, se sostendrá el empleo y el crecimiento económico y a las mayorías con el discurso social, la promesa de que él es el Mesías que los sacará de su situación de pobreza.  El hacer es otra cosa; en Colombia anualmente se pierden un billón de pesos por efecto de la corrupción, ha sido clasificado  como uno de los países más corruptos del mundo y no hay representante que en su discurso electoral no reivindique la lucha contra la corrupción,

El sitio donde vive refleja a su vez la dicotomía entre el decir y el hacer: tradicionalmente habitante de los barrios altos, lleno de comodidades y lujos no les toca vivir la experiencia de los que no tienen nada; los pocos que surgen de los que no tienen nada terminan asimilando ese mundo, viviendo en él y alcoholizados.  El caso de un lustrabotas que llegó al concejo de Bogotá y terminó utilizando sus recursos en los mismos vicios de las clases altas, es un testimonio de que ni los pobres se escapan a estas reflexiones.  Con esto hay algo claro, los representantes alejados del mundo de las necesidades se desarticulan de su base electoral y terminan denunciando la pobreza, pero viviendo en la riqueza, condenando la corrupción pero practicándola. 

La raíz del problema estriba en la empresarización de la política, la conversión de lo electoral en un mercado con oferentes y demandantes en donde el propósito final es el lucro o la obtención de ganancia.  El elegido, más que un gobernante es un negociante que invierte un capital en lo electoral y a toda costa tiene que sacar ventajas económicas de tal inversión, el producto tiene que servir como mecanismo de enriquecimiento mientras su discurso expresa un compromiso altruista.

El elector por lógica lo evalúa  por lo que se dice, más no por lo que se hace, lo que le permite al líder relegitimarse y acreditarse ante un elector sin capacidad de evaluación desde lo practico.   En los momentos en los cuales lo que se hace es ampliamente perjudicial, viene la sanción de la opinión en contra, sin embargo, ello depende de los medios de comunicación y sus principios.  Para los medios fueron importantes las medidas neoliberales, por ello ningún representante fue fustigado, aliados importantes de ellos pasan desapercibidos en sus acciones siempre y cuando se acoplen a los intereses plutocráticos.

Diversos ejemplos son patéticos:  Fujimori hipnotizó por años con su proyecto de Cambio 90 a la opinión pública peruana, apareció como el santo redentor capaz de eliminar sus males.  Su prestigio fue de tal envergadura que no hubo medio de comunicación que no lo apoyara, hasta los líderes de la oposición terminaron en el desprestigio  ante el avance avasallador del presidente: su verticalismo, la revocatoria del congreso, la derrota de Sendero luminoso, la liberación de rehenes de la embajada japonesa le subió ampliamente su popularidad, pero lo más importante fue su discurso, la capacidad de convencimiento de miles de peruanos de que su gobierno era el mejor de América Latina, su oposición al narcotráfico y a la corrupción.  Sin embargo, luego de su caída nos encontramos con verdades que impresionan: aliado del narcotráfico, ampliamente corrupto y autoritario y altamente ineficiente en lo social.   De casos como este estamos inundados, presidentes que aparentan ser democráticos pero que en la práctica son altamente autoritarios.


V.  LOS VALORES Y LA REPRESENTATIVIDAD POLITICA:  UTILITARIMO Y HONESTIDAD


Lo que más vigilan los medios de los representantes, son sus valores y comportamientos,  los acosan con ellos.  Desde comportamientos personales, embarazar una joven, tener varias mujeres, ser o no drogadictos, hasta comportamientos sociales:  como se viste, con quien anda o cuales son sus aficiones.  Pero el gran problema no estriba en estos particularismos, sino fundamentalmente en su actitud frente a la política.

Si la sociedad exige valores de honestidad, la practica le exige acoplarse al mundo empresarial y asimilar los valores de la empresa, los principios de la utilidad.  Dispuesto a desertar del grupo sino hay beneficios, a abandonar proyectos, a dejar amigos a traicionar su palabra; todos estos rasgos son comunes en el representante.  Altruismo o egocentrismo, cooperación o individualismo, sentido social o empresarial: al líder elegido indefectiblemente le toca escoger y el mundo capitalista lo hace decidirse por  el individualismo, lo empresarial y el egocentrismo.  Ello se debe en buena parte a que el representante piensa dentro de su imaginario que el hecho de haber triunfado se debe a su iniciativa individual y no al trabajo y la decisión de un conjunto, es por ello que en múltiples ocasiones termina perdiendo al conglomerado y su credibilidad, cuando lo necesita vuelve y lo busca, pero ya es tarde tiene construir otro grupo.

Esta clasificación de los valores, identifica su tipo, el dirigente empresarial que se contrapone al dirigente social. Ambos con metas y prácticas totalmente disímiles, mientras al primero le preocupa el beneficio de la política, al otro la credibilidad y el bienestar de su grupo; el primero es el clásico líder de las sociedades burguesas, el otro es una especie de intruso al que hay que aislar según los negociantes; el primero ofrece prebendas y poder, se alía con los más poderosos, el otro ofrece bienestar y es un caudillo protegido por sus electores cuando estos son de los sectores populares.


VI.  VIOLENCIA Y REPRESENTATIVIDAD POLITICA

Otro problema del representante político es su relación con la violencia, en las sociedades menos conflictivas estos no se relacionan con ella ya que no la tienen en sus instrumentos de lucha política, pero es normal que en las sociedades más conflictivas y desiguales los individuos busquen a través de la violencia imponer voluntades, conseguir o sostenerse en el poder;  el representante puede ser sujeto u objeto de violencia.

Es sujeto de violencia cuando la utiliza para conseguir metas que favorecen sus proyectos, apoyo a grupos  paramilitares, guerrilleros o al aumento del gasto militar, pasando además con la dirección clandestina de grupos violentos, ejemplos típicos de ellos son Pablo Escobar, Pablo Emilio Guarín o el grueso número de senadores y representantes a la cámara ayudados por los paramilitares en Colombia o el financiamiento de paramilitares en México por el PRI, o la organización de las rondas campesinas en el Perú por representantes políticos.  La política en sociedades desiguales requieren de amplia coacción, ya sea para reproducir la desigualdad o para acabar con ella.

La relación del representante con las fuerzas armadas es clave en este sentido, algunos se lanzan a la palestra política en nombre de ellas y buscan fortalecerlas, caso Alvaro Uribe Vélez  o Harold Bedoya, otros construyen su movimiento bajo principios de oposición al militarismo y al armamentismo, las preferencias de los militares con los primeros, lógicamente son enormes y las simpatías con los segundos son muy bajas a tal punto que sectores de las fuerzas armadas organizan clandestinamente grupos encargados de eliminar a los  indeseados, u otros representantes contribuyen a ello; la eliminación en Colombia de un grueso numero de representantes de la Unión Patriótica fue responsabilidad de sectores de las fuerzas armadas y de otros representantes que fustigaban a la UP; la UP surgió en si misma de una propuesta de la FARC, lo que disgustó a otros representantes que los asimilaron como enemigos armados, ello justificó la intervención física. (VER ANEXO)


Pero también el representante es objeto de violencia, el se encuentra cotidianamente amenazado por las intensiones de aplicar sobre él la represión física, ya sea porque contribuye a reforzar políticas económicas o sociales indeseadas o porque es un opositor gubernamental; en los países de mayor violencia contra representantes como España o Colombia, se convierte en algo común los atentados sobre estos; hay otros en donde son esporádicos,  en momentos de crisis o de recesión la gente masivamente amenaza con linchar los representantes que para ellos son los causantes de los malos momentos, en algunos casos el representante opta por unirse a las protestas de las muchedumbres para evitar recibir los embates de la violencia social, esto se pudo ver en las protestas ecuatorianas de principios de siglo.  En Colombia los enemigos más violentos de los políticos elegidos son los grupos paramilitares y la guerrilla: secuestros, atentados y amenazas los han convertido en un blanco apetecido, para el caso de los paramilitares, un representante es cuestionable y puede ser intervenido físicamente cuando muestra algunos síntomas de ser un comunista, critica las fuerzas armadas, simpatiza con algunas propuestas políticas de la guerrilla, apoya el sindicalismo o es un opositor del paramilitarismo, según sea su papel, sufre los rigores del castigo de la extrema derecha que van desde el secuestro hasta el asesinato; algunos representantes son retenidos para enviar mensajes a los medios de comunicación.  Con la guerrilla sucede lo opuesto: fustigan duramente al representante de extrema derecha neoliberal, al que impulsa políticas antipopulares que lesiona los intereses de los más débiles, al que simpatiza con el paramilitarismo o está comprometido con él, apoya las fuerzas armadas o es enemigo del sindicalismo, en otros casos se le retiene  para presionar un canje por guerrilleros presos u obtener recursos.

La violencia también se presenta entre los mismos representantes, ejecuciones para ganar espacio político o defender territorialidad son estimuladas por los más violentos: Opositores o contrincantes son eliminados clandestinamente y el partido agresor se queda con las curules de la víctima, de ejemplos estamos llenos: Puerto Boyacá era en la década del setenta un municipio completamente comunista, el concejo en pleno lo conformaban comunistas que siempre ganaban las elecciones; la incursión de la violencia con Pablo Emilio Guarín que eliminó los comunistas le entregaron el municipio al liberalismo; en Risaralda, contrincantes serios para los liberales como Jaime Salazar Robledo y Gildardo Castaño, fueron eliminados por sicarios que beneficiaron los liberales, partido que se quedó con sus curules, la mayoría de las curules de los miembros de la Unión Patriótica asesinados fueron reemplazadas por liberales.  En los momentos en que se detecta el vínculo criminal es lógico que el  representante sufre los rigores de la ley, dependiendo de su importancia es encarcelado o se oculta su culpabilidad.  Carlos Lemonds Simons, al declarar como comandante guerrillero a Bernardo Jaramillo incitó a los paramilitares a asesinarlo, dos días después de sus declaraciones fue ejecutado y sobre Simonds no hubo ninguna investigación.   Por otro lado, son cotidianos los enfrentamientos  en los espacios legislativos que culminan en agresiones verbales y en trompadas, patadas o palazos, este tipo de escándalos son una expresión de violencia que puede culminar en rencillas fuertes y amenazas, es una expresión de la descomposición del sentido de la política. 

¿Es el representante político un hombre violento? Claro que sí, en la mayoría de ellos se encuentra la necesidad de la coacción implícita. Para el caso colombiano, una de las conclusiones más importantes en este aspecto es que el  no ha dejado de ser un hombre coactivo nunca; se nota que en Colombia no se ha podido construir la paz debido precisamente al poco compromiso de los líderes políticos elegidos en las políticas de diálogo, en la búsqueda de la paz a ellos les toca hacer las reformas; el fracaso de la política de paz de Belisario Betancur, se debió en esencia a la visón antireformista y proviolencia de los representantes a la cámara y senadores que no se comprometieron a votar por las reformas sociales que requería el proceso y optaron por apoyar las políticas de guerra que van desde la creación de nuevos batallones, aumento del presupuesto militar y el fortalecimiento de las legislaciones represivas; Para ellos los diálogos con los guerrilleros se deben hacer sin contraprestación alguna y sin sacrificios de los privilegios de las plutocracias, por ello se acoplaron muy bien a la política de mano tendida y pulso firme del presidente Virgilio Barco, quien otorgó privilegios personales a un grueso grupo de guerrilleros que terminaron desmovilizados, sin sacrificar los privilegios de las clases pudientes y de los representantes; con Cesar Gaviria fue igual, su revolución pacífica aceleró el conflicto armado, su política neoliberal engrandeció el problema de la violencia:  el representante mayoritariamente se acopló al gobierno y lo acepto, ayudando en su Estrategia contra la violencia desde la represión y la confrontación armada con enormes sacrificios para la sociedad que vio disminuido el gasto social, el continuismo fue parte de la política del Salto Social de Ernesto Samper, quien no tuvo reparos de los representantes; la política de paz de Andrés Pastrana fue todo lo contrario, ella si provocó reacciones de inconformidad en los representantes; La sola entrevista con tirofijo en las selvas de los llanos orientales, la instalación personal del proceso por el presidente provocó escándalo en un grueso número de representantes y senadores y la posibilidad de diálogo amplio así como la creación de la zona de distensión fue un estímulo para el repudio de los representantes de extrema derecha de amplia presencia en el congreso, ni siquiera las comisiones de paz del senado tuvieron credibilidad, su presidente terminó secuestrado por la guerrilla en una clara prueba de la poca simpatía de los alzados en armas para con los representantes, varios de los cuales culminaron retenidos por los insurgentes; De nuevo se vislumbró el poco compromiso de los senadores y los representantes con la solución del conflicto, situación que se notó después del 20 de febrero del 2002 cuando se rompieron los diálogos de paz: la mayoría de ellos felicitaron al presidente.  Concordó esta posición con el informe del Banco Mundial que anunció que los mayores focos de corrupción en Colombia se encontraban en el Congreso, es decir los más grandes corruptos de Colombia son los representantes.

VII.  EL PROBLEMA DE LA CORRUPCION

Colombia ha sido catalogado como uno de los países más corruptos del mundo, eso significa que posee los dirigentes más corruptos del orbe.  El representante nuestro es un ladrón a excepción de unos pocos que controlan y vigilan las  acciones de los que roban, algunos de ellos culminan en el cementerio o en el exilio.  Las causas de la corrupción son claras: la enorme cantidad de recursos que maneja el Estado y las pocas posibilidades de control, la facilidad de enriquecerse rápidamente, pero también la poca preparación de nuestro representante, cualquiera puede serlo y en efecto se convierten en ellos deportistas, cantantes, emboladores, narradores deportivos y actores de televisión y muchos impreparados para manejar el Estado, gente sin experiencia ni compromiso, hombres utilitarios y egoístas contagiados de un mundo capitalista que le rinde culto al dinero y su obtención fácil.

Chanchullos, serruchos, desvió de recursos, enriquecimiento ilícito son entre otras las formas;  en Colombia se roban cada año dos billones de pesos, hecho que lamentan los medios de comunicación y lo hacen precisamente quienes ellos apadrinan, quienes se benefician de la mayor propaganda de estos.  Es claro que el elegido se convierte con ello en un acelerador del subdesarrollo,  necesita de el  para reproducir su poder, curiosamente el  político necesita de pobres para construir su discurso contra la pobreza y ganar simpatías hay quienes lo hacen robándose los recursos estatales que deberían invertir en salud y educación; Quien los denuncia  es tildado como un “sapo”, que puede ser eliminado.  El proceso ocho mil fue un intento de derrumbar el poder corrupto de muchos representantes, varios se fueron a las casa-cárcel, una muestra más de la desigualdad, siguieron su pachanga y vida cómoda disfrutando en ellas los recursos que asaltaron al Estado, situación problemática que llena de inconformidad a las gentes más honradas que esperan un castigo más severo.

La gente espera un representante honesto, una persona capaz, pero ante  tanto poder el líder termina claudicando, en países como Colombia la vigilancia tiene que hacerse desde afuera; el Banco Mundial ha denunciado la delincuencia política, el ciudadano espera que sea la procuraduría, la defensoría del pueblo, la contraloría o el mismo presidente.  Violaciones a derechos humanos y corrupción son lo que más se esconde, no es muy rentable denunciarlas y ello se debe a la forma del régimen del político, en sistemas de partidos hegemónicos es difícil el control interno por las claras relaciones políticas que existen entre los gobernantes y los organismos de control, ellos son del mismo partido y no se denuncian entre ellos, ya que ello significa traicionar al propio partido o movimiento.  Pero la denuncia desde afuera se hace cuando los robos perjudican las arcas internacionales, el Banco Mundial requiere del pago oportuno de los intereses de la deuda y es indispensable que alguien proteja los recursos estatales de la banca transnacional, es por ello que en ocasiones los mismos representantes denuncian los atropellos de estos organismos financieros, algunos lo hacen por principios, pero otros denotan rencillas que surge de las contradicciones especificadas. 

La crisis de honradez culmina también en contradicciones entre los mismos dirigentes de los partidos, enfrentamientos, ya que en la medida en que unos se benefician otros se perjudican, especialmente los candidatos presidenciales, a las gobernaciones o alcaldías; en los momentos de debate electoral pierden ampliamente la credibilidad por las denuncias de sus opositores políticos, la misma opinión pública los llama a cuentas.  Sin embargo, el poder económico trasciende más allá de la misma imagen del candidato, es posible encontrar un acusado con poder detrás de la campaña de un representante influyendo con toda fortaleza y poniendo y quitando funcionarios, manipulando oficinas, ejerciendo el poder invisible buscando nuevamente liderazgo y credibilidad.

VIII.  EL REPRESENTANTE POLITICO Y LA SOCIEDAD CIVIL

En sociedades con crisis de representatividad política, la comunidad tiende a desconfiar del representante político y ven un gran número como un mal necesario;  mal, porque muchos comprenden su impotencia, ineficacia, ineptitud y falta de honradez; los constantes escándalos hacen que la sociedad civil cree estereotipos generalizados en los que el representante aparece como un bandido, ladrón o corrupto, quienes no votan esgrimen en su mayoría este criterio, en Colombia son más de la mitad mas uno.  Necesario, porque la comunidad necesita del líder elegido, lo explota, juega con él, busca que le haga favores y lo ve también como una esperanza para sacarlo de su situación de desempleo y miseria.

Desde la sociedad civil el desprestigio del representante político se construye desde diversos factores, pero el más lacerante es la pobreza, de ella el desempleo.  En momentos de crisis económica es mayor el número de actitudes negativas y más amplias las posibilidades de odio sobre los representantes, pero también reformas tributarias, alzas de tarifas, pueden hacer que la comunidad se lance a insultarlos.  La búsqueda de relevos hace que líderes de la sociedad civil eclosionen y se conviertan en alternativas frente a los desprestigiados; se forja con ello la confianza en un líder nuevo, con nuevas promesas, que inicia un nuevo ciclo de prestigio y desprestigio.

A pesar de las actitudes negativas, buena parte de los representantes subsisten políticamente y cada día pueden volverse más fuertes, ello lo hacen manteniendo el control desde los puestos burocráticos aprovechando la alta abstención que mantiene su hegemonía en el poder, baja votación general hace que sus votos personales sean mayoría, una amplia ventaja para él.  Cada funcionario es el líder y él tiene que poner el número suficiente de votos para que no se queme en la elección.  Los auxilios parlamentarios o los recursos de las oficinas estatales refuerzan ese poder electoral, por ello la sorpresa en las elecciones.  ¿Porqué líderes desprestigiados, tildados como caciques logran mantenerse en el poder indefinidamente?: ¿Porqué otros de mayor prestigio social no logran una curul?, El sentido empresarial, clientelista  y utilitario de la política hace que sean más fuertes y con mayores posibilidades los empresarios políticos, quienes ven la política como un negocio ya que tienen la ventaja de otorgar prebendas a una sociedad civil que ha enraizado los valores burgueses de utilidad y ganancia, costo-beneficio y lucro personal.

Es por ello que la crisis de la representatividad política también tiene que ver con los valores de la sociedad civil y en las sociedades capitalistas, en la vida política de estas, ellas son el oferente de un artículo que se intercambia utilitariamente: el voto.  Al acostumbrarse a ello, lo bien que se hace el oficio del gobierno no tiene sentido, lo bien que actúa un líder tampoco.  Es lógico que ello refleja una sociedad civil analfabeta políticamente, con una cultura política de la indiferencia, sin una capacidad de votar inteligentemente, para quienes el ejercicio de la democracia puede parecerse a una transacción comercial, de ello se beneficia ampliamente el representante quien tiene el pasaporte para ejercer todos los actos de corrupción y pillaje sin una sociedad civil controladora y castigadora.

No hay mecanismos de educación de la sociedad civil, ya que la formación política de esta está limitada a colegios, escuelas y universidades en donde no se educa todo mundo y en donde la educación política es supremamente débil,  El educador no se le mide a politizarse y a sembrar valores de honestidad en la cultura política, no solo porque puede ser perseguido, sino también porque puede confundirse con un político, lo que le trae enormes problemas.  Además hay un desgano en el joven a formarse políticamente, no lo encuentra agradable y lo interpreta como una asignatura retazo de menos importancia que las matemáticas o las ciencias naturales; obtenemos al final del proceso un producto educativo indiferente políticamente con muy bajas posibilidades de liderazgo; el mismo sistema educativo se encarga de estirpar la semilla y los líderes tradicionales no encuentran oponentes formados, lo que asegura el triunfo de los relevos generacionales de las plutocracias formados en universidades privadas.

La crisis del representante expresa entonces la crisis de la sociedad civil indiferente y despolitizada, sin cultura política participativa y subordinados a los designios de la clase política sobrearmada y amenazante, violenta y elitista que culmina atemorizándolo, situación lamentable en un momento en el cual la clase gobernante debiese ser forjadora de democracia y participación.  A largo plazo ello es perjudicial para la sociedad, puesto que el anquilosamiento de la comunidad genera culturas  congeladas, no cambiantes,  democracia centrífuga y no centrípeta que estallan en enormes conflictos propios de sociedades verticales en donde sectores de la sociedad civil optan por insurrecciones y levantamientos a través de la violencia, desatando desangres innecesarios. 


IX.             EL REPRESENTANTE POLITICO Y LOS DERECHOS HUMANOS

Suponemos que una de las funciones fundamentales del representante es la de garantizar la vigencia de los derechos humanos; a la sociedad civil le toca cumplir con sus deberes y ella espera que el representante cumpla con la tarea de otorgarle sus derechos.  Son precisamente quienes representan los que redactan las constituciones y las aprueban y en consenso le dan legalidad al conjunto de derechos humanos necesarios.  Las crisis de representación política tienen como causas y traen aparejadas crisis de derechos humanos en las cuales el representante político es un agente desconocedor o violador de los derechos establecidos en las constituciones.

Es una clara traición sobre sus electores; quien vota por un representante supone que el defenderá sus derechos y hará todo lo posible por garantizarlos, trabajará con la meta del bienestar de la sociedad; es claro que para el representante ello significa un riesgo, puesto que luchar por los derechos de unos puede significar sacrificar los privilegios de otros.  En los momentos de mayor desconocimiento de los derechos humanos el representante tiende a hacerse “el de la vista gorda” y aún más, a enfrentarse a quienes desde la sociedad los reivindican, precisamente por las situaciones problemáticas que ya hemos anunciado con anterioridad, esto es su relación con las estructuras sociales que deforman su acción natural o lo que debería ser.

Las políticas de privatización, de venta de empresas estatales, son una clara prueba de ello: atentan contra el derecho al trabajo y al representante no le interesa eso; el derecho a la paz es un derecho fundamental en Colombia y sin embargo, la mayoría de los representantes políticos han sido  agentes de la guerra;  la falta de políticas estatales han hecho que la construcción y comercialización de viviendas esté en manos privadas, lo que resulta ampliamente costoso para más de la mitad de la población necesitada; la alianza con las oligarquías evita que el representante se comprometa con políticas favorables de vivienda para no crear situación que disminuyan la cuota de ganancia privada.  Mujeres que mueren en las puertas de los hospitales, hospitales públicos sin presupuesto, disminución del gasto social, son una clara prueba del poco compromiso del representante con los derechos humanos.  En Cali, en momentos electorales, se prometieron carnets del Sisbén a quienes votaran por ciertos candidatos; desde el día siguiente a las elecciones se presenció una romería impresionante de gentes en búsqueda del carnet, lo que generó un enorme problema de orden público, en un claro ejemplo de la forma como los representantes trafican con el derecho a la salud.

La pregunta fundamental es si nuestro representante político cumple con el propósito fundamental de ser un defensor y un luchador por los derechos humanos y la respuesta es contundente: muy raramente.  Si algo detesta el representante político nuestro, es luchar por los derechos humanos o hacer que lo reconozcan como tal en un país en donde quien lucha por ellos es reconocido como un subversivo, aliado de las guerrillas que puede ser eliminado o desaparecido; han sido precisamente los representantes, los responsables en un pasado de estereotipar a las organizaciones defensoras de los derechos humanos de esta manera, aprobando estatutos antiterroristas, legislaciones contra la violencia y la subversión y medidas de orden público que culminaron en la detención, tortura, desaparición, destierro y muerte civil de líderes de los derechos humanos a los cuales se les Macartiza a el y sus familias, no se les da empleo y se les persigue.  Un gran esfuerzo en este sentido fue el hecho por el presidente Pastrana en una de sus directivas presidenciales,  la 07 de 1999 en la cual ordenó no perseguir luchadores por los derechos humanos ni organizaciones defensoras de estos ; el enorme problema continúa siendo si los representantes y funcionarios están dispuestos a cumplir con tal directiva.  En Dosquebradas fueron expulsados del magisterio alrededor de treinta y cinco miembros de la organización Educadores Siglo XXI, hecho motivado en el secretario de educación Albeiro Cárdenas con orientación del Alcalde Elder Villegas por el simple hecho de participar en reuniones del  Sindicato de Educadores del Risaralda; esta administración tenía un grupo de educadores por contrato sin título pedagógico algunos encargados de informar a las autoridades municipales  quienes  asistían a reuniones sindicales, la lista negra de sindicalistas dio como resultado la negación del contrato a más de cincuenta de ellos.

Un caso más patético es el del Colegio Manuel Elkin Patarroyo de Doquebradas en el cual todos los educadores laboraban por contrato, hubo de parte de la administración municipal un trabajo estricto para detectar sindicalistas, con infiltrados internos que culminó en el despido de la amplia mayoría, solo se le renovó contrató a los más antisindicalistas que en esencia representaban el cinco porciento; quienes llegaron a demandar a la administración por abusos, enviaron cartas de reclamo, asistieron a asambleas del sindicato o hablaron en público no se les renovó contrato; lo increíble fue que el Alcalde Elder Villegas se ganó la alcaldía prometiendo respeto a los derechos humanos y participación, muchos de los que votaron por el porque simpatizaban con este discurso fueron expulsados del magisterio, simplemente no se les renovó el contrato.

La guerra más acérrima de los representantes contra el sindicalismo y las organizaciones defensoras de los derechos humanos que se ha presenciado en Colombia desde tiempos inmemoriales es una de las pruebas más patéticas de que la crisis de representatividad actual se debe en esencia a que nuestro representante no cumple con el requisito de ser un defensor de los derechos humanos.  La pobreza en aumento, el desempleo, la corrupción hace que nos preguntemos ¿Qué hace el representante nuestro contra ello? Y la respuesta indiscutible es,  muy poco, es agente en muchos casos de estos problemas; dijimos que al representante le interesa que exista esa realidad porque de ella construye su discurso, pero su carácter plutocrático le impide comprometerse con cualquier solución.  Ellos presencian la tragedia enorme de muchos seres humanos cuando pasean por las ciudades y ven la mendicidad y los tugurios, son testigos cotidianos cuando se dirigen a sus elegantes casas a comer sus viandas hechas con toda la delicadeza o cuando asisten a las boutiques y los cocteles, los clubes sociales y los elegantes restaurantes, son personas que ven el hambre, el abandono y el desempleo esto es la violación masiva de los derechos humanos, pero su carácter de negociante lo convierten en otro inconsciente más, un hombre que refleja la crueldad del gobernante de la postmodernidad.
Me parece que en la redacción de la declaración universal de los derechos humanos se olvidó que uno de los grandes derechos del hombre es a no ser engañado, la lucha por el derecho a ser representado con transparencia y honradez es una de las grandes reivindicaciones de los hombres de hoy, puesto que es evidente que en la deformación de los principios y el actuar de la representatividad se encuentra una de las raíces fundamentales de las grandes crisis políticas de nuestro tiempo:  tenemos derecho a ser representados con dignidad, transparencia y sin traiciones, ello haría de nuestro régimen político algo menos injusto.

Tan importante como esto es el afán del representante de controlar las organizaciones de derechos humanos, las Organizaciones no gubernamentales (ONGS) e inclusive las veedurías ciudadanas, es así como las posibilidades de dominio autoritario y corrupción son mayores; la creación de sus propias ONGS a las cuales les entrega los proyectos y contratos del Estado y de los cuales se lucra, es muy común en la actualidad, obtienen amplios recursos producto de ayudas externas que sirven para sostener aparatos con los cuales aumentan su influencia y sus votos.

Estas entidades, se hicieron populares desde la década del noventa, por lo menos en Colombia, se fundaron numerosas ONGS y también veedurías ciudadanas que buscaban defender desde el medio ambiente, la paz, los derechos humanos, de los niños, de la mujer, de los ancianos, etc.; muchos de ellos aparatos políticos camuflados.  Los ejemplos son bastantes, pero debemos referirnos a algunos de Risaralda; Carlos Alberto Cromsweith, actual diputado, obtuvo un buen número de sus votos desde la manipulación de veedurías ciudadanas y desde las reuniones de la Fundación Espiral, para discutir con los líderes barriales el problema de los servicios públicos, aprovechando la influencia de la ONG y las veedurías este candidato se presentaba como un gran defensor de los intereses populares, asistía inclusive a las manifestaciones contra el alto costo de los servicios públicos; curiosamente después de ser elegido candidato, ni la ONG ni las veedurías continuaron haciendo talleres sobre luz y agua; otro caso interesante es el de la organización “Pereiranos por la paz”, del directorio de Unidad Liberal, que manipula el discurso sobre la Paz y hace política con el, su máximo dirigente ha sido secuestrado por los guerrilleros y su discurso conservador de los orígenes de la violencia y el modo de tratarla lo han asimilado representantes de la extrema derecha; la Asociación de Profesionales de la Educación del Risaralda (APER), es otra ONG ampliamente politizada, su presidente Fernando Pascuas, ha buscado crear un movimiento político nacional de educadores y la influencia en ellos del Partido Liberal es innegable; la Fundación Espiral dirigida por Oscar Arango, hermano del líder político Jairo Arango, dirigente liberal y exalcalde de Pereira, se beneficia con los proyectos estatales que les otorgan sus amigos liberales, ya vimos como esta fundación hizo la campaña del diputado Carlos Alberto Cromweith.  No hay líder comunal ni de las juntas administradoras locales, que no sea un subordinado a un representante político, la manipulación sobre ellas es enorme, lo que aburre al ciudadano y lo hace desconfiar de ellas. 

X.              NARCOTRAFICO Y REPRESENTATIVIDAD POLITICA:  ¿HAY MAFIAS POLITICAS?

Una de las expresiones más patéticas de la crisis política, es la relación de los representantes políticos con las mafias del narcotráfico.  Política-narcotráfico, es una realidad presente en países como Colombia, México, Perú y muchos otros.  En ella se establece un vínculo en el cual el mafioso coloca todo el poder económico de su actividad al servicio del político, el  entrega al narcotraficante toda su influencia política; es una efectiva relación mutua en la que la mafia en el fondo pone los votos con su poder y los políticos el poder político ganado.

El político recibe dinéro y favores, influencia y escenarios donde hacer política; Pablo Escobar, Gonzalo Rodríguez Gacha, Los Hermanos Rodríguez Orejuela desarrollaron con mucha efectividad sus acciones narcotráficantes debido a la influencia política que ejercieron sobre muchos representantes; Pablo Escobar fue un representante político del Partido Liberal en Antioquia, Carlos leder, hoy purgando amplia condena en Estados Unidos, tuvo su propio movimiento político, el movimiento latino,  que llegó a dominar la vida política del Quindío, hasta allá se llega cuando se tiene fuerte poder económico; cuando fue ocupada por el ejército una de las fincas de “El Mexicano” se encontró que en las listas de sus invitados a las elegantes fiestas había una buena cantidad de representantes políticos de alta jerarquía; en el escándalo del Irangates en la década del ochenta se supo que también hubo representantes políticos norteamericanos involucrados en financiar con el tráfico de drogas las actividades de los contras nicaraguenses, hasta Bill Clinton ha estado involucrado en escándalos de narcotráfico, también Fujimori.

El mafioso aprovecha al político y viceversa; legislaciones que prohiban la extradición, estatutos que protejan la actividad del narcotraficante, medidas que reduzcan las penas o que le brinde posibilidades al traficante de drogas de vivir cómodamente en las casa-cárcel, normas que impidan que los militares vigilen y controlen su actividad, proyectos que mejoren la red vial en sus zonas de influencia, que lleven electricidad a sus laboratios, fichas claves del narco que los políticos emplean como funcionarios en aeropuertos o entidades del poder judicial, que construyan puentes en sus fortínes; ciertamente la infraestructura vial y eléctrica  más importante en Colombia se construyó en las zonas de operaciones más importantes de los narcotraficantes, no hay área de los grandes carteles que no posea amplia infraestructura construída por el Estado, a excepción de las zonas selváticas seguras para el procesamiento de la droga; el político es necesario para el mafioso, el le garantiza que no habrán leyes de expropiación de bienes.

En los momentos de mayor enfrentamiento militar entre el narcotraficante y el Estado, se presentan serias rupturas con el representante político, las mortandades y los atentados de los cuales no se salvan los representantes, hacen que el líder político endurezca su posición ante la presión social y militar, en épocas de guerra fuerte el líder tiene que fustigar con firmeza al narco a riesgo de desprestigiarse.

El líder político se beneficia ampliamente de los recursos del mafioso y de su posibilidad de otorgarle votos, el traficante de drogas también tiene una clientela, vehículos influencia en los medios de comunicación, en los artistas y en los deportistas, que por una orden pone al servicio del político; los enormes recursos le sirven al representante para no aparecer como un líder pobre, cosa que lo perjudica ante una opinión que le impacta el poder, sobretodo el económico, ello le da más prestigio y posibilidades políticas; pero más allá de ello, el mafioso le brinda protección militar, la posibilidad de protegerse del oponente político que lo quiera eliminar, pero también de eliminar a sus competidores, el mafioso lo hace y con ello queda libre el camino para el control político de la región o del país; lógicamente esto se hace clandestinamente.

Saber quienes son los representantes vinculados con el narcotráfico es muy difícil, le toca al Estado hacer seguimiento, pero entiendo que en un país como Colombia en donde las mafias han controlado el país a su antojo es lógico que la clase política tiene que ver con ello, sus normas legislativas y medidas los beneficiaron ampliamente hasta mediados de la década del ochenta cuando fue asesinado el ministro de justicia Rodrigo Lara Bonilla y se inició un enfrentamiento frontal entre narcos y Estado que culminó con la muerte de los reyes de la mafia más importantes y en otros casos su encarcelamiento o extradición.  Los neocarteles del siglo XXI, aún desconocidos pero operando no han obviado la necesidad de la influencia en el poder político y día a día la alimentan, aún los políticos necesitan de su poder económico para salir triunfante en sus campañas, es por ello que la relación política-narcotráfico en Colombia continuará dificilmente se desvertebrará.

Las consecuencias de la relación narcotráfico-representantes políticos son nefastas para un país, ya que los líderes tienden en sus políticas a legislar para las mafias, a crear un país para ellos lo que perjudica a los ciudadanos y campesinos más desprotejidos, los discrimina; se alimentan los regímenes  oligárquicos que profundizan la desigualdad.  No es cierto que el narcotráfico sea una fuente enorme de empleo, con ello han querido justificar sus beneficios; el empleo que se produce es bajo, insuficiente para países subdesarrollados que requieren políticas de empleo masivo que necesitan a su vez legislaciones que redistribuyan el ingreso o mermen las ganancias de los ricos, ellas van en contravía de los intereses de los narcos y contra ello legislan los representantes, contra las reformas políticas, económicas y sociales propias de sociedades democráticas   

XI.            LA CRISIS DE REPRESENTATIVIDAD Y LA RESPONSABILIDAD DE LOS PARTIDOS

Los Partidos Políticos son los encargados de aportar los candidatos que se ponen a consideración de la comunidad electoral para ser elegidos como representantes; cuando hablo de responsabilidad de los partidos en la crisis de representatividad, nos referimos a la ineficacia de estos para poner a disposición de los electores buenos líderes, a la falta de un control más estricto  de los avales y al excesivo libertinaje al respaldar a los candidatos; buena parte de la crisis de representatividad puede subsanarse, si los partidos que otorgan avales vetan  aquellos dirigentes con pasado de corrupción o que por lo menos expresan posibilidades de convertirse en traidores, corruptos o aliados de las mafias, eso lo puede hacer un partido.

Muchos factores inciden en que se reproduzca la ineficacia partidista a la que nos hemos referido, entre ellas el pasado de corrupción en el partido, la poca valentía de los cuadros dirigentes  para denunciar las deformaciones del representante y su  no transparencia, el tráfico de influencias y de cargos públicos; queda claro que en el interior de los cuadros del partido se reflejan todos los problemas de la política, lo clave a entender es que si desde el interior de la organización partidista no se logra el control del representante político, es imposible acabar con la crisis de representatividad; el mismo colectivo partidista debe ser  un ente disciplinario que controle al representante y brinde la posibilidad de cambiarlo si le incumple a la sociedad o hace mal las cosas.

La desorganización interna de los partidos alimenta el espíritu corrupto de sus líderes, pero también el tipo de estos; los partidos de notables tienden a crear caudillismos en donde el jefe político es un verdadero comandante político que hace lo que le viene en gana sin ningún control de la base; los negocios secretos son constantes, el tráfico de influencias y la corrupción que aumenta su poder personal y su prestigio; en los partidos de masas, organizados democráticamente, el jefe no es un individuo sino un colectivo y las bases tienen la posibilidad de controlar sus cuadros, de ascenderlos o descenderlos según su calidad y comportamientos.

La forma del régimen político y de este del sistema de partidos, también inciden en la crisis de representatividad; en los Sistemas de Partido hegemónico, el representante lo es por ser de un Partido dominante y se encuentra en los órganos de representación con muchos de sus copartidarios que son la mayoría y por lo tanto se crea la posibilidad de una tolerancia colectiva de la corrupción; ello sucedió en México durante varias décadas, el PRI, partido hegemónico que siempre colocaba el 95% de los representantes se convirtió en un Partido muy corrupto y elitista, oligárquico, sin ningunas posibilidades de control interno, cuando las contradicciones afloraron entre los líderes lo hizo también la violencia y los escándalos, muerte de candidato presidencial, asesinatos entre hermanos, líderes del partido y grandes dirigentes huyendo de las denuncias, Salinas de Gortari presidente por el PRI, terminó en el exilio juzgado por corrupción; se nota con ello una enorme descomposición del Partido, una hegemonía sin límites de los caudillos y una imposibilidad de las bases para controlar la delincuencia de sus representantes.

Con el Partido Liberal en Colombia y el conservador las cosas no son diferentes; el trabajo de representantes mafiosos fue imposible de controlar; el proceso ocho mil que llevó a la cárcel numerosos líderes importantes de los partidos, se hizo desde las autoridades de control estatal, no desde comisiones disciplinarias de los mismos partidos; los enormes robos en las instituciones estatales por funcionarios partidistas no han tenido eco en los dirigentes de los partidos, quienes no expulsan, sancionan ni demandan a ningún cuadro vinculado con desfalcos y robos al erario público, en ocasiones el mismo partido se lucra de las finanzas que otorga la corrupción e inclusive los propios cuadros dirigentes se enriquecen y guardan silencio.

Cambio 90 de Alberto Fujimori, es otro ejemplo de tolerancia al pillaje y la violencia; las denuncias de corrupción  dieron al traste con este movimiento, inclusive sus aliados en los medios de comunicación vieron incendiadas sus oficinas por turbas descontentas que se lanzaron a protestar masivamente contra un numeroso grupo de delincuentes políticos que llevaron al Perú a la crisis, entre ellos representantes del movimiento que nunca fueron sancionados por su Partido, ello creo en el Perú una verdadera autocracia; las masas de Cambio 90  aparecieron para defender la corrupción y aún hoy están públicamente con Fujimori.  Masas enardecidas protestan contra el encarcelamiento de Carlos Menem en Argentina por sus vínculos con el tráfico de armas en vez de fustigarlo, sería más transparente para la democracia y prestigioso para la política si las  bases de los partidos aislaran y vetaran a los corruptos, optaran por reemplazarlos por líderes más prestigiosos; ese es uno de los factores más influyentes de la crisis de representatividad, la tolerancia frente a lo ineficiente y lo deformado.

En Risaralda los ejemplos son patéticos; Germán Aguirre, encarcelado por corrupción, dejado en libertad posteriormente, el solo escándalo da para una sanción por su partido, nunca hubo una reclamación de los líderes y hoy es elegido de nuevo como representante, sus bases electorales ni siquiera lo fustigan; Octavio Carmona a quien le quitaron su curul en el congreso por escándalos de corrupción, continúa influyendo políticamente en  varios directorios; Elder Villegas ni siquiera se aparece a visitar al pueblo en los momentos de tragedia y le quita el empleo a sus propios electores, su partido ni siquiera le llama la atención; la gobernadora del Risaralda manda a golpear campesinos y profesores por protestar y su partido ni siquiera asume una posición ética frente a ello.  Curiosamente cada que el representante comete un error y es llamado por la justicia a rendir cuentas, viene un homenaje y como mínimo un acto de solidaridad, nunca se fustiga ni se bloquea; su misma base electoral impulsa la indisciplina política fuente de todas las formas de corrupción.

En los Sistemas bipartidistas la crisis de representatividad es un poco menor, ya que existen representantes de dos partidos que se pueden controlar mutuamente, la corrupción de hoy en Colombia en momentos de hegemonismos políticos es ampliamente mayor que en la época del frente nacional; sin embargo, en las sociedades bipartidistas la corrupción no se obvia, ya que se forman hegemonías regionales que la practican abiertamente o se forman alianzas de corruptos de ambos partidos que secretamente negocian las prebendas económicas de la administración estatal.

Lo más favorable para el control de la crisis de representatividad son los Sistemas de Partido multipartidistas, en donde el estímulo a la presencia de muchos partidos en los órganos de representación estimulan el control absoluto de unos sobre otros y lo más importante, las denuncias que hacen que los representantes corruptos salgan de las legislaturas; el papel de la Unión Patriótica en el congreso, en sus años de esplendor, fue vital para evitar un mayor desfalco del erario público, ellos denunciaban los actos de corrupción y violencia de los dos partidos tradicionales, lo hacía Gildardo Castaño, Rubén Castaño o Bolney Largo en el eje cafetero, terminaron asesinados pero dando un enorme ejemplo de transparencia; los representantes del M-19 en el congreso de la república han sido un grupo político muy importante para el control de la corrupción, las denuncias de Petro y Navarro han sido de mucha trascendencia para evitar un mayor pillaje por parte de los partidos dominantes; la presencia del Frente social y Político y de nuevas fuerzas en el congreso elegido en el 2002, será de mucha trascendencia para hacer de la vida política colombiana algo menos corrupto,  las regiones necesitan de esa presencia de grupos diferentes a los tradicionales.

Es claro que la construcción de un sistema de partidos multipartidista  contribuiría en mayor grado a subsanar la crisis de representatividad; los sistemas hegemónicos y bipartidistas, la aceleran; pero es importante resaltar que un cambio en este sentido proviene de la puesta en marcha de un nuevo sistema electoral basado en listas abiertas y no bloqueadas en donde el elector tenga posibilidad de votar por candidatos de múltiples partidos, eligiendo los más honestos y honrados, lo que significa en una reforma política anular las listas cerradas y bloqueadas, causantes del sectarismo político y de la creación de hegemonismos mafiosos; ello  trae como consecuencia por ejemplo, que los cargos públicos no se otorguen por el criterio de compadrazgo o el apadrinaje sino por méritos; el representante político no sería así un traficante de influencias y puestos sino que la circunstancia lo obligaría a dejar su papel de negociante y a cualificarse como dirigente político, a buscar los votos mas por méritos y presencia comunitaria y menos por manipulación de poder.

Finalmente es importante que el Estado tome cartas en el asunto, brindando la posibilidad de sancionar a los partidos que toleren el aval a representantes  de la delincuencia política; si el partido no crea mecanismos de control interno que mejoren la honradez de sus líderes, ello se debe hacer desde afuera, le toca a las entidades fiscalizadoras asumir actitudes más duras y quien debe pagar los costos de los malos comportamientos de los representantes deben ser las colectividades partidarias, esa debe ser una norma de primer orden en toda democracia real.

XII.           EL REPRESENTANTE POLITICO Y LA DEMOCRACIA


Para culminar la presente exposición de los problemas de la representatividad política, considero indispensable establecer la relación representatividad política y democracia.  La elección de un representante es un acto democrático y en la teoría política se le asemeja a la democracia delegativa, diferente a la democracia participativa en la cual la sociedad civil es la protagonista de las decisiones políticas; tiende a confundirse la palabra democracia con el modelo de democracia delegativa y hay que tener en cuenta que este concepto político posee un significado y una práctica de mayor complejidad, en síntesis no basta que en un país haya elecciones para identificarlo como un país democrático.

La crisis de la representatividad es en el fondo una crisis de democracia; cuando los representantes se eligen pero estos no cumplen con sus tares naturales y deforman su papel y funciones es lógico que ello afecta el sistema democrático; el representante tiene que asumir una actitud frente a la democracia misma, elegir entre autoritarismo, totalitarismo y democracia. Se forjan con ello tres grandes personalidades que identifican a los representantes y tres formas de practicar la política.

Los representantes totalitarios son muy comunes, los neonazis, los racistas, los que se deciden por regímenes dictatoriales, los que sobrevaloran la represión como único mecanismo de control social y están con las sociedades en extremo desiguales, con las elites dominantes.  Se pueden identificar claramente: Alvaro Uribe Vélez o el candidato Harold Bedoya, para ellos la democracia como participación es un estorbo para sus propósitos dictatoriales y la personalidad democrática como un agente de subversión peligroso que hay que boicotear y para los más violentos eliminar; en realidad su principal enemigo es la democracia aunque puede utilizar el lenguaje democrático para captar votos y simpatías; la conexión de los totalitarios  con grupos paramilitares y de extrema derecha y su apoyo a ellos es muy común,  en el Salvador los encontramos como hegemónicos en el partido ARENA, también en México en las alas derechistas del PRI, en Venezuela en la corriente de Carlos Andrés Pérez, en el Perú en el movimiento de Fujimori y en Estados unidos en el Partido Republicano.  La fortaleza de estos representantes se encuentra fundamentalmente en el amplio apoyo económico y político que le brindan las oligarquías; los grupos de presión más fuertes se identifican con ellos, son sus candidatos y representantes.

Los representantes autoritarios se encuentran en un nivel medio entre la democracia y el totalitarismo; anuncian su respaldo a la democracia delegativa y la combinan con la represión, al aceptar todos los vicios y las deformaciones de la representatividad asumen la democratización como algo parcial; son oponentes de las actitudes democráticas en el pleno sentido de la palabra, como el manejo del poder por las bases, la toma de decisiones colectivas o la descentralización política, menos el federalismo; son fuertemente centralistas, su democracia es centrífuga, es decir, núcleos de elites que se hacen a la representatividad negociando poder, prebendas, cargos y que controlan las bases bajo criterios caudillistas y clientelares.  Los encontramos en el Partido Liberal Colombiano, en sectores del conservatismo, facciones del PRI y en la mayoría de los Partido de América Latina.  Están con las elecciones, pero aplican la represión; convencimiento y fuerza son sus banderas y sus capacidades reformistas son limitadas.

Los representantes democráticos son muy escasos, los encontramos en sectores de las izquierdas que no le creen al poder de las elites oligárquicas, que detestan el elitismo y centralismo, el verticalismo y la represión y toman como banderas la horizontalidad y la participación, consultan a las bases y se subordinan a sus decisiones, unos están con las elecciones pero anuncian el control y la vigilancia del representante, otros las ven como una farsa, critican la representatividad y buscan la toma de decisiones colectivas desde la base; este tipo de personalidades son características en los Sindicatos, las cooperativas o las comunidades de base; las pugnas más fuertes de los totalitarios y autoritarios son con ellos en muchos casos a muerte; autócratas y demócratas delegativos se enfrentan a demócratas participativos quienes  buscan en esencia reformar el poder político desde referenduns, plebiscitos y asambleas constituyentes para liquidar la hegemonía de sus oponentes.

Queda claro que la relación entre el representante y la democracia, es una relación conflictiva y depende de la visión que tenga de la democracia; un demócrata participativo defenderá la democracia integral, mientras el demócrata delegativo la confundirá siempre con las elecciones y el autócrata luchará contra ella.  Una de las fuentes de la crisis de representatividad estriba en el hecho de que el representante por lo común elige el autoritarismo o el totalitarismo ya que la democracia no se acopla al cúmulo de vicios y de prácticas a que nos hemos referido con anterioridad, es decir, la democracia se ajusta más a la justicia y a la igualdad, valores que no se encuentran implícitos en las prácticas de los representantes traidores; ello alimenta la crisis de representatividad, puesto que es mucho más benéfico para el elector empobrecido y reprimido una personalidad democrática que lo deje participar, estimule cambios económicos a su favor y  la igualdad con los grupos más poderosos, el problema es que ella es escasa y la relación con el representante culmina con ello en el conflicto y la desconfianza.

XIII.  TRANSPARENCIA Y SACRIFICIOS: ALGUNOS  EJEMPLOS

Es posible a través de los ejemplos concretos establecer cuando tiene éxito y cuando no lo tiene un representante,  cuando está haciendo bien su trabajo y cuando él es un fracaso, para nuestros casos concretos ellos culminaron asesinados y los presento como triunfos por la confianza que generaron en sus electores, la admiración por su compromiso, sus muertes no son un fracaso, sino un estereotipo de representante ideal.

La experiencia de Jorge Eliecer Gaitán en Colombia, es un ejemplo claro de un representante honesto rebelado contra la injusticia, con un propósito muy parecido al de Alfonso López Pumarejo, pero mucho más transparente y comprometido con los de abajo, marchando con ellos, reivindicando sus necesidades y denunciando las masacres militares y los atropellos del gobierno conservador, es un hombre que no le sirve a las plutocracias ni a los intereses externos y menos a otros representantes corruptos, por ello termina eliminado.  Gaitán inicia el desfile de un conjunto de representantes que reivindican la honestidad y que terminan en el cementerio. Curiosamente el gaitanismo en su esencia original desapareció en Colombia, sus reivindicaciones hoy son características de las izquierdas, era el líder capaz de movilizar enormes masas de la sociedad con metas altruistas, no necesitaba comprar votos, ni ofrecer prevendas, su capacidad de convencimiento radicaba en una combinación extraordinaria entre el decir y el hacer; la penetración profunda en los sentimientos de la gente hizo que esta respondiera con el levantamiento general, el incendio de la capital y el inicio de una guerra muy prolongada.

Salvador Allende y su Unidad Popular en Chile, es el ejemplo típico de un representante ideal en el que confían las masas, ideal porque se gana su credibilidad desde la civilidad, otros como Juan Domingo Perón fueron muy populares pero ello se debió más a los regalos que otorgó y menos a su capacidad honesta de convencimiento, puesto que al final así como el APRA de Haya de la Torre su compromiso con las elites era innegable.  De este tipo de líderes estamos inundados, son traidores invisibles que conquistan con el discurso social pero en la práctica son fuertes aliados de la plutocracia, Salvador Allende no, por ello su gobierno termina aniquilado por Pinochet, un hombre que recuperó la tradición oligárquica del gobierno chileno y lo hizo en nombre del catolicismo en un país en el que el clero goza de enormes privilegios, inclusive económicos.  Sin duda alguna el desarrollo natural del gobierno de Allende hubiera logrado una sociedad menos desigual y más justa y unos representantes más cohesionados con su pueblo, más comprometidos con sus necesidades; el proceso fue abortado y los representantes culminaron en el exilio, hoy ellos intentan reivindicar su pasado en condiciones de mayor libertad.

Más impresionante es el caso del desaparecido presidente Venezolano Hugo Chavez, que logra un admirable triunfo sobre los partidos tradicionales en Venezuela, su movimiento Bolivariano que se inicia en la década del noventa con una insurrección militar y se reafirma con las elecciones surge esencialmente como un movimiento revolucionario antioligárquico  y antineoliberal que pega con mucha fuerza en los sectores de clase media baja y populares y se enfrenta a los sectores tradicionalmente corruptos de Carlos Andrés Pérez apoyados por las plutocracias venezolanas.  La simpatía y el apoyo entre los militares en sus momentos de esplendor es enorme, recuerda el caso de Juan Velasco Alvarado en el Perú en la década del setenta, su Plan Bolívar crea fuertes relaciones de amistad entre ejército y sociedad civil, diferentes a las relaciones de guerra propias de los gobiernos de derecha y además relaciones de solidaridad muy fuertes entre el representante y los sectores pobres, materializadas no en simples discursos de solidaridad y denuncia propios de los representantes traidores, sino en ayudas concretas: vivienda, empleo, servicios públicos, auxilios, etc.  La situación  lleva a Venezuela donde tenía que ir, a una división fuerte entre quienes están con las burguesías y quienes no lo están, la disputa a golpes, patadas y piedra entre miles de personas, fue  un momento álgido que con toda seguridad llevó a enfrentamientos más complejos, con una plutocracia que iba perdiendo ya que las Fuerzas Armadas no estaban, por lo menos hasta el 11 de abril   al lado del que tradicionalmente han estado en América Latina: El de las derechas.

En cuestión de horas la influencia de Chavez en la fuerzas armadas se debilita, luego de una concurrida manifestación en la que supuestos miembros de sus núcleos bolivarianos dispararon sobre los protestantes, curiosamente una buena cantidad de heridos y aún muertos son del movimiento de Chavez, es por ello que pensar en un sabotaje preplaneado es la opción más fidedigna para entender la crisis del movimiento bolivariano en Venezuela que dura solo horas, pues despúes es restituido el presidente.  En el repaso del derrocamiento del presidente por la triple alianza: militares, empresarios y medios de comunicación con el apoyo de la Iglesia católica se nota una similitud muy fuerte de la congruencia de estos poderes al viejo estilo de la década del sesenta; lo notable es el fuerte apoyo de los medios de comunicación latinoamericanos de la causa de los golpistas, no hubo ninguno que no se solidarizara con ellos y apostara al triunfo de los usurpadores como su propio triunfo, incluyendo la casa blanca cuyo vocero en rueda de prensa el   12 de abril asumió como justicieros a quienes se robaron el poder.  El odio a los representantes del pueblo por las plutocracias  tal y como lo hemos especificado en líneas anteriores es fácil de demostrar cuando se estudian los sucesos venezolanos; Chavez había creado un sistema de asistencia alimentaria, subsidios y becas a la gente más pobre, firmó un acuerdo con Cuba a través del cual este país prestaba auxilio en salud a personas desprotegidas, creó líneas directas de comunicación con gentes necesitadas a través de las cuales se les prestaba ayuda, intentó desmontar una mafia corrupta en la empresa petrolera venezolana que no la dejaba progresar, su inversión en educación que la convirtió en gratuita fue enorme y la ayuda a los desempleados fue notoria.  Su reclusión en la sede de un batallón como preso luego de su detención ilegal fue reemplazada por una información maniquea de todos los medios de comunicación latinoamericanos desde Argentina hasta México, incluyendo Estados Unidos que señalaron que el presidente había renunciado voluntariamente, la propaganda entorno al acto de posesión del representante del movimiento usurpador, Pedro Carmona, máximo líder empresarial y un fiel hombre oligárquico, lo presentaron como un salvador y al líder derrocado como un tirano.

El representante no burgués y que no gobierna para estos se puede meter en múltiples líos, en Venezuela le faltaba a la plutocracia el respaldo de la fuerzas armadas, ya tenía el control de los medios de comunicación y como por arte de magia, los militares se voltearon; es lógico que abrán muchos libros escritos al respecto hacia un futuro y estoy seguro que en alguno de ellos se denunciará el tráfico de dinero, los millones de dólares de instituciones como la CIA, el FBI y los mismos empresarios acostumbrados a sabotear gobiernos que no son de sus simpatías y a invertir muchos dólares en la compra de conciencias; Hugo Chavez era un estorbo para las políticas imperiales y sin lugar a dudas el poder invisible del gobierno norteamericano también está detrás de su derrocamiento. Prueba fehaciente de ello es el grocero respaldo de la mayoría de presidentes de la OEA a los usurpadores, en una clara muestra de la amplia influencia de la Casa Blanca en la mentalidad presidencial.

Esta experiencia de Hugo de Chavez es vital profundizarla para reforzar los planteamientos del presente estudio, por que ella refleja el cuadro de contradicciones a que se ve abocado un representante cuando marcha en contravía a lo que las elites dominantes quieren de el; específicamente demuestra que los problemas que afronta el representante existen en lo concreto, en la realidad específica.  El problema de la relación con las estructuras económicas por ejemplo; las plutocracias venezolanas, las compañías transnacionales y la casa  blanca tradicionales apóstrofes del neoliberalismo se encontraron con un presidente y un movimiento bolivariano antineoliberal, contraneoliberal, esa fue la primera gran contradicción que llevó a los grupos usureros financieros y a los comerciantes especuladores a fortalecer un bloque de oposición contra el presidente venezolano derrocado.  A ningún comerciante le simpatizó la puesta en marcha por el gobierno de Chavez de 702 mercados populares, de los cuales se beneficiaron 2 millones de venezolanos que podían comprar productos más baratos y menos la enorme guerra contra la especulación en las calles de Caracas, en un solo mes fueron cerrados 83 establecimientos comerciales , bajo la consigna de ¡guerra a la especulación¡, el capitalismo salvaje de Adam Smith fue fuertemente golpeado en Venezuela, mientras en otros países la privatización de la educación, la salud y la reducción del gasto social fue la moda, en Venezuela se buscó una visón más humana de las acciones del Estado, en un año por ejemplo se vacunaron gratuitamente 2 millones de niños de los sectores populares contra el polio, hubo 4376 intervenciones quirúrgicas de alto costo gratuitas, financiadas por el Estado, también de gente de escasos recursaos; se recuperaron 3.964 instituciones (escuelas, hospitales y albergues) se crearon centros de acopio de productos que beneficiaron zonas marginales del oriente de venezuela, las fuerzas armadas crearon rutas nacionales-sociales, para quienes no tenían acceso al transporte aereo comercial; todo esto molestó a los empresarios acostumbrados a obtener tasas de ganancia en este tipo de empresas, acostumbrados a comercializar con los derechos humanos.  El aumento de la atención en educación fue notable, Chavez prohibió el cobro de matriculas en los colegios, creó un programa de seguridad alimentaria al que dedicó 288 millardos de bolívares; regalar la canasta familiar es algo que pone bravos a los comerciantes quienes aspiran a que se aplique el principio: “quien no me compre no come”, lo que fue desvirtuado por Chavez;  se crearon comedores comunitarios que aseguraron la alimentación de mucha gente pobre, se reforzó el PROA, programa alimentario estratégico que antes del derrocamiento de Chavez, atendía a 8 millones de venzolanos; el programa de atención integral fue igual de positivo para las gentes más humildes: se financiaron miles de orquestas infantiles y juveniles y se distribuyeron uniformes escolares gratuitos, los comerciantes esperan que las gentes los comprasen en sus fábricas; pretendía el presidente invertir 1.38 billones de bolívares en la construcción de 137.600 vivienda, situación que hizo enojar a los constructores quienes aspiran a obtener una amplia plusvalía de la monopolización de la construcción de la vivienda.  Lo de resaltar, fue la creación de un conjunto de oficinas, entre ellas la dirección de bienestar social, la división de asistencia social y la división de becas y pensiones en donde un venezolano de escasos recursos, fácilmente podía obtener ayuda a través de una simple carta o llamada telefónica (me refiero al programa “Aló presidente”).  Lo que llenó la tasa en las plutocracias fue su ley de tierras que buscaba la expropiación de los latifundios y la entrega gratuita de terrenos a los campesinos pobres sin tierra.

Por ello se hizo impopular Chavez ante los empresarios, quienes aspiran a vivir de las transacciones comerciales, continuar con el monopolio de la propiedad,  el Estado en este caso era una  institución bloqueadora de sus intereses, es por ello que el representante es ampliamente fustigado; las contradicciones políticas son del mismo tamaño, el presidente tuvo la posibilidad de confrontarse de tu a tu con las manifestaciones  de los empresarios golpistas, su movimiento tenía una amplia presencia en la asamblea nacional y en el poder regional, lo que significó para las burguesías impulsar con fuerza el golpe militar, ofrecer mucho dinero y   privilegios a sus aliados.  No era el presidente derrocado un hombre de las plutocracias por ello sus choques con las clases altas fueron constantes, una vez más estas lograron conquistar el acompañamiento de las clases medias desafiantes que no simpatizaban del proyecto bolivariano, fueron las gentes de las barriadas populares las que respondieron la afrenta de las clases altas y se lanzaron a las calles a protestar y a presionar por el retorno del presidente, pero también los mandos medios y la base del ejército venezolano que asumió con sorpresa la comunicación de Chavez de que no había renunciado; estos mandos medios se alistaron para la guerra, motivados por las declaraciones del agregado militar en Cuba que les ordenó derramar hasta la última gota de sangre para defender al presidente; en la base de Maracay, se alistaron las tropas para invadir la capital y mandos medios y base militar se tomaron el palacio de miraflores liquidando el intento golpista, ello fue vital para la restitución de Hugo Chavez en el poder..

Es importante que se inicie un fuerte movimiento latinoamericano de solidaridad con Hugo Chavez y el tiene que partir de los sectores progresistas que no pueden aceptar una involución de la historia hacia momentos en los cuales el irrespeto hacia el poder presidencial era algo cotidiano. Lo más importante es defender la autonomía del representante elegido para desarrollar con garantías su proyecto político, si lo hacen los representantes burgueses que impusieron el neoliberalismo, ¿porque no los que no representan a las oligarquías? Si se impone el criterio de sabotaje al antineoliberalismo con el instrumento del golpe de Estado legitimado por las organizaciones que agrupan los gobernantes es claro que se abren espacios de legitimidad para que con los mismos métodos sean derrocados los neoliberales.

En Colombia el representante honesto ha sido ampliamente violentado, eliminado en el caso más extremo, por eso la tradición de corrupción tan grande.  Un caso patético es el de Jaime Pardo Leal, presidente de la Unión Patriótica y candidato presidencial, eliminado por sus denuncias contra la corrupción y los lasos del narcotráfico con los representantes.  Se enfrentó con mucha valentía a la extrema derecha y su proyecto iba encaminado a transformar el conjunto de la sociedad colombiana; su extraordinaria oratoria y su enorme preparación intelectual, así como la búsqueda del apoyo electoral en el pueblo, lo hicieron un digno representante de la honestidad, ello se notó durante el desfile de su entierro, mayoritariamente compuesto por gentes de los sectores populares que enardecidas destruyeron todo el centro de Bogotá, lo mismo sucedió con Bernardo Jaramillo Ossa otro candidato presidencial de la Unión Patriótica que llegó ser representante a la Cámara, en el desfile por toda la ciudad de Manizales no se notó la presencia de clase media alta o gentes de la oligarquía.  Estos personajes de la política colombiana, muy importantes por ser candidatos presidenciales y que culminaron su carrera política asesinados eran verdaderos representantes de la honestidad, se enfrentaron realmente a las plutocracias, los paramilitares y la extrema derecha y propusieron un nuevo régimen político basado en la democracia.

Para el caso regional es importante resaltar el papel de Gildardo Castaño, líder del Partido Comunista asesinado el 6 de enero de 1989 en Pereira.  Reivindicaba como estos la lucha contra la oligarquía y denunciaba la conexión fuerte de las élites económicas con dirigentes políticos de la Asamblea y concejo, nunca hacía presencia en los barrios oligárquicos en donde se llegó a conocer pasquines contra él, los barrios más pobres eran su escenario de lucha, el mismo era una persona hecha y estudiada en los sectores populares, logró ser concejal y allí denunció con firmeza la corrupción, fue un fuerte oponente político del directorio de Unidad Liberal y de María Isabel Mejía Marulanda los representantes más fuertes de las oligarquías pereiranas; su lucha se orientaba hacia la congelación del costo de las tarifas de los servicios públicos,  el financiamiento por el Estado de los restaurantes escolares, la ayuda a la gente más necesitada.  Además un gran orador y un político que materialmente ayudaba a los sectores populares, Gildardo Castaño fue un gran intelectual marxista, un estudioso de la Economía y un profesor universitario, que surgió del pueblo,  lo que más aterra de el en un país como Colombia con fuertes relaciones de apartheid social en donde no se concibe que un hombre pobre llegue a ser profesor universitario.  Es por ello que su multitudinario entierro además de estar compuesto por numerosa gente del pueblo, lo acompañó también sectores aristócratas que llegaron a admirar a Gildardo Castaño.

   
XIV.  LAS EXIGENCIAS DE LA SOCIEDAD:  EL REPRESENTANTE POLITICO IDEAL


La crisis de la representatividad política que genera sociedades corruptas, muy desiguales y por ende altamente conflictivas culmina cuando haya un relevo generacional de la clase política, es muy difícil que un representante con un pasado de corrupción o de traición logre ser un representante ideal.  Hay algo muy positivo de las elecciones y es que ellas dan la posibilidad de renovar  a los representantes, de evacuar a los traidores y llevar líderes moralmente intachables, comprometidos con la defensa de intereses colectivos, altruistas y buenos gobernantes.

Las siguientes propuestas las hacemos desde la dicotomía ineficiencia -eficiencia, resumiendo lo que hemos analizado, que para mí es lo que es, la realidad concreta y subsecuentemente proponiendo lo que debería ser, los elementos de cambio para salir de la crisis de representatividad:

El representante político está desprestigiado, no goza de credibilidad; los altos índices de abstención electoral así lo demuestran, el aumento de los votos en blanco y de los nulos, sin contar la inmensa cantidad de tarjetones en donde se insulta al candidato. Cuando llegamos a un momento de estos, estamos a las puertas de un colapso de la democracia delegativa y en este el Estado también puede declinar. Los factores de la crisis de representatividad por la que atravesamos sin duda ya los hemos tratado, solo nos falta hacer un breve resumen ampliando la discusión:

1.     El representante político tiende a convertirse en un traidor de sus propios electores, termina imponiendo políticas económicas no convenientes para quien lo eligió, esa es una fuente de desprestigio, pero además  defendiendo los intereses de clase de las plutocracias, minorías sociales y por ende alimentando el apartheid social y fortaleciendo la ley de la existencia segregada.  Un representante ideal, debería preocuparse más por la situación de clase de sus electores y alimentaría una correspondencia positiva y por ende un beneficio social más amplio, pensar primero en apoyar políticas económicas no nefastas para las mayorías.

2.     A su vez, de democrático, el representante político se convierte en un autoritario y en otros casos en un totalitario;  mientras su base le exige democracia y participación a el le conviene crear un régimen autocrático que lo beneficia ampliamente. En este sentido es mejor la democracia, el estímulo a la participación, sin pensar que por ello otros lo puedan desplazar.



3.     Una estructura social como la nuestra basada en el principio del Apartheid social deforma claramente las funciones del representante,  en realidad la influencia de las oligarquías es enorme, el  debe defender sus intereses, de otra manera es catalogado como un tirano, las oligarquías buscan manipular y manejar al representante, los obligan a doblegarlos a su mundo.  Una independencia de la burguesía, haría del representante un hombre identificado con las clases a las que pertenecen sus electores, demostrar sencillez e identidad con la cultura popular.

4.     Una sociedad no educada para estudiar al representante termina engañada, el analfabetismo político hace que la gente pague con alto costo su apoyo al representante, que en el fondo no  representará sus intereses, regalará su representatividad a los más poderosos económicamente.  Una amplia educación política de la sociedad es indispensable para liquidar la crisis de representatividad y ella debe ser una responsabilidad del aparato educativo.

5.     Los intereses personales del representante lo obligan a fortalecerse políticamente, a buscar alianzas con grupos políticos poderosos para aumentar su poder y surge la tercera traición, para crecer en su poder personal se entrega o vende su representatividad a plutócratas o empresarios de la política que pueden ascenderlo políticamente, pero que le exigen un compromiso contundente con la defensa de ciertos intereses personales.  La representatividad debe ser de su base electoral y él tiene que conocerla plenamente, uno de los grandes obstáculos para ello es el carácter secreto del voto, contra lo que hay que luchar, ya que este surgió en un ambiente de guerra en donde la gente buscaba protegerse del enemigo ocultando su preferencia política.  Hoy el voto no secreto y abierto en el que el representante sepa quien votó realmente por él, es una de las grandes reivindicaciones a agitar, con ello lograremos un dirigente con la obligación de rendirle cuentas al elector y una base electoral dispuesta a exigirle; la desconfianza tan enorme del representante nace del hecho de que el no sabe si realmente un elector votó por él o es un oportunista que busca un favor material.


6.     El simbolismo cultural del representante puede oponerse a los intereses de la base que lo eligió.   El representante también esta coaccionado, por la cultura burguesa mediatizada por los principios mercantiles y utilitarios que le exigen al representante comprometerse con la defensa de lo mercantil, de la relación costo-beneficio, mientras la sociedad necesitada le exige a este comprometerse con lo no utilitario, con los proyectos sociales, con el beneficio común y no con el individualismo.  Valores claves que le den sentido social a su acción política son claves para liquidar la crisis de representatividad, los interesados solo generan desconfianza y posiblemente caigan en las redes de la corrupción.


7.      El representante tiene que acoplarse a la dinámica del medio y abandonar su sentido original:  condenar como subversiva una marcha que hacen sus electores o una huelga o la creación de un movimiento de protesta y curiosamente son los medios de comunicación los que anuncian esa traición.  De allí que una adecuada relación con los medios sea importante, el representante puede crear sus propios medios de comunicación con la base electoral que contribuya a la transparencia y la honradez, no necesariamente tiene que forjar su imagen desde los medios corruptos y elitistas.


8.      El elector por lógica evalúa al representante por lo que se dice, más no por lo que se hace. Es hora de que el  se comprometa más con el hacer, que sus proyectos se reflejen en la práctica, la política de los proyectos es más efectiva que la de los discursos.  Qué proyectos concretos realizará con la comunidad y la evaluación práctica de su ejecución con ella es algo que sume al líder en el prestigio.


9.     Altruismo o egocentrismo, cooperación o individualismo, sentido social o empresarial: al representante indefectiblemente le toca escoger.  El representante egoísta, individualista y empresarial ha fracasado, es precisamente el generador de la crisis.


10.    Otro problema del representante político es su relación con la violencia, en las sociedades menos conflictivas los representantes no se relacionan con ella ya que no la tienen en sus instrumentos de lucha política, pero es normal que en las sociedades más conflictivas y desiguales los individuos busquen a través de la violencia imponer voluntades, conseguir o sostenerse en el poder;  el  puede ser sujeto u objeto de violencia.  Tomar partido por la no-guerra es definitivamente la opción más inteligente en un medio azotado por la cultura de la muerte, el  no puede alimentarla.


11.   El representante nuestro es un ladrón a excepción de unos pocos que controlan y vigilan las  acciones de los que roban, algunos de ellos culminan en el cementerio o en el exilio.  Una lucha enconada y abierta contra la corrupción, con denuncias constantes y una vigilancia cotidiana harían del representante un líder apreciado por la comunidad.


12.   En sociedades con crisis de representatividad política, la comunidad tiende a desconfiar del representante político y ven un gran número como un mal necesario.  El  debe ser el bien necesario, no lo contrario; el mismo con sus actuaciones transparentes, honesta y honradas forjará una visión positiva en la sociedad civil.

13.   El representante nuestro no es un defensor de los derechos humanos; la raíz fundamental de nuestra crisis radica en esto, es por ello que antes que nada el elegido debe hacer un curso intenso en derechos humanos para acoplarse a las exigencias de la sociedad y coordinar su decir con el hacer en una correlación con la lucha por los derechos humanos.

14.     Una reforma política que profundice en el control del representante y construya un sistema de partidos multipartidista, así como una nueva normatividad que organice los partidos y obligue a un control interno de los representantes ayudaría en mucho a subsanar la crisis de representatividad.

ANEXO



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL

Acta número 148
Bogotá, D.C, quince (15) de mayo de dos mil trece (2013).

Finalizada la audiencia pública, la Sala de Casación Penal dicta sentencia en el juicio contra el ex congresista, doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA.

HECHOS

En el año de 1988 se celebró por primera vez la elección popular de alcaldes. Una nueva fuerza que bajo el nombre de “Unión Patriótica” irrumpió en el quehacer político nacional, logró con Rita Ivonne Tobón Areiza y siete de trece concejales, constituirse en la fuerza electoral mayoritaria del municipio de Segovia, localidad del nordeste antioqueño, en donde por años habían dominado los partidos tradicionales como consecuencia de un sistema de designación de la primera autoridad local sin participación popular.
A organizaciones de ultraderecha no les agradó ese nuevo escenario y muy pronto se notificó a los segovianos de la aparición de un movimiento autodenominado “Muerte a revolucionarios del nordeste”, que restauraría el orden en el municipio. En medio de esa confrontación, irrumpió en la noche del 11 de noviembre de 1988 un ejército privado que bajo el mando de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, segó la vida a varias personas[1] y afectó la integridad personal de otras[2], en un acto demencial de retaliación política contra los habitantes de ese municipio.

Alias “Vladimir” le contó a la justicia tiempo después, luego de haberse comprobado su participación en ese operativo contra la indefensa población civil, que en una finca del Magdalena Medio, Henry Pérez le ordenó ejecutar ese acto que se ha dado en llamar para la historia la “Masacre de Segovia”, luego de explicarle que CÉSAR PÉREZ GARCÍA, un reconocido político, era el gestor de semejante acto.

IDENTIDAD DEL PROCESADO

CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA, natural de Remedios, Antioquia, hijo de Máximo y Leonisa, nacido el 5 de agosto de 1935, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.856.396 de Bogotá, de profesión abogado, ex diputado, ex representante  a la Cámara, y ex senador de la República.

ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE

1.- La investigación la inició la Fiscalía General de la Nación.

2.- El 6 de julio de 1994, la Fiscalía Regional de Bogotá dispuso que se escuchara  en diligencia de indagatoria a CÉSAR PÉREZ GARCÍA,  la cual se llevó a cabo el 11 de septiembre de 1995 ante la Fiscalía Regional de Medellín, autoridad que el día 21 del mismo mes y año se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento.

3.- El 19 de diciembre de 2007 el sindicado solicitó el cierre de la instrucción y el 15 de abril del año siguiente requirió la preclusión de la investigación.
4.- El 6 de noviembre de 2009 con fundamento en la decisión proferida por la Sala el 1 de septiembre del mismo año, la Fiscalía Tercera de la Unidad de Derechos Humanos, remitió el asunto por competencia.

5.- El 13 de mayo de 2010 la Sala avocó conocimiento y dispuso continuar con la investigación por tratarse de una conducta imprescriptible. [3]

Luego de la práctica de varias pruebas, la Sala escuchó en ampliación de indagatoria al procesado y le resolvió su situación jurídica mediante auto del 22 de julio de 2010[4], con  medida de aseguramiento de detención preventiva como determinador de los delitos de Genocidio y concierto para delinquir con ese fin.

En consecuencia, ordenó su captura, la cual se hizo efectiva el día 22 de julio del mismo año. [5]

6.- Mediante providencia del 6 de diciembre de 2010 [6], la Sala clausuró el ciclo investigativo.
7- Luego de presentadas las alegaciones correspondientes, el 14 de marzo de 2011[7] calificó el mérito del sumario, acusando a CÉSAR PÉREZ GARCÍA.

En la providencia la Corte se refirió a los hechos ocurridos el 11 de noviembre de 1988 en Segovia, los cuales tipificó como un concurso de delitos de homicidio agravado y lesiones personales, comportamientos que estimó constituían por su gravedad y sistematicidad, delitos de lesa humanidad, bajo el epígrafe de “Masacre de Segovia”. Igualmente  le fue imputado el delito de concierto para delinquir agravado.

8.- El 18 de julio de 2011 se inició la audiencia preparatoria,[8] en la cual se desestimaron las nulidades propuestas por la defensa y algunas pruebas solicitadas.

En síntesis, la Corte aclaró que el epígrafe que se utilizó relacionado con la “Masacre de Segovia” era ilustrativo de una situación de contexto, en la medida que la “ratio decidendi” de la acusación permite afirmar lo siguiente:
“En consecuencia, claro es que al doctor César Pérez García se le acusa en calidad de determinador por los delitos de homicidio múltiple agravado (atentado contra la vida de 44 personas), lesiones personales agravadas (atentado contra la integridad física de 32 personas) y concierto para delinquir, los cuales se enmarcan dentro del contexto de un crimen contra la humanidad que se ha categorizado como Genocidio, como una especie del género de los crímenes de Lesa Humanidad, razón por la cual, la acción penal es imprescriptible aunque la eventual pena que se pueda imponer corresponderá estrictamente al marco legal vigente interno para la fecha de ocurrencia de los hechos, esto es, a los tipos penales correspondientes a los delitos que se acaban de enunciar.” [9]

Esta decisión fue impugnada a través del recurso de reposición, el cual fue resuelto el 19 de julio  de 2011, desestimándose los argumentos del recurrente. [10]

9.- La audiencia pública de juzgamiento se llevó a cabo en varias sesiones a partir del 30 de enero de 2012 y culminó el 11 de mayo del año en referencia.

INTERVENCIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES EN LA AUDIENCIA PÚBLICA

El Ministerio Público

La Procuraduría señala que cualquier consideración acerca de la tipicidad de la conducta quedó superada, y que lo que resta es determinar si CÉSAR PÉREZ GARCÍA es responsable como determinador de los hechos ocurridos el 11 de noviembre de 1988, conocidos como la “Masacre de Segovia”, para lo cual realiza una reseña histórica del paramilitarismo en Colombia, cuáles fueron los actores del conflicto armado y cómo con sus acciones se cometieron delitos de lesa humanidad.

Señala que el país presenció la persecución y aniquilación de la “Unión Patriótica”, partido que fue reconocido en 1986 por el Consejo Nacional Electoral y el cual se constituyó en su momento en la tercera fuerza política más importante del país. Ese exterminio, señala, fue consecuencia de un ataque generalizado y sistemático contra dirigentes y simpatizantes de esa agrupación, bajo la consideración de que representaba el brazo político de las Farc.
Agrega que en Remedios y Segovia, municipios del nordeste antioqueño, la Unión Patriótica consiguió en las elecciones populares para elegir alcaldes por primera vez, destronar la hegemonía Liberal liderada por CÉSAR PÉREZ GARCÍA, proceso que se desarrolló en medio de una contienda hostil, rodeada de amenazas y de muertes selectivas por la acción de grupos paramilitares.

Considera que existe evidencia de nexos entre el acusado con los grupos paramilitares que le demostraron su apoyo y que fueron artífices de esas intimidaciones, prueba de lo cual sería la carta enviada por la organización ilegal a los ciudadanos de Segovia, donde abiertamente manifiestan su respaldo al mencionado en precedencia.

Estima, además, que están probadas igualmente una serie de circunstancias que indican que el partido liberal perdió el liderazgo político en el municipio de Segovia y que PÉREZ GARCÍA, máximo líder de ese grupo, cedía de esa manera su poder y hegemonía, de ahí que tal situación explica la razón por la cual encontró una causa común con la estructura ilegal paramilitar que ejecutó la operación criminal en la citada población. 
En ese sentido, la declaración de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, miembro y líder del aparato paramilitar que consumó la acción delictiva, señaló en detalle cómo se planeó y ejecutó el operativo, a los determinadores y autores materiales de la denominada “Masacre de Segovia”, entre los que mencionó al procesado.

Pero no solamente “Vladimir” fue quien le atribuyó un rol preponderante como determinador de los hechos a aquél, pues esa afirmación tiene un gran soporte en otras pruebas testimoniales, documentales, y en publicaciones de libros y del diario El Tiempo, que denotan que las acusaciones en su contra provienen de diferentes fuentes que convergen a demostrar la responsabilidad del procesado, el ejército y los paramilitares en lo  acaecido el 11 de noviembre de 1988. 

Por lo tanto, el Señor Procurador considera que el análisis de las pruebas en su conjunto permite afirmar que existe certeza de la participación del procesado como determinador de los graves hechos que se le imputan, sucedidos en medio de un contexto político conflictivo que desembocó en la conocida “Masacre”.

Asimismo asegura que está probada la pérdida de liderazgo político de CÉSAR PÉREZ GARCÍA, su vinculación con el grupo paramilitar que se enfrascó en el exterminio de la Unión Patriótica, y la manera como este grupo ilegal con el respaldo del Ejército Nacional gestó la matanza.

Todo ello conjugado con la diciente versión de alias “Vladimir” y otros líderes paramilitares que dan razón de los nexos del procesado con grupos ilegales, condujeron al Señor Procurador a deprecar que se profiera sentencia de condena en contra del procesado.

La Parte Civil

La representante de la parte civil solicita que se condene al procesado como determinador de los delitos por los que se le juzgó e imponga la pena máxima que corresponda a la gravedad de los mismos. 

Considera que el delito de lesiones personales ha debido tipificarse como un concurso de tentativas de homicidio. Aún así, esa conducta, los homicidios y el concierto para delinquir, delitos por los cuales fue acusado el sindicado, deben ser apreciados como crímenes de lesa humanidad a la luz del derecho penal internacional de los derechos humanos, en la medida que son parte de un conjunto de hechos sistemáticos o generalizados contra militantes de la Unión Patriótica.

En ese sentido, afirma que si bien para el momento de comisión de la conducta formalmente no existía ningún tipo penal que denominara crimen de lesa humanidad a ataques masivos y generalizados; el Estado Colombiano, por lo menos desde 1950, suscribió los hoy conocidos como principios del derecho internacional de los derechos humanos, compilados en la resolución 95 de la Organización de Naciones Unidas de ese año, instrumentos que permiten por su especial gravedad, considerar delitos de la legislación común como crímenes de lesa humanidad por su sistematicidad y generalidad. 

Con esa finalidad hace un recuento de innumerables delitos cometidos contra militantes de la “Unión Patriótica”, de la persecución a sus integrantes y de su exterminio por razones ideológicas, para concluir que la prueba de su gravedad fue que ese dato histórico llevó a incluir expresamente en la legislación penal Colombiana la incorporación del Genocidio Político” como delito indicativo de graves infracciones contra los derechos humanos. 

A su juicio, documentos y testimonios señalan a CÉSAR PÉREZ GARCÍA como determinador de la “Masacre”. Así, la carta abierta a los ciudadanos de Segovia por parte del Movimiento Muerte a Revolucionarios del Nordeste donde se le menciona como persona afín con ese grupo; la declaración de alias “Vladimir”, el ejecutor material de aquella, quien lo sindica de haber sido el determinador de la misma. Y no faltan testimonios de paramilitares como Iván Roberto Duque y Fredy Rendón, quienes se refieren a las relaciones que tenía PÉREZ GARCÍA con grupos ilegales y en especial con Henry Pérez, uno de los artífices del operativo en Segovia.

Como hecho indiciario se encuentran las declaraciones de los habitantes de Segovia que conocían los antecedentes de la “Masacre”, la intolerancia política e ideológica entre los diversos actores del conflicto, que permite apreciar los hechos ocurridos en Segovia la noche del 11 de noviembre de 1988 como una expresión de violencia sistemática y generalizada e inferir la participación del acusado como determinador.
La Defensa  y el vocero del procesado.

Los alegatos del vocero y el defensor tienen un mismo hilo conductor, por lo cual se consignará lo expuesto por ellos en un resumen común.

Discuten la calificación jurídica de la conducta, pues en su criterio no existe claridad acerca de cuál es el comportamiento que desde el punto de vista jurídico se le imputa a su defendido.

En su criterio, la calificación jurídica en la diligencia de indagatoria dista de la que se le imputó al resolver la situación jurídica, pues en esta se le atribuyeron los delitos de genocidio y asociación para cometer genocidio; y de la muy distinta consignada en la resolución de acusación, en la cual se le acusó como presunto determinador de la “Masacre de Segovia”, en la que perdieron la vida medio centenar de personas e innumerables resultaron heridas, así como daños materiales, hechos considerados como un crimen de lesa humanidad.
En ese orden, cuestionan la falta de precisión de los hechos jurídicamente relevantes por los cuales se llamó a juicio a su defendido y critican que no se haya señalado frente a cuáles homicidios, lesiones o daños que se produjeron en esos hechos actuó el doctor PÉREZ GARCÍA como determinador.

Con todo, asumen que la cuestión fáctica está definida y a partir de ese punto de vista censuran la prueba de cargo y fundamentalmente el testimonio de Alonso de Jesús Baquero Agudelo, alias “Vladimir”, declaración acerca de la cual formulan una serie de consideraciones para indicar que  se trata de un testigo de oídas, que lo que conoce acerca de la participación del doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA es al parecer lo que supuestamente otros le dijeron.

Según eso, un testigo de oídas o de referencia es inadmisible como prueba de responsabilidad e inclusive la ley 906 de 2004, aplicable por virtud del principio de favorabilidad, prohíbe que una sentencia pueda fundamentarse en ese tipo de pruebas. Sin embargo, más allá de esas consideraciones, es un hecho inobjetable que la declaración de alias “Vladimir es de una fragilidad probatoria inocultable por la manera como tuvo conocimiento de la improbable participación del acusado en semejantes comportamientos.

En efecto:

Con las absurdas aseveraciones del testigo se pretende afirmar que el incriminado tuvo nexos con los paramilitares y que buscó apoyo de grupos ilegales para llevar a cabo la “Masacre” de Segovia, en retaliación contra los habitantes de un municipio que de tiempo atrás había sido su fortín político; cuestión que a juicio de la Corte se reafirmaría con el manifiesto atribuido al movimiento “Muerte a revolucionarios del Nordeste”, creado a raíz del descalabro político del grupo que el procesado lideraba en Segovia y en el cual se mencionaba a éste como uno de sus líderes.

A juicio de la defensa esas afirmaciones no tienen asidero ni en la realidad ni en el proceso, y sin embargo se ha querido dar apariencia de certeza a una cuestión fáctica que según se demostró no tiene razón de ser. No existió descalabro político, ni el grupo de CÉSAR PÉREZ GARCÍA fue derrotado estruendosamente, ni mucho menos fue enemigo de la Unión Patriótica, pues propició alianzas al interior del concejo con el fin de elegir a un personero de esa colectividad de izquierda. De manera que el acusado no podía gestar la creación de ningún grupo ilegal por un acontecimiento que no ha existido sociológicamente como hecho político, ni asumir venganzas contra quienes fueron sus aliados en concretos procesos gubernamentales.

En ese sentido concluyen que si a la pérdida de las elecciones del candidato liberal para la alcaldía de Segovia se le quiere dar la connotación de indicio de móvil para delinquir, cuál sería la regla de la experiencia que se tomaría en cuenta para inferir la autoría del incriminado, sobre todo si está probado que el sindicado no fue enemigo de la izquierda sino aliado de la misma. 

Por todo ello, la defensa sostiene que la acusación tiene como único fundamento la declaración de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, porque ningún otro medio de prueba avala ese artificioso testimonio. Este proceso empieza y termina con la declaración de oídas del mencionado individuo.

Aparte de la declaración del últimamente aludido, el expediente carece de cualquier posibilidad de demostrar con la seriedad que se requiere, la participación y responsabilidad del imputado. Ni siquiera, resalta la defensa, la acción se ejecutó contra militantes de la Unión Patriótica, para sostener que el móvil fue una respuesta contra sus militantes, pues si algo está claro es que los muertos no eran activistas de ese grupo político y que sólo uno pertenecía a la agrupación. Es más, si bien es cierto que ese partido fue objeto de persecución a nivel nacional, su exterminio no ocurrió en Segovia. Y tampoco fue el procesado quien con la finalidad de arrasar con la Unión Patriótica entró en contacto con los paramilitares para ejecutar los hechos investigados.

De otra parte, quienes rindieron testimonio expresaron que el enjuiciado no se llenaba de odios en las derrotas y no era  engreído en los triunfos. Asumía las primeras y perseveraba para recuperar el poder incluso con alianzas; siempre manejó la contradicción civilizadamente y no se puede dudar, como se hace en la resolución de acusación, que propició alianzas entre los liberales y la Unión Patriótica.

Aún así, se ha querido atribuirle odio hacia sus adversarios y estigmatizarlo con posiciones políticas que no corresponden a su ideario, todo con fundamento en un editorial del diario El Tiempo, relacionado con su oposición al proyecto de indulto para el M-19.  Ese tema por lo demás no guarda ninguna relación con la imputación que se le formuló  y no se entiende por qué se  aludió al mismo en la  acusación, siendo que el procesado nunca estuvo en lo sustancial en desacuerdo con ese proyecto del cual fue ponente en la Cámara.

Como la declaración de alias “Vladimir” siempre ha estado en entredicho y las referencias de contexto y los indicios del móvil para delinquir son insuficientes para condenar al doctor PÉREZ GARCÍA, tardíamente se trajo al proceso la declaración de Iván Roberto Duque, alias “Ernesto Báez” y de Fredy Rendón Herrera, alias “El Alemán”, dos confesos paramilitares que fueron especialmente controvertidos por la defensa y cuya credibilidad quedó en entredicho.

En últimas, lo único que queda es la declaración de alias “Vladimir”, que sólo se explica por su interés de obtener beneficios y rebajas de pena por los incontables crímenes con los que bañó de sangre a todo el país. Por eso hizo de su dudoso arrepentimiento un negocio para seguir acabando, no ya con la vida, sino con la dignidad, el buen nombre, la honra y la libertad de gente inocente como el incriminado.

Ahora, el material probatorio que tuvo en cuenta la Corte para la formulación de acusación, si bien le sirvió a la Sala para elaborar el pliego de cargos bajo el parámetro de la exigencia de un conocimiento probable acerca de la responsabilidad del acusado, actualmente se ofrece insuficiente para llevar a la certeza que permita dictar una condena en contra de CÉSAR PÉREZ GARCÍA.

Pero si la Corte persiste en otorgarle credibilidad al único testigo de oídas y de referencia, tampoco en ese improbable supuesto  podría proferir una sentencia condenatoria, porque no se conseguiría la certeza legal que como resquicio de la tarifa legal de pruebas negativa mantiene el artículo 381 de la Ley 906 de 2004, aplicable por favorabilidad a este caso, al establecer el mandato de que “la sentencia condenatoria no podrá fundamentarse exclusivamente en pruebas de referencia”, en la medida que las imputaciones del único testigo de cargo,  se basan en lo que supuestamente le habría comunicado Henry Pérez, siendo esta alusión la exclusiva prueba en contra del procesado.
Por lo anterior, el defensor y el vocero, solicitan que al no existir prueba idónea y suficiente para llegar a afirmar con un conocimiento más allá de toda duda, que el doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA es responsable de las conductas punibles por la cuales fue llamado a juicio, se profiera sentencia absolutoria por los cargos que le fueron imputados.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

Primero. Competencia.

El tema se encuentra suficientemente dilucidado en este asunto, pero se reitera que con fundamento en los artículos 180 y 235 de la Constitución Política y 75, numeral 7 de la Ley 600 de 2000, la Sala de Casación Penal conoce de los procesos penales que se adelanten contra congresistas, tanto en la fase de la investigación como en la del juicio, siempre que la conducta punible que se les atribuya tenga relación con su función.

Según lo certificó el 20 de abril de 1994 el Sub secretario General de la Cámara de Representantes, CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA tomó posesión del cargo de representante a la cámara para los periodos constitucionales 1974-1978, 1982-1986, 1986-1990. 1990-1994 y 1991-1994, lo cual le otorga la competencia a la Sala de Casación Penal, en el entendido que existe una relación de imputación concreta entre  los hechos investigados con el fin de consolidar a como fuera su hegemonía política, cuestión sin duda en la que influyó o de la que se valió el procesado, la función oficial desempeñada en ese momento.

Por lo mismo, la Sala reafirmó su competencia en la Audiencia Preparatoria llevada a cabo el 18 de julio de 2011, en la cual reiteró que:

“la relación del delito con la función pública tiene lugar cuando se realiza por causa del servicio, con ocasión del mismo o en ejercicio de funciones inherentes al cargo; esto es, que la conducta tenga origen en la actividad congresional, o sea su necesaria consecuencia, o que el ejercicio de las funciones propias del congresista se constituya en medio y oportunidad propicia para la ejecución del punible, o que represente un desviado o abusivo ejercicio de sus funciones.” [11]

En consecuencia, la Sala, conforme lo ha expresado en el curso del proceso y ahora lo reitera, es competente para dictar el fallo de mérito en este proceso.

Segundo.  De acuerdo con el artículo 232 de la ley 600 de 2000, “no se podrá dictar sentencia condenatoria sin que obre en el proceso prueba que conduzca a la certeza de la conducta punible y de la responsabilidad del procesado.”

Pues bien:

Conceptualmente la expresión “conducta punible” que se emplea en el artículo citado, se refiere no a la comprobación del hecho como manifestación fenomenológica o un dato óntico que desde el punto de vista causal transforma el mundo exterior, sino a un  juicio de adecuación típica de una conducta que lesiona o pone en riesgo un bien jurídico tutelado por la ley.

La Sala, a partir de esa noción, responderá las apreciaciones de la defensa en torno al desvalor del comportamiento, a los juicios provisionales que se han realizado en el curso del proceso y a las implicaciones por su configuración como delito de lesa humanidad.
En efecto:

La defensa pone en tela de juicio la calificación jurídica de la conducta por la modificación que ha sufrido desde cuando el procesado fue vinculado al proceso, y estima que ni aún en la resolución de acusación se precisó con la singularidad que demanda un adecuado ejercicio del derecho de defensa, el comportamiento y las implicaciones jurídicas de la conducta por la cual PÉREZ GARCÍA fue convocado a juicio.

La Corte, por supuesto, no ignora que la calificación jurídica, mas no la imputación fáctica, ha sido objeto de modificaciones durante el trámite, todas explicables desde el punto de vista de la teoría del proceso que concibe la adecuación típica como juicio provisional[12], sujeta a variación de acuerdo con la dinámica de la investigación e incluso a interpretaciones de la norma penal desde una visión que, en este caso, se hace con fundamento en principios que la Constitución de 1991 incorporó al orden interno y que al momento de definir la situación jurídica, la fiscalía no tuvo en consideración.[13]

Lo expuesto acerca de la provisionalidad jurídica de la conducta,  no es extraño en atención a que como método, entre estructuras formales y conceptuales, el proceso penal es un conjunto de actos sucesivos que a su vez dan inicio a otros, en el marco de una secuencia lógica y dialéctica destinada a la definición progresiva y vinculante de su objeto.

Empero, con fundamento en la supuesta inmutabilidad de la calificación jurídica provisional, el defensor denuncia una especie de infracción al derecho de defensa originada en su parecer en la incongruencia entre la resolución de acusación y otras decisiones que no se consideran leyes del proceso, tales como la definición de la situación jurídica o la que dispuso asumir la competencia. Sin embargo, esta apreciación es inadmisible, por la provisionalidad de la calificación jurídica de la conducta,[14] y porque lo indispensable es que entre el acto condición – acusación – y la sentencia como acto final, exista congruencia fáctica y jurídica y se determine claramente el núcleo fáctico de la acusación, cuestión que por supuesto está por fuera de toda discusión.

En ese orden de ideas, la Sala quiere reafirmar la dimensión fáctica y jurídica del comportamiento que se imputa al doctor PÉREZ GARCÍA, desde la perspectiva de una interpretación que congloba los principios del derecho penal internacional y los de orden interno, teniendo como marco la necesaria tensión entre las garantías procesales debidas a los sujetos procesales y las definiciones de justicia que la sociedad en la hora actual de los derechos humanos reclama, según quedó plasmado entre otras decisiones en la audiencia preparatoria en la que se negó la petición de nulidad solicitada por la defensa y en la cual se determinó de manera clara y precisa la cuestión fáctica y los alcances jurídicos de la imputación.

Véase:
A partir de la incorporación de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos a la Constitución Política, sus principios se convierten en parámetros vinculantes de interpretación de los derechos y deberes constitucionales. Por lo tanto, bajo esa consideración se deben apreciar los postulados básicos del derecho penal interno sobre los cuales se ha construido la legitimidad del derecho de penar – entre ellos el de legalidad e irretroactividad de la ley –, y las normas de derecho internacional que se refieren a los compromisos materiales de justicia, verdad y reparación ante graves infracciones contra derechos humanos fundamentales. [15]

En ese contexto se piensa que puede ser contradictorio que en aras de la justicia se cuestionen en su nombre principios del derecho penal demoliberal; sin embargo, esa antinomia sólo puede ser admisible a partir de una elaboración que tiene en cuenta la lectura de los textos legales desde una visión positivista que mira más al trazo linguístico de la ley que a la realización material de principios y valores superiores.[16] En cambio, “por la imperatividad de las normas humanitarias y su integración en el bloque de constitucionalidad… el Estado colombiano debe adaptar las normas de inferior jerarquía del orden jurídico interno a los contenidos del Derecho Internacional Humanitario con el fin de potenciar la realización material de dichos valores”, lo cual implica que principios del derecho penal tradicional se afecten con mayor intensidad en aras de la realización de otros de mayor relevancia, como el de protección de la dignidad humana, fundamento de los Estados civilizados.[17]

En consecuencia, la incorporación de cláusulas internacionales de derechos humanos que giran en torno a la dignidad del ser humano como universo social y concepto ético, permiten una lectura distinta de los principios del derecho penal tradicional y un mayor nivel de protección penal ante graves atentados contra derechos humanos fundamentales, para no dejar de cumplir por defecto el principio de proporcionalidad. En ese sentido, es posible mantener la tipificación de la conducta y la pena vigente al momento de ejecución de la conducta y el desvalor de la misma pero apreciado en el momento de su persecución penal, con lo cual se articula el principio de legalidad penal tradicional y los cometidos de verdad, justicia y reparación, tan en la base del lenguaje del derecho penal internacional.

Desde este punto de vista es posible conferirle a delitos que  en el ámbito del derecho penal común se denominan “homicidios” o “lesiones personales”, la categoría de delitos de lesa humanidad, tanto más si para la época de su comisión Colombia ya había suscrito tratados que acentúan la sistematicidad y generalidad del ataque como criterios diferenciadores entre un delito común y conductas que en el nivel de la macro criminalidad afectan de manera superlativa los derechos humanos.[18]
Claro, porque según lo ha definido la Sala, un delito de homicidio se cataloga crimen de lesa humanidad, no por la gravedad intrínseca que una conducta de tal naturaleza conlleva o por la importancia individual de la víctima, sino por la sistematicidad de su ejecución que en muchos casos devela una compleja operación criminal, que en este caso tuvo como objetivo el grupo político de la Unión Patriótica.[19] En eso no hay duda: la “Masacre de Segovia” no es un acontecimiento que se pueda separar de lo ocurrido en esa época en el contexto nacional, dado que se constituye en un episodio más de un conjunto de acciones que llevaron incluso al asilo a muchos dirigentes con el fin de salvar sus vidas,  entre ellas la misma Rita Ivonne Areiza, ex alcaldesa del municipio escenario de los hechos.

La sistematicidad como componente esencial de la acción en el lenguaje de la infracción a los derechos humanos la ilustra con propiedad Hernán Mota Mota –  miembro de ese partido y ex representante a la Cámara, exiliado por la persecución de que fue objeto –, como el epílogo de una serie de atentados contra ese grupo político, o Aída Abella, también asilada por su pertenencia a la exterminada Unión Patriótica, pese a que la totalidad de los muertos no pertenecían a esa colectividad.

En ese sentido, Aída Abella señaló:

“… pero en el Meta era impresionante, nos asesinan al compañero Pedro Nel de la mano de su hija de nueve años. El la llevaba todos los días al Colegio, todavía no la había soltado de la mano, cuando lo asesinan ahí a la entrada del Colegio. Por supuesto que eran completamente coordinados, ensañados…

… Haber en Antioquia no me acuerdo si fue el compañero Valencia, si fue en esa elección o fue en la otra, tal vez de todas maneras en esas elecciones empezaron a matarnos los concejales que salieron elegidos y el departamento de Antioquia fue, golpeadísimo, es imposible acordarse de cuales eran los concejales que nos mataban. Pero yo si quiero hacer un capítulo con lo de Antioquia, con los planes “Retorno”, que fue otro de los planes, bueno pero un plan muy especial que fue el plan “Cóndor”[20]

Y Mota Mota recordó:

“… [la] masacre de Segovia fue un castigo en mi opinión  a la población como resultado del ascenso electoral y político de la Unión Patriótica…. A mí me parece que es una relación muy elemental, seguramente si no hubiéramos ganado la alcaldía, si no hubiéramos alcanzado los siete escaños de los trece que conforman el concejo municipal de esa localidad, seguramente no hubiéramos sido objeto de la matanza de que fuimos víctimas y no se hubiera perpetrado la masacre en Segovia. Justamente fue por la presencia, por el ascenso electoral, social y político de la UP, como ocurrió en las demás regiones, como ocurrió en los Llanos orientales, como ocurrió en el Magdalena medio, como ocurrió en Santander, en el Tolima, en todas las partes donde tuvimos una destacada presencia como nueva fuerza política que irrumpe en el panorama nacional y local, manera que yo señalaba esto como un antecedente, como un registro histórico de las circunstancias más generales que rodean la masacre. Es un hecho objetivo que la Unión Patriótica ganó la alcaldía en esa municipalidad donde se produjo esa matanza, la masacre…”  [21]

Es más, la Corte Interamericana en decisión del 26 de mayo de 2010 se refirió a la sistematicidad del ataque como elemento central de acciones de las que fueron víctimas miembros de la Unión Patriótica, lo cual no deja dudas de la estructura y generalidad del ataque, elemento esencial en la configuración del delito de lesa humanidad.[22]

En efecto, según lo ha explicado la Corte, a la hora de establecer principios en el caso de graves infracciones a los derechos humanos, los crímenes de lesa humanidad están asociados más que con la existencia de un conflicto armado o con la gravedad inherente de una determinada conducta, con la sistematicidad a manera de elemento material del ataque, y con el conocimiento como componente subjetivo de la acción[23], características a las que con conocimiento de causa se refiere el ex representante Motta Motta en su declaración y la Corte Interamericana en la decisión indicada.

Por lo tanto, bien se expresó en la audiencia preparatoria al fijar de manera definitiva los límites de la imputación jurídica, el juicio de adecuación típica y la punibilidad tiene referente en disposiciones del decreto 100 de 1980, pero su valoración trasciende el bien jurídico de la vida e integridad en su consideración individual al incorporar la conducta como hecho social a un sistema de valores vinculado al respeto a los derechos humanos, lo cual también explicó la Sala.

En este sentido, el derecho comparado ha empleado estas alternativas con el objeto de superar decisiones formalmente correctas pero materialmente injustas, acudiendo a fórmulas sustanciales que encuentran en la filosofía de los derechos humanos un principio de valoración material de la antijuridicidad penal. Así, por ejemplo, en el caso contra el ex presidente Alberto Fujimori, la justicia peruana subsumió la conducta en los tipos penales de la legislación ordinaria, pero consideró, al igual como acá se sostiene, que los delitos imputados en atención a sus características trascienden su consideración estrictamente individual y por lo tanto se “adecuan plenamente a lo que internacionalmente y en el momento de su persecución, se califica de crímenes de lesa humanidad.” [24]

De manera que estas reflexiones no contemplan la conducta y sus implicaciones desde un perfil individual, sino de acuerdo con elaboraciones contemporáneas, las cuales incorporan la filosofía de los derechos humanos como elemento esencial de interpretación de la norma penal y de la antijuridicidad del comportamiento con el fin de superar soluciones formales que pueden conducir a intolerables lagunas de impunidad.

La Sala apreciará, en ese contexto, el comportamiento que se atribuye al doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA y determinará las conclusiones de acuerdo con ese marco jurídico.

Tercero. La defensa, según se ha señalado, cuestiona el testimonio de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, principal acusador del ex congresista aludido, desde varios puntos de vista, uno de lo cuales consiste en tildarlo de ser un testigo de referencia que solamente después de varias intervenciones ante autoridades de distinto orden vinculó al procesado, en un hecho que el defensor asegura  no planeó, ni sugirió que se cometiera.

Pues bien:

El proceso penal busca la aproximación racional a la verdad y la correcta aplicación del derecho sustancial dentro del respeto de las garantías constitucionales. Eso significa que esas finalidades tienen un límite material en la salvaguarda de los derechos de los sujetos procesales, y otro formal en la sana crítica, razón por la cual salvo por la ilegalidad o ilicitud del medio de prueba, de manera que mientras se respeten esos axiomas, no existe tarifa legal alguna que excluya de antemano ningún medio de convicción, según lo dispone el principio de libertad probatoria.[25]

Con todo, la defensa insiste en que el testimonio de  Alonso de Jesús Baquero, es de oídas o de referencia, y por lo tanto por virtud de la aplicación favorable del artículo 381 de la ley 906 de 2004, insuficiente para dictar sentencia condenatoria contra su defendido, teniendo en cuenta que esta norma dispone que “la sentencia condenatoria no podrá fundarse exclusivamente en pruebas de referencia.” 

De una vez se debe advertir que el testimonio del mencionado no se puede apreciar desde la perspectiva que la defensa propone, para adscribirlo a una categoría con el propósito de demandar la absolución del sindicado, pero aún si se aceptase que fuese testigo de referencia, no se podría aplicar la regla negativa cuya aplicación favorable se reclama,  pues no se trata de un testigo único y de otra parte no existe afinidad dogmática de instituciones cuya aplicación por favorabilidad se demanda.

En ese sentido, la Sala ha señalado que por virtud del principio de favorabilidad, normas de la ley 906 de 2004 pueden aplicarse a asuntos que se tramitan con base en el sistema de la ley 600 de 2000, a condición de que las instituciones sean afines a los dos sistemas.[26] Pero eso no significa que bajo esa reflexión, las reglas de apreciación probatoria se puedan considerar una institución común a los dos sistemas, teniendo en cuenta que el método de investigación, de producción de la prueba y el principio de inmediación, son sustancialmente distintos en los sistemas procesales indicados.

En efecto:

En el proceso penal de la ley 600 de 2000, la prueba se produce desde la fase de indagación preliminar, y por supuesto a partir del instante en que se declara formalmente abierta la investigación penal, sin necesidad de que se repita en el juicio, pues impera el principio de permanencia de la prueba, a condición de que los sujetos procesales hayan tenido la posibilidad jurídica de controvertirla (artículo 401 de la ley 600 de 2000).[27] En cambio, en el sistema procesal de la ley 906 de 2004 se realizan “actos de investigación”, de manera que por regla general únicamente se considera prueba la que se practica en el juicio (artículo 374), y por ello es imperativa la cláusula según la cual la “sentencia condenatoria no podrá fundarse exclusivamente en pruebas de referencia.”

Esa afirmación tiene razón de ser en el principio de contradicción como condición axiológica de la controversia procesal, debido a que en la ley 600 de 2000 la confrontación es continua, mientras que en la ley 906 de 2004 se concentra en el juicio penal, por principio único escenario en que se materializa la prueba como medio de aproximación racional a la verdad. Por lo mismo, según el artículo 437 de la ley indicada, es prueba de referencia toda declaración realizada por fuera del juicio oral, no tanto por el momento en que se produce, sino por la imposibilidad de controvertirla en la vista verbal, por regla general, fase normal de producción de la prueba, con excepción de lo regulado en torno de la prueba anticipada.

En conclusión, aparte de que no se trata de un testigo único, la epistemología en que se sustenta la aproximación racional a la verdad y el distinto fundamento de los principios de contradicción y de inmediación, impide la aplicación de las normas de la ley 906 de 2004 que la defensa demanda.

Cuarto. Nadie discute, porque es un hecho que no requiere mayores reflexiones, el homicidio de varias personas y las lesiones de otras por parte de escuadrones de la muerte la noche del 11 de noviembre de 1988 en el municipio de Segovia, acontecimiento que por sus efectos simbólicos en el quehacer social y político de esa región y de la nación toda, se constituyó en un episodio de dimensiones superlativas, cuya apreciación desde el punto de vista penal implica superar los umbrales de reflexión que ordinariamente se emplean para analizar conductas de la llamada delincuencia convencional, debido al alto contenido de intolerancia y a la incidencia en la política de preservación de los derechos humanos como imperativo ético de un Estado democrático.

En ese orden, el análisis de la conducta requiere aprehender las circunstancias históricas, políticas y sociales que rodean el comportamiento y apreciar la prueba de acuerdo a como actúan los llamados “escuadrones de la muerte” o “grupos armados por fuera de la ley”, con el fin de superar arquetipos convencionales que sin consideración al contexto, pretenden restarle crédito al principal testigo encasillándolo en clasificaciones formales con el fin de cuestionar su credibilidad, muy a pesar de que quien declaró en contra del procesado fue el ejecutor de la “masacre” y no un sujeto extraño que hubiese conocido de ella por lo que le dijeron o le contaron, sino por lo que vivió.

Pues bien:

El Municipio de Segovia, recuérdese, hace parte del nordeste antioqueño, una zona convulsionada social y políticamente por la presencia de múltiples grupos armados ilegales de las más diversas tendencias; al punto que, precisamente en 1988, y aún antes, como consecuencia de tantos procesos políticos fallidos, las agudas contradicciones dejaron en evidencia la intemperancia de grupos de ultraderecha frente a partidos que al decir de unos, tenían respaldo de organizaciones subversivas y que en nombre de la Unión Patriótica irrumpieron en el escenario político para entonces dominado, según había sido la tradición, por dos partidos proverbiales.

En efecto, Segovia conjuga la historia de caciquismos y de liderazgos locales, compatibles con un orden constitucional excluyente y centenario que limitaba la participación política. Por eso no es extraño que Julio César Restrepo Cadavid con razón ilustre la situación social y el entorno del poder local en los siguientes términos:

“…y se fueron volviendo como caciques, entonces allá quedó el señor César Pérez García; allá pues como líder de esa región de allá y a nivel local pues el más cacique era un señor Sigifredo Zapata, que era como decir la mano derecha de ese señor que todo lo que pasaba allá ahí mismo llamaba hablar con él… Si porque el señor Pérez era como decir el cacique político de la región y el señor Sigifredo era como el cacique local, entonces los alcaldes los nombraba la secretaría de gobierno departamental, entonces el tipo se disfrazaba. El era latonero y mecánico, pues el Sigifredo, entonces él se ponía su ropa de trabajo y se paraba en la esquina a ver y si el alcalde no funcionaba como él decía él llamaba a César Pérez y el alcalde ahí mismo  lo cambiaban… Eso era un conocimiento general allá en el pueblo…” [28]

O, en palabras de Javier Ávila:
“Lo que pasa es que él era el jefe político de toda la zona y entonces él ponía los alcaldes, cierto. El gobernador de turno le apoyaba esos alcaldes y eso se veía en casi todos los municipios donde el partido liberal, el partido conservador estaba ahí y se presentaban esos cambios, cierto. Como eran nombrados a dedo, digamos, entonces se presentaban y él era un político o ha sido un político muy importante y entonces él en todo el nordeste tenía casi todos los alcaldes eran de él….”[29]

En ese escenario político y pese a la estigmatización del  grupo como un partido vinculado con organizaciones ilegales de izquierda, la Unión Patriótica logró en la primera elección popular de alcaldes en 1988, elegir a Rita Ivonne Tobón Areiza y a siete de trece concejales, y romper la hegemonía del partido liberal que CÉSAR PÉREZ GARCÍA dirigió por años con inocultables réditos políticos, hecho impensable en el concierto de una práctica que por buen tiempo le había negado a fuerzas distintas a las convencionales la posibilidad de acceder al gobierno local.

Este hecho, trascendental en la vida política de Segovia y en su imaginario colectivo, se convirtió en detonante de la intolerancia y pronto grupos de ultraderecha que desdeñan del pluralismo y de la política como factor de inclusión social, notificaron a nombre del denominado movimiento “Muerte a Revolucionarios del Nordeste”, que no habría paz política mientras los “idearios democráticos” estuviesen en peligro por la incursión de nuevas fuerzas políticas que en su criterio tenían afinidad con grupos ilegales de izquierda.

En ese contexto, el panfleto en el cual se hacía alusión a la corriente atrás indicada –Muerte a los Revolucionarios del Nordeste-  explícitamente mencionaba al doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA, hecho al cual la defensa le resta importancia porque ese documento también se refería al Presidente de Estados Unidos Ronald Reagan y a otros personajes de igual jerarquía, que en su criterio no le aporta nada sustancial a la investigación.

Si se considera únicamente las referencias a personajes como el Presidente de los Estados Unidos de América, el escrito posiblemente no aportaría mayores elementos de juicio, pero si se mira como expresión de una política antidemocrática, adquiere una consideración especial; tanto que al tiempo con la aparición de ese documento arreciaron los hostigamientos contra la población civil, líderes de la Unión Patriótica[30] y del partido liberal que apoyaron a esa facción política, lo cual demuestra desde el comienzo que la acción posterior fue eminentemente selectiva.[31]

A esta situación también se refiere la ex alcaldesa Rita Ivonne Tobón Areiza, elegida en nombre de la Unión Patriótica, quien más allá de su vehemente imputación en la audiencia pública contra el procesado, contó las amenazas de todo orden contra la Unión Patriótica, y cómo Sigifredo Zapata, político cercano a la cuerda del procesado, tomó un panfleto en el que se informaba del accionar del grupo “Muerte a Revolucionarios del Nordeste”, y lo exhibió proclamando que era el principio de la recuperación de Segovia por parte de su “jefe político”. [32]
De manera que la importancia del volante del movimiento en cuestión y otros de similar contenido, apreciados en el contexto social y político de los años 80 en Segovia, consiste en demostrar los altos niveles de confrontación y la intolerancia que se generó por el triunfo de la Unión Patriótica, a lo cual, por lo visto, no eran ajenos los líderes de los movimientos derrotados, pues no en vano Rita Ivonne Tobón Areiza, la recién elegida alcaldesa de ese lugar, pudo percibir directamente las amenazas contra la población civil.[33]

En efecto:

El manifiesto de ese movimiento de ultraderecha y los actos de hostigamiento anteriores, se constituyen en mojones de una política de acoso contra la población civil, auspiciada incluso por agentes estatales que impidieron cualquier posibilidad de legitimación por la desviación de funcionarios que, en lugar de preservar la vida y los espacios democráticos, propiciaron conductas ilícitas bajo equivocadas concepciones de Estado y de Justicia, apoyando a los autores de la masacre, según la judicatura tuvo ocasión de pronunciarse.

En ese sentido, no se puede perder de vista que algunos oficiales del Ejército Nacional facilitaron la ejecución de los nefastos hechos de la noche del 11 de noviembre de 1988, con lo cual la intimidación a quienes optaron por políticas distintas, según lo decía el impreso del Movimiento “Muerte a revolucionarios del Nordeste”, no fue una amenaza carente de realidad o una actitud simbólica sin contenido alguno, como la defensa pretende demostrarlo resaltando la alusión que en él se hace a personajes de talla internacional.

Por consiguiente, el manifiesto permite entender – y esa es una faceta de su gran utilidad – el contexto social, histórico y político en que se produce la matanza del 11 de noviembre de 1988 en Segovia y comprender las siempre inexplicables connotaciones de un hecho que surge de personajes que desde la ultraderecha con el apoyo de agentes estatales, no estaban dispuestos a ceder espacios a una organización que, desde su particular punto de vista, tenía afinidades políticas con organizaciones o grupos al margen de la ley.

De manera que la llamada “Masacre de Segovia” – como se ha dado en denominar para la historia semejante vejamen contra la población civil –, sucede en un marco conflictivo, es decir, en medio de un conjunto de circunstancias propiciadas por grupos de paramilitares o escuadrones de la muerte e incluso actores institucionales del más diverso orden. En ese sentido, se ha indicado, la justicia probó la vinculación de orgánicos del Ejército Nacional en la acción de Segovia[34] y estancias de mercenarios en el Batallón Bomboná, hechos que se constituyen en antecedentes inmediatos de un acuerdo siniestro que Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, ejecutó y que pese al pacto de silencio propio de estas organizaciones, años después dio a conocer a la justicia.

En este margen, por la confluencia de actores de todo orden en la ideación, planificación y ejecución del operativo ilegal, se puede concluir que la acción fue realizada por un colectivo criminal que desde la perspectiva dogmática se cataloga como un grupo armado al margen de la ley. Por lo tanto, ninguna duda cabe de que quienes concurrieron a la ejecución de la “masacre” se concertaron previamente y de esa manera incurrieron en la comisión del delito de concierto para delinquir, conducta reprimida con la mayor severidad mediante disposiciones dictadas en ese momento al amparo del “Estado de Sitio”, en relación con estructuras de sicarios y organizaciones terroristas, precisamente con el fin de enfrentar graves atentados contra la población civil. [35]

Es decir, el acusado asumió los propósitos que motivaron al grupo ilegal, sobre todo, la persecución que realizaban contra los grupos subversivos, la población que eventualmente los apoyaba y, de manera más concreta, los militantes y partidarios (población civil) de la Unión Patriótica, disidentes de la tradición política impuesta en las regiones por los partidos políticos tradicionales, como es el caso del partido liberal que lideraba César Pérez García en la región de Segovia, de modo que el concierto para delinquir es incuestionable.

En este sentido, como se alcanza a comprender, una de las mayores preocupaciones de ese momento, era enfrentar la acción de grupos armados al margen de la ley, para lo cual precisamente se diseñó una legislación de emergencia por los nefastos efectos de la acción de estas organizaciones contra la seguridad pública, bien jurídico institucional que se concibe en el modelo de Estado democrático como un escenario esencial para garantizar los ámbitos de libertad y el ejercicio de los derechos fundamentales.[36]

En consecuencia, la confluencia de actores de todo orden en la planificación, preparación y ejecución del operativo ilegal, indica que la acción fue realizada por un colectivo ilegal armado con una tradición histórica que por el solo hecho de su conformación puso en riesgo la seguridad pública, y cuyo trasegar en la geografía nacional con la finalidad de atacar grupos sociales y políticos contrarios al ideario de las autodefensas, aumentó el riesgo contra las condiciones mínimas de seguridad indispensables para el ejercicio de derechos fundamentales.

Es más, la consideración que ha hecho la Sala de los acontecimientos ocurridos en el municipio de Segovia como delitos de lesa humanidad, en atención a que este suceso fue consecuencia de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, supone necesariamente un acuerdo de voluntades que permanece en el tiempo y que afecta la seguridad pública, bien jurídico cuyo riesgo se incrementó por la persistencia de las acciones de este grupo ilegal.

De la persistencia del acuerdo y de los nexos entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y éste tipo de grupos ilegales, hablan con propiedad Iván Roberto Duque y Daniel Rendón Herrera, de manera que no se puede decir que PÉREZ GARCÍA participó de un segmento de una acción ejecutada por un colectivo ilegal, sino que fue parte de un acuerdo que perduró en el tiempo y que incrementó, por ese solo hecho, el riesgo contra la seguridad pública como bien jurídico funcional.[37]

De otra parte, el contexto en que se produjo la conducta y  la manera como se cumplió el plan, demuestran que se trató de una típica operación de grupos armados al margen de la ley que actúan bajo una unidad de mando jerarquizada en la que no existe, la mayoría de las veces, ni siquiera el más leve contacto entre el ejecutor material y quien imparte la orden, aspecto sustancial para apreciar el testimonio de alias “Vladimir”, del cual la defensa se vale para catalogarlo como testigo de oídas y de referencia en orden a cuestionar su credibilidad.

De modo que si la llamada “Masacre de Segoviafue ejecutada por un grupo armado por fuera de la ley, es posible afirmar que no necesariamente tiene que existir una relación directa entre el que ordena,  sugiere,  manda o imparte la orden, y el que ejecuta la conducta, tema que desde la postguerra ha permitido atribuir responsabilidad a aquel que detenta el poder de impulsar o pausar la acción a su antojo o conveniencia, pese a que no exista contacto directo con el ejecutor material.

En esa medida, la apreciación de la declaración de Alonso de Jesús Baquero con cánones tradicionales que encuentran en la relación directa entre quien imparte la orden y quien la ejecuta, el único fundamento admisible de aproximación racional a la verdad, es insuficiente para juzgar complejas modalidades de criminalidad que no corresponden a estereotipos de la llamada delincuencia convencional, máxime si en este caso, la declaración de alias “Vladimir” encuentra respaldo en la versión de Iván Roberto Duque y Fredy Rendón Herrera, quienes se refieren a los vínculos entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA, Fidel Castaño y Henry de Jesús Pérez, gestores también de la masacre, lo cual refuerza la credibilidad de la declaración de aquél.

Es más, si se acepta que quien tiene el dominio sobre la organización, o que él u otro en su nombre puede impartir órdenes vinculantes que desembocan en la ejecución de un delito por parte del autor inmediato que hace parte de una estructura ilegal jerarquizada, es posible comprender que las órdenes del “Estado mayor” se cumplen sin que sea necesaria la comunicación directa entre quien imparte la orden y el ejecutor, o que no necesariamente entre quien determina al jefe de una organización y el autor material debe existir una relación directa e inmediata, lo cual explica que alias “Vladimir” haya recibido órdenes de sus superiores sin tener contacto con el determinador de la conducta.  

Además, es bueno destacar otros aspectos referidos al testimonio que rindiera Alonso de Jesús Baquero, con miras a establecer que su dicho coincide con varios de los episodios narrados por otros declarantes, lo cual permite predicar del mismo que, según se viene afirmando, no es insular según lo sugiere la defensa, y de otro lado, que existen hechos y circunstancias que fueron escuchadas en el proceso mucho antes que “Vladimir” rindiera su versión y en las que se mencionan aspectos que vinculan al político liberal, lo cual permite darle soporte y una mayor envergadura a las atestaciones que ofreciera Baquero. Por ello resulta claro que la Sala, como ya se anunciara, le otorgue pleno crédito a sus afirmaciones porque no surgen de la fantasía del deponente sino que encuentran apoyo en episodios narrados por otros actores del proceso.

En efecto:

Uno de los más recurrentes argumentos de la defensa para desestimar las afirmaciones de Alonso de Jesús Baquero es que su testimonio es producto de la ficción y que toda la investigación se soporta o nace en contra de CÉSAR PÉREZ GARCÍA, una vez se rinde el testimonio amañado de este testigo; en ese entendido se afirmó “que todo empieza y termina con el testimonio de Vladimir”, lo cual no es fundado.

Veamos: concurren testimonios de diferentes personas que confluyen a demostrar la responsabilidad del procesado en los hechos que dejan sin sustento las tesis defensivas esgrimidas, ya que en la construcción de las mismas se obviaron, convenientemente, algunas de estas versiones que permiten dar un giro a la investigación para afianzar el compromiso del procesado en los hechos.

Por ello, la vinculación del político con el episodio delictivo no surge exclusivamente de la declaración de “Vladimir”; no todo comienza y termina con él, porque mucho antes ya se escuchaba el nombre de CÉSAR PÉREZ GARCÍA en calidad de gestor de los hechos.

Resulta de vital importancia esta situación en el entendido que lo construido en el expediente no surge a partir del “veleidoso declarante”, según lo refiere la defensa en conjunto, sino que sus manifestaciones son una parte del recaudo probatorio que se encuentra en el proceso y que permite, al construir un análisis armónico, determinar no sólo los artífices de la comisión sino a quienes actuaron en la sombra para acordar la realización de estos hechos, amparándose como el acá investigado, en su prestancia, que para la época ostentaba en el concierto local, departamental y aún nacional.
De otra parte, la crítica testimonial señala que en principio es más veraz la declaración de quien percibe directamente los hechos que el testimonio de aquel que obtiene el conocimiento indirectamente. Pero eso no significa, aún de aceptar que el testimonio de Alonso de Jesús Baquero fuese único y de referencia, cuestión que por supuesto es de muy dudosa recepción, que se deba desestimar, pues no existe ninguna tarifa legal o regla científica o de experiencia que así lo imponga y de allí que su apreciación quede al cabal juicio de la sana crítica (artículo 282 de la ley 600 de 2000).

La defensa reitera a lo largo de su exposición que el testimonio de Alonso de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, es tardío, interesado, único y de referencia, características que en su criterio desdicen de su credibilidad. Tardío porque fue después de muchos años que decidió vincular a CÉSAR PÉREZ GARCÍA con la “Masacre de Segovia”; interesado pues lo hizo con el afán de obtener beneficios judiciales; único toda vez que aparte de él nadie con conocimiento de causa sabe de la participación del acusado en semejantes hechos, de manera que “todo comienza y termina en sus decires”; y de oídas, en cuanto que el testigo lo que narra lo hace porque otros al parecer le dijeron que el acusado propició el operativo.  

Es cierto que Alonso de Jesús Baquero no mencionó en sus primeras intervenciones al citado ni a otros e inclusive no aceptó que hubiese dirigido la acción delincuencial, pese a que habitantes de Segovia lo señalaron como el jefe de la cuadrilla de paramilitares que sembró el pánico y la muerte el 11 de noviembre de 1988. Solamente ante la identificación de varias personas que lo distinguían con el alias de “Alfredo”, según se le conocía en las filas de la guerrilla, facción a la cual perteneció antes de involucrarse con otros grupos sin la menor afinidad ideológica, confesó siete años después su participación.

De manera que por no haber aceptado su participación desde la primera vez cuando concurrió ante la Procuraduría General de la Nación o no delatar a los principales artífices de la “masacre”, su confesión no merece credibilidad. Al contrario, la regla de la experiencia indica que no siempre quien ha cometido un delito lo acepta ante la justicia. Es más, generalmente se admite que ante la carga que tiene el Estado de demostrar la responsabilidad, quien está comprometido en un hecho delictual usualmente niega su vinculación con los actos que se le imputan. En ese sentido, la admisión tardía de responsabilidad de “Vladimir” es explicable y ello en sí mismo no afecta su credibilidad ni su contenido.

Tampoco es esencial para descartar la veracidad del testigo su interés por obtener beneficios legales, pues aún cuando alias “Vladimir” hubiese admitido su responsabilidad y la intervención de otros con fines utilitaristas, ese propósito no permite desestimar de antemano su aptitud probatoria, aun cuando esa “singularidad”, que es como el artículo 277 de la ley 600 se refiere a esas circunstancias, obliga a emplear mayor agudeza y reflexión en procura de establecer el mérito y la credibilidad del declarante.

Al respecto la Sala ha sostenido:

“…Por tanto, sin dificultad se colige que no todo aquél que concurre a suministrar información sobre la comisión de delitos es necesariamente veraz o ineludiblemente embustero, pues en cada caso concreto corresponderá establecer, con independencia de que la recompensa se entregue o no, si lo expuesto encuentra soporte en el mundo exterior. (…). No se aviene con el estado actual de la situación del país y con las peculiaridades de delitos como los que motivaron este diligenciamiento, restar mérito suasorio a quienes informan a las autoridades datos exactos y verificados, por el solo hecho de que se les haya prometido la entrega de recompensas económicas o beneficios punitivos, o dicho de otra manera, no es la ausencia del provecho lo que dota de credibilidad a los testimonios, sino la constatación de que lo expuesto encuentra soporte en otros medios de prueba.”[38].

“…Ahora bien: la tesis de ilegalidad del medio de convicción la intentó el defensor desde la tesis insostenible de que provenía de un "reinsertado" que buscaba conseguir beneficios. Una circunstancia así no torna inválida la prueba como tampoco la retractación. Son aspectos a tener en cuenta al apreciar el funcionario judicial la evidencia, cuya descalificación categórica hecha por el censor, opuesta a la conclusión expresada en el fallo, no demuestra la configuración de ningún error trascendente del juzgador. …(1) Así lo sostuvo la Corte en el auto de casación del 14 de febrero de 2006 (radicación 23.639) y se recordó en el del 14 de septiembre de 2009 (radicación 32.126)…”[39]

“…4. En primer lugar, la premisa planteada por el censor carece de las notas características de generalidad y universalidad, consustanciales a las reglas de la experiencia, pues no puede afirmarse, como lo hace el demandante, que siempre que alguien declara condicionado a la obtención de beneficios por colaboración, mentirá en su testimonio…”[40]:

Ahora:

Está probado en el expediente que en torno a lo expresado por Alonso de Jesús Baquero ha girado buena parte de lo que se ha dado en llamar la “línea lógica de investigación”, debido a que es él quien, no solo en este proceso, sino en otros, ha dado a conocer los elementos necesarios para hacer un juicio político y jurídico de la llamada “Masacre de Segovia, comprender sus implicaciones históricas, el compromiso de agentes del Estado, sus nexos perversos con organizaciones armadas al margen de la ley y el grado de participación de los principales artífices del operativo demencial, confirmando lo que los habitantes de Segovia sabían y los líderes locales conocían. Por consiguiente y según se dijo en la acusación, no puede desestimarse en este caso si fue trascendente para determinar la responsabilidad de otros en procesos diferentes.
Con todo, en orden a demeritar la credibilidad del testigo, la defensa considera inexplicable que muchos años después de la “masacre”, Alonso de Jesús Baquero, o “Vladimir” se refiriera a CÉSAR PÉREZ GARCÍA, no porque supiera de su real participación, sino porque en su decir, fue informado por Henry Pérez, del interés que tenía en restaurar su poder político en Segovia, algo que para el defensor no es admisible.

Como se ha explicado, la declaración de Alonso de Jesús Baquero no se puede apreciar con reglas convencionales ni menos catalogarla prueba de referencia. Si se admite que es testigo de oídas quien conoce de los hechos que se investigan porque alguien le comentó lo que ocurrió, la declaración de Alonso de Jesús Baquero no se puede adscribir a esa categoría, entre otras razones porque él no fue cualquier actor, sino el ejecutor del operativo criminal, quien precisamente por esa condición debía conocer todos los pormenores de la acción y quienes eran los gestores de la misma, según se lo hizo saber Henry de Jesús Pérez exhibiéndole una grabación entre los principales actores, incluido por supuesto CÉSAR PÉREZ GARCÍA.

En este punto debe resaltarse que la esposa de Henry Pérez, Luz Marina Ruiz Gómez, en la audiencia pública dio fe de la costumbre que tenía el jefe paramilitar de grabar a sus contertulios, agregándose que no es extraño que este le hubiera dado a conocer al testigo esa grabación dada la confianza que rodeaba el trato entre los dos.

En eso, Alonso de Jesús Baquero ha sido consecuente desde el momento en que decidió contarle a la justicia las razones de la masacre, la manera como se planificó el operativo, el apoyo de algunos miembros del ejército y la policía, la identidad de los gestores de la matanza y los móviles de la misma. Así se lo dijo a Ricardo Téllez Gómez[41], investigador de la Fiscalía, cuando le recibió una entrevista con el fin de valorar su colaboración en el descubrimiento de múltiples delitos de dimensiones superlativas.

Asimismo, ante las autoridades judiciales, Baquero señaló a Henry Pérez y Fidel Castaño, líderes de los ejércitos del paramilitarismo, de haber discutido con CÉSAR PÉREZ GARCÍA el operativo que finalmente se ejecutó,  lo cual  expuso en la ampliación de indagatoria del 29 de noviembre de 1995, lo reafirmó en la declaración del 10 de enero de 1996, y lo confirmó en la diligencia de indagatoria del 29 de febrero de 1996.

En esta última diligencia expresó:

“Hay un Senador o Representante a la Cámara, no recuerdo que era para ese entonces, en esa época perdió las elecciones en Segovia y su nombre es César Pérez García, a raíz de eso él fue y buscó a Fidel Castaño para que lo ayudara a sacar la UP de Segovia. Fidel Castaño lo contrató, corrijo, lo contactó con Henry Pérez, que en ese tiempo era uno de los jefes paramilitares en Puerto Boyacá. Henry Pérez se reunió con los dos en Medellín, con Fidel Castaño, César Pérez y Henry Pérez. Después de eso Henry me citó a la reunión en Puerto Boyacá. Henry me comentó todo, lo comentado, lo ocurrido en la reunión y me preguntó si conocía a un señor César Pérez, yo le dije que no, pero que sabía que era un jefe político del partido liberal en Segovia. Entonces César me colocó un caset en donde yo escuché la voz de César Pérez donde les pedía ayuda para sacar la UP y a la guerrilla de Segovia. Entonces Fidel Castaño le decía que tranquilo, que eso ya estaba en manos del jefe, refiriéndose a Henry Pérez, y el señor Pérez le decía que le colaboraba con lo que fuera necesario pero que él no podía perder esa región, en Segovia.”

También delató a los miembros del Ejército Nacional que facilitaron el operativo y fue fundamental para su condena. Pero ese que sería un valor agregado, la defensa lo acepta con la advertencia de que allí fue testigo directo y no indirecto, como lo es en el caso contra su defendido. En ese sentido, la defensa bajo una óptica lineal que aísla la declaración del contexto, sostiene que la declaración no es suficiente para llevar al juez a la certeza del convencimiento. Pero si se analiza el testimonio en sistemática la conclusión es distinta, como se puede observar al apreciar los nexos de todo orden entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y el paramilitarismo.

Al respecto, Henry Pérez y Fidel Castaño fueron, como se ha demostrado en el proceso, jefes de jefes de los ejércitos paramilitares. Por lo mismo, de acuerdo con la regla de la experiencia, solamente podían tener acceso a ellos personas de indiscutida confianza. Desde luego, porque los líderes de grupos armados al margen de la ley se desenvuelven en círculos cerrados para garantizar su seguridad. Eso explica, que Iván Roberto Duque se haya entrevistado con Henry Pérez, pues éste al igual que aquel compartía los mismos escenarios y propósitos. Y si así es, por la misma razón se tiene que concluir que CÉSAR PÉREZ GARCÍA también lo hizo en esos escenarios de ilegalidad, como lo asegura Iván Roberto Duque, si es que de recurrir a testigos directos se trata.

Precisamente acerca de estos encuentros, entre la ilegalidad y clandestinidad, Duque señaló en su declaración:

“…alguna vez, fui a Puerto Berrio… estando allá me invitaron a un almuerzo en una finca, yo no sé si existe actualmente, de pronto sí, se llama Sebastopol, me llamó mucho la atención porque me dijeron que en ese almuerzo va a estar don Henry Pérez, no sabía yo, señora magistrada, que está en Puerto Berrio, que la finca queda relativamente cerca de Berrio, quiero recalcar que en muchos encuentros que yo tenía con Henry desconocía a mucha gente que lo visitaban, sin embargo pues para ser concreto para los efectos que persigue esta investigación señora Magistrada, yo fui a la finca Sebastopol, allá me encontré con Henry, sus escoltas…”
Y precisó:

, [no audible] … un Mayor, no recuerdo Señora Magistrada cómo se llama, se identificaba como Mayor de la decimocuarta brigada, dicho sea de paso que Henry tenía muy buenos contactos con las autoridades, las autodefensas todas, y allá había un político, me lo presentaron, nunca lo había visto en mi vida, me dijo se llama César Pérez García. Me lo presentó directamente Henry Pérez.  Almorzamos en esa finca, fue un encuentro primero inesperado; además absolutamente informal. Se conversó de política, yo incluso estuve hablando porque yo todavía era secretario de ACDEGAM, la filiación mía ha sido al partido liberal, entonces me pareció muy interesante haber conocido este señor allá. Yo no lo conocía, en lo personal quiero referirme a eso, pero allá se mencionaba en esa época, distinto ahora, se mencionaba mucho acerca de dirigencia en Antioquia, era un Congresista, recuerdo que hablamos mucho de una cosa que en esa época estaba muy en boga que era la consulta popular…”

Esta referencia es esencial para apreciar el testimonio de Alonso de Jesús Baquero, pues Iván Roberto Duque, alias “Ernesto Báez” confirma los nexos entre Henry Pérez y CÉSAR PÉREZ GARCÍA, que no habrían tenido porqué suceder en circunstancias normales por los vínculos ilegales del primero y la institucionalidad que representaba el otro. Por lo tanto, no se puede sostener que la declaración de Alonso de Jesús Baquero sea insular en orden a probar los nexos entre el político y el jefe paramilitar. Al contrario, por esas razones es admisible que, como lo ha señalado alias “Vladimir”, la “Masacre de Segovia” fue sugerida por CÉSAR PÉREZ GARCÍA, quien mantenía vínculos con paramilitares y concretamente con quien le impartió a aquel la orden de ejecutar ese repudiado acontecimiento.

En tal virtud, se aprecia que la declaración de Alonso de Jesús Baquero no contiene verdades aisladas, pues lo que una visión en conjunto de la prueba indica es que su versión la confirman otros medios de prueba que realzan su credibilidad en orden a demostrar la responsabilidad de los principales actores de la matanza. En ese sentido, así como Alonso de Jesús Baquero delató la participación de varios oficiales del ejército en la ejecución del crimen colectivo, cuestión que por lo demás la defensa acepta, también la unidad y universalidad del testimonio de Baquero permite asegurar que CÉSAR PÉREZ GARCÍA fue el gestor de esa causa criminal, por el respaldo que encuentra en declaraciones que demuestran los vínculos entre el político y las organizaciones al margen de la ley.

Por todo ello, el testimonio de este individuo no es una prueba autárquica de la que se pueda decir que deambula sola por el expediente. Por el contrario, su declaración se constituye en el núcleo de una imputación que se reafirma, según se ha visto, desde diferentes perspectivas. En ese aspecto, no solo Iván Roberto Duque confirma las relaciones que mantenía el acusado con Henry Pérez. Fredy Rendón Herrera, alias el “Alemán”, reconocido paramilitar también manifestó que recibió órdenes de sus mandos en el sentido de pausar las acciones en aquellos sitios, lugares y negocios en los que CÉSAR PÉREZ GARCÍA tenía interés y asociaciones ilícitas. De manera que las andanzas con grupos de ultraderecha no son una mención que se concentre en la versión de alias “Vladimir” sino que son lugar común en el proceso.[42]

De manera que el testimonio de alias “Vladimir”, en el sentido de atribuirle a CÉSAR PÉREZ GARCÍA responsabilidades concretas en la ejecución de la “masacre” no es exótico, ni es la manifestación de un interés solapado producto de la invención de quien busca beneficios judiciales, debido a que lo que expresó Alonso de Jesús Baquero en torno a la relación entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y Henry de Jesús Pérez, aún así él no haya percibido ese hecho, es un tema suficientemente corroborado en el expediente, con lo cual la afirmación de que se trata de un testimonio interesado, único y de oídas queda francamente en entredicho.

En síntesis, la probada relación entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y jefes del paramilitarismo de la talla de Henry de Jesús Pérez, líder de las Autodefensas del Magdalena Medio, le confiere credibilidad a la declaración de Alonso de Jesús de Baquero y permite inferir que si entre el político y ese grupo armado existía ese tipo de vínculos, entonces no es apresurado sostener, justamente por esas relaciones confirmadas, que CÉSAR PÉREZ GARCÍA hubiese determinado a Henry de Jesús Pérez a impartir la orden de ejecutar una acción con nefastos efectos en los procesos de construcción democrática.

Pero desde luego que no es solamente la manifestación de alias “Vladimir” la que propicia esas conclusiones, sino un entramado de hechos que a manera de indicios demuestran la participación de CÉSAR PÉREZ GARCÍA en la comisión de la conducta por la cual se le juzga.

Aparte de su indiscutible relación con grupos ilegales de autodefensas, es un aspecto probado que CÉSAR PÉREZ GARCÍA fue el más afectado con el ascenso de la Unión Patriótica, como quiera que siempre mantuvo el poder local en modelos estatales en donde las autoridades locales no se elegían sino que se designaban. Este suceso, reconocido por voces de las tendencias más disímiles explica por qué Alonso de Jesús Baquero sí fue enterado por Henry de Jesús Pérez del interés de aquel para que se llevara a cabo la acción militar, mostrándole como evidencia una grabación en la que no quedaba duda para el ejecutor principal, de la participación del político en el proceso de ideación y ejecución de la misma.

Si según se indicó, por la manera como operan los “aparatos organizados de poder” la experiencia indica que entre el operador material y quien imparte la orden no existe relación alguna, eso explica la razón por la cual entre CÉSAR PÉREZ GARCÍA y Alonso de Jesús Baquero no existió ningún tipo de contacto; pero para la cadena de mando sí era indispensable que Baquero Agudelo, el lugarteniente más avezado de la estructura criminal de Henry de Jesús Pérez, contase con toda la información que le permitiera garantizar el éxito de la acción, y de allí la necesidad de que se le hubiese explicado los motivos y quienes eran los interesados en el operativo.

Ahora, en esta serie de acontecimientos siempre se encuentra en la mención del procesado un hilo conductor. En efecto, desde cuando el Movimiento Muerte a revolucionarios del Norte hizo su aparición en “sociedad”, se mencionaba al político y se destacaba su liderazgo en la región. Años después, los integrantes del Movimiento Paramilitar Ernesto Báez y Fredy Rendón Herrera reconocían ante la justicia los nexos entre PÉREZ GARCÍA, Henry de Jesús Pérez y Fidel Castaño, mandos de ejércitos de autodefensas.

Por último, aún cuando dice no haber aceptado la sugerencia, Fidel Castaño mencionó el interés de PÉREZ GARCÍA en llevar la confrontación militar a Antioquia con el fin de enfrentar organizaciones insurgentes, lo cual no deja duda de la relación del político con los grupos de ultraderecha y concretamente con el jefe de los aparatos paramilitares, como lo escribió Alejandro Reyes Posada en reportajes conocidos tras la desaparición del líder paramilitar.[43]

Estas referencias confirman que la alusión que hace Alonso de Jesús Baquero en todos los momentos no es el producto de una acusación infundada, pues así como en las primeras ocasiones en las que se mencionó a PÉREZ GARCÍA, en la vista pública Baquero Agudelo se refirió a esos nexos en los siguientes términos:

“Después de la masacre nosotros tuvimos una reunión con Fidel Castaño, con el Coronel Navas, en Sebastopol, y Henry de Jesús Pérez; y Fidel Castaño lleva allí un mensaje de agradecimiento de César Pérez… nos decía, bueno de parte de César Pérez muy agradecido, muy contento, todos estamos muy felices, así es que se trabaja Vladimir, mire que si se puede hacer las cosas…”

Esta exposición indica categóricamente que Alonso de Jesús Baquero supo de la participación de CÉSAR PÉREZ no únicamente por las explicaciones de Henry de Jesús Pérez, sino también por la concreta felicitación que recibió a través de Fidel Castaño, situación tanto más admisible si se considera que Fredy Rendón Herrera se refirió precisamente a las relaciones de vieja data entre el Clan de los Castaño y el procesado, hecho que por lo demás también se infiere de la entrevista que Fidel Castaño le entregó a Alejandro Reyes Posada, en la cual se alude al interés que tenía el enjuiciado de llevar la guerra a Antioquia.

Por supuesto, esa manifestación del acusado, divulgada por un interlocutor válido como Fidel Castaño, porque a él había acudido justamente para convenir la ejecución de los hechos, de suerte que a ningún otro iba a buscar para hacerlo destinatario de su beneplácito, en conjunto con lo atrás expuesto se erige en elemento incriminatorio en contra del enjuiciado. No es sensato pensar que alguien exprese complacencia por algo, o manifieste un agradecimiento, si no tenía interés. Por consiguiente, esas aseveraciones ulteriores a los hechos, no sacan avante la inocencia de PÉREZ GARCÍA, por el contrario, coadyuvan a consolidar lo que se viene diciendo acerca de su responsabilidad.

En este punto igualmente debe destacarse lo aseverado por Iván Roberto Duque Escobar, alias “Ernesto Báez” en relación con lo dicho por Henry Pérez al acusado en una reunión, lo cual es del siguiente tenor:

“…lo que sí tengo perfectamente claro en la memoria, es que estando allá se iniciaron las noticias, se inició el noticiero, en ese noticiero mencionaron la masacre de Segovia, como que la investigación no sé, y con claridad absoluta mencionaron el nombre del doctor CÉSAR PÉREZ, cómo lo mencionaron no recuerdo, si fue una versión del periodista, o si estaban hablando, porque el televisor estaba en la salita, cuando el noticiero inicia HENRY vuela, yo me quedé con Gustavo, mencionan eso, y HENRY después de que mencionan ese nombre, se dirige a las personas que yo no había reconocido ahí en la sala, y le dice doctor CÉSAR está muy caliente, ahí es cuando me doy cuenta que ahí en ese grupo de personas estaba el doctor CÉSAR, cuantas personas eran dos o tres personas, quienes no supe quienes, debo pensar que eran acompañantes del doctor CÉSAR.  está muy caliente, fue la expresión que yo escuché de HENRY PÉREZ, que escuché yo, y los que estábamos ahí, que se paró, es decir, esa noticia la dieron algo así como en el marco de la noticia, después Henry se sentó, y así en tono como  dijo  está bien preocupado…” [44]

Lo dicho por Henry Pérez al acusado en el sentido que estaba caliente, no admite interpretación diferente a su compromiso con los hechos de Segovia, más aún si según lo expresara el deponente aludido, ello acaeció inmediatamente después de emitirse una noticia relacionada con el insuceso. Por consiguiente, si nada hubiera tenido que ver aquél no es lógico lo dicho por Henry Pérez, de manera que la exclamación referida proveniente de quien estaba relacionado con el comportamiento punible, se erige en un elemento indirecto de apreciable fuerza incriminatoria en contra del acusado.

Quinto. De otra parte, la “Masacre de Segovia” se ha descrito como un acto de retaliación política contra la Unión Patriótica, conclusión que se pretende minimizar con el argumento de que algunos de los muertos pertenecían al partido liberal y que por tanto el acusado, desde ese punto de vista, no podía estar interesado en ejecutar ese crimen.
Al respecto, la consideración política e histórica del hecho permite aseverar que los beneficiados estaban vinculados con la política local, debido a que los réditos del crimen favorecían a un sector tradicional con fuerte influencia en esa región, y de otra, que la acción se dirigía contra la Unión Patriótica, movimiento al cual habían adherido antiguos militantes del partido liberal por el incumplimiento proverbial de las fuerzas tradicionales a sus aspiraciones.

Por eso la circunstancia de que algunos de los muertos fueran liberales o que apoyaron en otras épocas a PÉREZ GARCÍA, no incide en las conclusiones que prohíja la Sala, puesto que ante el fracaso de los partidos con fuerte acento en acciones políticas clientelistas, los segovianos optaron por una alternativa diferente en la primera elección popular de alcaldes. Así, Hernán Darío Londoño Hernández, sostuvo:

“Nosotros acá como liberales de tradición siempre hemos apoyado las listas que encabeza César Pérez García, entonces como aquí había mayoría liberal y nosotros liberales queríamos que el municipio le diera una casa a Arminda, entonces las casas las repartieron y a la señora no le dieron casa, entonces por esa razón todos nosotros nos resentimos y no quisimos acompañar al Directorio Liberal y seguramente con esa negativa del voto liberal firmamos la sentencia de muerte…”[45]

De igual modo, Julio César Restrepo Cadavid, ya citado en esta providencia, hizo alusión a César Pérez García y a Sigifredo Zapata, al primero tildándolo de “cacique político” de la región y al segundo de carácter local y “mano derecha” del acusado; hizo énfasis para formular los asertos, en que prácticamente todos los nombramientos se hacían con el visto bueno de aquel.

De modo que de las declaraciones de Hernán Darío Londoño Hernández y Julio César Restrepo Cadavid, se puede inferir, primero, que la acción de Segovia fue contra la población en general y contra la Unión Patriótica en particular, y segundo, que, CÉSAR PÉREZ GARCÍA, era el “Cacique de Segovia” y en esa condición dispuso a su antojo del poder que un modelo de democracia absolutamente imperfecta le permitía, por lo cual si alguien resultaba perjudicado con los resultados electorales que abrían espacio a un nuevo mapa político, era el acusado.

En cuanto a lo primero, es evidente que se trató de una acción selectiva, planificada y desarrollada contra una población y por motivos específicos. En este sentido, el Brigadier General Carlos Arturo Casadiego Torrado, Director Operativo de la Policía Nacional, señaló con su reconocida autoridad y experiencia:

“La acción de los delincuentes fue planeada detenidamente y en detalle. Indiscriminadamente actuaron en contra de personas que se encontraban en lugares públicos pero predeterminados por estos, como son los bares Johnny Kay, el Amañadero y el Kiosco del Parque Central. Selectiva contra algunas personas que se encontraban en su residencia. Los victimarios son personas que conocían perfectamente la ciudad, a las víctimas y establecimientos públicos que seleccionaron. En los lugares públicos dispararon indiscriminadamente fusiles R 15 y granadas de fragmentación. Penetraron en alguna casa en donde indagaron por personas habiéndose dado muerte en el acto.”[46]

Estas conclusiones corresponden a una verificación empírica, pues el Brigadier corroboró “in situ” que al Bar Johnny Kay, escenario singular de la acción, concurrían afectos a la Unión Patriótica. Las calles Reyna y la Madre eran igualmente un sitio de residencia de militantes de ese partido, y además un lugar señalado por organismos Estatales como centro de operación de la guerrilla.

También las casas de personas previamente seleccionadas, como la de la familia Restrepo Cadavid, con lo cual se demuestra definitivamente que fue una acción contra un grupo de personas unidas por afinidades políticas distintas a la que era en ese entonces la “oficial”.

En cuanto a lo segundo, la reivindicación del político en el panfleto del “Movimiento Muerte a Revolucionarios del Norte”, explica la importancia de CÉSAR PÉREZ GARCÍA para este movimiento de ultraderecha, interesado en la defensa de la manera como se construían las relaciones de poder entre la autoridad y el ciudadano en esa región del país. Por eso no es exótico que ese grupo hubiera reivindicado al caudillo, anunciado la restauración del orden en el municipio y su interés de recuperar para la “institucionalidad” el poder local, situación en la cual también estaban interesados los jefes municipales de los partidos tradicionales.

Bien diciente resulta esta comunicación y no se puede aceptar, dado lo ya expresado, el argumento defensivo cuando pretende que el contenido de la misma resulta ajeno al ex parlamentario, como quiera que lo allí afirmado hace expresa alusión a los quereres del político cuando se reunió con Henry Pérez y Fidel Castaño para solicitar se ejecutara la incursión armada. 

Este comunicado se erige en la referencia anticipada de lo que en Segovia iría a ocurrir “…Saldremos con un gran golpe mortal…” y a fe que ello se concretó. No fue entonces una simple insinuación o velada amenaza, sino que se materializó con la orden impartida a alias “Vladimir”, para que llevara a término la acción delictiva en la cual sin duda tenía especial interés CÉSAR PÉREZ.  

Aparece bien coincidente que aquella petición de PÉREZ GARCÍA, para sacar a la Unión Patriótica de Segovia, concuerde con los términos del escrito antes aludido; ello necesariamente refleja que efectivamente el acercamiento entre el dirigente liberal y los paramilitares no sólo era verdadero sino que esa relación de amistad permitió que sus peticiones fueran escuchadas y aún plasmadas en escritos intimidatorios que llegaron a la población. 

En tal virtud, lo expresado en el comunicado acerca del apoyo al procesado no puede entenderse producto de la casualidad, sino otorgado deliberadamente a una persona que compartía propósitos y sentimientos, por todo cuanto había acaecido en el panorama político regional.

Desde luego, debe afirmarse que la alusión en el comunicado referido a Sigifredo Zapata, estrechamente vinculado políticamente con el acusado, refuerza lo aducido en cuanto a que nada de lo que allí se menciona fue casual, y por el contrario, se vislumbra la relación de éste con ese movimiento, de modo que la opinión en contrario de la defensa no persuade.
                                 
En este orden, la declaración de Alonso de Jesús Baquero permitió traer al proceso lo que en Segovia era una verdad sabida. Edison Gildardo Silva Sierra y Omar Hernando Pérez, dos políticos regionales, señalaron que si algo estremeció a la población fue la pérdida de tantas vidas indefensas mediante una acción que atribuyeron al imputado. Tenían razones: el más significativo perdedor por su ancestro político fue CÉSAR PÉREZ GARCÍA, y el paramilitarismo como defensor de una institucionalidad excluyente. Por eso es perfectamente admisible que la versión de los ciudadanos sea compatible con la de Alonso de Jesús Baquero. Dicho de otro modo, éste confirmó para la justicia y para la historia algo que para la gente de Segovia era un axioma: que el aludido era responsable de la “Masacre de su pueblo”.

Por supuesto que la Corte entiende que no es el comentario generalizado o el rumor el que permite asumir que fue el enjuiciado el autor de la orden de exterminio contra la población civil, sino que esa voz popular fue confirmada con la declaración de alias “Vladimir” y con la de importantes jefes paramilitares que declararon acerca de los vínculos del político acusado con esos grupos de autodefensa. En otras palabras, es la prueba legalmente producida la que demuestra lo que la población de Segovia conocía, de tal modo que existe coincidencia entre el juicio jurídico y el de la opinión. 

Ahora, que en principio la ciudadanía no hubiese hecho referencia a los autores ni hubiera realizado juicios de responsabilidad es explicable. Recién acaecida la masacre, el ex-defensor del Pueblo, Jaime Córdoba Triviño, pudo percibir un estado de temor generalizado y una situación en donde, según sus propias palabras, “se presuponía que los miembros del ejército, de la policía, estaban involucrados de alguna manera.”

Apreciación en la cual coincide la ex alcaldesa Rita Ivonne Areiza, quien aseveró que inicialmente concurrieron a declarar con miedo porque era evidente que la orden de recuperar el municipio se había cumplido y por lo tanto no tenían garantías para declarar ante los jueces.

Tiempo después, superada esa circunstancia, en el discurso que pronunció el 27 de octubre de 1989 el diputado Gabriel Jaime Santamaría Montoya - mucho antes de que Alonso de Jesús Baquero declarara ante la justicia -, le atribuyó a CÉSAR PÉREZ GARCÍA haber sido partícipe de la masacre, según lo declaró Guillermo Gaviria Zapata, fórmula política del procesado [47], con lo cual el juicio político, el de opinión y el jurídico confluyen en una misma conclusión.
En fin, no es la manifestación de Alonso de Jesús Baquero únicamente la que incrimina a CÉSAR PÉREZ GARCÍA, sino un conjunto de pruebas que conducen a cerrar el círculo de una imputación en su contra, las cuales por su gravedad, coherencia y univocidad, permiten concluir que propició la ejecución de un conjunto de homicidios y lesiones personales que por su interferencia con los derechos humanos se congloba en lo que para la historia se denomina la “Masacre de Segovia.”

Sexto. Como conclusión, la Sala encuentra que se configuran los presupuestos sustanciales del artículo 232 de la ley 600 de 2000 para condenar al procesado por la comisión del concurso de conductas punibles de concierto para delinquir, homicidio agravado y lesiones personales agravadas en concurso material y heterogéneo, que se consumaron el 11 de noviembre de 1988 en el municipio de Segovia.

En relación con esta determinación es necesario señalar lo siguiente:

Para la Sala no hay duda que los homicidios y lesiones personales fueron ejecutados materialmente por un colectivo criminal que en el lenguaje actual se identifica como “grupo armado al margen de la ley”. También es evidente con fundamento en la prueba analizada, que este grupo armado ilegal tuvo una existencia prolongada en el tiempo e hizo parte de una conspiración mayor que propició acciones de exterminio contra ciudadanos y miembros de la Unión Patriótica que no compartían sus prácticas y políticas excluyentes.

Asimismo, la Sala concluye que la acción del grupo armado ilegal, apreciada en un contexto histórico y social signado por la desaparición y muerte de ciudadanos pertenecientes a determinadas corrientes ideológicas, se constituye en un acto más de un conjunto de acciones idénticas que denotan la sistematicidad y generalidad del ataque, características de las graves violaciones a los derechos humanos.

Desde esta perspectiva, entonces, es posible apreciar el comportamiento como un estado de cosas disvalioso que afecta el bien jurídico desde una óptica que involucra un conjunto de acciones de las cuales fueron víctimas, en todo el territorio nacional, personas vinculadas con la Unión Patriótica; circunstancia, sin duda, que propició el empleo de un aparato armado mediante la inducción a su principal cabecilla para la realización de ese específico acto.

En ese orden de ideas, haber persuadido al máximo jefe del grupo paramilitar para desplegar una acción con múltiples víctimas en ese contexto histórico, denota conocimiento del ataque, de su sistematicidad y del momento histórico en el cual la conducta se inscribe, y voluntad de obrar de acuerdo con esa comprensión, cuestiones que sin duda CESAR PEREZ GARCIA debía saber por su participación en el quehacer político y por las altas responsabilidades estatales que desempeñaba.

Por esa razón la condena por la comisión de los delitos de concierto para delinquir, homicidio agravado y lesiones personales agravadas es inexorable.

Séptimo. De acuerdo con lo expresado en apartes anteriores, la Sala fijará la pena con base en las normas del decreto 100 de 1980 y tendrá en cuenta para ello las consecuencias que emergen de los institutos de la participación y del concurso de delitos, de acuerdo a los términos de la acusación.

El decreto 100 de 1980 y la Ley 599 de 2000 definen  diferentes formas de participación con fundamento en el principio de accesoriedad. Así, el artículo 23 del Decreto 100 de 1980 señala que son autores quienes realizan la conducta o quienes determinan a otro a realizarla. La ley 599 de 2000, por su parte, con mayor precisión delimitó la autoría y participación, y distinguió la determinación, la complicidad y la intervención.

En ambas legislaciones, la determinación y la autoría tienen la misma respuesta punitiva, aun cuando ontológicamente son diferentes, pero en el nivel de la participación hay que convenir en que determinar, según el diccionario de la lengua española, es “hacer tomar una resolución”, justamente lo que desde el ámbito probatorio realizó el ex representante a la Cámara CÉSAR PÉREZ GARCÍA.

Si algo queda claro del análisis probatorio es que CÉSAR PÉREZ GARCÍA, además de incurrir en la comisión del delito de concierto para delinquir, también persuadió a la máxima jerarquía del grupo armado dirigido por Henry de Jesús Pérez a ejecutar la acción del 11 de noviembre de 1988, conducta que se tradujo en múltiples homicidios agravados y en lesiones personales agravadas en relación con tantas personas plenamente individualizadas, asumiendo por su cuenta y riesgo las consecuencias y resultados de semejante acto.

En conclusión, en el caso bajo examen la prueba analizada conduce a tener plena certeza de la determinación de la conducta que surge de reuniones y de consensos entre CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA, Henry Pérez y Fidel Castaño, para demandar de ellos la realización de la masacre en el municipio de Segovia, como retaliación contra la comunidad segoviana por haber apoyado en las elecciones del año 1988 el proyecto político de la Unión Patriótica, que según se ha expuesto dio lugar al homicidio y lesiones personales de diversas personas.

Por lo tanto, de acuerdo con la teoría del conocimiento y los grados de aproximación racional a la verdad que cada momento procesal exige, es evidente que existe el mérito suficiente para emitir una sentencia de condena, con fundamento en la prueba allegada al expediente que permite obtener la certeza para arribar a la determinación que se adopta.

Es palpable que la conducta típica del ex parlamentario es  antijurídica y culpable, pues con su conducta desencadenó un proceso que interfirió y lesionó los bienes jurídicos de la seguridad pública y los personalísimos de la vida e integridad personal de las personas identificadas en esta decisión, actos que por su gravedad y por ser consecuencia de una operación sistemática y generalizada constituyen una grave vulneración a los derechos humanos.

En este sentido la antijuridicidad del comportamiento, según lo expresó la Sala en otros apartes, no se puede apreciar a partir exclusivamente de la lesividad individual del injusto, pues la sistematicidad y generalidad inherente a la conducta conlleva un desvalor que incorpora las implicaciones sociales de la conducta, que es precisamente lo que permite incluir la filosofía de los derechos humanos a la hora de apreciar la magnitud de la antijuridicidad del comportamiento por el cual se condenará al acusado.

Precisamente la lesividad del comportamiento conllevó a que la Sala adscribiera el comportamiento a la gama de graves atentados contra los derechos humanos por la sistematicidad y generalidad del ataque, cuestión que desde la perspectiva del derecho penal interno corresponde en su desvalor a un concurso de conductas punibles entre las que se incluyen comportamientos agravados contra la vida y la integridad personal, tal como lo precisó la Sala al resolver las nulidades propuestas por la defensa en la audiencia preparatoria.

En fin, queda desvirtuada la presunción de inocencia de CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA y por eso, demostrada con certeza su responsabilidad penal, no hay lugar a la absolución que reclama su defensa. Conforme con la acusación, como se ha indicado, la Corte lo encuentra responsable de la comisión de conductas punibles de concierto para delinquir, Homicidio agravado y Lesiones personales agravadas, como igualmente lo solicitaron el Ministerio Público y el representante de las víctimas.

De otra parte, es importante determinar que a lo largo del proceso únicamente se logró acreditar las lesiones de algunas de las numerosas personas que resultaron perjudicadas con estos hechos, pues debido al tiempo transcurrido no se pudo acopiar la información que permitiera establecer el daño causado y la incapacidad fijada para con fundamento en ello efectuar la adecuación típica correspondiente.

Al no contar con los dictámenes médicos alusivos a las consecuencias definitivas no puede presumir la Sala que todos los que resultaron afectados en esos hechos soportaron la misma determinación médico legal.

Bajo ese entendido se puede observar que únicamente obran en el proceso dictámenes provisionales y definitivos respecto de algunos de los afectados, los cuales pasan a relacionarse así:

Mario de Jesús Villa, incapacidad de 4 días, no hay secuelas[48]; Johny Jaramillo Restrepo, 6 días de incapacidad[49];  Norbey Jiménez, 15 días, requiere segundo reconocimiento;[50] Macleris de Jesús Brand Soto, 18 días de incapacidad, para segundo reconocimiento[51]; Guillermo Alzate Fonnegra, incapacidad de 20 días y requiere segundo reconocimiento;[52] Miguel Ángel Carillo,[53] incapacidad 30 días para segundo reconocimiento; José Antonio Palacios Bohórquez[54], incapacidad de 20 días, requiere nuevo reconocimiento; Olga Palacios San Martín[55] incapacidad 20 días, requiere segundo reconocimiento.

No sobra precisar que si bien las lesiones personales imputadas al procesado requieren querella como requisito de procedibilidad para incoar la acción, resultaría ilógico en este caso exigir el cumplimiento del mismo, toda vez que al considerarse estas conductas como de lesa humanidad la existencia de aquél presupuesto no se compadece con la magnitud de la lesión jurídica que un hecho de esta naturaleza comporta.

Bajo esa consideración, para cuantificar la pena, recuérdese que al doctor Pérez García se le declarará responsable de un concurso homogéneo y heterogéneo de conductas punibles de concierto para delinquir, homicidio agravado y lesiones personales agravadas, de las cuales la más grave es el atentado contra la vida descrito en ese entonces en el artículo 324 del  Decreto 100 de 1980 y sancionado para la época con una pena de dieciséis (16) a treinta (30) años de prisión.[56]

Por la gravedad de la conducta y su dimensión antijurídica, a la cual ya se ha hecho referencia; la forma de ejecución del comportamiento, la intensidad del dolo y el daño causado,  la pena para el delito de homicidio, que es la conducta más grave, se fijará en 276 meses, que corresponde al máximo del primer cuarto medio; es decir, en 23 años.

En ello debe tenerse en cuenta la agravante consistente en la posición distinguida que el delincuente ocupe en la sociedad,[57] dado que para la época en que se perpetró la masacre de Segovia, CÉSAR PÉREZ GARCÍA era Presidente de la Cámara de Representantes y destacado miembro del Partido Liberal, cuestión esta última que sin duda influyó en la comisión de la conducta, como quedó expuesto en esta decisión y que a la vez en el plano de la institucionalidad le imponía deberes ante la sociedad que no se le exigen al común de los ciudadanos.
Ahora, como se trata de bienes jurídicos personalísimos, se aumentará la pena por cada uno de los homicidios hasta en otro tanto, como lo dispone el artículo 31 de la legislación citada, lo cual implica que la misma por el concurso de conductas de homicidio será de treinta años de prisión, sanción que incluye el desvalor de las conductas de concierto para delinquir y lesiones personales agravadas, en consideración a que el monto de la pena no puede sobrepasar, por virtud de lo dispuesto en el artículo 28 del decreto 100 de 1980, de 30 años de prisión.

La pena de multa será de un mil (1.000.oo) pesos a favor del Tesoro nacional, en atención a lo dispuesto en el artículo 332 del Decreto 100 de 1980.

La sanción accesoria de inhabilitación de derechos y funciones públicas, será de diez (10) años, toda vez que ese era el máximo que se establecía en la normatividad vigente para la época (Art. 50).

Aparte de otras consideraciones que son innecesarias, por el monto de la pena principal impuesta al sentenciado, no tiene derecho a la suspensión condicional de la ejecución de la pena  ni a la prisión domiciliaria.
Séptimo. Indemnización de perjuicios

Varias de las víctimas llegaron al proceso mediante la demanda de constitución de parte civil; son ellas:

Demanda de Consuelo de Jesús Orozco de Agudelo, representada por el abogado Víctor Rodolfo Barrera Benavides; reclama perjuicios materiales y morales los que determina así:

Materiales: El sustento para la señora Consuelo Orozco y sus hijos menores que al momento de los hechos provenía del trabajo de Oscar Agudelo. Los gastos de traslado del pueblo para salvaguardar su vida y la de sus hijos.  Los gastos de educación. Estima los perjuicios en cien millones de pesos ($ 100.000.000.00). 

Morales. Originados en los trastornos psíquicos sufridos por la accionante, los cuales estima en cuatro mil (4.000) gramos de oro.

Demanda de María Constanza Restrepo Cadavid, Arminda de Jesús Restrepo Cadavid, María Emilse Restrepo Cadavid, Luz Marina Restrepo Cadavid, María Graciela Restrepo Cadavid, Esperanza Noris Restrepo Cadavid, Luz Marina Escobar Restrepo y María Patricia Restrepo, representados por Luz Estela Aponte Jaramillo.

Morales. Reclama perjuicios para Esperanza Noris Restrepo Cadavid, representados en el dolor por la pérdida de su padre y sus dos hermanos, las lesiones de su hermana María Emilse Restrepo, las afectaciones de su progenitora Ana Rosa Cadavid, los cuales estima en la suma de cuatrocientos ocho millones de pesos ($ 408.000.000).

Para Luz Marina Escobar Cardona reclama una suma idéntica como consecuencia del dolor por haber sido estigmatizada por su pertenencia a la UP; el dolor moral que le causó la tentativa de Homicidio, el desprendimiento de su hijo y su esposo.

Adiciona la demanda de parte civil reclamando perjuicios para la señora María Patricia Restrepo, esgrimiendo que su entorno familiar se deterioró y las aflicciones a que se vio avocada por haber dado muerte a sus congéneres a causa de su militancia en la UP, viéndose privada de su familia. 

Además, en su escrito recalcula el valor antes solicitado, estimándolo en la suma de quinientos treinta y cinco millones seis cientos mil pesos ($535.600.000.00), por concepto de perjuicios morales y como daño a la vida de relación la misma suma, los cuales solicita para Esperanza Noris Restrepo Cadavid, Luz Marina Escobar Cardona y María Patricia Restrepo.

Acerca de las restantes poderdantes refiere que ya fueron indemnizadas en proceso de reparación directa que se inició contra el Estado.

Demanda de María Farney Castaño de Idárraga, Wilmer Idárraga Castaño, Jhoanny Idárraga Castaño,  representados por Efraín Caicedo Fraide.

Morales. Reclama como daño moral para María Farney Castaño la suma de cuatrocientos (400) salarios mínimos legales mensuales vigentes y para sus dos hijos a cada uno la suma de trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

Materiales. Como lucro cesante para la citada mujer por valor de $ 90.458.462.  Para Wilmer Idárraga Castaño $17.397.987.50 y para Jhoanny Idárraga Castaño la suma de $6.882.975.

Teniendo como fundamento lo anterior se debe señalar que los perjuicios materiales que estimaron las diferentes partes civiles reconocidas en el proceso, no fueron probados por quienes tenían la carga específica de acreditarlos.

En efecto, nada hicieron con ese propósito los representantes de las víctimas, como era su deber, para dotar a la Sala de los elementos de juicio suficientes con miras a soportar su solicitud indemnizatoria. Se les olvidó que no basta, según lo ha señalado la Jurisprudencia de esta Sala y la Corte Constitucional, con la simple estimación de los perjuicios, sino que ellos se deben acreditar por los medios idóneos con el fin de establecerse la relación que pueda existir entre el daño causado y su valor. Por ejemplo, no se acreditaron las labores ejercidas por los causantes, la dependencia económica que se tenía de las víctimas y los gastos en que se incurrió con ocasión del deceso.

La ley establece que incumbe a las partes probar el supuesto de hecho de las normas que consagran los efectos jurídicos que ellas persiguen (artículo 177 del C de P.C). En consecuencia, quien pretende judicialmente la reparación de un daño debe probarlo, toda vez que este elemento, como quedó explicado, es presupuesto indispensable de la obligación de indemnizar.

“…la liquidación de los perjuicios ocasionados por el delito se debe hacer de acuerdo con lo acreditado en el proceso penal, como quiera que la acción civil dentro del proceso penal depende de que la parte civil muestre la existencia de los daños cuya reparación reclama y el monto al que ascienden…Así, las víctimas y perjudicados con el delito, como manifestación del derecho a acceder a la administración de justicia, tienen también un derecho constitucional a participar en el proceso penal que el Estado está en la obligación de adelantar, derecho que no debe limitarse a la declaratoria de responsabilidad penal, sino que, además, ha de extenderse a la obtención de la reparación del daño cuando este se encuentre probado…..Al margen del derecho que le asiste a la víctima del delito para constituirse en parte civil dentro del proceso penal y con el propósito de garantizar la reparación de los daños causados con el delito, la ley le impone al juez la obligación de liquidar los perjuicios en todos los casos en que se profiera sentencia condenatoria y se encuentre demostrada la existencia de los mismos[58]

No se puede olvidar que le corresponde la carga de la prueba en materia civil a quien formula la pretensión. En este caso los accionantes se conformaron con presentar la demanda, pero sin realizar actividades procesales para probar sus pretensiones; por ello, mal podría la Sala ahora, en forma oficiosa, entrar a determinar unos perjuicios materiales sin que exista el supuesto probatorio legal para ello.

“….Al margen del derecho que le asiste a la víctima del delito para constituirse en parte civil dentro del proceso penal y con el propósito de garantizar la reparación de los daños causados con el delito, la ley le impone al juez la obligación de liquidar los perjuicios en todos los casos en que se profiera sentencia condenatoria y se encuentre demostrada la existencia de los mismos….y perjudicados con el delito, como manifestación del derecho a acceder a la administración de justicia, tienen también un derecho constitucional a participar en el proceso penal que el Estado está en la obligación de adelantar, derecho que no debe limitarse a la declaratoria de responsabilidad penal, sino que, además, ha de extenderse a la obtención de la reparación del daño cuando este se encuentre probado…”[59]

Con fundamento  en  los anteriores enunciados y como quiera que no se demostró en forma fehaciente y concreta la causación de algunos de los perjuicios solicitados, se procederá a fijar la indemnización desde el punto de vista del daño moral, quedando comprendido dentro del mismo el daño a la vida en relación.

“….La armonización de los textos legales citados permite inferir que las exigencias para la demostración y liquidación del daño se predican del perjuicio material, dejando al Juez la facultad de fijar los no valorables pecuniariamente que son los morales de carácter subjetivado en razón a que afectan el fuero interno de las víctimas o perjudicados, ya que se traducen en la tristeza, el dolor, la congoja o la aflicción que sienten las personas como consecuencia directa e inmediata del delito, cuyo único límite está determinado por la ley a partir de factores relacionados con la naturaleza de la conducta y la magnitud del daño causado…”[60]

Debe precisarse, como lo ha expresado la Sala de antaño, que por haber ocurrido los hechos en vigencia del decreto 100 de 1980, se debe acudir a dicha legislación, aún tratándose de liquidación de perjuicios: 

“….La Sala ha tenido oportunidad de ocuparse sobre el particular (Casaciones 23687/06, 24985/07 29186/08, entre otras), bajo el supuesto de entender que por razones de favorabilidad no es dable aplicarle al procesado preceptos que van en detrimento de su situación personal, en forma tal que si la nueva normativa contempla la posibilidad de que las consecuencias -aún civiles-, del hecho punible lo avoquen a una mayor drasticidad, deben desecharse y preferirse aquellas más benévolas a su situación…., En todo caso, la doctrina de la Sala, acudiendo al criterio fijado en diversos proveídos, según el cual "se opta por razón de la favorabilidad por la penalidad del anterior ordenamiento sustantivo" y para el efecto se establece que "se hace necesario también verificar cómo estaban previstas las consecuencias civiles del delito y principalmente los montos máximos permitidos" (Cas. 29985/07)…”[61]

Por lo anterior, con  el criterio que viene exponiéndose en cuanto a la aplicación del decreto 100 de 1980 tratándose de liquidación de perjuicios y asumiendo los pronunciamientos del Consejo de Estado,[62] en punto de liquidación de perjuicios morales que se deben reconocer, liquidar y pagar en salarios mínimos para dar cumplimiento a los principios de equidad y reparación integral del daño, abandonando el criterio de la condena en gramos de oro, se procederá a tomar como base para su liquidación el valor del salario mínimo legal mensual fijado para el año de 1988,  el cual  era de $ 25. 637.40 pesos.

Resulta de las exposiciones ofrecidas en el proceso, en particular respecto de María Patricia Restrepo, Esperanza Noris Restrepo Cadavid y Luz Marina Escobar Cardona, que se encuentran acreditados tanto los perjuicios morales como los referidos al daño en la vida de relación, toda vez que sus vidas, luego de los cruentos hechos, se vieron seriamente afectadas, no volvieron a ser las mismas, fueron separados de sus familias y mantuvieron, algunas de ellas, sentimientos de culpa, considerándose causantes de las muertes de sus congéneres debido a la militancia que tuvieron en la UP. Ello modificó su comportamiento, vivieron con temor y zozobra, le dieron un nuevo norte a su vida, produjo un alejamiento social que resultó perjudicial para su desarrollo emocional.

Fueron estigmatizadas por haber pertenecido, militado o apoyado a la Unión Patriótica, se les tildó de guerrilleras, lo cual obviamente generó un temor que obligó a algunas de ellas a su desplazamiento o al hacinamiento ante la pérdida de oportunidades laborales debido a los señalamientos que se les hacía.  Sobre este particular la Corte, Sala Civil, expresó el criterio que pasa a relacionarse el cual fue recogido por la Sala Penal en su decisión del pasado 25 de agosto de 2010[63]:

“…Como se observa, a diferencia del daño moral, que corresponde a la órbita subjetiva, íntima o interna del individuo, el daño a la vida de relación constituye una afectación a la esfera exterior de la persona, que puede verse alterada, en mayor o menor grado, a causa de una lesión infligida a los bienes de la personalidad o a otro tipo de intereses jurídicos, en desmedro de lo que la Corte en su momento denominó “actividad social no patrimonial…..Dicho con otras palabras, esta especie de perjuicio puede evidenciarse en la disminución o deterioro de la calidad de vida de la víctima, en la pérdida o dificultad de establecer contacto o relacionarse con las personas y cosas, en orden a disfrutar de una existencia corriente, como también en la privación que padece el afectado para desplegar las más elementales conductas que en forma cotidiana o habitual marcan su realidad. Podría decirse que quien sufre un daño a la vida de relación se ve forzado a llevar una existencia en condiciones más complicadas o exigentes que los demás, como quiera que debe enfrentar circunstancias y barreras anormales, a causa de las cuales hasta lo más simple se puede tornar difícil. Por lo mismo, recalca la Corte, la calidad de vida se ve reducida, al paso que las posibilidades, opciones, proyectos y aspiraciones desaparecen definitivamente o su nivel de dificultad aumenta considerablemente.  Es así como de un momento a otro la víctima encontrará injustificadamente en su camino obstáculos, preocupaciones y vicisitudes que antes no tenía, lo que cierra o entorpece su acceso a la cultura, al placer, a la comunicación, al entretenimiento, a la ciencia, al desarrollo y, en fin, a todo lo que supone una existencia normal, con las correlativas insatisfacciones, frustraciones y profundo malestar..En este orden de ideas, la Corte, a manera de compendio, puntualiza que el daño a la vida de relación se distingue por las siguientes características o particularidades: a) tiene naturaleza extrapatrimonial o inmaterial, en tanto que incide o se proyecta sobre intereses, derechos o bienes cuya apreciación es económicamente inasible, por lo que no es dable efectuar una mensura que alcance a reparar en términos absolutos la intensidad del daño causado; b) adquiere trascendencia o se refleja sobre la esfera externa del individuo, situación que también lo diferencia del perjuicio moral propiamente dicho; c) en las situaciones de la vida práctica o en el desenvolvimiento que el afectado tiene en el entorno personal, familiar o social se manifiesta en impedimentos, exigencias, dificultades, privaciones, vicisitudes, limitaciones o alteraciones, temporales o definitivas, de mayor o menor grado, que él debe soportar o padecer, las cuales, en todo caso, no poseen un significado o contenido monetario, productivo o económico; d) no sólo puede tener origen en lesiones o trastornos de tipo físico, corporal o psíquico, sino también en la afectación de otros bienes intangibles de la personalidad o derechos fundamentales, e incluso en la de otro tipo de intereses legítimos; e) según las circunstancias de cada caso, puede ser sufrido por la víctima directa de la lesión o por terceros que igualmente resulten afectados, como, verbigracia, el cónyuge, el compañero o la compañera permanente, los parientes cercanos o los amigos, o por aquélla y éstos; f) su reconocimiento persigue una finalidad marcadamente satisfactoria, enderezada a atemperar, lenificar o aminorar, en cuanto sea factible, los efectos negativos que de él se derivan; y g)  es una noción que debe ser entendida dentro de los precisos límites y perfiles enunciados, como un daño autónomo que se refleja en la afectación de la actividad social no patrimonial de la persona, vista en sentido amplio, sin que pueda pensarse que se trata de una categoría que absorbe, excluye o descarta el reconocimiento de otras clases de daño - patrimonial o extrapatrimonial - que posean alcance y contenido disímil, ni confundirlo con éstos, como si se tratara de una inaceptable amalgama de conceptos, puesto que una indebida interpretación conduciría a que no pudiera cumplirse con la reparación integral ordenada por la ley y la equidad, como infortunadamente ha ocurrido en algunos casos, en franco desmedro de los derechos que en todo momento han de asistir a las víctimas….”[64] 

Por concepto, entonces, de perjuicios morales, quedando comprendidos dentro de ellos el daño a la vida de relación, se establecerán los siguientes montos expresados en salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de los hechos:

Para Esperanza Noris Restrepo 800 salarios mínimos legales mensuales; para Luz Marina Escobar Cardona 500 y para María Patricia Restrepo 700, los cuales deberán ser indexados al momento de la liquidación.

Por concepto de daño moral, también representado en salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de los hechos: para María Farney Castaño de Idárraga 500; para Wilmer Idárraga Castaño 400 y Jhoanny Idárraga Castaño 400, y para Consuelo de Jesús Orozco de Agudelo 500.

Octavo. Determinaciones finales

Con base en las manifestaciones expresadas en la vista pública por la señora María Emilse Restrepo Cadavid,[65] en el sentido de haber recibido amenazas, se compulsarán copias a la Fiscalía General de la Nación, para que se proceda de conformidad.

Compulsar copia al Consejo Superior de la Judicatura y a la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue la posible conducta punitiva en que pudo incurrir la abogada Gloria Rave, conforme a citas que le figuran en el informe 606784 de fecha 24 mayo de 2011, folio 22 cuaderno Reservado.

Igualmente conforme a escrito que obra en el expediente[66] en el cual se pone en conocimiento unos hechos presuntamente delictivos referidos al candidato a la alcaldía de La Estrella (Antioquia), compúlsese copias para la Fiscalía General de la Nación a fin que se investigue la posible conducta en que pudo haber incurrido.

DECISIÓN

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia,  Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,

RESUELVE

Primero: CONDENAR a CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA, de notas personales y civiles conocidas en el proceso, a la pena principal de treinta (30) años de prisión y a la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por diez (10) años, por la comisión de los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado, agotado en las personas de:

Adalberto Lozano Ruiz, Carlos Enrique Restrepo Cadavid, Carlos Enrique Restrepo Pérez, Diana María Vélez, Erika Milena Marulanda, Fabio Jaramillo, Fabio Sierra Gómez, Francisco William Gómez Monsalve, Gildardo Antonio Restrepo Cadavid, Guillermo Osorio Escudero, Guillermo de Jesús Areiza, Henry Alberto Castrillón, Jairo Rodríguez Pardo, Jesús Aníbal Gómez, Jesús Antonio Benítez, Jesús Antonio García, Jesús Emilio Calle Guerra, Jesús Orlando Vásquez Zapata, Jorge Luis Puerta Londoño, José Abelardo Madrid, José Alberto Osorno Betancur, José Danilo Amariles Ceballos, Juan de Dios Palacio Múnera, Julio Martín Flórez Ortiz, Libardo Antonio Cataño Atehortúa, Luis Adalberto Lozano Ruiz, Luis Ángel de Jesús Moreno San Martín, Luis Eduardo Hincapié, Luis Eduardo Sierra, María del Carmen Idárraga, María Dolly Bustamante, María Soledad Niño, Olga Agudelo Barrientos, Oscar de Jesús Agudelo, Pablo Emilio Gómez Chaverra, Pablo Emilio Idárraga Osorio, Regina del Socorro Muñoz Mestre, Roberto Antonio Marín Osorio, Robinson de Jesús María Arena, Rosa Angélica Mazo Arango, Shirley Castaño Patiño, Vidalia Orozco Saldarriaga y tres personas más no identificadas.

Y por el concurso de lesiones personales agravadas, en perjuicio de la integridad personal de:

Mario de Jesús Villa, Johny Jaramillo Restrepo, Norbey Jiménez, Macleris de Jesús Brando Soto, Guillermo Alzate Fonnegra, Miguel Ángel Carrillo, José Antonio Palacios Bohorquez, Olga Palacios San Martín.

Segundo. Declarar, por lo expuesto en la parte motiva de esta decisión, que CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA no tiene derecho a  la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni a la prisión domiciliaria.

Tercero: Condénese al señor CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA a pagar las siguientes sumas de dinero:

Por concepto de perjuicios morales, quedando comprendidos dentro de ellos el daño a la vida en relación, los siguientes montos expresados en salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de los hechos:

Para Esperanza Noris Restrepo 800 salarios mínimos legales mensuales; para  Luz Marina Escobar Cardona 500 salarios mínimos legales mensuales y para María Patricia Restrepo 700 salarios mínimos legales mensuales, los cuales se deberán indexar al momento de la liquidación.

Por concepto de daño moral, también representados en salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de los hechos:

Para María Farney Castaño de Idárraga 500 salarios mínimos legales mensuales; Wilmer Idárraga Castaño 400 salarios mínimos legales mensuales, Jhoanny Idárraga Castaño 400 salarios mínimos legales mensuales, y para  Consuelo de Jesús Orozco de Agudelo 500 salarios mínimos legales mensuales.

Cuarto: Compúlsese las copias a que se hace alusión en el capítulo otras determinaciones.

Quinto: En firme esta providencia, remítase la actuación al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que corresponda, para lo de su cargo.

Sexto: La Secretaría de la Sala enviará las copias del fallo a las que alude el artículo 472 del C. de P. Penal.

Contra esta sentencia no procede recurso alguno.

Cópiese, notifíquese y cúmplase




JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ                             




JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO                FERNANDO A.  CASTRO  CABALLERO                          





MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ M.           GUSTAVO MALO FERNANDEZ




LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO                            JAVIER ZAPATA ORTIZ




Nubia Yolanda Nova García

Secretaria




[1] Fallecieron: Adalberto Lozano Ruiz, Carlos Enrique Restrepo Cadavid, Carlos Enrique Restrepo Pérez, Diana María Vélez, Erika Milena Marulanda, Fabio Jaramillo, Fabio Sierra Gómez, Francisco William Gómez Monsalve, Gildardo Antonio Restrepo Cadavid, Guillermo Osorio Escudero, Guillermo de Jesús Areiza, Henry Alberto Castrillón, Jairo Rodríguez Pardo, Jesús Aníbal Gómez, Jesús Antonio Benítez, Jesús Antonio García, Jesús Emilio Calle Guerra, Jesús Orlando Vásquez Zapata, Jorge Luis Puerta Londoño, José Abelardo Madrid, José Alberto Osorno Betancur, José Danilo Amariles Ceballos, Juan de Dios Palacio Múnera, Julio Martín Flórez Ortiz, Libardo Antonio Cataño Atehortúa, Luis Adalberto Lozano Ruiz, Luis Ángel de Jesús Moreno San Martín, Luis Eduardo Hincapié, Luis Eduardo Sierra, María del Carmen Idárraga, María Dolly Bustamante, María Soledad Niño, Olga Agudelo Barrientos, Oscar de Jesús Agudelo, Pablo Emilio Gómez Chaverra, Pablo Emilio Idárraga Osorio, Regina del Socorro Muñoz Mestre, Roberto Antonio Marín Osorio, Robinson de Jesús María Arena, Rosa Angélica Mazo Arango, Shirley Castaño Patiño,  Vidalia Orozco Saldarriaga y tres personas más no identificadas.

[2] Sufrieron lesiones: Mario de Jesús Villa, Johny Jaramillo Restrepo, Norbey Jiménez, Macleris de Jesús Brando Soto, Guillermo Alzate Fonnegra, Miguel Ángel Carrillo, José Antonio Palacios Bohorquez, Olga Palacios San Martín.
[3] c.o.  1 folio 12
[4] c. o. 2 folio 1
[5] c. o. 2 folio 128
[6] c. o. 5 folio 188
[7] c. o. 9 folio 1
[8] c. o. 11 folio 3
[9] Folio 82 cuaderno 11.
[10] c. o. 11 folio 130
[11] Corte Suprema de Justicia, radicado 31.653, auto de septiembre 1 de 2009.
[12] El artículo 338 de la ley 600 de 2000, dispone: “Formalidades de la indagatoria…A continuación se le interrogará sobre los hechos que originaron la vinculación y se le pondrá de presente la imputación jurídica provisional.”

El artículo 342 de la misma ley dispone…”Ampliación de indagatoria… También se ampliará la indagatoria cuando aparezcan fundamentos para modificar la imputación jurídica provisional”

[13] La fiscalía al resolver la situación jurídica mediante medida de aseguramiento  calificó la conducta como un concurso de conductas de homicidio y lesiones personales.


[14] El artículo 398 de la ley 600 de 2000, dispone en su numeral 3º, que la calificación jurídica es provisional; y el artículo 404 idem, confirma ese postulado, al dispone que: “Concluida la práctica de pruebas, si la calificación provisional dada a la conducta punible  varió por error en la calificación o prueba sobreviniente respecto de un elemento básico estructural del tipo, forma de coparticipación o imputación subjetiva… (se resalta)
[15] “… la toma en consideración de los principios y derechos incorporados en el bloque es necesaria, pues en el sistema de fuentes colombiano la constitución es norma de normas y debe aplicarse de manera preferente, por lo que el operador jurídico no solo debe inaplicar las normas contrarias  a la Carta sino que, además, debe interpretar las leyes desde los principios y valores constitucionales. Y cuando se habla de la Constitución pues debe entenderse no solo el texto constitucional sino además los derechos y principios que se encuentran incorporados al Bloque de Constitucionalidad.” Cfr. Bloque de Constitucionalidad. Derechos Humanos y proceso penal. Uprimmy Yepez, Rodrigo, pag. 65.  
 
[16] La Corte ha señalado al respecto lo siguiente: “Desde 1991, por fuerza de la normativización de la Constitución que antes se consideraba como un tema esencialmente político, la interpretación del derecho dejó de ser un problema de mera hermenéutica o de lógica de buena voluntad, razón por la cual hoy en día la ley solo puede tener sentido en la medida en que sus fórmulas realicen los valores y principios del texto Superior y los tratados internacionales sobre derechos humanos que conforman el bloque de constitucionalidad.

“Desde ese punto de vista, los principios, las categorías dogmáticas y los sistemas procesales no pueden considerarse a partir de interpretaciones que aíslen las normas que los definen para rescatar su sentido literal, sino desde sus fines constitucionales, de los cuales se destaca el de la construcción de un orden justo (Preámbulo Constitucional).” Cfr, Sentencia de Casación del 20 de octubre de 2005, radicado 24.026.

[17] Los principios no son normas que establezcan exactamente lo que debe hacerse, sino normas que exigen que ‘algo sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes. El ámbito de lo jurídicamente posible está determinado por principios y reglas que juegan en sentido contrario.” Cr., Carlos Bernal Pulido. El neo constitucionalismo y la normatividad del derecho. Ed. Externado de Colombia.
[18] “…Colombia hace parte de ese acuerdo ecuménico para la lucha contra la impunidad frente a las más graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. Su compromiso se refleja en el hecho de ser parte de los principales instrumentos internacionales que recogen el consenso internacional en esta materia y que han servido de base para la creación de la Corte Penal Internacional. Entre otros: i) Convención para la Prevención y Represión del Genocidio de 1948, aprobada por la Ley 28 de 1959; ii) Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, aprobada por la Ley 22 de 1981; iii) Convención contra la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, aprobada como legislación interna por la Ley 76 de 1986; iv) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Protocolo Facultativo aprobada por la Ley 74 de 1968; v) Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por la Ley 16 de 1972; vi) Los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, incorporados a nuestro ordenamiento interno mediante la Ley 5 de 1960: Convenio I, para aliviar la suerte que corren los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña; Convenio II, para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar; Convenio III, relativo al trato debido a los prisioneros de guerra; Convenio IV, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra; vii) Protocolo I Adicional a los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949, aprobado como legislación interna por la Ley 11 de 1992; viii) Protocolo II Adicional a los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949, aprobado como legislación interna por la Ley 171 de 1994; ix) Convención sobre la represión y castigo del Apartheid aprobada por la Ley 26 de 1987; x) Convención Americana contra la Desaparición Forzada, incorporada a nuestro ordenamiento interno mediante la Ley 707 de 1994.

[19]El carácter generalizado del ataque implica que debe ser masivo, frecuente o lo que es igual, dirigido contra una multiplicidad de víctimas, lo cual implica que la víctima es colectiva: el grupo objeto del ataque, de ahí que se emplea la palabra ‘población’, es decir, “el conjunto de personas que habitan la tierra o cualquier división geográfica de ella, o el conjunto de individuos de la misma especie que ocupan una misma área geográfica”, de manera que quienes cometen crímenes contra la humanidad tienen por objetivo a individuos sobre una base colectiva o no individualizada.” Cfr, Sentencia del 14 de agosto de 2012, radicado 36.981

[20] Declaración agosto 18 de 2010, folio 257 C.O. 2.
[21] Declaración de Hernán Motta Motta, Cuaderno original 4 folio 44

[22] En la sentencia mencionada, la Corte Interamericana en el caso Manuel Cepeda vs. Colombia, señaló:

En las fuentes disponibles no se encuentran cifras inequívocas sobre el número de personas víctimas de la violencia contra la UP. En 1995 los relatores especiales de Naciones Unidas sobre tortura y ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, habían señalado que desde 1985 la UP había perdido ‘a más de 2000 miembros, con inclusión de un senador, tres diputados de la Cámara baja y varios alcaldes y consejeros municipales, todos los cuales han sido asesinados por motivos políticos’… De un documento elaborado en 2008 para el programa Presidencial de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la república surge que, en el periodo 1984 1993, 540 homicidios corresponden a miembros de la UP con respecto al total de víctimas fatales y no fatales de violencia política entre 1984 y 1994, pues en promedio, las víctimas de la UP representan el 40% del total; aunque para los años 1986 y 1987 llegaron a representar casi el 60% del total de las víctimas….”

[23] “…el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, reitera la independencia del crimen de lesa humanidad con el conflicto armado, cualquiera que este sea, y determina su existencia a partir de las conductas enumeradas en el artículo 7°, siempre que se comentan con ocasión de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque,[23] lo cual quiere decir que los delitos de lesa humanidad contienen un elemento material (ataque masivo o sistemático contra una población civil) y otro de orden subjetivo (el autor debe tener conocimiento de la existencia del ataque). Cfr, Ramelli Arteaga en el libro citado, páginas 272 a 278
[24] Corte Suprema de Justicia de Perú, Sala Penal Especial. Exp. No. A.V.19-2001.
[25] Al respecto, la Sala ha sostenido que: “ el principio de libertad probatoria, de acuerdo con el cual, los elementos constitutivos de la conducta punible y la responsabilidad del procesado, entre otros aspectos, pueden ser demostrados con cualquier medio probatorio, a menos que la ley exija una prueba especial para ello, situación que no es dable predicar para el presente caso.” Cfr. auto del 4 de mayo de 2010, radicado 34003.   
[26] Radicado 24959 del 16 de marzo de 2006, entre otras.
[27] Segunda Instancia Rad. 36402 del 5 de septiembre de 2011.

[28] Declaración Julio César Restrepo Cadavid, Cuaderno Original 2, folio 232

[29] Declaración Javier Ávila, Cuaderno Original 4, folio 215
[30] Prueba del hostigamiento lo constituye el telegrama enviado por Juan de la Cruz Mazo Hernández, Presidente del Concejo Municipal de Segovia, el 1 de noviembre de 1988, diez días antes de la Masacre, al Procurador General de la Nación, en el cual señalaba:

“Por segunda vez antes de que el Municipio de Segovia y regiones vecinas se conviertan en zonas como el Urabá y Magdalena Medio, denunciamos atropellos, instigamientos (sic) a alcaldesa, concejales Unión Patriótica, militantes de la UP, Partido Comunista y población civil, por parte de Fuerzas Armadas de Colombia (Ejército) y grupos paramilitares, Muerte a revolucionarios del Nordeste M.R.N, y similares, mediante boletines amenazantes y otros concejales Unión Patriótica, por intermedio Presidencia del Concejo, solicitamos desplazar una Comisión Procuraduría. No permita señor Procurador que por falta de atención a denuncias claras, Segovia sea otra Mejor Esquina del país. Atienda nuestro llamado, aún no es tarde.”

[31] Ana Rosa Cadavid Vda. De Restrepo, esposa del dirigente liberal Carlos Enrique Restrepo Cadavid, en su declaración del 15 de noviembre de 1988, para indicar la selectividad con que actuaron los ejecutores de los homicidios, “… entonces ahí mismo tocaron la puerta de Emilio Cano, le dieron dos golpes con las escopetas, entonces un muchachito de esa casa que no se como se llama, oyó que uno de ellos dijo, ahí no es, es en esta y señalaron la casa mía. Entonces ahí mismo nos gritaron de la calle abra la hijueputa puerta…”

[32]“… y para referirme al nordeste de Antioquia, nosotros obtuvimos una muy buena votación, siendo los primeros comicios en los que participábamos. El riesgo para el partido  liberal se empezó a sentir y ellos nos hicieron sentir su miedo con la creación del MRN y el MRN empezó a amenazar a la población civil en el Parque de Segovia. Aparecieron panfletos que decían hemos creado el MRN para recuperar esta región, guerrilleros y comunistas HP se tendrán que ir o van a morir….” Declaración de Rita Ivonne Tobón Areiza, agosto 16 de 2010 folio 242 C.O. 2.

[33] “… luego después de la primera elección de alcaldes, aparecen otros donde dicen que ellos defienden y están por Humberto, no recuerdo el apellido, que había salido alcalde por Remedios y por el doctor César Pérez García, y para ello contamos con el apoyo de Sigifredo Zapata, baluarte de César Pérez en el nordeste antioqueño. En ese tiempo Sigifredo Zapata cogió un panfleto y decía, “ya ve lo que vamos a hacer” En el Parque de Segovia dijo esto no es más que el principio. Para todo el mundo era claro algo que todo el mundo repitió siempre y que era una certeza: que toda esta orientación venía de César Pérez.” Declaración de Rita Ivonne Tobón Areiza, agosto 16 de 2010 folio 242 C.O. 2.
[34] Alonso de Jesús Baquero, acerca de la vinculación de orgánicos del Ejército Nacional con las autodefensas y la llamada Masacre de Segovia, señaló: “Henry Pérez me dio la orden de hacer la vuelta en Segovia,  mejor no me dio la orden sino que dijo que qué pasaba en Segovia que yo no le había metido el diente a esa área, entonces yo le expliqué los motivos que eso estaba muy organizado por la guerrilla y que tocaba con despacio. Entonces me dijo Henry que nada, que la misión mía era hacer en esos días la masacre en Segovia y ahí fue cuando yo me reuní con Navas Rubio.

[35] Entre las razones que se ofrecieron en el decreto 1038 de 1984 para declarar turbado el Orden Público y el Estado de Sitio en todo el territorio nacional de conformidad con el artículo 121 de la Constitución de 1986, se señaló la necesidad de enfrentar actos contra el Orden Constitucional y la Población civil por la operación de grupos armados al margen de la ley. En esa línea, el artículo 7 del decreto 180 de 1988, señaló que el que forme parte de un grupo de sicarios o de una organización terrorista, incurriría por ese solo hecho en una pena de 10 a 15 años de prisión.

[36] “El problema que toda cultura, sociedad o Estado debe resolver es trazar los límites, dentro de los cuáles el ser humano puede ejercer esa libertad.  Esta delimitación de los márgenes, dentro de los cuales se permite el libre desarrollo de la personalidad y el ejercicio de la libertad por parte de los individuos, se llama ‘seguridad’. Esta no es más que la expectativa que podemos razonablemente tener de que no vamos a ser expuestos a peligros o ataques en nuestros bienes jurídicos por parte de otras personas.’

[37] La Corte Suprema de Justicia, en sentencia del 23 de septiembre de 2003, Radicado 19712 señaló: “… la conducta punible de concierto para delinquir es un acuerdo de voluntades para cometer delitos indeterminados, el cual para su existencia basta con la comprobación del pacto de asociación delictiva de manera permanente, sin que sea necesario particularizar los medios que se van a emplear. Distinto acontece con la comisión de delitos en concreto, en la que se planifica cómo va a efectuarse cada uno  de estos.” A su vez, el mismo Alto Tribunal en decisión del 22 de julio de 2009, radicado 27852 puntualizó: “Condición esencial para la configuración de esta especie delictiva es, por tanto, la creación de una asociación u organización para violar la ley penal, estructura que presupone, a su vez, la confluencia de varios elementos, (i) un número plural de personas, (ii) un acuerdo de voluntades que convoque a los asociados alrededor de un mismo fin, y (iii) la proyección de la organización en el tiempo con carácter de permanencia.” Por su parte, La Corte Constitucional en relación con los elementos constitutivos del delito de concierto para delinquir señaló en la Sentencia C 241 de 1997 lo siguiente: “Cuando se señala como elemento constitutivo esencial del concierto para delinquir, que la societas sceleris pretenda la comisión de "delitos indeterminados", ello no puede interpretarse en el sentido de que el tipo penal se desvirtúa si la organización criminal se especializa en la comisión de un determinado tipo de delitos; la indeterminación que señala la doctrina como esencial para que se configure el delito del concierto, se refiere a la disposición de los sujetos activos del delito, de trascender la mera comisión en un espacio y tiempo determinados, de uno o varios y específicos hechos punibles, caso en el cual se configura la coparticipación, pues el rasgo distintivo del tipo penal que se analiza es el carácter permanente de la organización que se dedica sistemáticamente a las actividades delictivas, la cual opera como una empresa organizada, que como tal se "especializa" en determinadas conductas.

[38] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Casación 19-02-2009, Rad. 31077
[39] Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Casación 17-06-2010, Rad. 33734
[40] Corte Suprema de Justicia, Sala Casación Penal, Casación 24-02-2010, Rad. 31946.
[41]En lo sustancial, Ricardo Téllez Gómez manifestó: “lo que señalaba Baquero ya en el aspecto eminentemente práctico… que esa orden se la impartían desde Medellín y que era financiada por Rodríguez Gacha y que había políticos de Antioquia y de Santander, y mencionaba a Pérez García a César Përez, que decía que era quien había cuadrado el asunto…

“Pero de César Pérez me decía que era él que había hablado con gente de Medellín y con el mexicano que era el que financiaba toda la operación, que había hablado con él y con los Pérez, creo que con Henry Pérez, mencionaba, para hacer lo de Segovia, para limpiar a Segovia y otros municipios de la UP.” Declaración noviembre 4 de 2010, folio 221 C.O. 4.
[42] Cuaderno original 1, folio 222.

[43] Alejandro Reyes Posada, quien entrevistó a Fidel Castaño, condensó que éste  manifestó lo siguiente:

“Cuando la mafia quiso atacar la guerrilla lo hizo sin una política ni una alternativa económica para la gente. Dijeron que tenía que limpiar a Antioquia para poder vivir bueno. César Pérez García me pidió que llevara mi guerra contra las guerrillas a Antioquia, cosa a la cual me negué.”
[44] Declaración IVÁN ROBERTO DUQUE, folio 179 C.O. 1.
[45] Declaración folio 22, anexo 8.
[46] Informe 5063 noviembre 17 de 1988, folio 218, anexo 13.
[47] El doctor Gaviria Zapata manifestó: Preguntado por la defensa: Le pregunto en su primera y segunda reunión que usted asistió personas o grupos políticos hicieron relación a la participación de César Pérez a la gravedad que se estaba viviendo. Contesto: Jamás en ninguna de esas veces se Mencionó nada; eso se vino a mencionar mucho tiempo después no sabría precisar en el tiempo  cuándo fue pero lo hizo un diputado de la época el doctor Gabriel Jaime Santamaría en un discurso público que él era diputado de la UP años después diciendo que la masacre de Segovia, el que tenía que ver era César Pérez García y él, que era el amigo de César Pérez García, nos  encontramos con él en Medellín y le dijo a César ahí te metí en un baile vas  haber como te vas a salir de el porque en el discurso dije que el partido liberal en cabeza  tuya era el que tenia que ver con la masacre de Segovia y se puso a reír y eso quedó allí no se le dio importancia y mas sin embargo eso con el tiempo fue creciendo esta bola de nieve hasta ver las circunstancias en que se está ahora….”declaración de septiembre 16 de 2010, folio 99 C.O. 2.
[48] anexo 4 folio 143
[49] Anexo 4 folio 144
[50] Anexo 4 folio 149 y anexo 7 folio 44
[51] Anexo 7 folio 8
[52] Anexo 1 folio 8
[53] Anexo 1 folio 9
[54] Anexo 1 folio 9
[55] Anexo 1 folio 10
[56] Para el delito más grave, que es el homicidio agravado, la pena oscila entre dieciséis (16) a treinta (30) años de prisión. De acuerdo con el artículo 61 de la ley 599 de 2000, el cuarto mínimo va de 192 a 234 meses; los cuartos medios, entre 234 un día a 276 meses y 276 y un día a 318 meses; y el último cuarto, entre 318 meses y un día a 360 meses.
[57] Artículo 66 numeral 11 de la Ley 100 de 1980
[58]  Corte Constitucional, referencia: expediente D-4020 Demanda de inconstitucionalidad contra el  artículo 97 de la Ley 599 de 2000, “(p)or la cual se expide el Código Penal”. Actor: Camilo Andrés Baracaldo Cárdenas Magistrado Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa. Bogotá, D.C., C- 916 DEL veintinueve (29) de octubre de dos mil dos (2002).

[59] Corte Constitucional, Referencia: expediente D-4020 Demanda de inconstitucionalidad contra el  artículo 97 de la Ley 599 de 2000, “Por la cual se expide el Código Penal”. Actor: Camilo Andrés Baracaldo Cárdenas Magistrado Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa, Bogotá, D.C., C- 916 DEL veintinueve (29) de octubre de dos mil dos (2002).
[60] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,  diciembre 12 de 2005, rad.  24.011.
[61] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,  septiembre 17 e 2008, Rad.  27.107

[62] Consejo de Estado, Sección Tercera, proceso No. 13.232 - 15646 de 6 de septiembre del 2001 en el mismo sentido sentencias números  13767, 12013, 13131
[63] Ver Casación Rad  33833.
[64] Corte Suprema de Justicia, Sala Casación Civil, M.P. César  Julio Valencia Copete, Mayo 13 de 2008, Rad. 11001310300619970932701.
[65] Declaración en  audiencia pública, enero 30 de 2012, pie de rodamiento  1.58.40

[66] c.o. 13 folios 177 a 182



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